Autor Tema: Jubilaciones en los Cuerpos policiales  (Leído 1073743 veces)

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7180 en: 22 de Julio de 2017, 23:07:29 pm »
YO estuve contratado desde 1982 a 1985
En que cogí la plaza en propiedad y esos años creo que no me cuentan y en cambio el Ayuntamiento me los reconoció para trienios.
A ver que hacen los sindicatos.

Desconectado papagolfmike

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7181 en: 23 de Julio de 2017, 10:53:25 am »
Lo que es de auténtica sinvergonzonería es el abandono que están sufriendo los muchos compañer@s que durante años pertenecieron a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y que dichos años de servicio no cuenten para nada en el anticipo de su Jubilación.

Es de auténticos sinvergüenzas.

Y es verdad lo que Vd. expone, pero ya quisiera yo para la PL, a la que pertenezco, lo que se expone el la Ley de POLICÍA NACIONAL creada el año pasado: a los 55 años, salvo que el interesado quiera seguir en activo, pasa a SEGUNDA ACTIVIDAD SIN DESTINO, donde permanece hasta los 65 años, es decir, DIEZ años en tu casa antes de jubilarte.
Por otro lado, en la GUARDIA CIVIL, pasan  A LA RESERVA ACTIVA (desconozco la edad, pero en las Fuerzas Armadas, los suboficiales, a los 58 años), hasta su pase a retirado a los 65 años........

Ya digo, yo lo quisiera para mí.

Y tampoco es de recibo que no cuente el tiempo de permanencia en las Fuerzas Armadas.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7182 en: 23 de Julio de 2017, 11:32:46 am »
En las alegaciones que hace UGT, para los sindicalistas hace mucha referencia para los que estan liberados o piden horas sindicales. En cambio para los que estuvieron contratados o interinos nada.
Esto es la democracia se quieren comer ellos solos el pastel, no hay derecho.

Desconectado corneta

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7183 en: 23 de Julio de 2017, 13:23:43 pm »
Para el primer cómputo de años trabajados como hago para que me cuente el tiempo de  el ejercito total es poco solo 9 años

Desconectado corneta

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7184 en: 23 de Julio de 2017, 13:25:19 pm »
Para el primer cómputo de años trabajados como hago para que me cuente el tiempo de  el ejercito total es poco solo 9 años
el certificado de canje recíproco ya le tengo

Desconectado Syberia

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7185 en: 23 de Julio de 2017, 16:20:27 pm »
En las alegaciones que hace UGT, para los sindicalistas hace mucha referencia para los que estan liberados o piden horas sindicales. En cambio para los que estuvieron contratados o interinos nada.
Esto es la democracia se quieren comer ellos solos el pastel, no hay derecho.

Éste es un RD hecho A MEDIDA para los que se van a ir en los próximos 4 años.....para el resto: MIERDA.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7186 en: 23 de Julio de 2017, 17:23:58 pm »
En las alegaciones que hace UGT, para los sindicalistas hace mucha referencia para los que estan liberados o piden horas sindicales. En cambio para los que estuvieron contratados o interinos nada.
Esto es la democracia se quieren comer ellos solos el pastel, no hay derecho.

Insertemos esas alegaciones para que podamos opinar sobre lo que dice.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7187 en: 23 de Julio de 2017, 17:27:12 pm »
Para el primer cómputo de años trabajados como hago para que me cuente el tiempo de  el ejercito total es poco solo 9 años
el certificado de canje recíproco ya le tengo

Los tiempos como militar de carrera cuentan a los efectos de SS porque ustedes tuvieron que cotizar por ellos y han de venirle reflejados en su hoja de vida laboral...los que de momento no son incorporables son los que exceden de los nueves meses del.setvicio militar obligatorio.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7188 en: 23 de Julio de 2017, 17:28:42 pm »
Lo que es de auténtica sinvergonzonería es el abandono que están sufriendo los muchos compañer@s que durante años pertenecieron a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y que dichos años de servicio no cuenten para nada en el anticipo de su Jubilación.

Es de auténticos sinvergüenzas.

Y es verdad lo que Vd. expone, pero ya quisiera yo para la PL, a la que pertenezco, lo que se expone el la Ley de POLICÍA NACIONAL creada el año pasado: a los 55 años, salvo que el interesado quiera seguir en activo, pasa a SEGUNDA ACTIVIDAD SIN DESTINO, donde permanece hasta los 65 años, es decir, DIEZ años en tu casa antes de jubilarte.
Por otro lado, en la GUARDIA CIVIL, pasan  A LA RESERVA ACTIVA (desconozco la edad, pero en las Fuerzas Armadas, los suboficiales, a los 58 años), hasta su pase a retirado a los 65 años........

Ya digo, yo lo quisiera para mí.

Y tampoco es de recibo que no cuente el tiempo de permanencia en las Fuerzas Armadas.

Le contesto lo mismo..a los efectos de cotización, si..a los efectos del futuro RD..no.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7189 en: 23 de Julio de 2017, 17:30:30 pm »
YO estuve contratado desde 1982 a 1985
En que cogí la plaza en propiedad y esos años creo que no me cuentan y en cambio el Ayuntamiento me los reconoció para trienios.
A ver que hacen los sindicatos.

Lo suyo y lo de otros casos similares es de una peculiaridad singular de la que me temo va a tener que acudir a tribunales por que la norma se va a venir a PL, pero como funcionario de carrera.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7190 en: 24 de Julio de 2017, 00:01:15 am »
Tampoco me convrnce y no soy joven

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7191 en: 24 de Julio de 2017, 09:45:01 am »
Si los sindicatos estan con las alegaciones, tendrian que hacer fuerza en eso, para eso estan. No acudir yo despues de aprobarse el Decreto al juzgado, se le ve la cara a los sindicatos, y sigo diciendo se quieren comer ellos solitos el pastel.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7192 en: 24 de Julio de 2017, 10:06:45 am »
Tampoco me convrnce y no soy joven

Y en concreto.que no le convence?

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7193 en: 24 de Julio de 2017, 12:42:17 pm »
Lo que es de auténtica sinvergonzonería es el abandono que están sufriendo los muchos compañer@s que durante años pertenecieron a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y que dichos años de servicio no cuenten para nada en el anticipo de su Jubilación.

Es de auténticos sinvergüenzas.

Y es verdad lo que Vd. expone, pero ya quisiera yo para la PL, a la que pertenezco, lo que se expone el la Ley de POLICÍA NACIONAL creada el año pasado: a los 55 años, salvo que el interesado quiera seguir en activo, pasa a SEGUNDA ACTIVIDAD SIN DESTINO, donde permanece hasta los 65 años, es decir, DIEZ años en tu casa antes de jubilarte.

Eso no es nuevo y existe desde mucho antes de la nueva Ley de Personal.

Un matiz, a los 55 se pueden ir los que entraron antes de 2001 y a partir de ese año a los 58.

Desconectado Chang_wade

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7194 en: 24 de Julio de 2017, 13:23:12 pm »
En las alegaciones que hace UGT, para los sindicalistas hace mucha referencia para los que estan liberados o piden horas sindicales. En cambio para los que estuvieron contratados o interinos nada.
Esto es la democracia se quieren comer ellos solos el pastel, no hay derecho.

Éste es un RD hecho A MEDIDA para los que se van a ir en los próximos 4 años.....para el resto: MIERDA.

Totalmente de acuerdo.  Y es lo que hay...   Quien dice 4 dice 6,7,8 pero así es...

Desconectado Chang_wade

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7195 en: 24 de Julio de 2017, 13:25:15 pm »
Tampoco me convrnce y no soy joven

Y en concreto.que no le convence?

Pues supongo que lo que a todos. Que hay 3 o 4 cosas que no hay por donde cogerlas.. Y el borrador es una basura y solo está hecho para los que se jubilan ya.

Desconectado Chang_wade

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7196 en: 24 de Julio de 2017, 13:27:13 pm »
Si los sindicatos estan con las alegaciones, tendrian que hacer fuerza en eso, para eso estan. No acudir yo despues de aprobarse el Decreto al juzgado, se le ve la cara a los sindicatos, y sigo diciendo se quieren comer ellos solitos el pastel.


Totalmente de acuerdo. Todos esos aspectos hay que reflejarlos en el decreto y dejarlo todo claro. No abandonar a la gente y que luego tenga que acudir a los tribunales.

Vaya gracia entonces...

Desconectado Chang_wade

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7197 en: 24 de Julio de 2017, 13:31:16 pm »
Tampoco me convrnce y no soy joven

Solo le convence a los que se va.

Pero claro a esos les va a convencer todo, si se van sin pagar. Si nos meten un 50% de sobrecotiación y jubilarnos a los que venimos después a los 75, también les va a convencer. Si lo tenemos en este foro gente que apoya todas las medidas que van a contrarias a los que se quedan.

Incluso manda a compañeros a luchar a los tribunales...NO NO de tribunales nada, que quede todo bien reflejado en el decreto, esto tiene que beneficiar a todos no a 4. Y  menos puede perjudicar a los que realmente van a pagar.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7198 en: 24 de Julio de 2017, 13:50:25 pm »
La cuestión es que por edad no.beneficia 4...si no que
beneficia más a miles...todos los que estemos entre los 50 y 63...y esos son muchos fin ionariid e. Lis próximos 10 años.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #7199 en: 24 de Julio de 2017, 14:47:04 pm »
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