Yo no veo las fotos por eso lo pongo por escrito, perdonar pero hace mucho que no escribo en el foro.
Sr. Presidente de la Asociación de municipios del País Vasco (EUDEL)
12 de febrero de 2009
El Sindicato ELA, en nombre y representación de sus afiliados y afiliadas
trabajadores/as de los cuerpos de Policía Local del País Vasco, quiere manifestar las
siguientes cuestiones:
1. Que con fecha de 13 de junio de 2008, se publica en el Boletín Oficial del País Vasco la Ley 2/2008, de 28 de mayo, por la que se aprueba la tercera modificación de la Ley de Policía Vasca 4/1992, por la que se establece la reclasificación de la "escala básica policial" al grupo C. Como es lógico, esta reclasificación afecta tanto a la Ertzaintza como a las Policías Locales.
En el ámbito de la Ertzaintza la repercusión económica de esta reclasificación, tuvo su adecuación en el Convenio con las subidas correspondientes en los a?os 2005, 2006 y 2007. Este incremento salarial afectó a todas las escalas de la Ertzaintza. En el ámbito de las Policías Locales, el 22 de septiembre de 2008 se firmó el acuerdo convenio UDALHITZ entre los sindicatos mayoritarios del País Vasco y EUDEL. En el marco de dicho acuerdo, en el Anexo 3 (Acuerdo sobre Policía Local) se acuerda la adecuación económica de la Policía Local al grupo C, estableciéndose para "los miembros de la policía local a los que resulte de aplicación la reclasificación contemplada en la Ley 2/2008" un incremento salarial en tres fases: a?o 2008 = 700 euros anuales; a?o 2009 = + 800 euros anuales; a?o 2010 = + adecuación definitiva al salario base del grupo Cl.
Una vez aprobado dicho acuerdo de UDALHITZ en los respectivos plenos de cada Ayuntamiento, se ha constatado que el incremento salarial se ha producido tan solo a la Escala Básica de la Policía Local, es decir a los agentes y agentes 1°, habiendo tenido como resultado la reducción de las diferencias salariales con el resto de las escalas de clasificación (Escala de Inspección y Escala técnica). Este misma circunstancia fue subsanada en el ámbito de la Ertzaintza, realizándose el mismo incremento salarial a todas las escalas, no habiendo sido solucionado en el ámbito de las Policías Locales, lo cual es claramente una discriminación para las escalas policiales no afectadas por el incremento.
Desde el Sindicato ELA queremos expresar que nuestro criterio es que los citados incrementos salariales acordados para la Escala Básica de la Policía Local, deben - de ser de aplicación también para el resto de las Escalas de la Policía Local.
2. Por otro lado, y como consecuencia de la reclasifícación de la Escafa Básica al Grupo C, se da la circunstancia de que en el mismo grupo C de titulación se sitúan los agentes y agentes 1° de la escala básica, y los suboficiales y oficiales de la escala de inspección de la Policía Vasca. Al objeto de contribuir a una más racional gestión de los recursos humanos que conforman el Cuerpo de Policía del País Vasco y, por ende, una mayor eficiencia y eficacia en el cumplimiento de las funcione que les atribuye el ordenamiento jurídico, además de permitir a dicha Escala de Inspección (suboficiales y oficiales) la consecución de una carrera profesional, ahora imposible, con el resto de comunidades autónomas, posibilitando las permutas y/o concursos de traslados, desde el sindicato ELA creemos de justicia solicitar a EUDEL que inste al Parlamento Vasco para modificar la Ley de Policía del País Vasco y redasificar la Escala de Inspección al grupo B, en las mismas condiciones ' que la reclasifícación de la Escala Básica.
3. Desde el Sindicato ELA también queremos denunciar la marginación que ha supuesto para el conjunto de las Policías Locales del País Vasco, el acuerdo para la jubilación anticipada de la Erízaintza firmado por el PNV y el PSOE, en el Parlamento espa?ol, en el que nuevamente olvidan, que la POLICÍA VASCA la conforman la Ertzaintza y las Policías Locales del País Vasco, incumpliendo lo que ellos mismos aprueban en el Parlamento (Ley de Policía del País Vasca). En la actualidad existe una situación de desigualdad en cuanto a un derecho público subjetivo básico como lo es el de la distinta edad a la que pueden acceder a la jubilación unos (Policías locales) y otros (Ertzaintza), obviamente más beneficiosa para estos últimos que para los primeros.
La superación de esta simetría, que es fuente de desigualdades que carecen de base objetiva y razonable, pasa por buscar una situación equiparable en tres ordenes, en el contenido de un derecho fundamental (como lo es la edad de jubilación), en el coste para alcanzar esta situación, y en lo relativo a la eficiencia en la presentación del servicio público policial (hay un consenso general en Occidente en el sentido de
que la edad de jubilación de un policía debe anticiparse a la actual edad de
jubilación de la mayoría de los trabajadores asalariados.
Esta equiparación en los tres aspectos se?alados (derecho fundamental, coste y
eficiencia del servicio) ha de buscarse a través de la modificación de la regulación
de la edad de jubilación para las y los policías locales del País Vasco.
En su virtud el Sindicato ELA exige que se adopten las medidas necesarias para
garantizar la equiparación del conjunto de las Policías Locales del País Vasco a la
Erízaintza en cuanto a las condiciones de edad de jubilación, en ?as mismas
condiciones. ? -
Por todo lo anterior, es por lo que desde el Sindicato ELA solicitamos de E U DEL la inmediata apertura de una mesa negociadora con los sindicatos más representativos en el ámbito de las instituciones locales de la CAPV, para abordar de forma definitiva: ,
? Incremento salarial con retroactividad al 2008 para todas las escalas de la Policía Local (igual a la Escala Básica).
? Reclasillcación de la Escala de Inspección al grupo B, mediante modificación
de la Ley de Policía Vasca. ? ? '
? Jubilación anticipada para la Policía Local (en las mismas condiciones que la Ertzaintza).
Sin otro particular, atentamente, . ? \ , .
1 *?
j Juan Carlos Polo
Secretario Federal de ELA- Gizalan
Si ellos ya estan en el grupo C, como piden que se les pague algo que ya cobran pues la subida es la diferencia del salario base de un grupo al otro, y luego si les pasan al grupo B pediran tambien que les aplique la subida salarial correspondiente.
Si la diferencia es tan poca es pq en su mayoria los suboficiales y oficiales no realizan noches, festivos ni fines de semana,que los curren y asi los cobraran. Mejor si pidieran que a los de la escala basica se nos revisen, segun nuestras respectivas valoraciones de trabajo de cada Ayuntamiento, los diferentes complementos los cuales seguimos cobrando como si siguiesemos siendo del grupo D.