Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769695 veces)

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2460 en: 04 de Noviembre de 2010, 17:22:44 pm »
La Audiencia de Madrid juzga a dos guardias civiles por no perseguir un delito de tráfico de drogas

En el escrito de acusación, el fiscal solicita para los acusados José T. G. y Daniel R. F. dos años de inhabilitación para el ejercicio de empleo o cargo público.
04/11/2010

La Audiencia Provincial de Madrid juzgará hoy a dos agentes de la Guardia Civil acusados de un delito de omisión del deber de perseguir determinadas infracciones al hacer presuntamente la vista gorda en un tema de tráfico de drogas.

En el escrito de acusación, el fiscal solicita para los acusados José T. G. y Daniel R. F. dos años de inhabilitación para el ejercicio de empleo o cargo público.

Según el fiscal, los agentes no llevaron a cabo actuación alguna contra Daniel y Bogdan, quienes "se dedicaban al tráfico ilegal de estupefacientes y teniendo conocimiento de ello".

"Es más, les compraban cocaína sin que conste que fuera para fines distintos que el consumo. Se enfrentan a la pena de dos años de inhabilitación para el ejercicio de empleo o cargo público", señala el fiscal.


Desconectado cazaor

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 10895
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2461 en: 04 de Noviembre de 2010, 19:23:55 pm »
ante la «crítica situación personal en la que se encontraba» por los problemas que tenía con su ex marido. [/b]
Otra prueba más de que sus señorías estiman lo que les viene en gana de forma subjetiva en muchas ocasiones...
TO MENTIRA, TO POLÍTICA...

¿Mi nena? ¡bonica del tó!... :vergo

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2462 en: 04 de Noviembre de 2010, 21:35:45 pm »
Fiscalía pide 5 años de cárcel para el jefe de la Policía Local de Vélez por un delito de lesiones

La Fiscalía de Málaga ha solicitado una pena de cinco años de prisión para el intendente jefe de la Policía Local de Vélez-Málaga (Málaga), José Andrés Montoya, como presunto autor de un delito de lesiones cometido sobre un vecino de la urbanización en la que reside, al que, al parecer, propinó varios puñetazos, causándole diferentes lesiones, por las que estuvo 21 días de baja.
4 de noviembre de 2010
VÉLEZ-MÁLAGA (MÁLAGA), 4 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía de Málaga ha solicitado una pena de cinco años de prisión para el intendente jefe de la Policía Local de Vélez-Málaga (Málaga), José Andrés Montoya, como presunto autor de un delito de lesiones cometido sobre un vecino de la urbanización en la que reside, al que, al parecer, propinó varios puñetazos, causándole diferentes lesiones, por las que estuvo 21 días de baja.

En el escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, el ministerio público solicita la apertura de juicio oral por estos hechos, que, según el relato del fiscal, tuvieron lugar en febrero de 2009 en una urbanización del núcleo de población de Benajarafe, y se iniciaron cuando el acusado, que no estaba de servicio, se cruzó con su vecino y le amenazó verbalmente diciéndole "te voy a dar".

Al parecer, el vecino, identificado como A.J.M.H. y que está enemistado con el oficial "al menos desde 2007", instó a Montoya a cumplir con su amenaza "delante de testigos", tras lo que el acusado "procedió a darle varios golpes con el puño cerrado en la cara, el cuello y la espalda".

Como consecuencia de estos golpes, esta persona sufrió una contusión en el maxilar, perdió ocho piezas dentales y sufrió una contractura cervical, lesiones "de las que tardó en curarse 30 días, de los que 21 estuvo incapacitado para el desempeño de sus ocupaciones habituales".

Para el fiscal, estos hechos son constitutivos de un delito de lesiones por el que solicita para el acusado la mencionada pena de prisión, además de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y una indemnización económica de 1.375 euros por los días que tardó la víctima en recuperarse de las lesiones, más otros 6.000 euros por las secuelas.

PETICIÓN DE SUSPENSIÓN

Tras conocer el escrito de la Fiscalía, el concejal del PP en el Ayuntamiento de Vélez-Málaga Antonio Arrieta ha pedido a la alcaldesa, María Salomé Arroyo (PSOE), que "suspenda inmediatamente de sus funciones y retire el arma reglamentaria" al intendente hasta que el asunto quede resuelto judicialmente.

"No podemos permitir que Vélez-Málaga tenga como jefe de la Policía a un presunto delincuente", ha afirmado Arrieta, quien ha recordado que todos las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado suspenden momentáneamente a los agentes que se ven inmersos en procesos similares hasta que haya un pronunciamiento judicial.

Sobre esta petición, el concejal de la Policía Local, Juan Herrera (PSOE), ha asegurado que el equipo de gobierno no tiene previsto tomar ningún tipo de medida contra el intendente "hasta que exista una sentencia judicial que demuestre que es culpable, ya que no se puede suspender a una persona antes de saber si es o no culpable".


Desconectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 51248
  • Verbum Víncet.
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2463 en: 05 de Noviembre de 2010, 08:17:32 am »
Como consecuencia de estos golpes, esta persona sufrió una contusión en el maxilar, perdió ocho piezas dentales y sufrió una contractura cervical, lesiones "de las que tardó en curarse 30 días, de los que 21 estuvo incapacitado para el desempeño de sus ocupaciones habituales".


 :pen: . . . como estas lesiones se consideren hechos probados . . .  que se de por jodido . . .


"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2464 en: 06 de Noviembre de 2010, 15:58:12 pm »
Piden 10 años de prisión para guardia civil acusado de expedir licencias de armas de fuego sin autorización

El juicio contra el agente, acusado de un delito continuado de falsedad en documento oficial y de cohecho, comenzará este lunes
6 de noviembre de 2010

MURCIA, 6 (EUROPA PRESS)

El Ministerio Fiscal ha solicitado imponer diez años de prisión para un hombre, guardia civil, acusado de expedir licencias de armas de fuego sin autorización.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia acogerá este lunes, así como los días 9, 10 y 11 de noviembre el juicio contra M.T.B. --mayor de edad y sin antecedentes penales--, acusado de delito continuado de falsedad en documento oficial, así como de cohecho, según el escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Público al que ha tenido acceso Europa Press.

En concreto, la Fiscalía solicita para el acusado por el primero de los delitos la pena de cinco años de prisión y una multa de 20 meses con una cuota diaria de seis euros e inhabilitación especial para el empleo o cargo público durante seis años.

Por el delito continuado de cohecho pide una pena de cinco años de presión, una multa de 1.000 euros e inhabilitación especial para el empleo o cargo público por tiempo de diez años, así como las costas.

Los hechos se remontan a los años 2004 y 2005 cuando el acusado, aprovechando su condición de guardia civil con destino en la Intervención de Armas y Explosivos de la V Zona de la Guardia Civil en Murcia, estando encargado en dicho destino desde mayo de 2004 del control de las Guías de Circulación de todo tipo y de la revisión de expedientes, confeccionó diversas licencias de armas tipo E, omitiendo los trámites reglamentarios previstos para ello.

Según se desprende del escrito de Fiscalía, el acusado percibía de los interesados, --ignorantes de la ilicitud del actuar del guardia civil--, entre 40 y 50 euros.

En ocasiones se dirigía al domicilio del titular de la licencia de armas cuando comprobaba que estaba próxima su caducidad, presentándose como Interventor de Armas de la Guardia Civil y ofreciéndose para renovarla, o bien aprovechaba la presencia del interesado en las dependencias oficiales para realizar dicho ofrecimiento.

Para la confección del documento, el acusado abría un expediente personal con los datos del solicitante en el correspondiente programa informático, omitiendo la incorporación de los documentos necesarios para la concesión de la autorización y el ingreso en el Tesoro Público de las tasas oficiales, y una vez impreso con los datos introducidos estampaba en el documento el sello de la Unidad y simulaba la firma de la autoridad expendedora, o bien estampaba el sello y omitía toda rúbrica.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2465 en: 07 de Noviembre de 2010, 13:36:23 pm »
El Fiscal acusa a tres policías de la UIR por lesionar a dos jóvenes
Domingo, 07 de Noviembre de 2010 , N. Gallego   

Juzgados. Durante todo este tiempo ha sido el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis el que se ha encargado de llevar las Diligencias Previas relacionadas con estos hechos. Ahora, tras dos años, será la Sección Sexta de la Audiencia Provincial el que se encargue de enjuiciar a los agentes y los jóvenes.

El Ministerio Fiscal ya ha calificado los hechos denunciados por unos jóvenes que acusaban a la Unidad de Intervención Rápida (UIR) de la Policía Local de haberles agredido y ha solicitado penas de hasta seis años de cárcel para ellos.

Este caso, que comenzó hace más de dos años, ha tenido un devenir complicado por la ristra de declaraciones que se han ido sucediendo a lo largo del tiempo y por las tensiones que se han creado alrededor del mismo. Las familias de los presuntos afectados han venido reclamando justicia y denunciando públicamente unas supuestas persecuciones hacia los jóvenes, mientras que por el otro lado se ha producido un silencio administrativo que ha terminado por agotar la paciencia de las familias implicadas. Este hecho llegó hasta el Defensor del Pueblo, quien llegó a enviar hasta dos cartas al Gobierno ceutí para que atendiera las peticiones de los familiares de los jóvenes y en las que formulaba “la sugerencia” a la Ciudad de que se procediera “a dictar resolución expresa a las solicitudes formuladas por el interesado, de fecha 24 de noviembre de 2008 y 11 de mayo de 2009, así como a acordar, en su caso, la incoación del correspondiente expediente disciplinario, a la vista de la existencia de la denuncia judicial formulada por el perjudicado y de la existencia de las lesiones sufridas y denunciadas en su momento mediante la aportación del correspondiente parte médico”.

En relación con las circunstancias que ahora se tendrán que juzgar, el relato de hechos del Fiscal da por probado que a las 6.15 horas del día 26 de octubre del 2008, en el Poblado Marinero y, concretamente, a la salida de pub Kamelot, un joven se enzarzó en una pelea con otro grupo de personas.  Que agentes de la UIR que estaban en el lugar, identificados y perfectamente uniformados, intervino en el enfrentamiento separando a las personas y que entonces el joven habría propinado un puñetazo a uno de los policías. El escrito añade literalmente que los agentes “en represalia y con ánimo de atentar contra la integridad física” del joven
se “extralimitaron” de sus funciones y le agredieron conjuntamente, golpeándole y reteniéndole en el suelo y llegando a pisarle el cuello con las botas. Igualmente, el Fiscal recoge que la UIR también golpeó a un amigo del joven.


La consecuencia de estos hechos fue que el agente de la Policía Local agredido presentó una contusión en el mentón, que el primero de los jóvenes sufrió la rotura de la nariz y ansiedad, y que el segundo joven padeció una tendinitis, contusión torácica, contusión en la nariz y ansiedad.

El Ministerio Público acusa, por tanto, a tres agentes de la UIR y al primero de los jóvenes. Para dos de los policías solicita la imposición de dos delitos de lesiones por los que pide cuatro años de prisión y la inhabilitación por el tiempo de la condena.

Para el tercer agente, que tiene antecedentes penales por lesiones, el Fiscal pide seis años de cárcel y también la inhabilitación por otros dos delitos de lesiones. Por contra, el joven acusado se enfrentará a la imposición de tres años de prisión, por un delito de atentado, y al pago de una multa de 60 euros por una falta de lesiones.

El caso se encuentra ahora mismo pendiente de que el tribunal de la Audiencia Provincial lo juzgue, ya que dada la entidad de las peticiones y los hechos es de su total competencia.

Detalles:

octubre 2008 Dos años de espera para un juicio

Las familias de los jóvenes presuntamente agredidos y los policías de las UIR llevan desde octubre del año 2008 esperando para la celebración del juicio. Los hechos que se juzgarán se basan en una intervención de la Policía Local en el Poblado Marinero que terminó con un agente golpeado, un joven con la nariz rota y otro joven con contusiones de diversa consideración por todo el cuerpo.
inhabilitación Posible castigo para los agentes

Aunque de los jóvenes se enfrenta a tres años de prisión, la peor parte se la llevarían los tres agentes acusados si se dictara una sentencia condenatoria, ya que además de las penas solicitadas en su contra -de hasta seis años para uno de ellos- el Fiscal pide la inhabilitación, lo que supondría que dejarían de ser agentes de la Policía Local. Esto sería, como mínimo, durante el tiempo de la condena.
silencio Queja en el Defensor del Pueblo

Las familias de los jóvenes presentaron una queja ante el Defensor del Pueblo por el silencio administrativo al que estaban siendo sometidos por parte de la Ciudad. Ellos solicitaron al Gobierno local que se tomaran una serie de medidas contra uno de los agentes y desde el Ejecutivo no se respondió nada. El Defensor intercedió enviando una carta a la Ciudad en la que se le instaba a que abriera un expediente disciplinario al agentes ante la denuncia y las lesiones de los jóvenes.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2466 en: 07 de Noviembre de 2010, 13:39:27 pm »
Hoy la actualidad viene cargada de peticiones de condena por lesiones...

Juzgan a siete policías por pegar a una pareja al confundirles con unos sospechosos, en Badalona

La Audiencia de Barcelona juzgará este lunes a seis agentes de la Guardia Urbana de Badalona (Barcelona) y a un Mosso d'Esquadra por agredir a una pareja en la estación de Renfe de la localidad golpeando al joven e introduciéndole espray autodefesensa en la boca a ella, tras confundirlos con dos sospechosos. El fiscal pide entre dos y cuatro años por un delito contra la integridad moral, uno de lesiones y una falta de lesiones.
7 de noviembre de 2010

BARCELONA, 7 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Barcelona juzgará este lunes a seis agentes de la Guardia Urbana de Badalona (Barcelona) y a un Mosso d'Esquadra por agredir a una pareja en la estación de Renfe de la localidad golpeando al joven e introduciéndole espray autodefesensa en la boca a ella, tras confundirlos con dos sospechosos. El fiscal pide entre dos y cuatro años por un delito contra la integridad moral, uno de lesiones y una falta de lesiones.

Según el escrito fiscal, los agentes buscaban dos sospechosos de haber agredido a un guardia urbana y creyeron que era la pareja. Poco después detuvieron a la verdadera agresora.

Al joven le golpearon en la cara, le agarraron de la camisa arrastrándole hasta la vía del tren y lo sostuvieron sobre la misma durante unos instantes. A la joven le introdujeron el espray autodefensa profiriéndole expresiones como "te lo vas a tragar" y " que hables, es mejor para ti".

El padre de la joven, de Cornellà de Llobregat (Barcelona) y que entonces contaba con 17 años, presentó la denuncia contra la Guardia Urbana de Badalona porque los agentes agredieron presuntamente a la chica al confundirla con otra de estética 'skin' que se enfrentó, junto a dos militares, al agente que custodiaba el Ayuntamiento de Badalona.

La joven, Cristina G.M., que se encontraba en la madrugada del 23 de octubre de 2005 en la estación de Renfe con un amigo, fue confundida con otra chica que, como ella, tiene el pelo liso, largo y de color negro. Al poco tiempo de la supuesta paliza, otra patrulla de la Policía Local detuvo a la que presuntamente agredió al guardia urbano y Cristina fue puesta en libertad.

La Fiscalía pide para el Mosso d'Esquadra pide 2 años de prisión, 720 euros de multa y cuatro años de inhabilitación por un delito contra la integridad moral y por una falta de lesiones.

También pide dos años de cárcel, 720 euros de indemnización y cuatro años de inhabilitación para tres de los urbanos por un delito de atentado no grave contra la integridad moral y una falta de lesiones.

Para dos de ellos pide cuatro años de cárcel, 720 euros de multa y cuatro años de inhabilitación por un delito de atentado no grave contra la integridad moral, una falta de lesiones y un delito de lesiones.

Además, pide para otro agente dos años de cárcel, 720 euros de indemnización y cuatro años de inhabilitación por un delito contra la integridad moral y un delito de lesiones; y para el último urbano la pena de dos años de prisión y cuatro años de inhabilitación por un delito de atentado no grave contra la integridad moral.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2467 en: 08 de Noviembre de 2010, 18:25:58 pm »
El TSXG anula la reducción salarial de un 5 por ciento en SODECO

La CIG considera que el criterio aplicado a la Sociedad para el Desarrollo Comarcal de Galicia es extensible al resto de empresas públicas.

La sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado la decisión de recortar un 5 por ciento los salarios en la Sociedad para el Desarrollo Comarcal de Galicia (SODECO) al estimar la demanda presentada por el comité de empresa y el sindicato CIG.

El sindicato ha informado hoy por medio de un comunicado que SODECO deberá ahora devolver las cantidades «ilegalmente detraídas» a sus trabajadores, y advierte de que el criterio judicial aplicado en este caso es extensible al resto de empresas públicas.

Según las mismas fuentes, la resolución judicial declara que el procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo utilizado por la empresa para practicar el recorte salarial no es válido para este supuesto.

Precisa que la disposición adicional novena del real decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, excluye al personal no directivo de las sociedades públicas del recorte salarial del 5 por ciento que se aplica con carácter general a los empleados públicos, «salvo que por negociación colectiva se decida lo contrario».
En su resolución, el TSXG puntualiza que esa negociación colectiva no puede reducirse a un trámite de consultas y debe finalizar necesariamente mediante un pacto o acuerdo entre las partes, de modo que la empresa no puede imponer unilateralmente la decisión de recortar los salarios.

CIG valora esta decisión judicial y afirma que «sienta un importante precedente» para el conjunto de las empresas del sector público, «tanto a nivel gallego como estatal».

«En la mayoría de los casos, estas empresas adoptaron unilateralmente la decisión de reducir los salarios sin contar con el acuerdo de la representación legal de los trabajadores por lo que es previsible que el criterio judicial adoptado en este caso se extienda al conjunto de las empresas públicas», advierte el sindicato.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2468 en: 08 de Noviembre de 2010, 18:29:34 pm »
Hay que aclarar a la anterior noticia que...

Una sentencia amenaza la rebaja salarial en 23 entes de la Xunta

Una sentencia anula la reducción en Sodeco y amenaza la de otras 22 sociedades
PABLO LÓPEZ - Santiago - 06/11/2010

El Tribunal de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de darle un severo disgusto a las exiguas arcas de la Administración autonómica. Pese al rechazo oficial de la Xunta al decreto ley del Gobierno por el que se bajó un 5% el sueldo de los funcionarios, acatado a regañadientes, el Ejecutivo de Feijóo ha ido más lejos que el de Zapatero en su aplicación, al extenderlo a todas las fundaciones, entes de derecho público, consorcios y sociedades mercantiles que dependen de la Xunta.

 La amenaza judicial se extiende al menos sobre estas últimas, después de que el tribunal gallego emitiera la primera sentencia de la larga serie de demandas sindicales en trámite contra la reducción de salarios. El fallo, que afecta a la Sociedade para o Desenvolvemento Comarcal de Galicia (Sodeco), anula el recorte con efectos desde 1 de junio de 2010. Los sindicatos esperan frenar así la reducción salarial en los entes autonómicos.

La sentencia, del pasado jueves, declara "nula de pleno derecho" la decisión de Sodeco de reducir un 5% las cuantías de todos los conceptos retributivos que integran la nómina. Los 105 trabajadores de la entidad, que depende de la Consellería de Medio Rural, "tienen derecho a ser repuestos en las condiciones retributivas que venían disfrutando con anterioridad a la decisión empresarial", añade la sala de lo social del TSXG.

Los fundamentos de derecho de la sentencia adelantan la doctrina que seguirá el tribunal respecto a las rebajas salariales de las más de 20 sociedades mercantiles que dependen de la Xunta, con independencia de lo que pueda ocurrir con el resto de entidades de la denominada Administración paralela. Los magistrados basan el fallo en una excepción contemplada en el decreto del Gobierno, que establece que la rebaja "no será de aplicación al personal laboral no directivo de las sociedades mercantiles" públicas, "salvo que por negociación colectiva" las partes decidan lo contrario. De entrada, la sentencia afectaría a 21 sociedades mercantiles y a las dos que forman parte de la Compañía de Radio y Televisión de Galicia (CRTVG), que son Radiotelevisión de Galicia, S. A., y Televisión de Galicia, S. A.

La normativa autonómica que sirvió para efectuar el descuento a los funcionarios gallegos reconoce que éste no debería extenderse al personal de las sociedades mercantiles. Sin embargo, la Consellería de Facenda decidió imponerlo igualmente, con el objetivo de introducir un criterio de "homogeneidad" a las reducciones retributivas del conjunto del sector público de la comunidad autónoma. En sus alegaciones durante la instrucción de la causa, la Xunta argumentó además que consideraba cumplido el requisito de negociación colectiva, por la apertura de un período de consultas al que expresamente denomina "negociación".

La sentencia precisa que las conversaciones mantenidas con los representantes de los trabajadores no puede en ningún caso considerarse negociación colectiva, que tiene "un significado mucho más hondo que el de un periodo de consultas".

"La cuestión", expone la sala de lo social, consiste en aclarar "si a través de un proceso de modificación sustancial de condiciones de trabajo, puede practicarse una reducción salarial a todos los trabajadores de Sodeco". "Y a ese interrogante debemos responder contundentemente que no", se responde, para añadir a continuación: "Los términos y expresiones gramaticales de la norma

[en referencia al decreto ley del Gobierno] son absolutamente diáfanos, debiendo atenernos a una interpretación literal, sin necesidad de acudir a ninguna otra regla de interpretación como postula la sociedad demandada".

Facenda eludió ayer comentar la sentencia, aunque sí defendió el recorte por "coherente y justo". La medida, explicaron fuentes de la consellería que dirige Marta Fernández Currás, que recurrirá el fallo, pretende que el personal de una empresa con convenios de este tipo "no cobre más que los funcionarios". El sindicato CIG, uno de los promotores del conflicto colectivo que originó la sentencia, considera que ésta tendrá consecuencias importantes no sólo en la Administración autonómica, sino también en la del Estado y la local, ya que no sólo la Xunta aplicó los recortes en las condiciones denunciadas por el TSXG. La CIG recordó que Facenda remitió una circular a los directivos de todos los entes de la Xunta para instarles a aplicar el recorte "con o sin acuerdo" con los trabajadores.


...los funcionarios lo tenemos crudo... como ya mencioné.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2469 en: 10 de Noviembre de 2010, 08:14:45 am »
Que noticia más rara...

Un ex guardia civil está imputado por guardar en su casa una pistola prohibida

El representante del Ministerio público solicita dos años y cinco meses de cárcel

REDACCIÓN A CORUÑA Dos años y cinco meses de cárcel. Esa es la condena que solicita el representante del Ministerio público para un ex guardia civil acusado de tener una pistola prohibida que será juzgado la próxima semana. El Ministerio público relata en su informe sobre los hechos que los agentes que investigaron el fallecimiento de su hijo intervinieron en su domicilio el arma, que había sido alterada para que se pudieran realizar disparos.

"El acusado conocía las modificaciones que se habían producido en ella porque había sido miembro de la Guardia Civil y carecía de licencia de armas", subraya la Fiscalía en su escrito de calificación, en el que imputa al procesado un delito de tenencia de arma de fuego prohibida.

El representante del Ministerio público, además, acordó el comiso de la pistola y de la munición que los guardias civiles localizaron en la vivienda del sospechoso, situada en Arteixo. El arma, según destaca el fiscal, se hallaba "en buen estado de uso y funcionamiento".


Desconectado hombredeazul

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4282
  • Alégrame el día...
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2470 en: 10 de Noviembre de 2010, 11:46:07 am »
Que noticia más rara...

Un ex guardia civil está imputado por guardar en su casa una pistola prohibida

El representante del Ministerio público solicita dos años y cinco meses de cárcel

REDACCIÓN A CORUÑA Dos años y cinco meses de cárcel. Esa es la condena que solicita el representante del Ministerio público para un ex guardia civil acusado de tener una pistola prohibida que será juzgado la próxima semana. El Ministerio público relata en su informe sobre los hechos que los agentes que investigaron el fallecimiento de su hijo intervinieron en su domicilio el arma, que había sido alterada para que se pudieran realizar disparos.

"El acusado conocía las modificaciones que se habían producido en ella porque había sido miembro de la Guardia Civil y carecía de licencia de armas", subraya la Fiscalía en su escrito de calificación, en el que imputa al procesado un delito de tenencia de arma de fuego prohibida.

El representante del Ministerio público, además, acordó el comiso de la pistola y de la munición que los guardias civiles localizaron en la vivienda del sospechoso, situada en Arteixo. El arma, según destaca el fiscal, se hallaba "en buen estado de uso y funcionamiento".



De raro nada. Ex GC que tiene un arma simulada modificada para pegar tiritos. Se la pillan y le aplican una tenencia ilicita. Cosas que pasan!
luzaederbmoh

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2471 en: 10 de Noviembre de 2010, 13:17:33 pm »
Hay algo más... un registro domiciliario tras la muerte de un hijo.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2472 en: 10 de Noviembre de 2010, 13:54:47 pm »
Absueltos cuatro policías locales de La Línea acusados de presenciar una paliza y no evitarla
Según la Audiencia, no hay certeza de que los agentes estuvieran presentes en la agresión

D.L. / Algeciras | Actualizado 10.11.2010 - 05:01

 La sección algecireña de la Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto a los policías locales de La Línea I.J.A.L., J.M.F.R., J.P.B. y P.B.P. de un delito de omisión del deber de perseguir delitos. Estaban acusados de presenciar sin hacer nada por evitarlo una paliza de un agente a un ciudadano que supuestamente se produjo en el patio de la Jefatura el 5 de noviembre de 2001.

La sentencia recoge que son incuestionables las lesiones de la víctima, pero que no hay certeza ni del autor de los golpes ni de que los acusados lo permitieran. Ni tan siquiera de que ellos estuvieran por allí. La acusación particular, que les demandaba 24 meses de multa y 2 años de inhabilitación, no va a recurrir ante el Tribunal Supremo. La sala resolvió ya en las cuestiones previas que el delito de lesiones, que también les era solicitado, ya había prescrito.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2473 en: 10 de Noviembre de 2010, 14:07:41 pm »
Un Policía Nacional alega que un menor le acusa de agresión sexual "por venganza"

La víctima sostiene que su vecino le pedía "perdón"

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 2 (EUROPA PRESS)

 
La Audiencia absuelve al subinspector acusado de agresión sexual


Antonio F. de la Gándara
Las Palmas de Gran Canaria

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas notificó esta mañana la sentencia que absuelve al subinspector de la Policía Nacional Felipe del Pino Saavedra, de 52 años, de los tres delitos de agresión sexual que le imputaba el Ministerio Fiscal. La acusación pública pedía 15 años de prisión para el acusado, miembro de la Brigada de Homicidios de la Policía Judicial de Las Palmas.

La Sala ha apreciado contradicciones en las declaraciones de las supuestas víctimas -vecinos del mismo bloque del acusado- con entidad suficiente para poner en duda su veracidad. Acusaban al subispector de abusar de ellos valiéndose de amenazas. Entiende el Tribunal que no hay material probatorio suficiente para quebrar el principio de presunción de inocencia.

El fallo de la Audiencia es susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo.

Desconectado Aguilaverde

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 3645
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2474 en: 10 de Noviembre de 2010, 16:09:12 pm »
Hay algo más... un registro domiciliario tras la muerte de un hijo.
Sería bueno saber si el hijo falleció como consecuencia de un accidente con arma de fuego en el domicilio, por que si no no entiendo que se practique un registro.

Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2475 en: 11 de Noviembre de 2010, 00:11:03 am »
Un Policía Nacional alega que un menor le acusa de agresión sexual "por venganza"

La víctima sostiene que su vecino le pedía "perdón"

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 2 (EUROPA PRESS)

 
La Audiencia absuelve al subinspector acusado de agresión sexual


Antonio F. de la Gándara
Las Palmas de Gran Canaria

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas notificó esta mañana la sentencia que absuelve al subinspector de la Policía Nacional Felipe del Pino Saavedra, de 52 años, de los tres delitos de agresión sexual que le imputaba el Ministerio Fiscal. La acusación pública pedía 15 años de prisión para el acusado, miembro de la Brigada de Homicidios de la Policía Judicial de Las Palmas.

La Sala ha apreciado contradicciones en las declaraciones de las supuestas víctimas -vecinos del mismo bloque del acusado- con entidad suficiente para poner en duda su veracidad. Acusaban al subispector de abusar de ellos valiéndose de amenazas. Entiende el Tribunal que no hay material probatorio suficiente para quebrar el principio de presunción de inocencia.

El fallo de la Audiencia es susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo.


Vaya, ni siendo inocentes nos salvamos del trato diferente por la prensa. Acaso no se merece que se refieran al compañero por sus iniciales?

Espero que lea la noticia y demande al que ha escrito esto.
Old school Hollywood baseball...

Desconectado sinpalotes

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 3427
  • OJOS!!!!!!
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2476 en: 11 de Noviembre de 2010, 09:06:49 am »
Hay que agradecer a los periodistas que en ese artículo no ha puesto una foto de primer plano de su cara junto a unas letras grandes y rojas de "SE BUSCA", y dentro del artículo, para que esté más difícil, poner la dirección de su casa y la dirección de sus padres y familiares, por si acaso.
La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

Desconectado hombredeazul

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4282
  • Alégrame el día...
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2477 en: 11 de Noviembre de 2010, 10:03:39 am »
Hay algo más... un registro domiciliario tras la muerte de un hijo.

Bueno, en ese caso, podriamos abrir varias hipotesis que nos lleven a solicitar el registro. O incluso que el hijo muera en el domicilio y mientras se procede al levantamiento del cadaver se observen anomalias.

No obstante, todo esto no son mas que suposiciones. Por lo que si la todopoderosa prensa nos ilumina, sabremos mas y mas... de lo que ellos inventen...
luzaederbmoh

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2478 en: 12 de Noviembre de 2010, 11:49:19 am »
La Audiencia ordena juzgar como homicidio el asalto al cuartel de la Guardia CivilEl Correo
     viernes, 12 de noviembre de 2010

La Audiencia de Sevilla ha ordenado tramitar como una tentativa de homicidio, y no un simple delito de lesiones, el apuñalamiento sufrido por un guardia civil durante el ataque de cuatro personas a su cuartel de Los Montecillos en Dos Hermanas (Sevilla).

La Audiencia ha atendido así el recurso de los guardias civiles que ejercen la acusación particular por el ataque de cuatro hombres contra el cuartel, realizado el 10 de octubre de 2009, y ha considerado que el caso debe tramitarse como un presunto homicidio en tentativa, además de los delitos de lesiones, atentado a la autoridad y desórdenes por los que ya están imputados.

Fuentes del caso han informado a Efe de que el juzgado de Dos Hermanas (Sevilla), que en principio calificó el ataque como un delito de lesiones, ha incoado un sumario por homicidio en tentativa y ha tomado declaración de nuevo a los imputados, que permanecen encarcelados.

El acusado J.H.G., de 50 años, y sus hijos P.H.R., M.H.R. y J.H.R. están acusados de la agresión presuntamente realizada el 10 de octubre de 2009, cuando un grupo de vecinos de una barriada colindante comenzó a tirar piedras contra el cuartel de la Guardia Civil de Los Montecillos.

Cuatro o cinco agentes salieron para intentar disuadir a los agresores y, cuando regresaban hacia las instalaciones, uno de los guardias se rezagó y fue golpeado con un palo en la cabeza y otro agente fue apuñalado en la mano.

La acusación particular entendía que, del relato de los hechos realizado en el auto de incoación de procedimiento abreviado "se desprende claramente un presunto delito de homicidio en tentativa", pues relata que uno de los imputados intentó apuñalar a un agente por la espalda.

La Fiscalía de Sevilla, por su parte, ha calificado los hechos como delitos de atentado a la autoridad y lesiones con utilización de medios peligrosos, por los que ha pedido nueve años de cárcel a cada acusado.

Los dos guardias lesionados quedaron hospitalizados y uno de ellos fue operado para colocarle placas en la mano y el tobillo, mientras que su compañero sufrió un traumatismo craneoencefálico derivado del golpe con un palo, además de laceraciones en las manos y abdomen.

Por la agresión fueron detenidos los hermanos pero el padre permaneció fugado durante seis meses hasta que fue localizado en abril de 2010 en la misma barriada, ocasión en la que primero ignoró el alto que le dio la Policía Nacional y luego varias decenas de personas agredieron a los agentes.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #2479 en: 17 de Noviembre de 2010, 12:40:37 pm »
Dos guardias civiles y un vigilante, acusados de torturar a un detenido

20.10.10 - 00:38 - J. A. MARRAHÍ | VALENCIA


Los tres acusados ocultan sus rostros, ayer, durante el juicio que comenzó a celebrarse en la Audiencia de Valencia. :: DAMIÁN TORRES

Absueltos los dos guardias acusados de torturar a un detenido a pesar de las grabaciones

La Audiencia de Valencia anula como prueba las conversaciones registradas en el coche patrulla y que revelaban los malos tratos

RAMÓN FERRANDO VALENCIA La Audiencia de Valencia ha absuelto a los dos guardias civiles acusados de torturar a un detenido en Alboraia a pesar de las grabaciones registradas en el coche patrulla que revelaron los malos tratos. Los magistrados han dado la razón al abogado de la defensa Juan Carlos Navarro que alegó que se había vulnerado el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones. Navarro advirtió al tribunal de que el auto judicial que autorizó la instalación de un micrófono en el coche patrulla en una investigación contra los agentes por narcotráfico era inconstitucional porque no estableció un límite temporal para las grabaciones.

Los dos agentes se enfrentaban a una condena de dos años de prisión. En el caso también estaba imputado como cómplice un vigilante de seguridad para el que el fiscal pedía nueve meses y que también ha sido absuelto.

Los hechos ocurrieron el 26 de enero de 2008. El vigilante detuvo por un hurto a un joven cubano en un hipermercado de Alboraia y se lo entregó a los dos agentes para que lo trasladaran al cuartel. En el coche patrulla había un micrófono oculto porque uno de los guardias estaba siendo investigado por narcotráfico. El caso se descubrió cuando asuntos internos escuchó las grabaciones durante su investigación por el tráfico de drogas.

La sala escuchó parte de las grabaciones que recogen los supuestos malos tratos. Las cintas, como publicó textualmente Levante-EMV, reflejan cómo los acusados se burlan del detenido, le golpean y le dicen frases como: "Te voy a dar una paliza que vas a mear sangre". Sin embargo, la Audiencia considera que las grabaciones son inconstitucionales y no pueden ser tenidas en cuenta como prueba. Los magistrados precisan que el resto de indicios no prueban las supuestas torturas.
______________________________________________________________

Dos guardias civiles, absueltos de torturas al ser nulas las escuchas
17.11.10 - 00:26 - A. RALLO | VALENCIA

Los dos guardias civiles y un vigilante acusados de torturar a un detenido han quedado absueltos tras decretar la Audiencia la nulidad de las escuchas que se grabaron en un vehículo camuflado, principal prueba de la Fiscalía contra los procesados.

Los hechos ocurrieron en enero de 2008. Los agentes, por aquel entonces destinados en el puesto de Tavernes Blanques, arrestaron a un hombre sospechoso de un robo en un centro comercial. A continuación, se dirigieron al barranco del Carraixet, golpearon al detenido y le amenazaron. Este es el relato que sostiene la Fiscalía.

Parte de las amenazas quedaron registradas en un dispositivo que se había instalado en el coche policial porque uno de los agentes estaba siendo investigado por otro delito, en este caso de drogas. Ahora bien, el auto del juez que permitía estas escuchas no hace referencia a un dato fundamental: «La determinación temporal de la injerencia». Es decir, por cuánto tiempo se tenían que mantener las escuchas. Esta fue una de las estrategias de Juan Carlos Navarro, abogado de uno de los agentes, que planteó la nulidad por ese motivo.

La Sala considera que no se trata de una cuestión sin importancia sino de «suma trascendencia». Precisamente es uno de los requisitos «con el que se pretenden evitar posibles extralimitaciones en la ejecución de la medida», tal y como recoge la sentencia de la sección tercera de la Audiencia. Estas podrían ser un exceso o prolongación innecesaria de la medida o la intromisión «injustificada» en otros «ámbitos o derechos de terceros ajenos a la investigación».

Una vez se declara la nulidad de una prueba, no es que afecte a todo el proceso, sino que es necesario determinar hasta qué punto el resto de las pesquisas no están 'contaminadas' de la inconstitucionalidad de las escuchas. Es decir, qué otras pruebas provienen de esa intervención. Y la sentencia entiende que todas las que aportó la Fiscalía presentaban una conexión con las escuchas que se practicaron en el vehículo.

Únicamente queda excluida de la invalidez la declaración de la supuesta víctima. Pero esta «carece del alcance probatorio» que pretende la Fiscalía porque el hombre no recordaba «extremos clave» y su declaración presentaba «contradicciones es aspectos relevantes».

« Última modificación: 17 de Noviembre de 2010, 12:43:51 pm por 47ronin »