Autor Tema: CADENA TEMARIO  (Leído 276856 veces)

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2960 en: 16 de Septiembre de 2008, 14:12:15 pm »
Yo he descartado la "C", porque el que emite el informe es la Comision Regional de Coordinacion de PL de la CM. Y lo único que indica este informe es el numero mínimo de efectivos que tiene que tener la plantilla, pero siempre que el numero sea mayor que el mínimo que exige la Comisión, lo determina el ayto. La "B", es correcta ;)

Estás seguro de que trata de eso el informe? Es decir, sé que fijar el número mínimo de efectivos de las diferentes plantillas lo hace la Comisión, pero tenía entendido que este informe preceptivo (al que se refiere en el artículo 25 de la LCPLCM) es una especie de "visto bueno" al Ayuntamiento para crear la plantilla.

A ver si me lo puedes aclarar chico evisu.
Old school Hollywood baseball...

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2961 en: 16 de Septiembre de 2008, 14:22:46 pm »
Y mientras tanto otra:

Los reglamentos jurídicos son:

A) Los que se dictan dentro del ámbito de una relación especial de poder.
B) Los que imponen deberes entre las Administraciones y los ciudadanos.
C) Los que regulan la organización administrativa.

 :est; :est;
Old school Hollywood baseball...

Desconectado Jimyloko

  • Profesional
  • Senior
  • **
  • Mensajes: 785
  • aRRaNCa
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2962 en: 16 de Septiembre de 2008, 14:26:31 pm »
C) los que regulan la organizacion administrativa, aunque a consecuencia de estos resulten afectados los derechos y deberes de los ciudadanos ;)
Hay muchos caminos para llegar a la cima, pero solo hay un CIMA

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2963 en: 16 de Septiembre de 2008, 14:30:49 pm »
C) los que regulan la organizacion administrativa, aunque a consecuencia de estos resulten afectados los derechos y deberes de los ciudadanos ;)

Y eso ande viene??

Respóndeme a la explicación sobre el informe de la Comisión!!
Old school Hollywood baseball...

Desconectado Jimyloko

  • Profesional
  • Senior
  • **
  • Mensajes: 785
  • aRRaNCa
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2964 en: 16 de Septiembre de 2008, 14:57:06 pm »
Lo de los reglamentos juridicos, yo lo tengo en el Anexo del tema 4 de comunes. Luego cuando este en casa te lo confirmo. Respecto a la otra pregunta, he encontrado esto:

Artículo 25. Funciones de la Comisión.

Son funciones de la Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales:

   1.

      Informar preceptivamente los proyectos de las disposiciones generales que afecten a la actuación de las Policías Locales que elaboren tanto la Comunidad de Madrid como los Ayuntamientos de la misma.
   2.

      Establecer criterios de homogeneización sobre los medios técnicos, uniformidad y retribuciones económicas de las Policías Locales.
   3.

      Informar las convocatorias de selección, sistemas de promoción y formación de las Policías Locales.
   4.

      Redacción final tras la sentencia 52/1993, de 11 de febrero, del Pleno del Tribunal Constitucional . Proponer criterios de actuación conjunta de los Cuerpos de Policía Local.
   5.

      Informar preceptivamente las plantillas de los Cuerpos de Policía Local elaboradas por los Ayuntamientos.
   6.

      Contribuir a la mediación para la resolución de conflictos de carácter profesional, con exclusión de aquéllos de contenido estrictamente económico.
   7.

      Las demás que le vinieran atribuidas por las Leyes.


Nose de donde he sacado lo del numero minimo de efectivos, pero se que lo he leido en algun lao!! luego me ilustro en casa ;)
Hay muchos caminos para llegar a la cima, pero solo hay un CIMA

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2965 en: 16 de Septiembre de 2008, 16:13:17 pm »
Lo que me has colgado de la Comisión es lo mismo que he dicho yo!!

El artículo 31 de la Ley de Coordinación deja todas las dudas aclaradas:

Artículo 31. Plantillas.

Corresponde a cada Municipio aprobar, previo informe de la Comisión de Coordinación, la plantilla del respectivo Cuerpo de Policía Local, que integrará todos los puestos de trabajo correspondientes a cada categoría, se?alando su denominación y características esenciales de los mismos, requisitos exigidos para su desempe?o, niveles y complementos retributivos.

El Consejo de Gobierno establecerá reglamentariamente los criterios para determinar las categorías y puestos de mando que, en función del número de Policías integrarán las correspondientes plantillas de cada Cuerpo de Policía Local.

Asimismo, el Consejo de Gobierno establecerá reglamentariamente el número mínimo de efectivos con que contarán los Cuerpos de la Policía Local, atendiendo, entre otros factores, al elemento poblacional. Tal número mínimo deberá ser incrementado por cada corporación local, en atención a sus propias características y peculiaridades.


La respuesta C) no es correcta, pues sustituye Consejo de Gobierno por Comisión de Coordinación. La más correcta sería la B), bajo mi punto de vista.
Old school Hollywood baseball...

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2966 en: 17 de Septiembre de 2008, 10:38:16 am »
Voy a exponer una duda que tengo desde hace mucho y no consigo solucionar.

Según la Ley 4/92 la sanción de separación de servicio de los PLS corresponde al Pleno (artículo 52)

Según la LRBRL Corresponde al Alcalde desempe?ar la jefatura superior de todo el personal, y acordar su nombramiento y sanciones, incluida la separación del servicio de los funcionarios de la Corporación

Además también dice: El Alcalde puede delegar el ejercicio de sus atribuciones, salvo las de convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local, decidir los empates con el voto de calidad, la concertación de operaciones de crédito, la jefatura superior de todo el personal, la separación del servicio de los funcionarios

Quién separa del servicio entonces a los PLS? La LRBRL es una norma estatal y la LCPLCM autonómica sobre competencias exclusivas de la CM, por tanto entiendo que está por encima. Se hace caso a la estatal (Alcalde) o a la autonómica (Pleno)??
Old school Hollywood baseball...

Desconectado cegata

  • Curioso
  • **
  • Mensajes: 12
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2967 en: 17 de Septiembre de 2008, 11:38:50 am »
Yo siempre he entendido que la separación de servicio corresponde al alcalde dando cuenta al pleno en la primera sesión que celebre que como tú dices

es lo que viene en la LRBRL, así que siendo una ley que ha emanado de las cortes es superior a la 4/92 pero...

ehhh... aquí la duda que al ver el art 52 a mi también me surge:

siendo la 4/92 posterior a la 7/85 (y ese artículo 21.h no ha sido modificado nunca) porque se contradicen :pen: :pen: :pen:

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2968 en: 17 de Septiembre de 2008, 11:46:18 am »
No necesariamente una Ley estatal está por encima de una autonómica...

Si la autonómica es sobre materias de competencia exclusiva, prevalece ante la estatal. Y si nos vamos al Estatuto de Autonomía de la CM, en su artículo 26 (competencias exclusivas), párrafo 1.28, dice: Coordinación y demás facultades en relación con las policías locales, en los términos que establezca la Ley Orgánica.
Old school Hollywood baseball...

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2969 en: 17 de Septiembre de 2008, 18:15:12 pm »
Una dudita que me surge ahora y no sé por qué antes no. Las referencias en el Decreto 112/93 hechas a la Consejería de Cooperación, se entienden hechas actualmente a la de Presidencia, Justicia e Interior? O se siguen refiriendo a la Consejería de Inmigración y Cooperación? (ahora se llama así)
Old school Hollywood baseball...

Desconectado Jimyloko

  • Profesional
  • Senior
  • **
  • Mensajes: 785
  • aRRaNCa
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2970 en: 17 de Septiembre de 2008, 18:33:51 pm »
Supongo que las tendrá la consejeria de Presidencia, Justicia e Interior, la de Inmigración creo yo que no pinta naaaa

jejeje
Hay muchos caminos para llegar a la cima, pero solo hay un CIMA

Desconectado Pa?aki

  • Senior
  • ***
  • Mensajes: 713
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2971 en: 17 de Septiembre de 2008, 18:37:34 pm »
Sigue siendo la Consejería de Cooperación. No hay ningún Decreto que haya cambiado eso.

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2972 en: 17 de Septiembre de 2008, 18:50:08 pm »
Según Decreto 77/2008 de 3 de julio la Consejería de Cooperación se llama De Inmigración y Cooperación.

Pero no me refiero a eso, sino que yo creo que antes Cooperación llevaba la Comisión regional de Coordinación y ahora lo lelva otra consejería...
Old school Hollywood baseball...

Desconectado cegata

  • Curioso
  • **
  • Mensajes: 12
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2973 en: 17 de Septiembre de 2008, 19:06:42 pm »
peing a que te refieres a que consejeria pertenece la

comisión regional de coordinación de policias locales????

Desconectado cegata

  • Curioso
  • **
  • Mensajes: 12
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2974 en: 17 de Septiembre de 2008, 19:17:02 pm »
Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales de la C.M.
--------------------------------------------------------------------------------

Datos de interés
Titular: Excmo. Sr. D. Francisco Granados Lerena.
Dirección: C/ Princesa, 3 ( No es sede fija ).
Código Postal: 28008
Distrito: Moncloa
Teléfono: 91 734 70 14  Ext.: 249 / 250
Fax: 91 735 21 85
Horario: Se reune una vez al a?o aproximadamente.



Dependencia jerárquica
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.

Referencia Legal Normativa
* Ley 4/1992 de 8 de julio de coordinación de porlicías locales art. 20 al 25 ( BOCM de 21 de julio ).

* Corrección de errores de la Ley 4/1992 ( BOCM de 24 de julio de 1992, 5 de agosto de 1992 y 7 de octubre de 1992 ).
 

*  Decreto 25/2008, de 10 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia e Interior (BOCM n? 92, de 18 de abril).

 

* Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM n? 172, de 21 de julio).



Observaciones
Vocales:
a) Don Jaime González Taboada, Director General de Cooperaclón con la Administración Local de la Comunidad de Madrid.
b) Don Pablo Escudero Pérez, Director General de Seguridad del Ayuntamiento de Madrid.

c) Don Javier Rodríguez Fernández, Gerente de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

d) En representación de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Presidente de la Comisión:

? Don Alejandro Halffter Gallego, Viceconsejero de Presidencia e Interior.

? Don Ignacio Palacios Arazuri, Director del Centro Regional de Coordinación e Información Municipal.

e) En representación y a propuesta del Ayuntamiento da Madrid:

? Don Jesús Mora de la Cruz, Coordinador General de Seguridad.

? Don Emilio Monteagudo Parralejo, Inspector Jefe del Cuerpo de Policía Municipal.

? Don Francisco Javier Cristóbal Sanz, Mando de la Dirección de Coordinación y Planificación del Cuerpo de Policía Municipal.

? Don Óscar de Santos Tapia, Mando del Área de Planificación del Cuerpo de Policía Municipal

f) En representación de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Federación de Municipios de Madrid:

? Don Mario Anselmo de la Fuente Estévez, Alcalde del Ayuntamiento de Robledo de Chavela.

? Don José Ignacio Fernández Rubio, Alcalde del Ayuntamiento de Guadarrama.

? Don Ginés López Rodríguez, Alcalde del Ayuntamiento de Arganda del Rey.

? Don Rafael Gómez Montoya, Alcalde del Ayuntamiento de Leganés.

? Do?a María del Carmen López Herrera, Concejala de Seguridad Ciudadana y Tráfico del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

g) En representación de las centrales sindicales más representativas entre los funcionarios de los respectivos municipios de la Comunidad de Madrid:

? Don Emilio Navarro Ballesteros, a propuesta de la Unión General de Trabajadores.

? Do?a Manuela Oliva Alarcón, a propuesta de la central sindical Comisiones Obreras.

? Don César Barrio Vázquez, a propuesta de la central sindical independiente CSI-CSIF.



Competencias
- Emisión de informes en materia de coordinación de policias locales.

- Informes sobre disposiciones de carácter general de la Comunidad de Madrid en materia de coordinación de Policía Local.

- Mediación en conflictos de carácter profesional.

Municipio
Madrid
--------------------------------------------------------------------------------

Desconectado Pa?aki

  • Senior
  • ***
  • Mensajes: 713
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2975 en: 17 de Septiembre de 2008, 19:25:07 pm »
Vamos a ver, las Policías Locales dependen de la Consejería de Presidencia, Justicia e interior, exactamente de la dirección general de seguirdad.?es eso a lo que te refieres? o te refieres a la hora de crear policía propia, que se tiene que avisar en un mes a la Consejería de Cooperación desde que el Ministerio para las Administraciones Públicas te dicen que sí que puedes hacerlo...

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2976 en: 17 de Septiembre de 2008, 22:10:56 pm »
Vamos a ver, las Policías Locales dependen de la Consejería de Presidencia, Justicia e interior, exactamente de la dirección general de seguirdad.?es eso a lo que te refieres? o te refieres a la hora de crear policía propia, que se tiene que avisar en un mes a la Consejería de Cooperación desde que el Ministerio para las Administraciones Públicas te dicen que sí que puedes hacerlo...


A eso mismo Pa?aki. Mi pregunta es si esa Consejería ha cambiado porque antes tenía que ver con las Policías Locales o sigue siendo la misma y es a  ésta donde hay que mandar el informe de la Comisión de Coordinación.

En el a?o del Decreto pertenecíamos a Medio Ambiente, osea que imagínate.
Old school Hollywood baseball...

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re: Cadena Temario
« Respuesta #2977 en: 17 de Septiembre de 2008, 22:13:55 pm »
Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales de la C.M.
--------------------------------------------------------------------------------

Datos de interés
Titular: Excmo. Sr. D. Francisco Granados Lerena.
Dirección: C/ Princesa, 3 ( No es sede fija ).
Código Postal: 28008
Distrito: Moncloa
Teléfono: 91 734 70 14  Ext.: 249 / 250
Fax: 91 735 21 85
Horario: Se reune una vez al a?o aproximadamente.



Dependencia jerárquica
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.

Referencia Legal Normativa
* Ley 4/1992 de 8 de julio de coordinación de porlicías locales art. 20 al 25 ( BOCM de 21 de julio ).

* Corrección de errores de la Ley 4/1992 ( BOCM de 24 de julio de 1992, 5 de agosto de 1992 y 7 de octubre de 1992 ).
 

*  Decreto 25/2008, de 10 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia e Interior (BOCM n? 92, de 18 de abril).

 

* Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM n? 172, de 21 de julio).



Observaciones
Vocales:
a) Don Jaime González Taboada, Director General de Cooperaclón con la Administración Local de la Comunidad de Madrid.
b) Don Pablo Escudero Pérez, Director General de Seguridad del Ayuntamiento de Madrid.

c) Don Javier Rodríguez Fernández, Gerente de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

d) En representación de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Presidente de la Comisión:

? Don Alejandro Halffter Gallego, Viceconsejero de Presidencia e Interior.

? Don Ignacio Palacios Arazuri, Director del Centro Regional de Coordinación e Información Municipal.

e) En representación y a propuesta del Ayuntamiento da Madrid:

? Don Jesús Mora de la Cruz, Coordinador General de Seguridad.

? Don Emilio Monteagudo Parralejo, Inspector Jefe del Cuerpo de Policía Municipal.

? Don Francisco Javier Cristóbal Sanz, Mando de la Dirección de Coordinación y Planificación del Cuerpo de Policía Municipal.

? Don Óscar de Santos Tapia, Mando del Área de Planificación del Cuerpo de Policía Municipal

f) En representación de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Federación de Municipios de Madrid:

? Don Mario Anselmo de la Fuente Estévez, Alcalde del Ayuntamiento de Robledo de Chavela.

? Don José Ignacio Fernández Rubio, Alcalde del Ayuntamiento de Guadarrama.

? Don Ginés López Rodríguez, Alcalde del Ayuntamiento de Arganda del Rey.

? Don Rafael Gómez Montoya, Alcalde del Ayuntamiento de Leganés.

? Do?a María del Carmen López Herrera, Concejala de Seguridad Ciudadana y Tráfico del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

g) En representación de las centrales sindicales más representativas entre los funcionarios de los respectivos municipios de la Comunidad de Madrid:

? Don Emilio Navarro Ballesteros, a propuesta de la Unión General de Trabajadores.

? Do?a Manuela Oliva Alarcón, a propuesta de la central sindical Comisiones Obreras.

? Don César Barrio Vázquez, a propuesta de la central sindical independiente CSI-CSIF.



Competencias
- Emisión de informes en materia de coordinación de policias locales.

- Informes sobre disposiciones de carácter general de la Comunidad de Madrid en materia de coordinación de Policía Local.

- Mediación en conflictos de carácter profesional.

Municipio
Madrid
--------------------------------------------------------------------------------


Perdona me lié!!
Old school Hollywood baseball...

Desconectado lan512

  • Curioso
  • **
  • Mensajes: 13
    • .....::::: CUFF :::::......
Re: tengo respuestas mal?
« Respuesta #2978 en: 23 de Septiembre de 2008, 12:48:03 pm »
aun tengo la duda de la pregunta n? 4...

decis la mayoria que la C, pero en la LO2/86 viene recogido algun derecho y/o deber???
es que la C dispone que ademas de en la 2/86 y la 4/92 hay otras que tambien lo recogen.

que articulos hay en la LO 2/86???? no los encuentroooo!!! jaja


en cuales más leyes y/o reglamentos hay derechos y deberes?

Desconectado esteban

  • Curioso
  • **
  • Mensajes: 10
Re: tengo respuestas mal?
« Respuesta #2979 en: 23 de Septiembre de 2008, 13:30:47 pm »
leete el articulo 5 de la 2/86 los principios basicos, no pone deberes pero te puede ayudar