Autor Tema: Grabaciones, fotografías y protección de datos  (Leído 262419 veces)

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #500 en: 05 de Febrero de 2010, 16:39:44 pm »
Nota informativa
https://www.agpd.es/portalweb/revista_prensa/revista_prensa/2009/notas_prensa/common/diciembre/301209_NotaVideovigilancia.pdf

Tras la entrada en vigor de la Ley 25/2009, de modificación de diversas leyes para
su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios, el 27 de
diciembre

Nota informativa sobre la modificación de la Ley Ómnibus en los sistemas de videovigilancia

? Hasta la entrada en vigor de la Ley 25/2009, el 27 de diciembre, sólo era conforme a la legislación de protección de datos personales la utilización de dispositivos de videovigilancia si se había contratado con empresas de seguridad privada, debidamente autorizadas por el Ministerio del Interior.

? La Ley Ómnibus reforma la Ley de Seguridad Privada, liberalizando esta actividad determinando que la venta, entrega, instalación o mantenimiento de estos sistemas podrá llevarse a cabo por particulares y empresas distintas de las de seguridad privada siempre que la instalación no implique una conexión con centrales de alarma.

? Se modifica por tanto la exigencia de recurrir a empresas de seguridad autorizadas por el Ministerio del Interior y de notificar el contrato a dicho Departamento.

? En todo caso, deberán cumplirse en el tratamiento de imágenes las normas establecidas en la legislación de Protección de Datos de Carácter Personal, entre las que se incluyen el deber de informar a los interesados, la inscripción de ficheros, y la implantación de medidas de seguridad.

(Madrid, 30 de diciembre de 2009). Hasta la entrada en vigor, el pasado 27 de diciembre, de la Ley 25/2009, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la
Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (conocida como
?Ley Ómnibus?), la legitimación para el tratamiento por particulares y empresas de
imágenes captadas a través de dispositivos de videovigilancia sólo era posible en caso
de que dichos sistemas hubieran sido contratados con empresas de seguridad privada,
debidamente acreditadas ante el Ministerio del Interior, al que además debía notificarse
el contrato que se hubiese celebrado, conforme a lo exigido por la Ley 23/1992, de 30
de julio de Seguridad Privada.

La Ley Ómnibus ha suprimido para la mayor parte de los casos estas exigencias, al
liberalizar la comercialización, entrega, instalación y mantenimiento de estos
dispositivos, de forma que ya no será necesario acudir para su puesta en funcionamiento
a una empresa de seguridad privada ni cumplir las obligaciones de notificación del
contrato al Ministerio del Interior..

En concreto, el artículo 14 de la nueva Ley modifica el artículo 5.1 e) de la Ley
23/1992, de 30 de julio de Seguridad Privada, a?adiendo una Disposición Adicional
Sexta a la Ley de Seguridad Privada con la siguiente redacción:

?Disposición Adicional Sexta. Exclusión de las empresas relacionadas con equipos técnicos de seguridad:

Los prestadores de servicios y las filiales de empresas de seguridad que vendan, entreguen, instalen o mantengan equipos técnicos de seguridad, siempre que no incluyan la prestación de servicios de conexión con centrales de alarma, quedan excluidas de la legislación de seguridad privada, siempre y cuando no se dediquen a ninguno de los otros fines definidos en el artículo 5, sin perjuicio de otras legislaciones específicas que pudieran resultarles de aplicación.?

La interpretación de la mencionada disposición determina que cualquier particular o empresa cuya actividad no sea la propia de una empresa de seguridad privada podrá:

?vender, entregar, instalar y mantener equipos técnicos de seguridad? sin necesidad de
cumplir las exigencias previstas en la Ley de Seguridad Privada para tales empresas. De
este modo, dado que la ley permite la instalación y mantenimiento de dichos equipos
por empresas distintas a las de seguridad privada, legitima a quienes adquieran de estos
dispositivos para tratar los datos personales derivados de la captación de las imágenes
sin necesidad de acudir a empresas de seguridad privada, siendo dicho tratamiento
conforme a lo previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.


No obstante, la instalación de un sistema de videovigilancia conectado a una central de
alarma, sí seguirá requiriendo la concurrencia de los requisitos exigidos hasta ahora;
esto es, que el dispositivo sea contratado, instalado y mantenido por una empresa de
seguridad privada autorizada por el Ministerio del Interior y que el contrato sea
notificado a dicho Departamento.

En todo caso, el tratamiento de las imágenes deberá cumplir los restantes requisitos
exigibles en materia de protección de datos de Carácter Personal, recogidos en la Ley
Orgánica y, en particular, en la instrucción 1/2006 de la Agencia Espa?ola de
Protección de Datos, como son, entre otros, los relativos a que las imágenes que se
capten sean las necesarias y no excesivas para la finalidad perseguida; el deber de
informar a los interesados, tanto a través de la colocación de carteles informativos como
mediante la puesta a disposición de aquéllos de impresos en que se detalle la
información; la notificación de la existencia de los ficheros a la Agencia Espa?ola de
Protección de Datos; o la implantación de medidas de seguridad.

Enlace a la instrucción 1/2006 de la Agencia Espa?ola de Protección de Datos:
https://www.agpd.es/portalweb/canaldocumentacion/

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #501 en: 08 de Febrero de 2010, 17:37:44 pm »
NUEVO CASO DE VULNERACIÓN DE LA PROTECCIÓN DE DATOS

Encuentran en un vertedero ilegal de Gijón datos confidenciales sobre opositores a la policía

El culpable o culpables de este abandono de documentación en la vía pública podrían enfrentarse a una multa de entre 60.000 y 300.000 euros.

Miguel Ángel Martínez - 08-02-10

La voz de alarma la daban este fin de semana varios vecinos de Gijón que observaron varias bolsas de basura con papeles en un vertedero ilegal de Trema?es, al pie de un camino de tierra en la continuación hacia el Oeste de la senda verde de La Camocha. Las bolsas se encontraban abiertas, entre sacos de escombro y en su interior varios archivos completos con facturas por el pago de tasas de examen, pruebas de test, fichas de matriculación e incluso temarios. Todo procedente de un centro educativo de preparación para oposiciones a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y con los consiguientes sellos del Ministerio del Interior y de la Comisaría de Gijón. Datos confidenciales, en definitiva, que están haciendo a la Agencia de Protección de Datos estudiar si será necesaria su intervención. Todo hace apuntar a que así. Según José López Calvo, subdirector general de Inspección de la Agencia de Protección de Datos podría tratarse de un caso de vulneración del secreto profesional y de seguridad que, pr no tratarse de datos específicamente protegidos como pueden ser lo médicos, implicarían una infracción eventualmente grave con sanciones que van de los 60.000 a los 300.000 euros de multa.

Este no es el único caso de aparición en la calle de documentos abandonados. Sigue pendiente de resolverse la denuncia presentada por el ex ministro Francisco Álvarez Cascos por los archivos personales de la sede del PP encontrados en un contenedor y hace unos meses la propia Agencia de Protección de Datos ya sancionó a un médico de Gijón que arrojó a la calle envases de biopsias con datos de pacientes.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #502 en: 08 de Febrero de 2010, 17:47:15 pm »
No puede ser esto, es impensable. Físicamente imposible.
Old school Hollywood baseball...

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #503 en: 08 de Febrero de 2010, 17:52:13 pm »
Eso pasa por asignar a la policía el sacar la basura.  :mus;

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #504 en: 09 de Febrero de 2010, 15:25:41 pm »
Hallan una cámara oculta en el Ayuntamiento de Fuenlabrada

Quico Alsedo | Europa Press | Madrid
Actualizado lunes 09/02/2009 15:13 horas

HABLA DE "CONFABULACIÓN DE INTERESES" DE TRABAJADORES MUNICIPALES

UNIJEPOL dice que el caso de la cámara de Fuenlabrada fue un montaje para desprestigiar al jefe de Policía

09 de febrero de 2010   FUENLABRADA
REDACCION

La causa judicial abierta por la instalación de una cámara oculta en las dependencias del Departamento Municipal de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Fuenlabrada, archivada ayer, fue un "montaje" para desprestigiar al jefe de la Policía Local de la localidad, Francisco Cano, según denunció hoy la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local (Unijepol), que dirige el encausado.

La asociación se?aló que la denuncia judicial respondió a una "confabulación de intereses" en la que han participado un reducido grupo de trabajadores municipales, que mantienen un contencioso laboral con el Ayuntamiento y el Grupo Municipal del Partido Popular, "que desde hace tiempo viene manifestando una inquina fuera de lo común contra Cano, por razones totalmente ajenas a su ejercicio profesional".

Asimismo, relacionó la denuncia con las actividades asociativas del Jefe de Policía Local que viene manifestando fuertes críticas a la gestión y a la política que en esta legislatura está desarrollando la Consejería de Interior de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, la Unión de Jefes de la Policía Local manifestó que la política municipal de seguridad que está desarrollando el Ayuntamiento de Fuenlabrada es "una referencia" para muchos ayuntamientos de dentro y fuera de Espa?a y la gestión que está desarrollando la dirección profesional de la Policía de Fuenlabrada "también es una referencia para muchos jefes de Policía Local".

"Y el Grupo Municipal del Partido Popular ha convertido en objetivo desprestigiar de cualquier manera al Jefe de la Policía Local", argumentó Unijepol. No obstante, aunque no pidió la dimisión de la portavoz del grupo municipal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Fuenlabrada, calificó su comportamiento como "oportunista, imprudente e irresponsable; y que ha minado profundamente su credibilidad política".

APOYOS

Asimismo, felicitó al alcalde y al Gobierno Municipal de Fuenlabrada por su "firme apoyo" a su Jefe de Policía Local, "que no ha hecho otra cosa que cumplir con su obligación profesional". "La seguridad local en las diversas comunidades locales es un asunto de interés general y pedimos que se quede al margen de los intereses partidarios. Los Jefes y Mandos de Policía Local somos funcionarios públicos, que servimos al interés general con objetividad e imparcialidad, y queremos quedar ajenos a esos intereses de partido", indicaron.

Por todo ello, la asociación exigió a todas las fuerzas políticas el respeto a su profesión. "La persecución sistemática a que Cano viene siendo sometido por el Grupo Municipal del Partido Popular de Fuenlabrada, como la que se ha producido recientemente contra el jefe de la Policía Local de Parla por un Gobierno Municipal socialista, o la que existe contra el jefe de la Policía Local de Alcobendas, representan situaciones intolerables", indicaron.

"Debe quedar muy claro que los Jefes de Policía Local no somos cargos de confianza, sino funcionarios de carrera. La seguridad local no debería convertirse en patrimonio de ningún partido, y las Jefaturas de Policía Local no deben considerarse marionetas de nadie", agregaron.

SATISFACCIÓN POR LA SENTENCIA

Respecto al auto dictado por el Juzgado de Instrucción número 3 de Fuenlabrada, que archivó la causa abierta en febrero de 2009 por la instalación de una cámara camuflada, Unijepol mostró su "satisfacción" por el contenido del auto judicial y, particularmente, "por el exhaustivo informe de la Fiscalía en el que éste se ha basado".

"La investigación judicial ha comprobado que habían desaparecido varios expedientes de trabajadores municipales del departamento de Recursos Humanos y que, concretamente, dos de los expedientes desaparecidos coinciden con dos de los denunciantes. Es decir, el motivo que justificó la instalación de la cámara fue averiguar la existencia de una infracción penal", indicó.

Asimismo, la Unión De Jefes de la Policía Local indicó que la sentencia ha acreditado que la causa de la instalación de la cámara no ha sido otra que la de investigar la desaparición de documentos o expedientes personales de funcionarios, por lo que "sólo perseguía un fin legítimo" y que el espacio donde se instaló la cámara no es un espacio de intimidad y sujeto a especial protección, "sino un espacio público".

"Conviene destacar que el informe fiscal coincide con la jurisprudencia dictada por situaciones similares a la existente en Fuenlabrada, incluso en el ámbito de empresas privadas y todas las sentencias dictadas reconocen la legitimidad del uso de este tipo de medios", a?adió.

Por último, Unijepol manifestó que tiene "la convicción moral" de que al menos algunos de los denunciantes conocían, tiempo antes de presentar su denuncia, la existencia de la cámara y que no es cierto que fuera un descubrimiento casual, como dijeron. "Más bien, pensamos que se planificó y eligió maliciosamente el momento y la forma, para presentar la denuncia en el juzgado y 'adornarla' convenientemente", concluyó.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #505 en: 14 de Febrero de 2010, 18:07:14 pm »
La Policía Municipal de Valladolid grabará sus intervenciones con una videocámara en el techo de sus vehículos

La Policía Municipal de Valladolid grabará sus intervenciones

Ya hay varias cámaras instaladas en coches policiales pero aún no se encuentran operativas
14.02.10 - 13:56 - EUROPA PRESS | VALLADOLID

La Policía Municipal de Valladolid ha comenzado a instalar videocámaras en varios coches patrulla con las que grabará intervenciones en asuntos como accidentes de tráfico o seguridad ciudadana.

Según informaron a Europa Press fuentes de la Policía Municipal, por el momento se han instalado las videocámaras en varias unidades del parque de vehículos policiales, pero por el momento no se ha confirmado si será a modo de prueba o se pretende implantar en la mayor parte de los coches patrulla.

No obstante, las cámaras ya instaladas durante los últimos días y que se pueden ver en al menos dos coches policiales, aún no funcionan, pero cuando lo hagan se espera que puedan captar imágenes de siniestros o de situaciones conflictivas que se produzcan y que motiven la intervención de los agentes.

Los dispositivos son de aspecto diferente a los que incorpora el conocido como 'Multa car', que fotografía desde primavera de 2008 a los vehículos aparcados de forma irregular o en doble fila. Se trata de un peque?o equipo de color blanco, con dos objetivos y que se ubica, en los modelos ya instalados, justo delante de las se?ales luminosas ubicadas en la parte superior de los coches de policía.

El Consistorio y la Policía aún no han especificado el uso que se les dará a los aparatos de grabación, pero la medida ya se utiliza en otros países como Reino Unido o Estados Unidos, e incluso en otras ciudades espa?olas, como Madrid, ya se ha comenzado a emplear.

En este último caso, el Ayuntamiento de la capital espa?ola explicó que su objetivo es incrementar la seguridad, tanto de los propios policías como del ciudadano porque las cámaras envían a un centro de control las imágenes en tiempo real en casos de reyertas, siniestros de tráfico u otros delitos.

En este caso, apuntaron que las grabaciones pueden ser requeridas, incluso, por jueces para aportar hechos a un pleito. En la capital madrile?a se espera que el nuevo sistema permita registrar las alteraciones de la vida cotidiana que afecten a los ciudadanos. Así, se pretende mejorar la gestión de los incidentes y las emergencias que se produzcan en la ciudad. Además, se conocerá de forma instantánea la acción en la que se vea involucrado el coche de la Policía Municipal y aumentará la seguridad de los propios agentes.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #506 en: 17 de Febrero de 2010, 14:58:38 pm »
Instrucción 2/2009, de 21 de diciembre de 2009,
Fuente: APDCM

Sobre el tratamiento de datos personales en la emisión de justificantes médicos

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PAPD_Generico_FA&cid=1142578002479&language=es&pagename=PortalAPDCM%2FPAPD_Generico_FA%2FPAPD_fichaNoticia

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #507 en: 24 de Febrero de 2010, 20:48:32 pm »
El Supremo limita el acceso a los datos de titulares de móviles y ordenadores
Policías y fiscales no podrán pedirlos directamente y tendrán que acudir al juez
JULIO M. LÁZARO - Madrid - 24/02/2010
   
La Sala Penal del Tribunal Supremo acordó ayer, en sala general, que desde el a?o 2007 sólo los jueces de instrucción están capacitados para recabar de las operadoras la identidad del titular de las llamadas efectuadas desde un teléfono móvil, en una interpretación literal de la ley de conservación de datos de comunicaciones. Esta decisión restringirá sustancialmente las diligencias de investigación de policías y fiscales, que antes recababan directamente esos datos de las operadoras telefónicas. Fuentes fiscales aseguraron ayer que esta nueva interpretación deja sin sentido las diligencias previas de investigación del ministerio fiscal, que ahora tendrá que acudir al juez para solicitar a través suyo identidades de titulares de teléfonos móviles y de direcciones IP de ordenadores que policías y fiscales tramitaban antes directamente con las operadoras de telefonía.

El acuerdo suscita dudas sobre si afectará a las tramas Gürtel y Pretoria

Fuentes del alto tribunal consultadas sobre la eventualidad de que este acuerdo pudiera afectar a operaciones en las que la Fiscalía Anticorrupción ha realizado diligencias de averiguación previas a judicializar operaciones como la Gürtel (sobre la trama corrupta vinculada al PP) o la Operación Pretoria (en la que aparecen implicados ex altos cargos de CiU) se mostraron cautelosas. Adujeron que no podían valorar el alcance que pudiera tener dicho acuerdo sobre esos casos sin conocer qué diligencias pudieron haberse practicado antes de que Anticorrupción solicitara al juez Baltasar Garzón la autorización para intervenir las comunicaciones de teléfonos móviles. Por su parte, fuentes fiscales dijeron que esperarán a conocer el contenido literal del acuerdo antes de entrar en este tipo de valoraciones.

Hasta el presente, una ley de 2004 autorizaba a que policías y fiscales pudieran dirigirse directamente a las compa?ías telefónicas para recabar la identidad de la persona a la que correspondía un determinado número de móvil. A partir de 2007, esa previsión quedó limitada a los jueces, aunque los fiscales seguían interpretando que la ley de 2004, al tener rango de orgánica, era de aplicación preferente. El Supremo acordó ayer, por 12 votos a 8, limitar a los jueces la petición esos datos. El acuerdo fue adoptado en contra de la opinión del ponente inicial, José Ramón Soriano, que cedió la ponencia al magistrado Luciano Varela, quien redactará el acuerdo.

Según las fuentes consultadas, el acuerdo se adoptó a propósito de un recurso de la fiscalía contra la absolución de un supuesto pederasta que bajaba de Internet archivos de pornografía infantil utilizando el programa de descargas de e-mule. La policía localizó la dirección IP de su ordenador y consultó a la operadora que le suministraba Internet la identidad del titular del contrato, para pedir la orden de entrada y registro e intervenir el ordenador del sospechoso. El Supremo entiende que la policía no podía acceder a esos datos sin autorización judicial. No obstante, dejó al criterio de la sección de magistrados que conoce del recurso la decisión respecto al pederasta.

Fuentes judiciales y fiscales coincidieron en que la redacción de la ley en ese punto es muy deficiente pero vincula a los jueces y lleva a esta interpretación del alto tribunal. No obstante, los fiscales precisaron que la petición de esos datos no vulneraba ningún ámbito de la intimidad de los investigados y que el único interés de policías o fiscales era dirigirse al juez competente.

Según esas fuentes, si antes, en este tipo de operaciones, policías o fiscales localizaban una red de ordenadores en distintas localidades, pedían directamente la orden de registro al juez de cada lugar para aprehender los discos duros. A partir de ahora, tendrán que dirigirse todos a un juez de Madrid (donde tienen su sede todas las operadoras) y, cuando a petición de éste, se identifiquen los lugares donde se ubican los ordenadores sospechosos, el juez tendrá que inhibirse en favor del juez de cada localidad para que sea éste quien autorice las entradas y registros.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #508 en: 25 de Febrero de 2010, 00:17:15 am »


Según esas fuentes, si antes, en este tipo de operaciones, policías o fiscales localizaban una red de ordenadores en distintas localidades, pedían directamente la orden de registro al juez de cada lugar para aprehender los discos duros. A partir de ahora, tendrán que dirigirse todos a un juez de Madrid (donde tienen su sede todas las operadoras) y, cuando a petición de éste, se identifiquen los lugares donde se ubican los ordenadores sospechosos, el juez tendrá que inhibirse en favor del juez de cada localidad para que sea éste quien autorice las entradas y registros.



Eh aquí una clara medida de la administración de justicia tendente a reducir el exceso de carga de trabajo que motiva el colapso del sistema judicial espa?ol....    ;cosc; ;cosc; ;cosc; ;cosc; PAIS....
J. David Gª Castilla también soy yo

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #509 en: 20 de Marzo de 2010, 16:52:31 pm »
Denuncian a un policía por pedir un certificado con datos protegidos

Un particular ha demandado al agente por solicitarle los documentos "sin autorización judicial"
EUROPA PRESS

Un policía local de Málaga ha sido denunciado por un particular por presuntamente solicitar "sin autorización judicial" y, según la denuncia, "amparándose" en su condición de agente de la autoridad, un certificado oficial sobre los vehículos del denunciante con datos "protegidos por ley", documento que se presentó en un juicio de faltas.

La denuncia fue interpuesta el pasado año, tras lo que el Juzgado de Instrucción número 1 de Málaga citó a declarar al policía en calidad de imputado. A principios de este mes, el magistrado acordó la práctica de pruebas pedidas por el denunciante y, según el resultado de las mismas, resolverá sobre el sobreseimiento y archivo solicitado, según consta en distintos documentos.

En la denuncia, a la que tuvo acceso Europa Press, se explica que la esposa del denunciante y el agente se denunciaron mutuamente por unos hechos sucedidos cerca del lugar en el que residen ambos --causa en la que fueron absueltos-- y en la denuncia presentada por la mujer se indicaba que el policía "había denunciado" la moto de su esposo por una presunta infracción de tráfico por estar mal estacionada.

Tras esto, según el escrito, se presentó en la causa un certificado firmado por el responsable de los procedimientos sancionadores de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Málaga, en el que se decía que dicho certificado se emite a requerimiento del policía y en el que se concluye que "ni el agente interesado ni ningún otro ha denunciado a dichos vehículos".

Dicho documento "se presentó sin ninguna autorización judicial porque en el mismo se informaba de datos que están protegidos por la Ley de Protección de Datos", por lo que el denunciante entiende que "se ha podido cometer una infracción penal" ya que el agente "amparándose en su condición de policía local acude a una oficina pública a pedir un certificado oficial".

En la denuncia se precisa que el denunciante fue recibido por la persona encargada de emitir el documento, quien como explicación le dijo que "el solicitante acudió a dicho organismo vestido de policía". Además, se añade que dicha legislación señala que "se prohíbe la recogida de datos por medios fraudulentos, desleales o ilícitos".

Asimismo, y siempre según lo denunciado, existen "desde tiempo atrás problemas personales de convivencia entre ambas partes". Las diligencias solicitadas se refieren a las últimas consultas hechas en las bases de datos sobre los vehículos del denunciante y a si cualquier ciudadano puede pedir información sobre procedimientos sancionadores abiertos por hechos cometidos con determinados vehículos facilitando la matrícula.

Cuidadín, cuidadín con mezclar nuestras disputas personales con las actividades propias del cargo.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #510 en: 08 de Abril de 2010, 15:42:21 pm »
Ultima Hora accede a los datos más significativos de Sitel, el programa de escuchas de la policía
J. Bastida | 08/04/2010

SITEL (Sistema Integrado de Interceptación de Telecomunicaciones), o lo que es lo mismo, el programa informático que todo los escucha de los cuerpos de seguridad del Estado.
Nada se escapa. Llamadas a teléfonos fijos, móviles, mensajes de texto, multimedia, correos electrónicos, localización geográfica en el caso de los móviles y navegación web, entre otras muchas funciones.

¿Cómo podemos saber si tenemos el teléfono pinchado? ¿Qué es más seguro, hablar por un teléfono fijo o móvil? ¿Quiénes están autorizados para realizar escuchas? ¿Hasta qué punto es legal pinchar los teléfonos? ¿Hay algún sistema para descubrir si tenemos intervenido el teléfono?

Éstos son algunos de los múltiples interrogantes que los ciudadanos de a pie se formulan a diario.

Ultima Hora ha conseguido elaborar un completo informe sobre las funciones del programa espía del Gobierno, sus aplicaciones más sofisticadas y los cuerpos policiales autorizados para utilizarlo.

Partimos de la base de que todas las llamadas pueden ser intervenidas.

En Balears, los Cuerpos de Seguridad del Estado; Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía y el CNI disponen de autorización para poder utilizar la potente herramienta. Fuentes policiales consultadas afirman que: «El programa lo utilizan todos los grupos de la jefatura que lo soliciten y que, evidentemente cuente con la pertinente autorización judicial».
Los grupos de Homicidios, Atracos, Robos, Delincuencia Económica y Delitos Telemáticos son los que más requieren de sus servicios.

El funcionamiento es muy sencillo. El ordenador central está en Madrid. Los diferentes grupos son copias de los registros centralizados.

Los agentes, insisten: «El ‘pinchazo' siempre lo ordena el juez cuando se lo persuade de que hay indicios sólidos sobre el sospecho de un delito. Lo primero que se hace es abrir la ‘llave' del sistema, es decir, para que la operadora de telecomunicaciones correspondiente dé acceso a la línea en cuestión y la ‘conecte' al sistema Sitel», afirman expertos en la materia consultados.

El programa está preparado para poder intervenir, grabar y clasificar la totalidad de los teléfonos fijos y móviles de Balears sin limitación de tiempo. ¿Seguridad o intromisión a la intimidad? Juzguen ustedes.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #511 en: 12 de Abril de 2010, 11:05:29 am »
Un guardia civil gallego pone firme a Interior

El Ministerio estudia alternativas a la entrega tradicional de las bajas en el cuerpo, en un sobre y en mano, tras la infracción muy grave de Protección de Datos a instancia de un agente pontevedrés

JULIO PÉREZ - VIGO

De poco valen las tradiciones acumuladas durante años y años cuando lo que está en tela de juicio es uno de los derechos fundamentales del ciudadano. De esos además en los que la sociedad moderna tiene puesto el punto de mira, el cuidado de la intimidad, y una cada vez más férrea defensa. No se libra ni el Ministerio del Interior, que acaba de recibir una importante reprobación de la Agencia Española de Protección de Datos (AGPD) por los protocolos que la Guardia Civil tiene para notificar la baja definitiva de uno de sus miembros por razones psicológicas. Un ya ex agente gallego, adscrito al municipio de A Estrada, denunció la falta de medidas de seguridad con la que se le trasladó el expediente, en mano, en la calle y en un sobre "abierto", según su testimonio, y el departamento que dirige Alfredo Pérez Rubalcaba se está planteando "modificar el actual procedimiento" tras la imposición por parte de la AGPD de una infracción "muy grave".

Todo ocurrió en abril de 2007. Después de tres años de baja psicológica que el denunciante achacaba a "las presiones sufridas por los mandos directos de la Unidad de la Guardia Civil de A Estrada", una patrulla se acercó a su domicilio para entregarle el documento, una copia compulsada de tres páginas con el acuerdo de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil con la declaración de "inutilidad permanente" para el servicio por "insuficiencia de condiciones psicofísicas". El informe contenía datos de su salud, con el diagnóstico emitido por los peritos médicos. El agente mantiene, entre otras quejas, que el sobre con toda la información estaba abierto.

Tanto la cúpula de la Guardia Civil, como la dirección y los mandos encargados de personal, confirman que la notificación se realizó por esa vía, aunque aseguran que el sobre estaba cerrado, que a él sólo pueden acceder o el instructor o el secretario encargado del expediente y que cuentan en su poder con el acuse de recibo firmado por el agente. La Subdirección General de Personal Militar remite un escrito a la AGPD en el que sostiene que sus procedimientos aseguran la confidencialidad, "salvo que los responsables de la Administración que lleven a cabo las notificaciones incumplan dichos procedimientos".
Con el inicio de declaración de la posible infracción desde la Agencia a la vista de los indicios del incumplimiento del artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, el relativo al deber de secreto entre los que manejan información personal y confidencial, la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil alega de nuevo que el sobre estaba sin abrir. Que la entrega en la calle se realizó para "causar el menor trastorno al interesado" porque tenía retirado el carné de conducir, en el sobre constaba la inscripción "para apertura exclusiva por el interesado" y que el agente había generado "dificultades" durante toda la tramitación del expediente negándose incluso a abrir la puerta de casa. Aunque desde el Ministerio del Interior defienden que en ningún momento se vulneró el deber de secreto, sí vuelven a admitir que esta forma de comunicación lo evita sólo "en la medida de lo posible".

La Agencia Española de Protección de Datos da por acreditado que la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil vulneró el deber de secreto "al permitir que cualquiera ajeno al afectado pudiera ver el contenido del escrito de la resolución del expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas, que explicita datos de salud del denunciante al mencionar la patología que da lugar al citado expediente". El organismo recuerda que la normativa establece la información sobre la salud como "datos especialmente protegidos" y que para su tratamiento, también por ley, tiene que haber un consentimiento expreso del afectado.

La declaración de infracción muy grave contra el Ministerio del Interior por parte de la AGPD –al tratarse de una Administración, no hay multa económica, pero sí una comunicación al Defensor del Pueblo y la exigencia a que se tomen las medidas para que no vuelva a ocurrir– recomienda que se eche mano de otro tipo de acuses de recibo externo, "como el usado por Correos", o algún otro "que permita la descripción más completa del contenido de la notificación sin desvelar su texto completo". El ministerio ya ha adelantado a la Agencia que ante "los fundamentos de derecho" que le ha hecho llegar se van a estudiar opciones alternativas para adaptarse a la ley.


koke

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #512 en: 03 de Mayo de 2010, 22:02:54 pm »
todas las grabaciones que se realicen en via publica a los agentes actuantes son licitas, a no ser que vayan anexas a unas amenazas, entonces se debe de proceder a decomisar la prueba y diligenciarlo al juzgado exponiendo los motivos de su retirada.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #513 en: 04 de Mayo de 2010, 00:38:46 am »
todas las grabaciones que se realicen en via publica a los agentes actuantes son licitas, a no ser que vayan anexas a unas amenazas, entonces se debe de proceder a decomisar la prueba y diligenciarlo al juzgado exponiendo los motivos de su retirada.

Aaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaah  ;fum;
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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #514 en: 04 de Mayo de 2010, 01:02:56 am »
uhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh ;fum;
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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #515 en: 04 de Mayo de 2010, 01:52:48 am »
uhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh ;fum;

Tú calla, moro.
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Desconectado uidnoche

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #516 en: 04 de Mayo de 2010, 02:09:47 am »
uhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh ;fum;

Tú calla, moro.

Moro?...............
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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #517 en: 04 de Mayo de 2010, 02:12:55 am »
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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #518 en: 04 de Mayo de 2010, 02:13:48 am »
No le pongas el chiste fácil a los nacis coño.
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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #519 en: 10 de Mayo de 2010, 00:04:57 am »