Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769671 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4240 en: 12 de Enero de 2014, 19:05:14 pm »
 . . . pues nada, que se haga extensiva la sentencia a las Empresas de Seguridad y que en las zonas comerciales donde los VV.SS. presten servicio en la vía pública, si ocurre algo como esto . . . que asuman las indemnizaciones por no tener el suficiente servicio . . . esto yo creo que se recurre y se gana . . . ya veremos . . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4241 en: 12 de Enero de 2014, 19:06:13 pm »
Y sería extensible al MADRID ARENA?

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4242 en: 12 de Enero de 2014, 19:17:26 pm »
Y sería extensible al MADRID ARENA?

 . . . el caso del Madrid - Arena yo creo que es diferente porque el edificio donde se realizaba la fiesta es de titularidad municipal, por lo tanto seguro que les piden la responsabilidad civil subsidiaria, sobre todo si se encuentras deficiencias que pudieran haber afectado a la seguridad . . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4243 en: 13 de Enero de 2014, 13:11:30 pm »
Juzgan a un policía nacional por abatir a tiros a un mendigo en Barajas S. L. abc_madrid / MADRID Día 13/01/2014 -

El vagabundo, que portaba una maleta sospechosa de ser un artefacto explosivo, le amenazó con un pistola simulada
 
ABC.Terminal 1 del aeropuerto de Barajas donde ocurrieron los hechos en 2007

La Audiencia Provincial de Madrid juzgará este martes a un agente de la Policía Nacional por abatir el 19 de julio de 2007 a un mendigo tras un enfrentamiento debido a una maleta sospechosa de ser un artefacto explosivo.

En el escrito de acusación el fiscal entiende que concurre un delito de tentativa de homicidio, si bien no reclama pena al estimar que los disparos se produjeron en el ámbito penal de la legítima defensa. Esta circunstancia le eximiría de responsabilidad penal. Los hechos se produjeron sobre las 19.30 horas cuando dos agentes de la comisaría de Hortaleza fueron comisionados para acudir a la Terminal 1 de Barajas tras detectarse una maleta sospechosa.

Los agentes no sabían entonces que ese bulto pertenecía a un mendigo habitual de Barajas. Tras una inspección, los agentes hallaron un carro con maletas. De este modo, se acercaron a la víctima para preguntarle sobre esos bultos, identificándose como policías. Al pedirle la identificación, sacó un cuchillo e intentó cortar a uno de los agentes.

Ante esta situación, éstos sacaron su arma y le apuntaron. Tras observar que cada vez se iba poniendo mas agresivo, uno de los agentes efectuó un disparo en el suelo. Tras ello, la víctima sacó de un bolsillo una pistola negra y encañonó al agente y a varias personas que en ese momento se encontraban en el aeropuerto. Ante el riesgo inminente, el acusado efectuó cuatro disparos.

El fiscal detalla que la pistola negra era un arma simulada, apta para el lanzamiento de pequeñas bolas de plástico. Y que por su apariencia podría ser confundida con un arma real.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4244 en: 13 de Enero de 2014, 13:13:37 pm »
Juzgan a un policía nacional por abatir a tiros a un mendigo en Barajas S. L. abc_madrid / MADRID Día 13/01/2014 -

El vagabundo, que portaba una maleta sospechosa de ser un artefacto explosivo, le amenazó con un pistola simulada
 
ABC.Terminal 1 del aeropuerto de Barajas donde ocurrieron los hechos en 2007

La Audiencia Provincial de Madrid juzgará este martes a un agente de la Policía Nacional por abatir el 19 de julio de 2007 a un mendigo tras un enfrentamiento debido a una maleta sospechosa de ser un artefacto explosivo.

En el escrito de acusación el fiscal entiende que concurre un delito de tentativa de homicidio, si bien no reclama pena al estimar que los disparos se produjeron en el ámbito penal de la legítima defensa. Esta circunstancia le eximiría de responsabilidad penal. Los hechos se produjeron sobre las 19.30 horas cuando dos agentes de la comisaría de Hortaleza fueron comisionados para acudir a la Terminal 1 de Barajas tras detectarse una maleta sospechosa.

Los agentes no sabían entonces que ese bulto pertenecía a un mendigo habitual de Barajas. Tras una inspección, los agentes hallaron un carro con maletas. De este modo, se acercaron a la víctima para preguntarle sobre esos bultos, identificándose como policías. Al pedirle la identificación, sacó un cuchillo e intentó cortar a uno de los agentes.

Ante esta situación, éstos sacaron su arma y le apuntaron. Tras observar que cada vez se iba poniendo mas agresivo, uno de los agentes efectuó un disparo en el suelo. Tras ello, la víctima sacó de un bolsillo una pistola negra y encañonó al agente y a varias personas que en ese momento se encontraban en el aeropuerto. Ante el riesgo inminente, el acusado efectuó cuatro disparos.

El fiscal detalla que la pistola negra era un arma simulada, apta para el lanzamiento de pequeñas bolas de plástico. Y que por su apariencia podría ser confundida con un arma real.



La información de prensa publicada entonces.

Un policía hiere de un disparo a un indigente africano en el aeropuerto de Barajas
Según la policía, el agente se estaba defendiendo de un ataque con navaja
SUSANA HIDALGO / ELPAIS.COM Madrid 19 JUL 2007 - 20:41 CET 
 
Un policía ha tiroteado hoy a un indigente africano que vivía en la terminal 1 del aeropuerto de Barajas desde hace un año y medio. Según la versión de la policía, el hombre, que ahora se encuentra con pronóstico reservado en el Hospital Ramón y Cajal, intentó apuñalar a dos agentes con una navaja, alrededor de las 20.00 horas. Según los testigos, uno de los agentes ha cogido la navaja y la ha guardado en un vehículo.

Según un portavoz policial que ha hablado con este periódico, el indigente "se ha puesto agresivo" y cuando los agentes "han intentado" calmarle, éste ha "esgrimido un cuchillo en actitud agresiva" y cuando "ha lanzado dos puñaladas", se han hecho dos disparos intimidatorios al aire. Tras esto, según el portavoz, el indigente "se ha echado mano a la parte trasera" de su vestimenta y ha sacado "un objeto negro". Al "creer que era un arma" es cuando "se hacen los tres disparos".

Una de los testigos, Marcela, que se disponía a viajar a Chile, ha dicho que el indigente recibió cinco disparos del policía. Según Marcela y un turista alemán, ha pasado más de media hora hasta que se ha avisado a una ambulancia. El turista alemán ha recriminado a la policía diciéndoles que "esto pasa en América y no debe pasar en Europa". Inmediatamente, los agentes le han apartado y le han pedido la documentación.

A las 20.15, unos quince minutos después del suceso, el hombre estaba siendo atendido por una UVI móvil, han informado a Efe fuentes aeroportuarias.

El indigente, de unos 35 años, llevaba viviendo en el aeropuerto madrileño desde hace un año y medio. Llevaba siempre un carro lleno de libros y revistas y dormía en una cama plegable. Durante este tiempo había sido atendido en varias ocasiones por los servicios sociales, según fuentes del SAMUR. En un primer momento se pensó que se trataba de Feld, un indigente conocido en Madrid porque lleva tres años viviendo en el aeropuerto de Barajas, pero según ha podido constatar este periódico, no se trata de él.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4245 en: 13 de Enero de 2014, 20:06:01 pm »

En el escrito de acusación el fiscal entiende que concurre un delito de tentativa de homicidio, si bien no reclama pena al estimar que los disparos se produjeron en el ámbito penal de la legítima defensa.


Que verguenza de fiscalía... una vez más se ve para que cojones sirve.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4246 en: 14 de Enero de 2014, 07:04:35 am »

En el escrito de acusación el fiscal entiende que concurre un delito de tentativa de homicidio, si bien no reclama pena al estimar que los disparos se produjeron en el ámbito penal de la legítima defensa.


Que verguenza de fiscalía... una vez más se ve para que cojones sirve.

. . . pues a mi me parece correcta la actuación de la fiscalía, hay una muerte, por lo tanto un homicidio, pero aplica la eximente completa de la legitima defensa y no pide pena . . . perfecta la actuación . . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4247 en: 14 de Enero de 2014, 08:31:54 am »
Pues a mi no. No existe delito porque la actuación esta acogida a derecho, pues no hay juicio, se solicita archivo del caso y punto. Sin embargo no hace falta comparar con otros casos como se comporta la fiscalia.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4248 en: 14 de Enero de 2014, 09:16:30 am »
Negativo, el delito existe otra cosa es que se aplique la eximente completa de la legítima defensa, pero el homicidio ahí esta, por eso yo creo que la actuación del fiscal es la correcta, no pide pena porque aplica la eximente, ojalá fuera asi siempre.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4249 en: 14 de Enero de 2014, 11:38:46 am »
Muere el vigilante que recibió una paliza en la planta fotovoltaica

José Antonio Jiménez Ceferino, de 32 a?os, fallece casi dos meses después de ser agredido brutalmente en Marchena por una banda de delincuentes del Este

Fernando Pérez Ávila | Actualizado 21.01.2010 - 13:00

El vigilante de seguridad que fue brutalmente agredido por una banda de delincuentes en la planta fotovoltaica de Marchena el pasado 25 de noviembre murió este martes en el Hospital Virgen del Rocío, donde pasó los dos últimos meses de su vida tratando de recuperarse de la gravedad de sus heridas. El vigilante, José Antonio Jiménez Ceferino, de 32 a?os, fue enterrado ayer por la tarde en el cementerio municipal de Camas, la localidad en la que residía, después de un funeral celebrado en la parroquia Nuestra Se?ora de la Fuente.

Jiménez Ceferino, empleado de las empresas Omega y Seguridad Uniformada S. L., fue asaltado por un grupo de delincuentes que irrumpió de madrugada en la planta fotovoltaica para robar cables de cobre. El vigilante se encontraba solo en las instalaciones, situadas a unos cuatro kilómetros del casco urbano de Marchena, y recibió una brutal paliza que ha terminado costándole la vida. Los asaltantes le golpearon con una dureza extrema hasta el punto que llegaron a clavarle un punzón en el ojo. Esta herida hizo que posteriormente desarrollara un absceso o infección en el cerebro. Además, el trabajador sufrió fractura de cúbito y radio, fractura de la órbita ocular y un traumatismo craneoencefálico como consecuencia de los numerosos golpes recibidos.

Los delincuentes dejaron al vigilante malherido y esposado con sus propios grilletes en la planta fotovoltaica, donde fue encontrado a primera hora de la ma?ana. Posiblemente creyeron que estaba muerto y se llevaron su teléfono móvil y su coche, que apareció quemado en un paraje cercano.

La Guardia Civil continúa buscando a los agresores y cree que se trata de una banda de delincuentes de Europa del Este, posiblemente de Rumanía. A los investigadores llegó incluso a sorprenderles la brutalidad empleada por los asaltantes, que se enfrentaron a un hombre desarmado. La asociación Vigías informó ayer de que la Unidad Provincial de Seguridad Privada de Sevilla le concederá al vigilante, a título póstumo, la mención honorífica de tipo A por "poner su integridad física en peligro en beneficio de los ciudadanos y los bienes bajo su custodia".

El sepelio de Jiménez Ceferino congregó a numerosos vecinos de Camas y a muchos compa?eros del sector. La noticia de su muerte ha abierto el debate sobre las irregularidades existentes en la seguridad privada, sobre todo en materia de contratación y en la dotación de armas al personal.

CCOO acusó a la Subdelegación del Gobierno de no facilitar armas de fuego a los vigilantes para servicios como el que prestaba Jiménez Ceferino. "Se encontraba solo y con unos grilletes y una defensa como únicos elementos de protección", dijo la secretario de Actividades Diversas de CCOO, Mercedes Santoja. El Sindicato de Trabajadores de Seguridad también denunció la paradoja que sufre el sector. "Es la inseguridad de la seguridad", expuso Antonio Fernández, representante de este sindicato.

Por 'ilicitud' en las pruebas de ADN que les practicaron


Absueltos los dos acusados de matar a un vigilante de seguridad Los hechos ocurrieron en una planta fotovoltaica de Marchena


La Audiencia de Sevilla ha absuelto, por falta de consentimiento en la prueba de ADN, a dos ciudadanos rumanos que se enfrentaron a 38 años de cárcel por asesinar con ensañamiento al vigilante de una planta fotovoltaica de Marchena (Sevilla) para robar cobre.

Una sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia absuelve a Adi D., de 24 años, y Marius L.C., por nulidad de la prueba que identificó su ADN en un guante de trabajo abandonado por los ladrones y el pantalón de la propia víctima.

Según los jueces, la identificación genética de los acusados "carece de validez y ha de ser excluida del acervo probatorio de cargo, por la ilicitud de que adoleció en su día la extracción en otras causas de las muestras biológicas".

Tal ilicitud deriva de la ausencia de consentimiento del interesado o autorización judicial, en el caso de Marius L., y de la omisión de la necesaria asistencia letrada y de intérprete en el caso del acusado Adi D.

No hablaban español
Afirma la sentencia que "no hay ningún dato que sugiera que ninguno de los dos acusados tuviera un dominio del idioma español mínimamente suficiente para comprender el lenguaje formal en que están redactados los documentos suscritos con su firma en los que se consigna la recogida de muestras biológicas".

El asesinato de José Antonio Jiménez Ceferino fue presuntamente realizado por cuatro ciudadanos rumanos, dos de ellos fugados de la justicia, en la madrugada del 25 de noviembre de 2009, después de que unas horas antes fuesen ahuyentados por el vigilante cuando les sorprendió intentando robar cobre.

A la nulidad de la prueba de ADN la sentencia añade que "la suposición de que los autores del primer asalto hubieron de ser también los del segundo es puramente especulativa; pues si es poco probable que en un mismo día haya dos intentos de robo en el mismo lugar aislado y cometidos por personas distintas, tampoco es probable que unos ladrones que se dan prudentemente a la fuga en cuanto observan que el lugar asaltado cuenta con un vigilante vuelvan a las pocas horas dispuestos ahora a consumar su propósito a sangre y fuego".

Dudas sobre la autoría
Con ello se arriesgaban a demás a que "en el ínterin la vigilancia se haya visto reforzada a consecuencia del primer asalto frustrado". Tampoco consideran lógico que los acusados, que acababan de ser identificados por la Policía Local cuando compraban una cizalla en una ferretería de Marchena, se atreviesen a cometer con ella un robo solo una hora después y en el mismo término municipal.

Por lo demás, añade el fallo que en Marchena había en aquellas fechas un asentamiento de varias decenas de familias de nacionalidad rumana, como declaró un policía local en el juicio.

En el juicio, dos forenses informaron de que el vigilante murió dos meses después de la agresión como consecuencia del cuadro infeccioso generalizado que le causó el destornillador que los ladrones le clavaron en el ojo, por lo que la Fiscalía y la acusación particular imputaron a los procesados un homicidio con ensañamiento, además de robo y daños.


 Los dos jóvenes, de nacionalidad rumana, estaban acusados de asesinato y robo
 Según la sentencia, existen dudas fundamentadas sobre la autoría de los hechos

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4250 en: 14 de Enero de 2014, 19:01:09 pm »
Negativo, el delito existe otra cosa es que se aplique la eximente completa de la legítima defensa, pero el homicidio ahí esta, por eso yo creo que la actuación del fiscal es la correcta, no pide pena porque aplica la eximente, ojalá fuera asi siempre.

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Pues yo lo veo de otra forma, el delito desaparece al ser en legítima defensa, por lo que ni juicio ni nada, se archivan las cosas y no pasa el mal rato el policía por hacer su trabajo bien.
Aún así, he de reconocer que les tengo animadversión a los fiscales y no soy parcial.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4251 en: 14 de Enero de 2014, 19:18:47 pm »
A parte de eso os ha quedado claro si era navaja, pistola o que coño era?

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4252 en: 14 de Enero de 2014, 23:07:32 pm »
Negativo, el delito existe otra cosa es que se aplique la eximente completa de la legítima defensa, pero el homicidio ahí esta, por eso yo creo que la actuación del fiscal es la correcta, no pide pena porque aplica la eximente, ojalá fuera asi siempre.

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Pues yo lo veo de otra forma, el delito desaparece al ser en legítima defensa, por lo que ni juicio ni nada, se archivan las cosas y no pasa el mal rato el policía por hacer su trabajo bien.
Aún así, he de reconocer que les tengo animadversión a los fiscales y no soy parcial.

. . . para que te puedan aplicar la eximente completa de la responsabilidad penal . . . primero tiene que haber responsabilidad penal, si no hay responsabilidad penal . . . como te van a aplicar una eximente completa de esa responsabilidad? ? ? . . . por lo tanto la actuación del fiscal es la correcta . . . y no pide pena.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4253 en: 15 de Enero de 2014, 21:22:44 pm »
Abren diligencias contra jefe de Policía por falso testimonio en un juicio sobre drogas
 
Redacción
   15/01/2014 16:30
       
Un juez ha abierto diligencias contra el inspector jefe de la Unidad de Droga y Crimen Organizado (UDYCO) de Huelva para dirimir si pudo incurrir en un delito de falso testimonio en el juicio contra los miembros de una banda que suministraba seguridad a narcos para introducir hachís en España.

La apertura de estas diligencias se produce después de que el pasado mes de noviembre L.G.M. el acusado de dirigir esa banda, lo denunciara tras quedar, como el resto de procesados, absuelto al declarar la Audiencia deHuelva nulas las escuchas telefónicas realizadas por la UDYCO.

Según han confirmado a Efe fuentes judiciales y ha avanzado www.diariodehuelva.es, ha sido el Juzgado de Instrucción número 2 de Huelva el que ha decidido abrir diligencias al entender que el inspector de Policía "podría haber incurrido en infracción penal", por lo que se está a la espera de que sea citado para prestar declaración en sede judicial.

Los hechos que han motivado este procedimiento y que se exponían en la denuncia, están relacionados con la comparecencia como testigo del inspector en el juicio celebrado por esta causa en noviembre de 2012, al considerar el denunciante que el inspector jefe "mintió, en acto de juicio, en calidad de testigo, y tras jurar decir verdad".

Y es que pese a que mantuvo "de forma tajante y reiterada" de que no tuvo conocimiento de otra investigación estrechamente ligada a la de la causa, llevaba a cabo por la misma unidad, la propia documental presentada en el acto del juicio por el fiscal confirmaba que sí sabía de ella.

Por ello, considera que el agente perseguía, con su falso testimonio, "evitar poner en conexión ambas investigaciones", ya que la que aseguraba desconocer había sido anulada por vulneración de preceptos constitucionales, y ello para "intentar perjudicar deliberadamente" a L.G.M.

En la denuncia consta también como denunciante M.T.M. pareja sentimental de L.G.M. cuando se desarrolló la operación judicial quien considera que el agente podría haber incurrido en un delito de revelación de secretos.

Esta mujer cuando fue detenida por su implicación con esta banda fue enviada a la cárcel con carácter provisional abandonando la misma al cabo de unos meses.

Según exponía en la denuncia, el inspector, desde el mismo momento de su puesta en libertad, la requirió para mantener entrevistas con él y en varias ocasiones el denunciado le informó que "había visionado varios vídeos, de contenido claramente íntimo con el que fuera su pareja, L.G.M., que se encontraban en uno de los aparatos intervenidos, unos vídeos que nada, absolutamente nada, podían aportar a la investigación", y otros de éste con otra mujer.

Asegura la denunciante que los comentarios se los hizo "de forma despectiva y dándole un trato humillante y vejatorio".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4254 en: 16 de Enero de 2014, 03:22:50 am »
Es inocente porque lo digo yo.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4255 en: 16 de Enero de 2014, 10:29:23 am »
Imponen un año de cárcel a un policía que rompió 3 costillas a un «ciudadano molesto»
El fallo advierte de que el empleo de la fuerza fue desproporcionado y el agente abonará 1.000 euros a la víctima
16.01.2014 | 00:20

ramón ferrando valencia

El Tribunal Supremo ha impuesto un año de cárcel a un policía nacional por romper tres costillas a un ciudadano que estaba molestando a un grupo de personas. El fallo incide en que «existen procedimientos para intentar calmar a los ciudadanos molestos y agitados sin necesidad de romperles las costillas». La sentencia apunta que el empleo de la fuerza fue desproporcionado y abusivo e impone al agente la obligación de indemnizar a la víctima con mil euros.

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 10 de febrero de 2007. Un grupo de tres mujeres y un hombre estaban de copas en el centro de Alzira cuando en un momento determinado se les unió la víctima. El hombre conocía a una de las mujeres y comenzó a molestar al grupo ya que quería continuar «de fiesta» con ellos a toda costa. Una de las mujeres del grupo decidió llamar a la policía.
Al lugar de los hechos llegaron tres agentes de una patrulla de la policía nacional entre los que estaba el condenado que caminaba en funciones de seguridad ciudadana y trataron de tranquilizar al hombre que «se mostraba muy violento». Poco después se sumaron otros dos policías.

En un momento determinado, el agente condenado decidió reprimir la actitud molesta de la víctima y con la porra que llevaba «le golpeó con suma fuerza en el dorso, dejándole sobre la piel la huella de los golpes que se corresponden con la fractura de tres costillas».

La sentencia destaca que el condenado también le rompió la nariz a la víctima. El fallo puntualiza que el único policía que golpeó violentamente al denunciante fue el procesado.

Los magistrados subrayan que la prueba de cargo es el informe de los forenses que confirmó que la causa de la rotura de las costillas fue la «excesiva fuerza» que utilizó el agente al «golpear repetidamente con la porra en el pecho» al hombre.

«No representaba peligro»

El fallo insiste en que el uso de la «fuerza no fue racionalmente necesario para la tutela de los intereses públicos pues no hace falta utilizarla para reprimir una actuación simplemente "molesta"». Los magistrados están convencidos de que el ciudadano «no representaba peligro alguno».

La sentencia concluye que en cualquier caso, la actuación del agente «es manifiestamente desproporcionada y abusiva pues no era necesario en absoluto fracturar a un ciudadano tres costillas utilizando con suma fueza la defensa o porra policial». La sentencia es firme.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4256 en: 19 de Enero de 2014, 10:47:38 am »
La jueza imputa por cohecho a los cuatro policías a la espera del informe del fiscal
O.B. VILAGARCÍA | Actualizado 19 Enero 2014 - 01:27 h. Comparte:
 
   
El Juzgado número 1 de Vilagarcía es el que investiga el caso de los policías locales La jueza ha decidido mantener la imputación sobre los cuatro policías locales de Vilagarcía investigados a raíz de la denuncia de un particular por un presunto soborno. La titular toma esta decisión tras los dos últimos interrogatorios, que tuvieron lugar el 27 de diciembre de 2013 y en los que prestaron declaración dos agentes del cuerpo municipal.

La investigación se remonta a mediados de noviembre del año pasado, cuando fueron detenidos dos policías acusados de cohecho. Un conductor sin carné implicado en un accidente con alcoholemia acusaba a uno de los agentes de retirarle la multa a cambio de una determinada cantidad de dinero. El atestado de este siniestro nunca llegó a los juzgados. Una acusación por la que fue detenido este policía y su compañero de turno en el momento en el que tuvieron lugar los supuestos hechos. Ambos negaron la versión del denunciante, que al parecer tendría motivos personales contra el agente al que señaló por cohecho.

En el marco de esta investigación, que dirige el número 1 en coordinación con la Policía Nacional, se detectó la falta de otros dos atestados en los que había intervenido uno de los agentes imputados, el compañero del hombre contra el que se dirigía la acusación del denunciante.

Por ello, desde la Comisaría se llamó a los dos compañeros de turno de este agente en el momento en el que se produjeron los hechos y tras tomarles declaración se les acusó de omisión del deber de perseguir delitos.

La jueza les tomó declaración el 27 de diciembre, once días después de hacer lo propio con el denunciante, y los agentes se ratificaron en lo dicho ante la Policía Nacional, exculpando a sus compañeros y achacando la desaparición de los atestados a fallos en el sistema de custodia de documentos, que experimentó cambios a raíz de este suceso.

Tras esta declaración, el abogado del Concello explicaba que habría que esperar unas semanas para conocer si la jueza mantenía o no la imputación. La decisión ya está tomada y desde el TSXG señalan que los cuatro están imputados por el mismo delito, es decir, por cohecho y que ahora están a la espera del informe del fiscal. La defensa alega que no es una medida en firme mientras no se pronuncie el Ministerio Público. n


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4257 en: 20 de Enero de 2014, 05:33:01 am »
La familia de un Guardia Civil condenado por el TS recoge más de 33.000 firmas para pedir su indulto.

EUROPA PRESS


El abogado del agente de la Guardia Civil condenado por el Tribunal Supremo a tres años de prisión por "cometer un error" al notificar una multa de tráfico entregará mañana en el Ministerio de Justicia más de 33.000 firmas para pedir el indulto.

Así lo ha confirmado a Europa Press el portavoz de la familia del agente, Juan Gregorio, quien ha explicado que hasta el momento han recogido 32.600 firmas a través de la plataforma change.org y otras 700 de forma presencial. "Agradecemos mucho el apoyo recibido. Estas firmas las hemos recogido en muy poco tiempo. Pretendemos que las firmas sirvan de apoyo al indulto, cuando lo debata el Consejo de Ministros", ha señalado.

Gregorio ha indicado previamente a la entrega de las firmas, que la familia acudirá al Ayuntamiento de Griñón para recoger el documento institucional de apoyo al agente, de 26 años, que también "tiene el apoyo" de los ayuntamientos de Serranillos del Valle y Casarrubuelos.

En cuanto al proceso judicial, el portavoz de la familia ha señalado que la defensa del agente ha pedido la nulidad de actuaciones al Tribunal Supremo y que cuando este organismo conteste "el siguiente paso será el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional".

Inhabilitación del agente
Además, ha puntualizado que, en virtud de la sentencia condenatoria, la inhabilitación del agente "se puede producir en cualquier momento".

La sentencia del TS, a la que ha tenido acceso Europa Press, fue emitida el 5 de diciembre de 2013 por la Sala de lo Penal y confirma el fallo dictado por la sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, el 15 de julio de 2013.

En el fallo, se condena a R.G. a tres años de prisión, por un delito de "falsedad documental", penado con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de seis meses, con una cuota diaria de seis euros, e inhabilitación especial para cualquier cargo o empleo público por un periodo de dos años, así como al pago de la mitad de las costas procesales.

El Supremo considera que "no se ha producido la lesión del derecho a la presunción de inocencia" . "El recurrente falsificó los hechos de los boletines de denuncia al exponer en los mismos una infracción de tráfico cuando esta no había tenido lugar en la hora allí fijada (el agente no estaba de servicio en ese momento), como tampoco el día en cuestión, en uno de estos boletines", especifica el TS.

"No existe infracción de Ley por cuanto el recurrente es Guardia Civil, y por tanto, agente de la autoridad que faltó a la verdad en la narración de los hechos expuestos en los boletines de denuncia referentes a una presunta infracción de tráfico", señala el Tribunal.

Por su parte, en declaraciones a Europa Press, la madre del agente, Montserrat Peñas, calificó la sentencia de "desproporcionada e injusta". "Él cometió un error al escribir la fecha de la denuncia, error que reconoció en el pliego de descargo, al reconocerlo, la denuncia quedó totalmente anulada y no siguió su curso, y por lo tanto ahí debería haber quedado la cosa. Pero como la conductora denunciada parece que no estaba conforme, interpuso una denuncia a su vez en el juzgado de Fuenlabrada y todo esto siguió adelante, hasta que hemos llegado al Supremo", dijo entonces.

La madre del agente aseguró que la condena "es algo tan desproporcionado que mucha gente no lo cree". "Es tan absurdo que cuesta creerlo, la condena es de 3 años de prisión y 2 de inhabilitación mientras que etarras asesinos y violadores están en la calle. Por un simple error al escribir parece ser que merece estar en la cárcel, por ello solicito ayuda en la recogida de firmas para al menos conseguir el indulto", señala la madre en la recogida de firmas de change.org.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4258 en: 21 de Enero de 2014, 14:18:42 pm »
El fiscal pide dos años y medio de cárcel a un policía local por vender un arma trucada

El testigo que denunció al municipal dijo que en Comisaría le prometieron que no iría a prisión por robo, si lo delataba
 22.12.2013 |

Una pistola de nueve milímetros


Absuelto el policía local por falta de pruebas que acrediten que trucó una pistola para venderla
El juez no puede atribuir al agente la «modificación sustancial» del arma, ni que sepa manipularla para que funcione

21.01.2014 | 08:42
 
La denuncia de un detenido

Un testigo que cambia la versión: La detención por robo de un joven que portaba un arma trucada está en el origen del procedimiento judicial contra un policía municipal, cuyas iniciales son R.V.R., y al que el arrestado
acusó «voluntariamente» de haber sido quien le vendió la pistola. El joven ratificó dos veces su denuncia ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, tras haberla formalizado en la Comisaría de Zamora.Proceso judicial: El agente municipal fue procesado por un delito de tenencia ilícita de armas. Se le acusó de haber trucado el revólver para que pudiera disparar y haberlo vendido posteriormente.Presiones de la Policía Nacional: El denunciante cambió durante su declaración en el juicio celebrado en el Juzgado de lo Penal la versión ofrecida en tres momentos diferentes de la causa abierta contra el policía municipal. A preguntas del fiscal y del abogado del agente aseguró que denunció porque los policías nacionales «me sacaron del calabozo» en la Comisaría «y me dijeron que si le apuntaba, me libraba de la cárcel» y «por miedo» accedió. El juez considera inverosímil su explicación y ha  ordenado abrir diligencias contra él por falso testimonio.SUSANA ARIZAGA

La imposibilidad de «afirmar con certeza» que la pistola supuestamente vendida por un policía municipal de Zamora a una tercera persona disparara y las dudas de que el agente pudiera haberla manipulado para conseguir que detonara, han llevado al magistrado sustituto del Juzgado de lo Penal a absolver al acusado, cuyas iniciales son R.V.R., para quien el Ministerio Fiscal exigía dos años y medio de prisión y otros tantos de suspensión de empleo y sueldo por tenencia ilícita de armas.

Los peritos de Balística solo pudieron afirmar en el juicio que la pistola, de calibre de 9 milímetros, «tal vez» habría sido apta para disparar antes de llegar a ser requisada por la Policía Nacional y examinada en el Laboratorio forense, unas declaraciones que han resultado decisivas para que el juez en su sentencia otorgue al reo el beneficio de la duda por falta de pruebas.

Sobre lo que los peritos no dejaron la menor sombra de duda es sobre el hecho de que la pistola «ha sido objeto de una modificación sustancial», por lo que «de ser inicialmente un arma detonadora, se ha convertido en un arma de fuego, prohibida como tal».

Sin embargo, «aunque se puede presuponer y afirmar que un agente de policía conoce el funcionamiento de un arma de fuego, ello no implica necesariamente que conozca a qué es debido que no dispare», así como «el modo de arreglarla». Estas consideraciones llevan al juez a concluir que carece de pruebas para condenar al policía local de Zamora. Ello no obsta para que el también titular del Juzgado de Villalpando, Mariano Mateo Zabala, en su fallo absolutorio apostille que toma tal decisión «con independencia de la consideración que desde un punto de vista ético o moral pueda merecer la conducta del acusado», valoración que «no corresponde al juzgador».

Los expertos en Balística explicaron en el juicio que el revólver solo podía dispararse con ayuda de un destornillador para tensar el alambre que había sido colocado para sustituir la biela. Este permitía accionar la pistola, si bien cuando en Balística la examinaron precisaron de un elemento accesorio (el destornillador) para poder disparar. Aclararon que con el uso podría haberse dado holgura al alambre, lo que justificaría la imposibilidad de hacer fuego sin ayuda.

En definitiva, indica que «no se puede deducir que, cuando el arma le fue supuestamente entregada» al joven «fuese apta para disparar». Y se remite a las declaraciones del propio joven, que reiteró en el juicio que la pistola no estaba acondicionada para ello y que nunca intentó hacer fuego con ella. El juez no obvia, tampoco, la «falta de credibilidad» del testigo que supuestamente compró el arma al agente de la Policía Municipal de la capital, con lo que se deduce que sí pudo haberse utilizado a pesar de que el testigo lo negara.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #4259 en: 23 de Enero de 2014, 11:39:50 am »
El policía nacional que asaltó a un traficante deberá cumplir 5 años
23.01.2014 | 00:17

r. f. valencia El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de cinco años de prisión que la Audiencia de Valencia le impuso a un miembro del Cuerpo Nacional de Policía que le robó cocaína a un traficante. En el caso fueron condenados a sendas penas de un año otros dos agentes.

El condenado a cinco años de cárcel es un agente del Cuerpo Nacional de Policía que estaba destinado en la comisaría de Trànsits de Valencia como responsable del grupo antidroga para ese distrito. El policía admitió que hizo registros domiciliarios e intervino droga sin esperar a la autorización judicial, aunque aseguró que era para que los traficantes no destruyeran pruebas.

Los hechos ocurrieron el 5 de abril de 2010. El principal procesado se apoderó, con ánimo de obtener un lucro ilícito, de una bolsa que contenía 247 gramos de una sustancia que resultó ser cocaína con una pureza del sesenta por ciento. El policía condenado a cinco años fue arrestado con la droga por agentes de Asuntos Internos desplazados desde Madrid. La sentencia dictada por la sección primera del Tribunal Supremo ya es firme, por lo que ahora será expulsado de la policía.