Autor Tema: Jubilaciones en los Cuerpos policiales  (Leído 1074330 veces)

Desconectado 47ronin

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6680 en: 30 de Junio de 2017, 13:47:47 pm »
Y el dato que esperabamos conocer respecto a la cadencia queda reservado y en oculto por esa facultad que se reseña.




Se faculta al titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para dictar cuantas disposiciones de carácter general sean precisas para la aplicación y desarrollo de este real decreto.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día primero del mes siguiente al de la entrada en vigor de la norma con rango legal que regule la cotización adicional contemplada en el artículo 6.

Desconectado WILLSON

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6681 en: 30 de Junio de 2017, 14:09:35 pm »
Una duda tenemos en la unidad ...... ¿ Con 30 años de servicio nos podemos jubilar a los 60 si perdida alguna ?
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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6682 en: 30 de Junio de 2017, 14:20:15 pm »
Cuando se hará efectiva entonces la norma para acogerse a dicha jubilación? 1 de enero de 2018?

Desconectado Chang_wade

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6683 en: 30 de Junio de 2017, 14:21:29 pm »
Una duda tenemos en la unidad ...... ¿ Con 30 años de servicio nos podemos jubilar a los 60 si perdida alguna ?

Hay que mirar dos partes.

1- Tiempo cotizado como Policía Local. (25 años mínimo)  (25*0,20) = 5 años de adelanto.

2- Tiempo cotizado TOTAL. Tienes que mirar las reglas generales. Que tengas el tiempo mínimo cotizado que te piden para cobrar el 100%. (Sumando los 5 años que sobrecotizas).

Para 2017 por ejemplo son, 36 años y 3 meses.


Desconectado Chang_wade

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6684 en: 30 de Junio de 2017, 14:22:18 pm »
Cuando se hará efectiva entonces la norma para acogerse a dicha jubilación? 1 de enero de 2018?

Se entiende que sí.

Falta saber si entra en vigor de golpe o de forma progresiva.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6685 en: 30 de Junio de 2017, 14:27:26 pm »
Bueno, Bueno....parece que sale el sol
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Desconectado 47ronin

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6686 en: 30 de Junio de 2017, 14:38:20 pm »
Cuando se hará efectiva entonces la norma para acogerse a dicha jubilación? 1 de enero de 2018?

Se entiende que sí.

Falta saber si entra en vigor de golpe o de forma progresiva.

Si el 31 de diciembre la norma no estuviese publicada en el BOE elló significaría que no podría aplicarse hasta el 1 de julio de 2018.

Y si, se reserva la facultad de desarrollo respecto a la cadencia, algo que queda por conocer.

Desconectado WILLSON

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6687 en: 30 de Junio de 2017, 16:46:02 pm »
Una duda tenemos en la unidad ...... ¿ Con 30 años de servicio nos podemos jubilar a los 60 si perdida alguna ?

Hay que mirar dos partes.

1- Tiempo cotizado como Policía Local. (25 años mínimo)  (25*0,20) = 5 años de adelanto.

2- Tiempo cotizado TOTAL. Tienes que mirar las reglas generales. Que tengas el tiempo mínimo cotizado que te piden para cobrar el 100%. (Sumando los 5 años que sobrecotizas).

Para 2017 por ejemplo son, 36 años y 3 meses.



Entiendo entonces que si ahora tengo 32 años cotizados a la ss y , le sumo 5 años lo que hace un total de 37 cotizados hasta 2017   me puedo jubilar con el 100%   es as ??
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Desconectado 47ronin

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6688 en: 30 de Junio de 2017, 17:23:56 pm »
Si finalmente no hay periodo de cadencia..el.1 de enero de 2018 usted debería cumplir dos requisitos para poder jubilarse con 59 años..uno es haberlos cumplido.y el otro.haber cotizado 35 años y 6 meses como policía 

Desconectado WILLSON

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6689 en: 30 de Junio de 2017, 17:30:17 pm »
Si finalmente no hay periodo de cadencia..el.1 de enero de 2018 usted debería cumplir dos requisitos para poder jubilarse con 59 años..uno es haberlos cumplido.y el otro.haber cotizado 35 años y 6 meses como policía 
Eso esta claro pero a los 60 ??
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Desconectado 47ronin

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6690 en: 30 de Junio de 2017, 17:45:21 pm »
   
El Gobierno aprobará próximamente la jubilación anticipada para policías locales

30/06/2017
EUROPA_PRESS


MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha remitido a los sindicatos un Real Decreto en el que se establece que el coeficiente reductor para los policías locales que quieran jubilarse antes de la edad ordinaria será del 0,20.

Esto significa que aquellos policías locales que quieran jubilarse de manera anticipada deberán multiplicar por 0,20 los años efectivamente trabajadores como policía local para conocer en cuántos años podrían adelantar la jubilación.

En ningún caso se podrá acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior en cinco años a la edad ordinaria o en seis años en los supuestos en los que se acrediten 37 años de actividad efectiva y cotización.

La jubilación anticipada para policías locales se condiciona además a tener cubierto el periodo de carencia de 15 años que se exige para acceder a la prestación y a tener 15 años cotizados como policía municipal.

Con el fin de mantener el equilibrio financiero del sistema, se establece una cotización adicional a la Seguridad Social para el colectivo, que se desarrollará en una futura norma.

En todo caso, Empleo y la Federación de Municipios y Provincias (FEMP) acordaron el pasado mes de diciembre que el tipo de cotización sería un 10% superior a la cotización actual. De este porcentaje, los Ayuntamientos asumirán un 8,6% y los propios policías el 1,4% restante.

En España hay cerca de 70.000 policías locales, de los cuales 3.200 tienen más de 60 años y 4.000 tienen entre 55 y 60 años.

Desde CSIF, Víctor Martínez, ha expresado a Europa Press su satisfacción por una iniciativa en la que se lleva trabajando desde hace 14 años y muy revindicada por el colectivo de policías locales.

Martínez ha agradecido la disposición mostrada por el Ministerio de Empleo y por todo el arco parlamentario para sacar adelante esta norma. "Sin el apoyo de todos los partidos políticos y del Ministerio esto no hubiera sido posible. Estamos muy satisfechos. Muchos policías nos llaman para darnos las gracias", ha subrayado.

Tras la remisión de este Real Decreto a los sindicatos, se abre ahora el plazo de alegaciones, tras el cual se remitirá el texto definitivo a la comisión técnica y se someterá al dictamen del Consejo de Estado. Una vez cumplidos estos trámites se llevará al Consejo de Ministros para su aprobación, según ha explicado UGT en un comunicado.

Los sindicatos esperan que el Real Decreto no tarde mucho en ser aprobado por el Consejo de Ministros, de forma que pueda ver la luz el próximo mes de julio. No obstante, este Real Decreto no estará vigente hasta el primer día del mes siguiente en que entre en vigor la norma con rango legal que regulará la sobrecotización a los policías locales

Desconectado Chang_wade

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6691 en: 30 de Junio de 2017, 18:02:09 pm »
Una duda tenemos en la unidad ...... ¿ Con 30 años de servicio nos podemos jubilar a los 60 si perdida alguna ?

Hay que mirar dos partes.

1- Tiempo cotizado como Policía Local. (25 años mínimo)  (25*0,20) = 5 años de adelanto.

2- Tiempo cotizado TOTAL. Tienes que mirar las reglas generales. Que tengas el tiempo mínimo cotizado que te piden para cobrar el 100%. (Sumando los 5 años que sobrecotizas).

Para 2017 por ejemplo son, 36 años y 3 meses.



Entiendo entonces que si ahora tengo 32 años cotizados a la ss y , le sumo 5 años lo que hace un total de 37 cotizados hasta 2017   me puedo jubilar con el 100%   es as ??


Así es..

Tienes que irte a las tablas generales y ver si te pudes jubilar con el 100% a los 65 años.

Luego si tienes 25 años trabajados como Policía, te restan 5 años, con lo que te jubilas a los 60 años.

También si has cotizado el límite de años marcado por el real decreto como Policia te pueden descontar otro año más e irte con 59 años.

Desconectado 47ronin

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6692 en: 30 de Junio de 2017, 18:08:18 pm »
De donde saca los 25 mínimos?

Desconectado Chang_wade

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6693 en: 30 de Junio de 2017, 18:36:56 pm »
De donde saca los 25 mínimos?

¿Aún estamos así Sr Ronín?

Coeficiente reductor 0,20

Si quieres adelantar 5 años la edad de jubilación, tienes que cotizar 25 años como Policía.

Desconectado losalares

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6694 en: 30 de Junio de 2017, 18:41:51 pm »
Creo que de 0,2 x 25 años = 5 años menos, te podrías jubilar a los 60. Si tuvieras menos de 25 años como policía habría que restarle un 0,2 por año.
20 años = 4 años menos, a los 61
15 años = 3 años menos, a los 62

Desconectado losalares

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6695 en: 30 de Junio de 2017, 18:46:58 pm »
Alguien sabe a cuanto se extiende el plazo de Audiencia e Información pública?

Desconectado titohiges

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6696 en: 30 de Junio de 2017, 18:52:03 pm »
Una duda tenemos en la unidad ...... ¿ Con 30 años de servicio nos podemos jubilar a los 60 si perdida alguna ?

Hay que mirar dos partes.

1- Tiempo cotizado como Policía Local. (25 años mínimo)  (25*0,20) = 5 años de adelanto.

2- Tiempo cotizado TOTAL. Tienes que mirar las reglas generales. Que tengas el tiempo mínimo cotizado que te piden para cobrar el 100%. (Sumando los 5 años que sobrecotizas).

Para 2017 por ejemplo son, 36 años y 3 meses.



Entiendo entonces que si ahora tengo 32 años cotizados a la ss y , le sumo 5 años lo que hace un total de 37 cotizados hasta 2017   me puedo jubilar con el 100%   es as ??


Así es..

Tienes que irte a las tablas generales y ver si te pudes jubilar con el 100% a los 65 años.

Luego si tienes 25 años trabajados como Policía, te restan 5 años, con lo que te jubilas a los 60 años.

También si has cotizado el límite de años marcado por el real decreto como Policia te pueden descontar otro año más e irte con 59 años.
Creo que no, porque la edad de jubilacion va subiendo año a año, me parece que hasta que lleguemos hasta los 67, asi que como bien dice el decreto, no podras jubilsrte mas de 5 años antes de la edad de jubilacion, por lo que los que ahora no estamls en edad nos tendremos que jubilar a los 62, y con un poder adquisitivo bastante inferior. En mi opinion, han negociado los que han negociado para ellos mismos, solidaridad ninguna, y lo han hecho en representacion de todo el colectivo? Me parece que no. Habria que haber negociado teniendo en cuenta el futuro. Pedimos soliradidad para los que se jubilan ahora pero no es reciproco.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6697 en: 30 de Junio de 2017, 18:54:44 pm »
Mis diez años de militar profesional sirve para computar como cotización?

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6698 en: 30 de Junio de 2017, 19:23:09 pm »
Creo que que con 25 años de policía, siempre nos podremos  jubilar a los 60 años, otra cosa es que nos quede el 100%, para eso dependiendo de la fecha de jubilacion de cada uno tendremos que haber cotizado en total desde 36 y pico hasta 37 o algo más.

Desconectado 47ronin

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #6699 en: 30 de Junio de 2017, 19:30:01 pm »
Una duda tenemos en la unidad ...... ¿ Con 30 años de servicio nos podemos jubilar a los 60 si perdida alguna ?

Hay que mirar dos partes.

1- Tiempo cotizado como Policía Local. (25 años mínimo)  (25*0,20) = 5 años de adelanto.

2- Tiempo cotizado TOTAL. Tienes que mirar las reglas generales. Que tengas el tiempo mínimo cotizado que te piden para cobrar el 100%. (Sumando los 5 años que sobrecotizas).

Para 2017 por ejemplo son, 36 años y 3 meses.



Entiendo entonces que si ahora tengo 32 años cotizados a la ss y , le sumo 5 años lo que hace un total de 37 cotizados hasta 2017   me puedo jubilar con el 100%   es as ??


Así es..

Tienes que irte a las tablas generales y ver si te pudes jubilar con el 100% a los 65 años.

Luego si tienes 25 años trabajados como Policía, te restan 5 años, con lo que te jubilas a los 60 años.

También si has cotizado el límite de años marcado por el real decreto como Policia te pueden descontar otro año más e irte con 59 años.
Creo que no, porque la edad de jubilacion va subiendo año a año, me parece que hasta que lleguemos hasta los 67, asi que como bien dice el decreto, no podras jubilsrte mas de 5 años antes de la edad de jubilacion, por lo que los que ahora no estamls en edad nos tendremos que jubilar a los 62, y con un poder adquisitivo bastante inferior. En mi opinion, han negociado los que han negociado para ellos mismos, solidaridad ninguna, y lo han hecho en representacion de todo el colectivo? Me parece que no. Habria que haber negociado teniendo en cuenta el futuro. Pedimos soliradidad para los que se jubilan ahora pero no es reciproco.

Si.puedes jubilarte a los 60 e incluso a los 59...pero se han de cumplir los años mínimos que se fijan...y si no se llega a esos años mínimos de cotización tocaría esperar por encima de los 60 según cada caso.