Autor Tema: Jubilaciones en los Cuerpos policiales  (Leído 1074274 veces)

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2320 en: 23 de Mayo de 2014, 10:59:33 am »
Ayuntamientos que hasta la fecha (22/5/2014) han aprobado en sus respectivos Plenos la moción que respalda la jubilación anticipada.


Santander
Valladolid
Palencia
Castellón
Valencia
Murcia
Alicante
Almeria
Zaragoza
Portugalete
Oviedo
Gandía
Getafe
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Pinto
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Ávila
Doña Mencía (Córdoba)
San Javier (Murcia)
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El Campello
Alcalá de Henares
Morón

Comunidades

Principado de Asturias
Cantabria

..... quienes serán los siguientes?

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2321 en: 23 de Mayo de 2014, 11:38:20 am »
http://www.sindicatoupm.es/?p=10110





JUBILACIÓN ANTICIPADA

UPM-COP ABRE LA VÍA DEL DIÁLOGO EN MADRID

 SOMOS UN COLECTIVO DE ESPECIAL IMPORTANCIA, NO YA POR NUESTRO TRABAJO, SINO POR LAS CONDICIONES EN LAS QUE LO DESARROLLAMOS.

DESDE NUESTROS TIEMPOS MÁS REMOTOS, HEMOS ADQUIRIDO MULTITUD DE TAREAS Y ESTEMOS DE ACUERDO O NO EN LA CAPACIDAD NUMÉRICA DE NUESTRA PLANTILLA PARA LLEVARLAS A CABO, DE HECHO, SE ESTÁN HACIENDO.

UNA PLANTILLA QUE DURANTE SU JORNADA LABORAL LO DA TODO AL CIUDADANO, QUE INCLUSO FUERA DE SUS HORAS DE SERVICIO TIENE RECONOCIDAS MULTITUD DE ACTUACIONES QUE CONSTITUYEN NO SÓLO UNA PROFESIÓN, SINO UNA FORMA DE VIVIR.

 POR TODO ELLO (Y POR MUCHAS COSAS MÁS QUE TODOS TENÉIS EN MENTE) UPM, A TRAVÉS DE LA COORDINADORA COP, HA EXIGIDO AL AYUNTAMIENTO DE MADRID QUE REALICE UNA SOLICITUD AL GOBIERNO CENTRAL PARA QUE NOS ADELANTE LA EDAD DE JUBILACIÓN.

DE ESA EXIGENCIA, POR SUPUESTO, FUNDAMENTADA Y EN UN CLIMA DE DIÁLOGO POSITIVO, HA NACIDO EL BORRADOR DE UNA PROPUESTA QUE EL AYUNTAMIENTO NOS HA REMITIDO :


PROPOSICIÓN:

Tanto la Constitución Española, en sus artículos 148 y 149, como la Ley Orgánica 2/86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, reconocen la existencia de las Policías Locales y, en consecuencia, un ámbito material de competencia municipal en relación con la seguridad en lugares públicos dentro de su límite territorial. Este ámbito territorial de actuación será el del propio municipio, salvo en situaciones de emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes, o cuando ejerzan funciones de protección de las autoridades locales y cuenten con la autorización del Ministerio del Interior o de la autoridad autonómica competente.

            Estas mismas leyes van más allá y reconocen a la Policía Municipal la posibilidad de ejercer funciones de Policía Judicial, funciones que también se encuentran contempladas por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, y el Real Decreto 769/1987, sobre Regulación de la Policía Judicial.

             A lo largo de los últimos años las Policías Locales han ido evolucionando enormemente, tanto en lo que se refiere a su formación, como a la dotación de medios y, sobre todo, en lo que respecta a las atribuciones que les han sido conferidas, llegando a asumir funciones que hace algunos años eran ejercidas de manera exclusiva por el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil.

             Si a ello añadimos que, con la llegada de la democracia se produjo una incorporación masiva de efectivos a las plantillas de las Policías Locales, esto ha provocado que en la actualidad nos encontremos con que un alto porcentaje de la plantilla de estos Cuerpos se acerque a la edad de la jubilación.

 A la vista de la especial naturaleza de las funciones ejercidas por este colectivo, ello necesariamente supone que en un breve periodo de tiempo estos efectivos no se encontrarán en las condiciones psicofísicas óptimas para el desempeño de su actividad.

 Precisamente para evitar este tipo de situaciones, la legislación vigente permite que los colectivos profesionales que desempeñen actividades peligrosas, penosas o insalubres puedan acceder a la jubilación anticipada, sin ver reducida la cuantía de la pensión de jubilación y considerando como cotizado el tiempo transcurrido desde el momento de la jubilación efectiva hasta el cumplimiento de la edad de los 65 años.

 Así, el artículo 161 bis.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, incorporado por la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, prevé que la edad mínima de 65 años exigida para tener derecho a pensión de jubilación en el Régimen General de la Seguridad Social podrá ser rebajada por Real Decreto, a propuesta del Ministro de Trabajo e Inmigración, en aquellos grupos o actividades profesionales en las escalas, categorías o especialidades, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, siempre que los trabajadores afectados acrediten en la respectiva profesión o trabajo el mínimo de actividad que se establezca.

 Existen estudios que justifican que la actividad desempeñada por los miembros de la Policía Municipal de Madrid reúne las notas exigidas por la normativa estatal para tener esta consideración.

 Por todo ello, teniendo en cuenta todo lo anterior, y para, asimismo, evitar la discriminación existente entre los derechos reconocidos en esta materia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, por un lado, y a los miembros de las Policías Locales, por otros, se PROPONE trasladar al Gobierno de la Nación:

 1-     Que estudie la problemática planteada, analizando los datos relacionados con la edad de jubilación de los policías locales y su posible anticipación.

2-     Que contemple los efectos que pudieran derivarse para las Entidades Locales y sus Haciendas.

3-     Que cuente con la participación de las Entidades Locales en los trabajos que se deriven de dicho estudio, teniendo presente la obligada estabilidad presupuestaria y el objetivo de no incremento de gasto, así como el mantenimiento del necesario número de efectivos policiales.


NO DEJÉIS DE TRABAJAR, DE ESTAR INFORMADOS, DE MOSTRAR VUESTRA IMPLICACIÓN… ESTO TAMBIÉN DEPENDE DE VOSOTROS, DEPENDE DE TODOS.

PREGUNTA A TU DELEGADO DE UPM, ESE QUE TRABAJA A TU LADO. Gracias.

Intenten buscar los carteles en el enlace que este "aspirante" insertó el día 15...y es que cuando yo les dije que fue un error...es que fue un error insertar un texto en una web sin consultar a sus socios de Plataforma, y ahora, quizás haya habido un "problema con el servidor" que imposibilita el acceso..

http://www.sindicatoupm.es/jubilacion-anticipada/

« Última modificación: 23 de Mayo de 2014, 12:02:37 pm por 47ronin »

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2322 en: 23 de Mayo de 2014, 13:07:45 pm »
LO HABRÁN EMBARGADO

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JUBILACIÓN ANTICIPADA

UPM-COP ABRE LA VÍA DEL DIÁLOGO EN MADRID

 SOMOS UN COLECTIVO DE ESPECIAL IMPORTANCIA, NO YA POR NUESTRO TRABAJO, SINO POR LAS CONDICIONES EN LAS QUE LO DESARROLLAMOS.

DESDE NUESTROS TIEMPOS MÁS REMOTOS, HEMOS ADQUIRIDO MULTITUD DE TAREAS Y ESTEMOS DE ACUERDO O NO EN LA CAPACIDAD NUMÉRICA DE NUESTRA PLANTILLA PARA LLEVARLAS A CABO, DE HECHO, SE ESTÁN HACIENDO.

UNA PLANTILLA QUE DURANTE SU JORNADA LABORAL LO DA TODO AL CIUDADANO, QUE INCLUSO FUERA DE SUS HORAS DE SERVICIO TIENE RECONOCIDAS MULTITUD DE ACTUACIONES QUE CONSTITUYEN NO SÓLO UNA PROFESIÓN, SINO UNA FORMA DE VIVIR.

 POR TODO ELLO (Y POR MUCHAS COSAS MÁS QUE TODOS TENÉIS EN MENTE) UPM, A TRAVÉS DE LA COORDINADORA COP, HA EXIGIDO AL AYUNTAMIENTO DE MADRID QUE REALICE UNA SOLICITUD AL GOBIERNO CENTRAL PARA QUE NOS ADELANTE LA EDAD DE JUBILACIÓN.

DE ESA EXIGENCIA, POR SUPUESTO, FUNDAMENTADA Y EN UN CLIMA DE DIÁLOGO POSITIVO, HA NACIDO EL BORRADOR DE UNA PROPUESTA QUE EL AYUNTAMIENTO NOS HA REMITIDO :


PROPOSICIÓN:

Tanto la Constitución Española, en sus artículos 148 y 149, como la Ley Orgánica 2/86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, reconocen la existencia de las Policías Locales y, en consecuencia, un ámbito material de competencia municipal en relación con la seguridad en lugares públicos dentro de su límite territorial. Este ámbito territorial de actuación será el del propio municipio, salvo en situaciones de emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes, o cuando ejerzan funciones de protección de las autoridades locales y cuenten con la autorización del Ministerio del Interior o de la autoridad autonómica competente.

            Estas mismas leyes van más allá y reconocen a la Policía Municipal la posibilidad de ejercer funciones de Policía Judicial, funciones que también se encuentran contempladas por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, y el Real Decreto 769/1987, sobre Regulación de la Policía Judicial.

             A lo largo de los últimos años las Policías Locales han ido evolucionando enormemente, tanto en lo que se refiere a su formación, como a la dotación de medios y, sobre todo, en lo que respecta a las atribuciones que les han sido conferidas, llegando a asumir funciones que hace algunos años eran ejercidas de manera exclusiva por el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil.

             Si a ello añadimos que, con la llegada de la democracia se produjo una incorporación masiva de efectivos a las plantillas de las Policías Locales, esto ha provocado que en la actualidad nos encontremos con que un alto porcentaje de la plantilla de estos Cuerpos se acerque a la edad de la jubilación.

 A la vista de la especial naturaleza de las funciones ejercidas por este colectivo, ello necesariamente supone que en un breve periodo de tiempo estos efectivos no se encontrarán en las condiciones psicofísicas óptimas para el desempeño de su actividad.

 Precisamente para evitar este tipo de situaciones, la legislación vigente permite que los colectivos profesionales que desempeñen actividades peligrosas, penosas o insalubres puedan acceder a la jubilación anticipada, sin ver reducida la cuantía de la pensión de jubilación y considerando como cotizado el tiempo transcurrido desde el momento de la jubilación efectiva hasta el cumplimiento de la edad de los 65 años.

 Así, el artículo 161 bis.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, incorporado por la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, prevé que la edad mínima de 65 años exigida para tener derecho a pensión de jubilación en el Régimen General de la Seguridad Social podrá ser rebajada por Real Decreto, a propuesta del Ministro de Trabajo e Inmigración, en aquellos grupos o actividades profesionales en las escalas, categorías o especialidades, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, siempre que los trabajadores afectados acrediten en la respectiva profesión o trabajo el mínimo de actividad que se establezca.

 Existen estudios que justifican que la actividad desempeñada por los miembros de la Policía Municipal de Madrid reúne las notas exigidas por la normativa estatal para tener esta consideración.

 Por todo ello, teniendo en cuenta todo lo anterior, y para, asimismo, evitar la discriminación existente entre los derechos reconocidos en esta materia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, por un lado, y a los miembros de las Policías Locales, por otros, se PROPONE trasladar al Gobierno de la Nación:

 1-     Que estudie la problemática planteada, analizando los datos relacionados con la edad de jubilación de los policías locales y su posible anticipación.

2-     Que contemple los efectos que pudieran derivarse para las Entidades Locales y sus Haciendas.

3-     Que cuente con la participación de las Entidades Locales en los trabajos que se deriven de dicho estudio, teniendo presente la obligada estabilidad presupuestaria y el objetivo de no incremento de gasto, así como el mantenimiento del necesario número de efectivos policiales.


NO DEJÉIS DE TRABAJAR, DE ESTAR INFORMADOS, DE MOSTRAR VUESTRA IMPLICACIÓN… ESTO TAMBIÉN DEPENDE DE VOSOTROS, DEPENDE DE TODOS.

PREGUNTA A TU DELEGADO DE UPM, ESE QUE TRABAJA A TU LADO. Gracias.

Intenten buscar los carteles en el enlace que este "aspirante" insertó el día 15...y es que cuando yo les dije que fue un error...es que fue un error insertar un texto en una web sin consultar a sus socios de Plataforma, y ahora, quizás haya habido un "problema con el servidor" que imposibilita el acceso..

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2323 en: 25 de Mayo de 2014, 17:48:31 pm »
Lo que dije "problemas con el servidor" ya resueltos.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2324 en: 25 de Mayo de 2014, 18:11:53 pm »
Veo muy parados en este asunto a vascos, catalanes, gallegos extremeños y a las dos comunidades isleñas....a qué esperan?

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2325 en: 25 de Mayo de 2014, 20:20:50 pm »
 :pen: . . . quizás a que haya un sindicato profesional que "EXIJA"  la realización de la solicitud al Gobierno . . .  :carcaj

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2326 en: 25 de Mayo de 2014, 20:24:54 pm »
:pen: . . . quizás a que haya un sindicato profesional que "EXIJA"  la realización de la solicitud al Gobierno . . .  :carcaj

 :partirse

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2327 en: 25 de Mayo de 2014, 20:28:35 pm »
 . . . ya sabes . . .  contra el vicio de exigir . . . la virtud de no dar . . .   :mus;

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gautamacop

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2328 en: 26 de Mayo de 2014, 13:38:31 pm »

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2329 en: 26 de Mayo de 2014, 13:57:21 pm »

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2330 en: 27 de Mayo de 2014, 14:25:59 pm »
Se reseña en la Web de UGT que la ciudad de Cádiz aprobó ayer en su Pleno la moción por la jubilación anticipada en un escueto texto que dice:

"El Pleno de Cádiz aprueba por unanimidad moción para jubilación anticipada

en Pleno celebrado el 26 de Mayo"


http://ugtaytomadrid.mforos.com/1507444/11480372-el-pleno-de-cadiz-aprueba-por-unanimidad-mocion-para-jubilacion-anticipada/

Habiendo buscado la moción en el Orden del Día...no está en el de Mayo..pero como me gusta buscar y rebuscar, la encontré en el de Abril  ;risr;

12º.- Propuesta del Grupo PSOE instando a la Secret aria de Estado de la Seguridad Social, a la Dirección General de la Ordenación del Territorio de la Seguridad Social y a la FEMP, que propongan al Congreso de los Diputados la modificac
ión legislativa en materia de Seguridad Social que permita el adelanto de la edad de jubila ción de los policías locales, y enmienda del Grupo PP

http://institucional.cadiz.es/sites/default/files/actualidad/archivos/06%20%2028-04-14.pdf

http://institucional.cadiz.es/sites/default/files/actualidad/archivos/07%20%2026-05-14.pdf

Asi que incorporamos a Cádiz como otro de los municipios donde se ha aprobado.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2331 en: 27 de Mayo de 2014, 14:30:31 pm »
Ayuntamientos que hasta la fecha (22/5/2014) han aprobado en sus respectivos Plenos la moción que respalda la jubilación anticipada.


Santander
Valladolid
Palencia
Castellón
Valencia
Murcia
Alicante
Almeria
Zaragoza
Portugalete
Oviedo
Gandía
Getafe
Níjar
Utrera
Liria
Alcoy
Burjassot
Antequera
Arévalo
Mieres
Pinto
Langreo
Ávila
Doña Mencía (Córdoba)
San Javier (Murcia)
Salamanca
El Campello
Alcalá de Henares
Morón

Comunidades

Principado de Asturias
Cantabria

..... quienes serán los siguientes?

Cádiz

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2332 en: 27 de Mayo de 2014, 17:17:50 pm »
El Ayuntamiento de Madrid pide adelantar la jubilación en la policía local

Madrid | 27/05/2014 - 14:03h

Madrid, 27 may (EFE).- El Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobará mañana por unanimidad una proposición conjunta del PP, PSOE, IU y UPyD en la que el consistorio pide al Gobierno que estudie adelantar la edad de jubilación de los policías locales, tal y como demandan los sindicatos que agrupan a estos agentes.

La proposición será leída mañana por el presidente del Pleno, Ángel Garrido, como si se tratase de una declaración, y no irá acompañada de intervenciones de ninguno de los portavoces municipales, según han indicado hoy los distintos grupos políticos en sus respectivas ruedas de prensa previas a la sesión plenaria.

El concejal de IU Ángel Lara ha explicado que se trata de que el Gobierno realice un estudio sobre la posibilidad de acceder a la jubilación a los 58 años, porque "un agente con 60 o 62 años no está en condiciones de perseguir a un delincuente por la calle".

Lara ha indicado que en la Policía Municipal de Madrid hay unos 2.000 agentes entre los 51 y los 65 años correspondientes a promociones enteras y ha advertido de que su pase a la jubilación sin la correspondiente tasa de reposición de sus puestos generaría "un problema" e incluso "una situación de shock" que impediría funcionar a este cuerpo de seguridad.

Por su parte, el concejal socialista Pablo García Rojo ha recordado que esta iniciativa cuenta con el consenso de las organizaciones sindicales y organizaciones profesionales más representativas del cuerpo y que la Policía Nacional y la Guardia Civil ya tienen disposiciones similares.

Para, entre otras cosas, evitar la "discriminación" con otros profesionales que también realizan actividades peligrosas, o penosas, la proposición pide al Gobierno que analice los datos relacionados con la edad de jubilación de los policías locales y su posible anticipación.

El Ayuntamiento de Madrid le demanda también que "contemple los efectos que pudieran derivarse para las entidades locales y sus haciendas" y que cuente con la participación de los municipios en el proceso de tramitación de la reforma que se propone.

Todo ello, añade, "teniendo presente la obligada estabilidad presupuestaria y el objetivo de no incremento de gasto, así como el mantenimiento del necesario número de efectivos policiales".

El propio texto que el Ayuntamiento de Madrid aprobará mañana recuerda que "con la llegada de democracia se produjo una incorporación masiva de efectivos a las plantillas de las policías locales" y que eso ha provocado que en la actualidad haya "un alto porcentaje" de sus miembros cerca de la edad de jubilación".

"A la vista de la especial naturaleza de las funciones ejercidas por este colectivo, ello necesariamente supone que en un breve periodo de tiempo estos efectivos podrían no encontrarse en las condiciones psicofísicas óptimas para el desempeño de su actividad".

Esta iniciativa del Ayuntamiento de Madrid, que cuenta con 6.300 agentes municipales, respalda la ofensiva iniciada en este sentido por dos plataformas -la Plataforma Social Policías Locales y la Plataforma por el anticipo de la edad de jubilación- en las que se han integrado los principales sindicatos de clase y los más importantes de las policías municipales.

Su planteamiento, amparado también por la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) es sencillo: en el conjunto del país, un 75 % de los 70.000 policías locales en servicio tiene entre 49 y 57 años, lo que significa que en poco tiempo la mitad no tendrá las condiciones físicas idóneas para realizar su trabajo.

Hasta ahora habían respondido a esta ofensiva dos comunidades autónomas, Cantabria y Asturias, y una treintena de municipios, entre ellos capitales de provincia como Cádiz, Santander, Valladolid, Palencia, Castellón, Valencia, Murcia, Alicante, Zaragoza, Almería, Oviedo, Ávila y Salamanca.

En Madrid ya se habían sumado además los ayuntamientos de Getafe y Pinto.



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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2333 en: 27 de Mayo de 2014, 19:55:36 pm »
El Ayuntamiento de Madrid pide adelantar la jubilación en la policía local

Madrid | 27/05/2014 - 14:03h

Madrid, 27 may (EFE).- El Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobará mañana por unanimidad una proposición conjunta del PP, PSOE, IU y UPyD en la que el consistorio pide al Gobierno que estudie adelantar la edad de jubilación de los policías locales, tal y como demandan los sindicatos que agrupan a estos agentes.

La proposición será leída mañana por el presidente del Pleno, Ángel Garrido, como si se tratase de una declaración, y no irá acompañada de intervenciones de ninguno de los portavoces municipales, según han indicado hoy los distintos grupos políticos en sus respectivas ruedas de prensa previas a la sesión plenaria.

El concejal de IU Ángel Lara ha explicado que se trata de que el Gobierno realice un estudio sobre la posibilidad de acceder a la jubilación a los 58 años, porque "un agente con 60 o 62 años no está en condiciones de perseguir a un delincuente por la calle".

Lara ha indicado que en la Policía Municipal de Madrid hay unos 2.000 agentes entre los 51 y los 65 años correspondientes a promociones enteras y ha advertido de que su pase a la jubilación sin la correspondiente tasa de reposición de sus puestos generaría "un problema" e incluso "una situación de shock" que impediría funcionar a este cuerpo de seguridad.

Por su parte, el concejal socialista Pablo García Rojo ha recordado que esta iniciativa cuenta con el consenso de las organizaciones sindicales y organizaciones profesionales más representativas del cuerpo y que la Policía Nacional y la Guardia Civil ya tienen disposiciones similares.

Para, entre otras cosas, evitar la "discriminación" con otros profesionales que también realizan actividades peligrosas, o penosas, la proposición pide al Gobierno que analice los datos relacionados con la edad de jubilación de los policías locales y su posible anticipación.

El Ayuntamiento de Madrid le demanda también que "contemple los efectos que pudieran derivarse para las entidades locales y sus haciendas" y que cuente con la participación de los municipios en el proceso de tramitación de la reforma que se propone.

Todo ello, añade, "teniendo presente la obligada estabilidad presupuestaria y el objetivo de no incremento de gasto, así como el mantenimiento del necesario número de efectivos policiales".

El propio texto que el Ayuntamiento de Madrid aprobará mañana recuerda que "con la llegada de democracia se produjo una incorporación masiva de efectivos a las plantillas de las policías locales" y que eso ha provocado que en la actualidad haya "un alto porcentaje" de sus miembros cerca de la edad de jubilación".

"A la vista de la especial naturaleza de las funciones ejercidas por este colectivo, ello necesariamente supone que en un breve periodo de tiempo estos efectivos podrían no encontrarse en las condiciones psicofísicas óptimas para el desempeño de su actividad".

Esta iniciativa del Ayuntamiento de Madrid, que cuenta con 6.300 agentes municipales, respalda la ofensiva iniciada en este sentido por dos plataformas -la Plataforma Social Policías Locales y la Plataforma por el anticipo de la edad de jubilación- en las que se han integrado los principales sindicatos de clase y los más importantes de las policías municipales.

Su planteamiento, amparado también por la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) es sencillo: en el conjunto del país, un 75 % de los 70.000 policías locales en servicio tiene entre 49 y 57 años, lo que significa que en poco tiempo la mitad no tendrá las condiciones físicas idóneas para realizar su trabajo.

Hasta ahora habían respondido a esta ofensiva dos comunidades autónomas, Cantabria y Asturias, y una treintena de municipios, entre ellos capitales de provincia como Cádiz, Santander, Valladolid, Palencia, Castellón, Valencia, Murcia, Alicante, Zaragoza, Almería, Oviedo, Ávila y Salamanca.

En Madrid ya se habían sumado además los ayuntamientos de Getafe y Pinto.





Explícanos los siguientes paso a lo de mañana, es que estoy un poco senil y no me entero.
PD. Gracias de antemano por ser tan amable, aunque en algunas ocasiones seas como la lija del 4.
 :abuelo
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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2334 en: 27 de Mayo de 2014, 20:17:09 pm »

Explícanos los siguientes paso a lo de mañana, es que estoy un poco senil y no me entero.
PD. Gracias de antemano por ser tan amable, aunque en algunas ocasiones seas como la lija del 4.
 :abuelo

 :carcaj la 33 de 40 puntos a verse en el Pleno de mañana.

El Pleno empieza a las 10 asi que hasta más o menos las 14 horas me da que no se leerá la moción que, al estar respaldada por todos los grupos políticos, sólo sería leída por el Secretario del Pleno y no habrá ninguna intervención de los grupos.

Madrid se incorpora de facto al listado de las poblaciones que aprueban moción, no es la moción que se pretendía con un texto que contemplase los aspectos que se consideraban esenciales, pero si es una moción que respalda esa reivindicación que dura ya doce años.

Madrid estará, ya sabemos que una moción que respalde este particular asunto es para aquellos que en este proceso han trabajado tanto como los sudores que desprende una vaca tumbada en un prado no es más de un "simbolismo" sin más fuerza que la de ser instada, sin embargo, y por algo será, la Plataforma se decantó por este procedimiento a llevar a todas los municipios y Comunidades para que con la suma de cuantos más mejor se le presentase a la Secretaría de la Seguridad Social un listado nutrido de poblaciones que diesen ese respaldo, y fíjese señor Mu2 de la importancia de Madrid, que a pesar que la moción es idéntica para todos los municipios y en ellos asi la aprobaron, en Madrid no, Madrid seguimos siendo diferentes y tendrá un texto distinto...de respaldo, pero distinto.

Quizás las vacas tumbadas en el prado comiendo hierba no sepan, entiendan o les importe el contenido...es lo normal en una vaca torpe, zafia y de baja estofa, pero a los toros bravos con los cojones del tamaño cartel de Osborne  seguro que si les importó e importa.


 ;risr;

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2335 en: 27 de Mayo de 2014, 20:35:17 pm »

Explícanos los siguientes paso a lo de mañana, es que estoy un poco senil y no me entero.
PD. Gracias de antemano por ser tan amable, aunque en algunas ocasiones seas como la lija del 4.
 :abuelo

 :carcaj la 33 de 40 puntos a verse en el Pleno de mañana.

El Pleno empieza a las 10 asi que hasta más o menos las 14 horas me da que no se leerá la moción que, al estar respaldada por todos los grupos políticos, sólo sería leída por el Secretario del Pleno y no habrá ninguna intervención de los grupos.

Madrid se incorpora de facto al listado de las poblaciones que aprueban moción, no es la moción que se pretendía con un texto que contemplase los aspectos que se consideraban esenciales, pero si es una moción que respalda esa reivindicación que dura ya doce años.

Madrid estará, ya sabemos que una moción que respalde este particular asunto es para aquellos que en este proceso han trabajado tanto como los sudores que desprende una vaca tumbada en un prado no es más de un "simbolismo" sin más fuerza que la de ser instada, sin embargo, y por algo será, la Plataforma se decantó por este procedimiento a llevar a todas los municipios y Comunidades para que con la suma de cuantos más mejor se le presentase a la Secretaría de la Seguridad Social un listado nutrido de poblaciones que diesen ese respaldo, y fíjese señor Mu2 de la importancia de Madrid, que a pesar que la moción es idéntica para todos los municipios y en ellos asi la aprobaron, en Madrid no, Madrid seguimos siendo diferentes y tendrá un texto distinto...de respaldo, pero distinto.

Quizás las vacas tumbadas en el prado comiendo hierba no sepan, entiendan o les importe el contenido...es lo normal en una vaca torpe, zafia y de baja estofa, pero a los toros bravos con los cojones del tamaño cartel de Osborne  seguro que si les importó e importa.


 ;risr;
Bueno y cuando Madrid este ¿que....?
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2336 en: 27 de Mayo de 2014, 21:14:04 pm »
Que el proceso de poblaciones continuará sumando cada día más, en paralelo se hablará de la cuantificación y número de afectados y...de plazos, el informe señala una puesta en marcha para julio de 2015, con lo cual la firma del R.D. debe estar lista para la primavera de ese año.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2337 en: 27 de Mayo de 2014, 21:19:41 pm »
« Última modificación: 27 de Mayo de 2014, 21:35:17 pm por 47ronin »

Desconectado Koji K.

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2338 en: 28 de Mayo de 2014, 00:22:52 am »
Texto

« Última modificación: 28 de Mayo de 2014, 07:30:44 am por 47ronin »
Que me quiten lo bailao

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Re: Jubilaciones en los Cuerpos policiales
« Respuesta #2339 en: 28 de Mayo de 2014, 00:26:09 am »
Texto 1 de solicitud de jubilación anticipada en Barakaldo



« Última modificación: 28 de Mayo de 2014, 07:35:26 am por 47ronin »
Que me quiten lo bailao