Autor Tema: Grabaciones, fotografías y protección de datos  (Leído 262208 veces)

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #700 en: 22 de Abril de 2011, 17:00:05 pm »
La AEPD ya ha sancionado varias veces a comunidades de vecinos por exponer las listas de morosos sin seguir los pasos adecuados para ello...y en este caso, de ser denunciado, la tienda correría la misma suerte.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #701 en: 18 de Mayo de 2011, 21:25:16 pm »
El Sindicato de Policías y Bomberos denuncia que el Ayuntamiento vulnera la Ley de Protección de Datos

El Sindicato de Profesionales de Policías Locales y Bomberos de la Comunidad Valenciana lo ha denunciado ante la Agencia Española de Protección de datos

 elperiodic.com   

El Sindicato de Profesionales de Policías Locales y Bomberos de la Comunidad Valenciana (SPPLB-CV), mayoritario en el Ayuntamiento de Aldaia, ha denunciado que el Ayuntamiento de Aldaia está vulnerando la ley de protección de datos, tal y como se le ha expuesto a este consistorio.

Los hechos se basan en que los trabajadores de la empresa Dornier SA que trabajan regulando el estacionamiento de vehículos en el llamado servicio ORA, disponen de unos sistemas de comunicación, en los que utilizan la frecuencia de transmisión de la Policía Local para comunicarse estos trabajadores entre ellos mismos o en algunas ocasiones comunicar cualquier incidencia a la Policía Local.

De este modo, estos trabajadores tienen acceso a datos de otros ciudadanos que de otro forma desconocería, puesto que su trabajo no les capacita en absoluto ni para acceder a estos, ni para tratarlos de forma privada. Además esta empresa dispone de otros dispositivos como PDAs que podrían utilizar para desempeñar su trabajo, pero sin utilizar la frecuencia que utiliza este Cuerpo y Fuerza de Seguridad tal y como hacen en otras poblaciones donde esta empresa también realizan estas funciones de vigilancia del estacionamiento de la zona azul (ORA).

El sindicato ha mostrado su disconformidad con esta práctica al Ayuntamiento dado que consideran que la intimidad y seguridad de los vecinos de Aldaia está por encima de todo y así se lo ha expuesto en varias peticiones, siendo más grave la cuestión cuando es la propia Jefatura del Cuerpo de Policía Local quien permite que se esté dando esta situación.

Asimismo, y dada la gravedad de este asunto se han denunciado también los hechos ante la Agencia Española de Protección de Datos, para que se tomen medidas y se limite el acceso a las comunicaciones de la Policía Local para mayor seguridad de los ciudadanos.
 

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #702 en: 19 de Mayo de 2011, 14:21:08 pm »
La Policía no puede requisar móviles sin orden judicial, recuerda el Defensor
EFE , Madrid |

Las Fuerzas de Seguridad no pueden requisar móviles de particulares sin orden judicial, recuerda el Defensor del Pueblo en una recomendación a la Dirección General del Policía y de la Guardia Civil, tras la queja de un ciudadano al que se le había incautado cuando asistía a un acto público.

En el escrito remitido por la Oficina del Defensor del Pueblo, que dirige María Luisa Cava de Llano, la Institución reclama que se respete escrupulosamente la necesidad de contar con la previa y preceptiva autorización judicial antes de realizar intervenciones en las comunicaciones telefónicas y de datos.

Además, la Defensora recuerda que dichas intervenciones deben realizarse sólo cuando existan indicios suficientes de la posible comisión de un hecho delictivo.

Según explica la Oficina del Defensor, un ciudadano presentó una queja denunciando que unos agentes de la Policía Nacional le habían requisado su teléfono en la vía pública.

El interesado relató que cuando se encontraba en una plaza pública asistiendo a un acto oficial tomó con su teléfono móvil unas fotografías de las autoridades que allí se encontraban.

Entonces, unos agentes de la Policía Nacional le requirieron el móvil para que les enseñara el contenido de las fotos y ante su negativa a hacerlo, le fue incautado el teléfono, que posteriormente le devolvieron.

El afectado alegó que la Policía pudo acceder, aunque no consta que lo hiciera, no sólo a las fotografías del acto en cuestión, sino también a otros contenidos personales, como fotos, registro de llamadas y mensajes, datos que pertenecen a la esfera íntima y personal.

Estimó que se había vulnerado su derecho al secreto de las comunicaciones y el derecho a la intimidad consagrados por la Constitución.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #703 en: 03 de Junio de 2011, 18:15:30 pm »
El 'Gran Hermano' entra en la Policía Local   

     
Escrito por FSP-UGT de la Ciudad Autónoma de Ceuta     
viernes, 03 de junio de 2011 

 - Tras numerosas quejas realizadas por los funcionarios de la Policía Local, nos vemos en la obligación de denunciar públicamente la instalación de cámaras dentro las dependencias de la Policía.
 

No estamos en desacuerdo con la instalación de dichas cámaras a la entrada y salida de las dependencias por motivos de seguridad, pero sí con las que se encuentran en el interior de las instalaciones provocando la indignación de los funcionarios que se sienten vigilados.

Además no se trata de un Centro Penitenciario, sino de unas dependencias Policiales para tener que vigilar a los Policías y a los funcionarios civiles que allí trabajan, por lo que parece bastante incongruente, todo ello sin haber informado previamente a los Representantes de los trabajadores como exige la ley.

También queremos expresar nuestro malestar, por la creación de dos puestos para el control de cámaras, ya que no se ha publicado el concurso correspondiente para que cualquier funcionario pueda optar a dichos puestos, no han sido creados por el Consejo de Gobierno ni negociados con las centrales sindicales como exige la Ley.

Por último decir que hubiera resultado mas gratificante para los Policías dedicar el dinero gastado en las cámaras y resto del equipo, en vehículos, pues los Policías están circulando en zetas que ponen en peligro la integridad física de ellos mismos y la del resto de ciudadanos, a pesar de la excelente labor que realiza diariamente los funcionarios del Parque Móvil para que podamos salir a la calle.
 

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #704 en: 05 de Junio de 2011, 08:42:40 am »
Protección de Datos expedienta a Barcelona por registrar las multas a clientes y meretrices

Por segunda ocasión en cinco años, la Agencia Catalana de Protección de Datos y el Ayuntamiento de Barcelona se enfrentan por la identificación de los infractores de la ordenanza que prohíbe la prostitución en la calle. La agencia abrió un nuevo expediente por considerar que, a la hora de la denuncia, la Guardia Urbana vulnera la intimidad de las prostitutas y los clientes al solicitarles datos como su nombre, su apellido, su número de DNI y su dirección, según avanzó ayer Ara.

El Consistorio tuvo noticia del expediente el pasado 18 de mayo. El proceso aún se encuentra en fase de alegaciones y los servicios jurídicos del Ayuntamiento están preparando una respuesta, que ha de entregar antes del 17 de este mes. El eje de la defensa, según una portavoz, es que "los datos que se piden son los mínimos necesarios para tramitar y comunicar la denuncia".

En algún lugar de los archivos del Consistorio hay una lista que relaciona nombres, números de DNI y multas. Allí está el registro de todas las multas que impone la Guardia Urbana, como las de tráfico y las de personas que demandan u ofrecen servicios de prostitución. Sin un archivo así sería imposible organizar el recaudo. Sin embargo, de acuerdo con la agencia, estos datos dan información sobre "la tendencia o hábitos sexuales" de los ciudadanos. Dentro de su raciocinio, por ejemplo, el mismo principio se tendría que aplicar para aquellos que son multados por beber alcohol en la vía pública: el Ayuntamiento tendría un registro de "borrachos".

Ayer la síndica de Greuges de Barcelona, Maria Assumpció Vilà, aseguró que su despacho ha estudiado casos en los que a pesar de que las multas "se anulan por defectos formales" el nombre de la denunciada y "el presunto ejercicio de la prostitución continúan archivados como mínimo un año para comprobar la reincidencia".

En 2006, la agencia abrió un expediente similar al Consistorio, después de que la ONG Àmbit Dona denunciara que la Guardia Urbana diligenciaba formatos con los datos de las prostitutas. En su día el Ayuntamiento aseguró que su único objetivo era corroborar si las mujeres "habían sido informadas con anterioridad", aunque aceptó que en el formulario no había ninguna referencia sobre el derecho de protección de datos.

En 2010, La Guardia Urbana impuso 2.183 multas a mujeres por oferta de servicios sexuales y 912 a hombres que los buscaban. Según la ordenanza, los agentes deben informarles de que su conducta está prohibida y pedirles que no persistan en ella. Si insisten, son denunciados.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #705 en: 05 de Junio de 2011, 09:12:23 am »
A mi me parece que la Agencia de proteccion de datos es una mierda mal organizada o mal legislada (coño como los AM). Si de verdad se quisiera porteger estos datos, solamente deberían legislar mucho mejor y exigir las responsabilidades personales al máximo encargado del organismo que se pasa la LPD por el forro, lo demás no deja de ser humo teñido de tinta de periodico.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #706 en: 09 de Junio de 2011, 21:43:10 pm »
Condenado el Ayuntamiento de Coslada por revelación de datos personales


La sanción por este tipo de infracciones, regulada en el artículo 44.4.b de la Ley de Protección de Datos, oscila entre los 300.001 euros y 600.000 euros.

Contra la resolución, a la que ha tenido acceso Efe, cabe recurso de reposición ante la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Con fecha 21 de mayo de 2010, la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad recibió la resolución de archivo de actuaciones de la Agencia Española de Protección de Datos para que, en su caso, depurara las responsabilidades que se pudieran derivar.

En dicha resolución se relatan las actuaciones practicadas tras recibir un escrito de la Guarda Civil, en el que informaba de la supuesta vulneración de la Ley de Protección de Datos por parte de Jiménez.

Éste había presentado en la Intervención de Armas y Explosivos de Torrejón de Ardoz un escrito solicitando la retirada al cabo de la Policía Local J.J.A.P., delegado de CSI-F, de su carné profesional o tarjeta de identidad, considerada como permiso de armas, por estar dicha persona enferma (detalla su estado de salud y lo acredita con copia de diversos partes médicos en los que se detalla la enfermedad) y por haber sido sancionado disciplinario por tres faltas graves (facilita copia de la resolución).

Tras las actuaciones previas la Agencia Española de Protección de Datos concluyó que Jiménez tuvo acceso a dicho documento porque el Consistorio de Coslada le emplazó como interesado en el recurso contencioso administrativo que el cabo había interpuesto contra el Ayuntamiento por "desestimación por silencio administrativo manejado por el Consistorio por "desestimación por silencio administrativo de reclamación por responsabilidad patrimonial".

Dado que el tratamiento de datos personales que hace el Ayuntamiento de Coslada se incluye en el ámbito competencial de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, la Agencia Española de Protección de Datos trasladó a la misma todas sus actuaciones.

En los documentos facilitados por el Consistorio al exjefe de la Policía Local figuraban, en entre otros, datos de salud "especialmente sensibles"protegidos) referidos a informes médicos de asistencia sanitaria necesitadas por J.J.A.P.

La Agencia de Protección de Datos de la Comunidad estima que se ha producido una "improcedente" cesión/comunicación de datos personales de J.J.A..P por el Ayuntamiento de Coslada a Ginés Jiménez, sin que concurrieran los requisitos previstos en la Ley de Protección de Datos, conducta tipificada como infracción muy grave.

El Ayuntamiento de Coslada no presentó ninguna alegación.

En su resolución, la Agencia no entra a valorar si Ginés Jiménez es interesado en el procedimiento de relación patrimonial tramitado entre el Ayuntamiento de Coslada y J.J.A.P.. EFE


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #707 en: 09 de Junio de 2011, 23:23:04 pm »
Pero.... ¿por que no se piden responsabilidad personales? es decir, una vez que ha salido el ayto. condenado, que repercuta directamente contra los bienes y el patrimonio del causante del hecho.... así se acabarían estas cosas de raíz.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #708 en: 11 de Junio de 2011, 10:53:51 am »
Protección de Datos abre diligencias por el error en el envío de multas

La Agencia Vasca de Protección de Datos ha abierto un procedimiento de infracción contra el Ayuntamiento de Bilbao por el error en el envío de 250 multas de tráfico el pasado mes de diciembre. A cada destinatario le llegó la de otra persona, ya que se cruzaron las denuncias y las direcciones debido a un fallo en la impresión. Una de las afectadas exige una indemnización por revelar sus datos a terceras personas, vecinos de un pequeño municipio donde todos se conocen.

La denunciante, médico de profesión, atendía una consulta cuando el paciente le dijo que había recibido una multa a su nombre. En la misiva, además de su dirección, DNI y número de matrícula del coche, figuraba el importe y el lugar de la infracción, que ya ha llegado a la vía ejecutiva. Se trata de una «carta de cortesía» que informa al contribuyente de que si sigue sin pagar se embargarán sus bienes.

La doctora siente que se ha dañado su «imagen pública y honor» al difundirse en el pueblo que ha cometido una infracción de tráfico. «Deja abierta la posibilidad de que se trate de una elevada tasa de alcoholemia o un delito contra la seguridad vial», argumenta en su denuncia. En su opinión, la respuesta de las autoridades municipales, que han tomado medidas correctoras, «confirma que estos datos no se manejaban con la diligencia adecuada», lo que merece una sanción.

El Ayuntamiento reconoce el fallo en 250 envíos, dentro de una remesa de 8.000, y sostiene que se han reforzado los controles en el proceso de impresión. Tras escuchar a las dos partes, la agencia ha iniciado un procedimiento de infracción por considerar que lo ocurrido puede vulnerar la Ley de Protección de Datos. Ha nombrado a una funcionaria instructora y ha abierto un plazo de quince días para que presenten alegaciones. Si finalmente impone una sanción, la afectada reclamará en los tribunales una indemnización de 10.000 euros por daños y perjuicios.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #709 en: 13 de Junio de 2011, 18:48:57 pm »
Ceuta
CCOO pide a la Ciudad que aclare si las camaras del cuartel de la Policía Local cumplen la ley       
Escrito por CAD     
lunes, 13 de junio de 2011 

CCOO- La sección de Policía Local del sindicato afirma que desde hace más de un mes trata de comprobar si las cámaras y la empresa responsable están homologadas conforme a la normativa vigente

- Comisiones acusa al Gobierno local de "querer controlar a los funcionarios en el desarrollo de su trabajo" y critica la falta de diálogo para la puesta en marcha del sistema

La instalación de cámaras de seguridad en el interio del cuartel de la Policía Local continúa generando polémica. Si primero fue UGT quien denunció este sistema , ahora es Comisiones Obreras la que ha pedido a la Ciudad que aclare si tanto los dispositivos de grabación como la empresa responsable están homologados conforme a la normativa actual sobre videovigilancia.

La sección de Policía Local de CCOO recuerda que en caso de no ser así cualquier grabación quedaría invalidad como prueba en un proceso judicial, así como que las personas grabadas podrían denunciar a la Ciudad ante la Agencia de Protección de Datos, pidiendo sanciones que pueden llegar a los 600.000 euros. Por estos motivos, Comisiones ha pedido el expediente completo de la adquisición y puesta en marcha del sistema, para estudiar posibles irregularidades.

El sindicato afirma que apoya "incondicionalmente" cualquier medida que busque mejorar la seguridad del polifuncional, pero "nunca en detrimento de uno de los derechos más protegidos en nuestra Carta Magna, el derecho a la intimidad". Y es que según Comisiones, las cámaras, con 4 aparatos en el exterior y 16 en el interior, buscan "como intención velada controlar a los funcionarios en el desarrollo de su trabajo, más que su fin principal, la seguridad".

Situación que ha provocado un clima de "indignación" entre los funcionarios, que según el sindicato se podría haber evitado haciéndoles partícipes de la iniciativa a través de sus representantes sindicales. De hecho, CCOO recuerda que la Ciudad está obligada a comunicar en qué casos las grabaciones serán revisadas por la Administración local y en cuales se entregarán a la autoridad judicial.

Toda una serie de dudas y suspicacias de las que el sindicato culpa directamente al presidente de la Ciudad y al jefe accidental de la Policía Local.




 

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #710 en: 17 de Junio de 2011, 18:58:29 pm »
El Gobierno prohibirá a los medios informativos que citen la nacionalidad del extranjero que cometa un delito

La Ley de Igualdad de Trato prevé importantes al ejercicio de la libertad informativa. Los medios de comunicación podrían incurrir en delito si en sus crónicas de sucesos especifican la nacionalidad extranjera de alguien que haya cometido un delito. Pretende el Gobierno que los medios colaboren en aplicar el principio de la “no discriminación” por encima del deber de informar dados los prejuicios que, en su opinión, acarrea en el subconsciente colectivo la mención de la nacionalidad del delincuente. Es decir, con la nueva Ley de Igualdad de Trato quedaría prohibido citar el origen sudamericano de los miembros de una banda de ‘latin king’ o detallar la confesión religiosa de un terrorista internacional, aun cuando éste reivindique su acción en nombre de una facción islámica.

La dirección general de Igualdad prepara una lista de alternativas semánticas que eviten la anatemización de determinados grupos. Su titular, Bibiana Aído, subraya que la función del Gobierno es “velar” para que España se convierta en una sociedad sin “humillaciones”, entre las que mencionar el país de procedencia del autor de un delito sería una de ellas. Para Aído, recalcar el genticilio de un delincuente se trata de un “hecho irrelevante” a efectos informativos. Para controlar el cumplimiento de estas “medidas antidiscriminatorias”se establece que el Fiscal General del Estado designe a “un Fiscal de Sala delegado a la tutela de la igualdad de trato y la no discriminación”. Además, se fomentará “la formación especializada en esta materia de los miembros del Ministerio Fiscal”.

Así, se establece que las medidas de “acción positiva”, destinadas a “prevenir, eliminar y, en su caso, compensar cualquier forma de discriminación en su dimensión colectiva o social” serán aplicables “en tanto subsistan las situaciones de discriminación que las justifican”.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #711 en: 18 de Junio de 2011, 17:54:44 pm »
 :pen: . . . perfecto, si el gentilicio no es relevante para dar la información y la Ley de Igualad de Trato lo va a prohibir . . . supongo que de igual manera prohibirán hacer mención a las diferentes profesiones, por lo tanto, y siguiendo el espíritu de la Ley, nunca más aparecerá la mención a que el presunto delito haya sido cometido por un policía local, autonómico o nacional o por un GC, ya que es irrelevante para la noticia . . .  ;fum;

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #712 en: 18 de Junio de 2011, 18:12:21 pm »
:pen: . . . perfecto, si el gentilicio no es relevante para dar la información y la Ley de Igualad de Trato lo va a prohibir . . . supongo que de igual manera prohibirán hacer mención a las diferentes profesiones, por lo tanto, y siguiendo el espíritu de la Ley, nunca más aparecerá la mención a que el presunto delito haya sido cometido por un policía local, autonómico o nacional o por un GC, ya que es irrelevante para la noticia . . .  ;fum;

Curiosa coincidencia...en otro foro un forero dijo lo mismo.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #713 en: 18 de Junio de 2011, 18:22:05 pm »
Sería de lógica. Pero... ;fum;
TO MENTIRA, TO POLÍTICA...

¿Mi nena? ¡bonica del tó!... :vergo

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #714 en: 18 de Junio de 2011, 18:28:56 pm »
 :pen: hombres de poca fe . . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #715 en: 18 de Junio de 2011, 20:23:52 pm »
El Gobierno prohibirá a los medios informativos que citen la nacionalidad del extranjero que cometa un delito

La Ley de Igualdad de Trato prevé importantes al ejercicio de la libertad informativa. Los medios de comunicación podrían incurrir en delito si en sus crónicas de sucesos especifican la nacionalidad extranjera de alguien que haya cometido un delito. Pretende el Gobierno que los medios colaboren en aplicar el principio de la “no discriminación” por encima del deber de informar dados los prejuicios que, en su opinión, acarrea en el subconsciente colectivo la mención de la nacionalidad del delincuente. Es decir, con la nueva Ley de Igualdad de Trato quedaría prohibido citar el origen sudamericano de los miembros de una banda de ‘latin king’ o detallar la confesión religiosa de un terrorista internacional, aun cuando éste reivindique su acción en nombre de una facción islámica.

La dirección general de Igualdad prepara una lista de alternativas semánticas que eviten la anatemización de determinados grupos. Su titular, Bibiana Aído, subraya que la función del Gobierno es “velar” para que España se convierta en una sociedad sin “humillaciones”, entre las que mencionar el país de procedencia del autor de un delito sería una de ellas. Para Aído, recalcar el genticilio de un delincuente se trata de un “hecho irrelevante” a efectos informativos. Para controlar el cumplimiento de estas “medidas antidiscriminatorias”se establece que el Fiscal General del Estado designe a “un Fiscal de Sala delegado a la tutela de la igualdad de trato y la no discriminación”. Además, se fomentará “la formación especializada en esta materia de los miembros del Ministerio Fiscal”.

Así, se establece que las medidas de “acción positiva”, destinadas a “prevenir, eliminar y, en su caso, compensar cualquier forma de discriminación en su dimensión colectiva o social” serán aplicables “en tanto subsistan las situaciones de discriminación que las justifican”.




Por si os da por buscar en el texto la modificación del Código Penal. No lo he leído, quizás si esté.
Lo que si he encontrado es una modificación del Estatuto de los trabajadores, sobre vacaciones, que, al que le afecte, si fuera nuestro caso, el ayto incumple sistemáticamente con los del mes de Julio. 

http://www.migualdad.es/ss/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application/pdf&blobheadername1=Content-disposition&blobheadervalue1=inline&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1244654879230&ssbinary=true


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #716 en: 18 de Junio de 2011, 22:03:16 pm »
Dos. El apartado 3 del artículo 38 queda redactado en los siguientes términos:

“3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá
las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del
disfrute.

Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la
empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una
incapacidad temporal por cualquiera de las contingencias y situaciones protegidas o
con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 y
48.bis de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya
terminado el año natural a que correspondan.”

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #717 en: 18 de Junio de 2011, 22:28:20 pm »
El Gobierno prohibirá a los medios informativos que citen la nacionalidad del extranjero que cometa un delito

La Ley de Igualdad de Trato prevé importantes al ejercicio de la libertad informativa. Los medios de comunicación podrían incurrir en delito si en sus crónicas de sucesos especifican la nacionalidad extranjera de alguien que haya cometido un delito. Pretende el Gobierno que los medios colaboren en aplicar el principio de la “no discriminación” por encima del deber de informar dados los prejuicios que, en su opinión, acarrea en el subconsciente colectivo la mención de la nacionalidad del delincuente. Es decir, con la nueva Ley de Igualdad de Trato quedaría prohibido citar el origen sudamericano de los miembros de una banda de ‘latin king’ o detallar la confesión religiosa de un terrorista internacional, aun cuando éste reivindique su acción en nombre de una facción islámica.

La dirección general de Igualdad prepara una lista de alternativas semánticas que eviten la anatemización de determinados grupos. Su titular, Bibiana Aído, subraya que la función del Gobierno es “velar” para que España se convierta en una sociedad sin “humillaciones”, entre las que mencionar el país de procedencia del autor de un delito sería una de ellas. Para Aído, recalcar el genticilio de un delincuente se trata de un “hecho irrelevante” a efectos informativos. Para controlar el cumplimiento de estas “medidas antidiscriminatorias”se establece que el Fiscal General del Estado designe a “un Fiscal de Sala delegado a la tutela de la igualdad de trato y la no discriminación”. Además, se fomentará “la formación especializada en esta materia de los miembros del Ministerio Fiscal”.

Así, se establece que las medidas de “acción positiva”, destinadas a “prevenir, eliminar y, en su caso, compensar cualquier forma de discriminación en su dimensión colectiva o social” serán aplicables “en tanto subsistan las situaciones de discriminación que las justifican”.




Por si os da por buscar en el texto la modificación del Código Penal. No lo he leído, quizás si esté.
Lo que si he encontrado es una modificación del Estatuto de los trabajadores, sobre vacaciones, que, al que le afecte, si fuera nuestro caso, el ayto incumple sistemáticamente con los del mes de Julio. 

http://www.migualdad.es/ss/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application/pdf&blobheadername1=Content-disposition&blobheadervalue1=inline&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1244654879230&ssbinary=true



En la modificación del CP no viene nada de eso, pero aún así las barbaridades, estupideces y metidas de pata de este gobierno no tienen límite...

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #718 en: 20 de Junio de 2011, 14:03:49 pm »

En la modificación del CP no viene nada de eso, pero aún así las barbaridades, estupideces y metidas de pata de este gobierno no tienen límite...

Ni lo que se le achaca y no es.

Salud y suerte.
J. David G? Castilla también soy yo.
Los gobiernos pasan, las sociedades mueren, la policia es eterna.
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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #719 en: 25 de Junio de 2011, 10:25:37 am »
GRABACIÓN DE CONVERSACIONES PRIVADAS

En relación con la grabación de conversaciones privadas, tiene declarado el  Tribunal Constitucional que "no constituye contravención alguna del secreto de las comunicaciones la conducta del interlocutor de la conversación que graba ésta" (STC 114/1984 de 29 de noviembre).   

El Tribunal Supremo ha señalado que "no existe vulneración del derecho a la intimidad cuando es el propio recurrente quien ha exteriorizado sus pensamientos sin coacción de ninguna especie" (STS 20-5-1997 ) y que cuando una persona emite voluntariamente sus opiniones o secretos a un contertulio sabe de antemano que se despoja de sus intimidades y se las transmite, más o menos confiadamente, a los que le escuchan, los cuales podrán usar su contenido sin incurrir en ningún reproche jurídico siendo la cinta que recoja  textualmente un intercambio de palabras entre los asistentes un medio por el que el contenido de una conversación puede llegar al proceso (STS 1-3-1996 ) así como no cabe apreciar en principio que la grabación de una conversación por un interlocutor privado implique la violación de un derecho constitucional que determine la prohibición de la valoración de la prueba así obtenida (STS 6-7-2000); otra cosa es que, como señala esta última sentencia, dicho medio deba ser sometido a los correspondientes exámenes para determinar su autenticidad e integridad. Lo señaló igualmente  la STS de 6 de Julio de 2000, dictada en el paradigmático caso del llamado padre- coraje, que se introdujo en el ambiente de la delincuencia para grabar cintas magnetofónicas que incriminaban  a ciertas personas en el asesinato  de su hijo. Dichas grabaciones deben  ser valoradas por el órgano de enjuiciamiento, cuestión distinta de si resultaron eficaces o no para producir una sentencia condenatoria. Señala la SAP de  Baleraes de 23/02/01  la necesidad en juicio de faltas para privarle de su caracter de prueba de cargo, que se  impugne  de su autenticidad, debiendo  proponerse y practicarse prueba pericial al respecto. De cualquier modo, el Tribunal Supremo ha sido siempre reacio a dotar a dicha prueba de un valor definitivo por la posibilidad de manipulación. El Juez no puede ante la negativa de la voz por el denunciado y ausencia de una prueba pericial al respecto, decir que esa es la voz del mismo, sin embargo, puede llegar a decir que aparenta ser su voz.- indicio. Por poner todas las cartas encima de la mesa, si haremos alusión a una sentencia de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa de 21/06/2004, que sin embargo atribuye al Juez esa facultad, entendiendo que es un caso específico, sin que conste hubiere trascendido a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.


http://ajpcam.org/pdf/iv%20congreso/EL%20JUEZ%20DE%20PAZ%20ANTE%20LA%20VALORACION%20DE%20LA%20PRUEBA.pdf