Autor Tema: Jubilaciones en los Cuerpos policiales  (Leído 1074295 veces)

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1440 en: 13 de Noviembre de 2010, 12:16:31 pm »
El Concello obliga a incorporarse a las patrullas a los policías que están en segunda actividad

La decisión afecta a cuatro agentes, uno de ellos jefe de la brigada municipal de medioambiente de Cangas

JUAN CALVO - CANGAS

Ante la falta de personal y tras la marcha de los auxiliares contratados en verano, la Concejala delegada de Tráfico, Protección Civil e Seguridade, María José Vilas, suscribió una circular en la que obliga a los policías que ejercían tareas de segunda actividad y que estaban comisionados en otros departamentos a que a partir del próximo día 15 de noviembre “deberán facer servicio uniformados nos turnos que lle asine a quincena as follas diarias de servicio”.

La concejala asegura, en el comunicado interno, que la medida es transitoria mientras no se cuente con el personal suficiente para garantizar el servicio de atención mínimo al ciudadano.

La medida afecta a los policías Francisco Piñeiro Lorenzo, Ángel Molanes Fernández, Carlos Córdoba Solla y José Luis Barreiro Rodal. Éste último llevaba desde hace varios años ejerciendo de jefe de la brigada medioambiental del Concello de Cangas, mientras que Francisco Piñeiro y Ángel Molanes se encuentran ejerciendo tareas de segunda actividad (oficinas) como consecuencia del grado de minusvalía ocasionado por una enfermedad laboral.

Hacía tiempo que todos ellos acudía al Concello de Cangas sin en el uniforme y no participaban en las patrullas diurnas. Pero esta decisión, avalada por el jefe de la Policía Local de Cangas, Alberto Agulla, no está condenada al éxito. Las bajas pueden volver.

Con esta decisión, la propia edil trata de desbloquear las oposiciones que se iniciaron en el mes de junio para cubrir tres plazas incluidas en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) y con partida en los presupuestos prorrogados de 2008. Cinco meses después no se sabe nada de estas oposiciones. Parece que se perdieron en un agujero negro. Los policías protestan por el hecho de que estas plazas que sí son urgentes tarden tanto tiempo en cubrirse y, en cambio, en otros departamentos municipales, cuando las necesidades los requiere se contrata, incluso levantando los reparos de Intervención.

Suspendidos permisos

Ahora mismo, la concejala está suspendiendo permisos y días libres ante la falta de personal para patrullar. Con el personal que hay en la actualidad disponible un turno se tendría que realizar con un solo agente, algo a lo que la concejala de Tráfico e Seguridade Cidadán, María José Vilas, no está dispuesta, ya que sería temerario y se causaría un perjuicio a los vecinos de Cangas.

Falta por saber, todavía, si los agentes acatarán la orden de la concejala o presentarán algún tipo de recurso contra la circular interna.

Y lo duda?

Que NO que recursos ni que leches,un recadito a esta tipeja es lo que se está buscando
« Última modificación: 13 de Noviembre de 2010, 13:25:00 pm por 47ronin »

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1441 en: 14 de Noviembre de 2010, 17:32:48 pm »
Jugársela a 22 días de la jubilación

El guardia civil Justo Nieto, que se jubilará el 3 de diciembre, dribló el jueves las llmas que salían de un edificio en Quintanar de la Orden para salvar a tres mujeres atrapadas
MANUEL MORENO / TOLEDO
Día 14/11/2010

El jueves, sobre las cuatro de la tarde, un inmueble en pleno centro de Quintanar de la Orden comenzó a arder por una traicionera chispa. El guardia civil Justo Nieto y su compañero de patrulla vieron desde lejos mucho humo. Pensaron que alguien estaría quemando hojas secas, pero cuando llegaron a la confluencia de las céntricas y estrechas calles Tejeros y Obra vieron que la cosa era más seria. Un edificio estaba en llamas.

El incendio invadió las viviendas del inmueble, que estaba vacío en esos momentos. «Unas llamas de dos metros de altura alcanzaban al edificio de enfrente, además de mucho humo», cuenta Justo Nieto, 35 años en el Cuerpo y a quien le falta 22 días para la jubilación el 3 de diciembre, fecha en que cumplirá 56 años. «Una muchacha joven llegó por detrás de mi y empezó a gritar: “¡Mi abuela, mi abuela! ¡Se está quemando!”», recuerda el agente. La anciana se hallaba en el edificio que estaba a punto de ser atrapado por el fuego.

Situación muy complicada

Justo y su compañero, más joven, vieron la forma de entrar en el edificio, de cuatro plantas. El tiempo corría en su contra. Llegaron a un punto en el que el agente más veterano tomó la decisión de driblar unas llamas que le pasaron a apenas dos metros de su cara. «Tenía que hacer lo posible para pasar por algún sitio», explica Justo, quien alcanzó la puerta del edificio donde estaba la abuela. Ella contestó al telefonillo. «Al menos está viva», pensó el agente, que subió al piso de la señora y se encontró con la sorpresa de que había dos mujeres más en la otra vivienda de la misma planta.

«No se podía salir porque la situación era muy complicada, el humo invadía los pisos, los cristales reventaban y en la calle había una bombona de butano. Decidí llevarlas a un sitio seguro, a un patio de luces, y les dije que de allí no se salía hasta que llegasen los bomberos. Esperamos hasta que los bomberos apagaron el incendio y luego bajamos a la calle», recuerda el guardia. «Sólo cumplí con mi trabajo», espeta Justo Nieto, que nunca ha sido condecorado por su trabajo.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1442 en: 14 de Noviembre de 2010, 18:16:14 pm »
«Va a salir adelante, pero el problema es cuándo porque tiene que implantarse de manera progresiva»,

Será para el próximo siglo, desde que entre en PMM estoy oyendo lo mismo, y nunca llega. Yo ya he perdido la esperanza. :Burla

La esperanza es lo último que se pierde... y los tiempos ya te los mencioné.. en cuatro años será una realidad....pero va a depender del próximo año... muy importante para conseguir el decreto que lo regule.

Pues en 4 años será allí, porque aquí nos la quieren colar con la nueva Ley de policía Vasca que prima a la Ertzaintza en la jubilación y nos deja a los "Monillos" hasta los 65.
Está la cosa revuelta por estos lares.
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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1443 en: 14 de Noviembre de 2010, 18:22:39 pm »
«Va a salir adelante, pero el problema es cuándo porque tiene que implantarse de manera progresiva»,

Será para el próximo siglo, desde que entre en PMM estoy oyendo lo mismo, y nunca llega. Yo ya he perdido la esperanza. :Burla

La esperanza es lo último que se pierde... y los tiempos ya te los mencioné.. en cuatro años será una realidad....pero va a depender del próximo año... muy importante para conseguir el decreto que lo regule.

Pues en 4 años será allí, porque aquí nos la quieren colar con la nueva Ley de policía Vasca que prima a la Ertzaintza en la jubilación y nos deja a los "Monillos" hasta los 65.
Está la cosa revuelta por estos lares.

No es que os la quieran colar... es que no se puede hasta que no se apruebe el decreto regulador de las PLs a nivel nacional, algo que la Ertzaintza ya tiene regulado.

El año próximo es muy importante para este asunto y si no se consigue el decreto regulador antes de que finalice, olvidémenos en unos cuantos años.


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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1444 en: 16 de Noviembre de 2010, 12:08:13 pm »
farodevigo.es » Portada de O Morrazo     

Uno de los policías en segunda actividad ya comenzó ayer a patrullar de uniforme

Los sustitutos de los miembros del tribunal que se dieron de baja en las oposiciones para cubrir tres plazas vacantes fueron nombrados ayer

JUAN CALVO - CANGAS El agente de la Policía Local de Cangas hasta ahora en segunda actividad, Carlos Córdoba Solla, se incorporó ayer al servicio de calle, en el turno de tarde, vestido con el uniforme reglamentario. Es la primera consecuencia de la decisión de la concejala de Tráfico e Seguridade, María José Vilas, que obligó a todos los policías que estaban en segunda actividad a reincorporarse a las patrullas, ante la falta de personal tras la marca de los auxiliares de verano. Pero puede ser el único que acate directamente la resolución de la concejala. Y es que de los otros tres policías afectados, uno de ellos, Ángel Molanes, se encuentra de baja, mientras que Francisco Piñeiro Lorenzo se encuentra de permiso. Además, solicitó que la reincorporación a la patrulla se realice por escrito y con todas las garantías, ,es decir, con un documento en el que se especifique los artículos legales en los que se basa esta decisión. El cuarto policía en discordia, José Barreiro, jefe de la brigada municipal de Medio Ambiente del Concello de Cangas, en la que está destinado desde los tiempos del Prestige, aún no se incorporó al cuerpo, entre otras cosas porque no llegó su turno. De todas formas, el de José Barreiro es un caso bastante especial, por muchas razones. La brigada medioambiental depende mucho de él en estos momentos. Su incorporación a “filas” supondría crear un vacío que, de momento, el gobierno local no tiene resuelto. Lo que sí parece claro es que el bipartito no tiene pensado entrar en provocaciones con este asunto. La alcaldesa Clara Millán en ningún momento dio contraorden.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1445 en: 20 de Noviembre de 2010, 02:39:53 am »
ENMIENDAS PRESENTADAS POR IZQUIERDA UNIDA A LA LEY DE PRESUPUESTOS DEL ESTADO 2011-
17/11/2010
JUBILACIÓN CUERPOS de la Policía Local.

-CONGRESO de los DIPUTADOS-

-ENMIENDAS PRESENTADAS POR IZQUIERDA UNIDA A LA LEY DE PRESUPUESTOS DEL ESTADO 2011.

ENMIENDA NÚM. 1.465

FIRMANTE: Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds

A la disposición final tercera

De adición.

Se añade un nuevo apartado en la disposición final tercera, con el siguiente contenido:

«Nueve bis (nuevo).

Se añade una nueva disposición adicional al texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con la siguiente redacción:

Disposición adicional cuadragésima bis. Coeficientes reductores de la edad de jubilación de los miembros de los Cuerpos de Policía Local, Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, Cuerpo de Mossos d’Esquadra y Cuerpo General de la Policía de Canarias.

1. La edad ordinaria de 65 años exigida para el acceso a la pensión de jubilación se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar el coeficiente reductor del 0,20 a los años completos efectivamente trabajados como miembros de los Cuerpos de las Policías Autonómicas y Locales o como integrantes de los colectivos que quedaron incluidos en los mismos.

La aplicación de la reducción de la edad de jubilación prevista en el párrafo anterior en ningún caso dará ocasión a que el interesado pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior a los 60 años, o la de 59 años en los supuestos en que se acrediten 35 o más años de actividad efectiva y cotización en los Cuerpos o en los colectivos que quedaron incluidos en los mismos, sin cómputo de la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias, por el ejercicio de la actividad a que se refiere el párrafo anterior.

2. El período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación del trabajador, de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior, se computará como cotizado al exclusivo efecto de determinar el porcentaje aplicable a la correspondiente base reguladora para calcular el importe de la pensión de jubilación.


Tanto la reducción de la edad como el cómputo, a efectos de cotización, del tiempo en que resulte reducida aquélla serán de aplicación a los miembros de los Cuerpos que hayan permanecido en situación de alta por dicha actividad hasta la fecha en que se produzca el hecho causante de la pensión de jubilación.

Asimismo, mantendrán el derecho a estos mismos beneficios quienes habiendo alcanzado la edad de acceso a la jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el apartado 1 de esta disposición adicional cesen en su actividad como miembros de dichos Cuerpos pero permanezcan en alta por razón del desempeño de una actividad laboral diferente, cualquiera que sea el régimen de la Seguridad Social en el que por razón de ésta queden encuadrados.

3. En relación con los colectivos a los que se refiere esta disposición adicional procederá aplicar un tipo de cotización adicional sobre la base de cotización por contingencias comunes, tanto para la empresa como para el trabajador.

4. Durante el año 2011 dicho tipo de cotización adicional será el mismo que se aplique tanto al colectivo de la Ertzaintza como al Gobierno Vasco.

5. Estos tipos de cotización se ajustarán en los años siguientes a la situación del colectivo de activos y pasivos.

MOTIVACIÓN

Reparar la desigualdad y discriminación existente entre los colectivos que conforman los Cuerpos de Policías Autonómicos y Locales, a los que se excluyó de la aplicación de la medida objeto del acuerdo PSOE-PNV con motivo de la tramitación de los Presupuestos Generales del Estado para 2010.

ENMIENDA NÚM. 1.466

FIRMANTE: Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.

A una nueva disposición final.

De adición.

Modificación de la Ley 40/2007, 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social.

Se añade una nueva disposición adicional, con el siguiente texto:

«Edad de jubilación del colectivo de funcionarios miembros de las policías autonómicas integrales.

El Gobierno presentará, en el menor plazo posible, a la Comisión no Permanente de seguimiento y evaluación del Pacto de Toledo del Congreso de los Diputados, previo su análisis por la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de medidas en materia de Seguridad Social, una propuesta sobre las medidas a adoptar para dar cumplimiento a las iniciativas parlamentarias aprobadas por la Cámara, en relación con la reducción de la edad de acceso a la pensión de jubilación por parte del colectivo de los funcionarios miembros de las policías autonómicas integrales equiparándose a la edad de acceso a la pensión de jubilación de los funcionarios miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.»

MOTIVACIÓN

Dar cumplimiento a la disposición adicional específica aprobada en el marco de la Ley de Acompañamiento a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2002 en relación a la jubilación de los uncionarios de los Cuerpos de Policía de las comunidades autónomas y, asimismo, la resolución aprobada el 6 de junio de 2006 por el Congreso de los Diputados se instaba al Gobierno a que acometa las reformas legislativas necesarias para conseguir la reducción de la edad de jubilación de los funcionarios de las policías autonómicas integrales.


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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1446 en: 27 de Noviembre de 2010, 23:12:05 pm »
Nos la quieren colar, en lo que respecta a la jubilación, espero que no sea asi.

Os dejo el anteproyecto de la futura ley de Policía del País Vasco, que pretende sustituir al actual que data del 1992.

http://www.sipe.es/anteproyecto-ley-ordenacion-seguridad-publica.pdf
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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1447 en: 27 de Noviembre de 2010, 23:18:31 pm »
Por el contrario, se mantiene para las policías locales, fijando la edad del pase a la misma, y previendo la posibilidad de que se establezcan cupos por año y categoría para el pase.

Es que no puede ser de otra manera hasta que un RD a nivel nacional regule la jubilaciòn anticipada de Policías Locales... es decir, que no se puede contener en una Ley que sirve para Ertzainza y PLs vascas lo que un decreto sólo ha regulado para los primeros.


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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1448 en: 05 de Diciembre de 2010, 16:42:55 pm »
30 N: Reunión de seguimiento sobre trabajos para alcanzar la jubilación anticipada


En el marco del Acuerdo de Unidad de Acción, el pasado día 30 de noviembre, se procedió a la reunión de seguimiento de los trabajos realizados hasta la fecha, en la sede de FSP-UGT, previamente convocados, asisten representantes de CCOO, COP, CSIF, y UGT, con la ausencia de CSL.
 
Por los distintos representantes sindicales se realizó un enriquecedor debate y posterior  valoración, de los frentes abiertos y de la actividad realizada por las distintas organizaciones en relación con el anticipo de la edad de Jubilación.
 
Por los asistentes se valora muy negativamente la falta de respuesta a las reuniones mantenidas con los grupos políticos en el Congreso, expresando por parte de CCOO y UGT que se han mandado las propuestas, en nombre de todos los Sindicatos, de una propuesta de Proposición no de Ley, sin que hasta la fecha se haya recibido respuesta, pese a que, desde ambas organizaciones se han enviado al Portavoz del PSOE reiterados correos solicitando respuesta a su compromiso.
 
También se valora positivamente y se entrega a los asistentes, una copia del Anteproyecto de  Real Decreto que regula el Régimen Jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores de la edad de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social, aportando los estudios y alegaciones presentadas por CCOO y UGT, ya que son los que están representados a nivel Confederal en el Pacto de Toledo.
 
Se informa que, en estos momentos, se encuentra en los trámites previos a su remisión al Congreso de los Diputados, para su aprobación por la Comisión no permanente del Pacto de Toledo. Siendo incuestionable que esta norma plantea avances sobre la situación actual, también lo es que no alcanza a ser la norma que acabe con situaciones injustas cuyo fin venimos demandando desde hace años, especialmente desde que la discriminación se hizo más patente con la aprobación del anticipo de la edad de jubilación de los compañeros de la Ertzaintza, por ello  pensamos que hay todavía un amplio margen de mejora  y entre todos tenemos la obligación, y la decisión, de impulsar.
 
Como consecuencia de lo anterior y, considerando que la presentación del proyecto citado, pudiera ser el motivo de la falta de respuesta del Sr. Hernando (Portavoz Socialista), se acuerda realizar una nueva  ronda de contactos con los Grupos Políticos en el Senado y en el Congreso, en este sentido es importante que las reuniones se soliciten por todas las organizaciones firmantes, en nombre de todos.

Se valora asimismo, ante la información de posibles movilizaciones, anunciadas por algunos sindicatos, que desde los territorios nos llega a las distintas organizaciones, una vez analizada la situación en que nos encontramos, por los asistentes y por unanimidad, se desestima la posibilidad de realizar momentáneamente movilizaciones, hasta recibir respuesta de los Grupos Políticos  en el sentido de la aprobación de la Proposición no de Ley, e inclusión como colectivo preferente en los trabajos del Pacto de Toledo.

http://ugtpmmadrid.mforos.com/1507444/10037540-30-n-reunion-de-seguimiento-sobre-trabajos-para-alcanzar-la-jubilacion-anticipada/

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1449 en: 05 de Diciembre de 2010, 16:45:38 pm »
Madrid 28/11/2010

LA PRESIÓN DE CCOO Y UGT CONSIGUEN DAR UN PASO DECISIVO PARA EL ANTICIPO DE LA EDAD DE JUBILACIÓN DE LOS POLICÍAS AUTONÓMICAS Y
LOCALES.

http://www.csl.es/descargas/noticias/LA%20PRESIÓN%20DE%20CCOO%20Y%20UGT%20CONSIGUEN%20DAR%20UN%20PASO%20DECISIVO%20PARA%20LA%20JUBILACION.pdf

 :pen:

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1450 en: 05 de Diciembre de 2010, 16:52:43 pm »
PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN JURÍDICO Y EL PROCEDIMIENTO GENERAL PARA ESTABLECER COEFICIENTES REDUCTORES DE LA EDAD DE JUBILACIÓN EN EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

10 de noviembre de 2010

http://www.fsc.ccoo.es/comunes/temp/recursos/17629/693692.pdf

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1451 en: 06 de Diciembre de 2010, 20:55:55 pm »
¿Nadie da una valoracion?
 ;::)
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1452 en: 06 de Diciembre de 2010, 21:03:06 pm »
Lee esta:

Artículo 4.- Cómputo del tiempo trabajado.

Para el cómputo del tiempo efectivamente trabajado, a efectos de la aplicación
del coeficiente establecido en el artículo anterior, se descontarán todas las faltas
al trabajo, salvo las siguientes:

a) Las que tengan por motivo la baja médica por accidente de trabajo o
enfermedad profesional.

b) Las que tengan por motivo la suspensión del contrato de trabajo por
maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o
riesgo durante la lactancia natural.

c) Las autorizadas en las correspondientes disposiciones laborales con derecho a
retribución.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1453 en: 06 de Diciembre de 2010, 21:05:14 pm »
O esta otra:

Las referencias contenidas al 1 de enero de 1967, así como a la edad de los
60 años, se entenderán realizadas a la fecha y la edad que se determinen en
sus respectivas normas reguladoras, respecto de los regímenes o colectivos
que contemplen otra fecha o edad distinta, en orden a la posibilidad de
anticipar la edad de jubilación.


Como los bomberos o Ertzaintza...cuyas normas reguladoras posibilitan la edad de 59 años si se tienen 35 cotizados en la empresa.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1454 en: 06 de Diciembre de 2010, 21:05:36 pm »
Lee esta:

Artículo 4.- Cómputo del tiempo trabajado.

Para el cómputo del tiempo efectivamente trabajado, a efectos de la aplicación
del coeficiente establecido en el artículo anterior, se descontarán todas las faltas
al trabajo, salvo las siguientes:

a) Las que tengan por motivo la baja médica por accidente de trabajo o
enfermedad profesional.

b) Las que tengan por motivo la suspensión del contrato de trabajo por
maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o
riesgo durante la lactancia natural.

c) Las autorizadas en las correspondientes disposiciones laborales con derecho a
retribución
.
¿Cuales son estas? ¿las bajas que te dan de la Seguridad social por enfermedad común?


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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1455 en: 06 de Diciembre de 2010, 21:08:52 pm »
¿Cuales son estas? ¿las bajas que te dan de la Seguridad social por enfermedad común?

Efectivamente... se descuentan las bajas por enfermedad común y accidente no laboral a los efectos de cómputo de tiempos de cotización.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1456 en: 06 de Diciembre de 2010, 21:15:37 pm »
Pero esto no tendrá mucha repercusión, a no ser que estés siempre de baja.
En cuanto a "C" ni idea.
Pienso que puede ser eso, pero no lo se, si eso o hay algo mas.
Supongo que habrá sindicalistas en el foro que nos lo aclaren.
 :mus;
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1457 en: 06 de Diciembre de 2010, 21:18:00 pm »
Esas que os referís son variadas y contenidas en distintos Acuerdos Convenios... como la baja para atención de familiares, la reducción de jornada u otras...

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1458 en: 06 de Diciembre de 2010, 21:22:52 pm »
Pues a ver si nos meten en el Art.2 en todos sus apartados.


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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #1459 en: 06 de Diciembre de 2010, 21:28:04 pm »
Pues a ver si nos meten en el Art.2 en todos sus apartados.

Pues mira ya que lo mencionas, sabes lo que ocurriría si finalmente se consigue el Decreto regulador de la jubilación anticipada respecto a los AM, que al no ser parte del Escalafón os quedaríais fuera.