Autor Tema: EL CASO FAISÁN  (Leído 21676 veces)

Desconectado elcalandracas

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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #200 en: 05 de Octubre de 2013, 11:44:22 am »
Esos si que salieron de la trena bien prontito... incluso algunos ni llegaron a entrar...

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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #201 en: 16 de Octubre de 2013, 13:36:02 pm »
Año y medio de prisión para los policías del «Faisán» por revelación de secretos




Fotografía de archivo, tomada el 16/9/2013, al inicio del juicio del caso Faisán, de Enrique Pamiés (i) y José María Ballesteros (d).
Hace 9 minutos  F. Velasco.    Madrid. 
 
La Audiencia Nacional ha condenado al ex jefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamies y al inspector jefe José María Ballesteros a un año y medio de cárcel y cuatro de inhabilitación por el «caso faisán». La Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia, no obstante, los absuelve del delito de colaboración con banda armada al entender que su conducta no puede enmarcarse en ningún caso para favorecer las actividades o fines de la banda terrorista.

El tribunal considera que tanto Pamies como Ballesteros cometieron un delito de revelación de secretos como autores materiales de la delación que, el 4 de mayo de 2006, alertó a ETA en el bar «Faisán» de Irún (Guipúzcoa) de la operación que se iba a llevar a cabo contra su aparato de extorsión. Finalmente, han decidido no condenar ni a Pamies ni a Ballesteros por el delito de colaboración con organización terrorista por el que estaban acusados,

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal enmarca el chivatazo en el proceso de negociación que el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero abrió con la banda terrorista a partir del 17 de mayo de 2005, cuando el Congreso de los Diputados aprobó, con los votos del PSOE, CiU, ERC, PNV, IU-ICV, CC y el Grupo Mixto y el rechazo del PP, una iniciativa para que el Ejecutivo "dialogara con ETA" siempre que ésta dejara "plenamente las armas".


Una persona ajena a la Policía

Tras recordar que la iniciativa se trasladó al Parlamento Europeo el 25 de octubre de 2006, la sentencia, informa Efe, señala que fue en este contexto en el que se produjo el chivatazo, para lo cual se buscó a "una persona que no perteneciera a la plantilla del Cuerpo Nacional de Policía de San Sebastián, en referencia al inspector José María Ballesteros, para "ponerle en contacto" con el dueño del "Faisán", Joseba Elosua.

El tribunal, formado por los magistrados Alfonso Guevara, Antonio Díaz Delgado (ponente) y Guillermo Ruiz Polanco, sostiene que el entonces jefe superior de Policía del Vasco Enrique Pamies tuvo conocimiento el día anterior al soplo de la existencia de la "operación Urogallo" contra el aparato de extorsión de ETA, y envió a Ballesteros a la frontera para alertar a Elosua y evitar la detención del enlace etarra José Antonio Cau Aldanur, con quien iba a reunirse ese día.


No se lesionó la "paz social"

El tribunal, que no cita en ningún momento al ex director general de Policía Víctor García Hidalgo, que llegó a estar procesado en la causa por ordenar el chivatazo, absuelve a los acusados del delito de colaboración en organización terrorista que le imputaba la Fiscalía como alternativa al de revelación de secretos y las acusaciones populares de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y Dignidad y Justicia (DyJ).

Según los magistrados, "la acción realizada por los acusados tendente a favorecer el proceso dirigido a hacer cesar la actividad de una organización armada (ETA) no puede considerarse que lesionó o puso en peligro el bien jurídico protegido", en referencia a "la convivencia pacífica entre ciudadanos, o dicho de otro modo, el alcanzar la paz social así como preservar el orden constitucional, alterados por la irrupción violenta de un determinado grupo armado".

Sin embargo, el tribunal estima que tratándose de una acción de los acusados realizada en el ámbito de la lucha antiterrorista contra el aparato de extorsión de ETA, su acción causó "un grave daño a la causa pública, independientemente de que dicho aparato de extorsión de ETA fuera detenido el 22 de junio de 2006".


Hechos probados

En el relato probado de hechos, el tribunal recoge que antes del soplo Ballesteros se dirigió al domicilio de Elosua y preguntó a su mujer, Avelina Llanos, por el edificio Gaztelu-Tar en el que vivía la pareja. Al no encontrarle, se dirigió al 'Faisán' y telefoneó a Pamies, quien se presentó como policía y advirtió a Elosua de la existencia de la operación contra ETA.

La sentencia, que incluye una transcripción literal de esa conversación, recoge que Pamies trasladó al dueño del 'Faisán' que sabía que iba a entregar "nueve botellas de vino", alusión en clave a nueve botellas de vino, y que no hablara con nadie para "no fastidiar todo el proceso" y evitar que se armara "un zipizape". "Aquí hay gente que quiere que esto se rompa, ya sabes cuál es la situación actual", le dijo, según la resolución judicial.

Después del aviso, los magistrados señalan que Elosua se dirigió a una lonja de su propiedad en la que permaneció una media hora, aunque no apuntan que destruyera pruebas, como defendió el fiscal y el jefe del equipo investigador, Carlos Germán. Tras telefonearle desde una cabina, concertó una cita con él en Bayona, hasta donde se dirigió en compañía de su yerno, Carmelo Luquin. Sin embargo, no fueron detenidos porque la juez antiterrorista francesa Laurence Levert aseguró que no tenía "elementos suficientes" para proceder a su detención.


Confidente "poco creíble"

Para llegar a estas conclusiones, el tribunal apela a las "reglas de la lógica" y valora el contenido de la grabación entre Elosua y Luquin en el que el primero advertía del soplo y el reconocimiento de Ballesteros de que estuvo en el 'Faisán', tal y como recogieron las cintas de videovigilancia de la policía.

Además, tiene en cuenta la existencia de una llamada entre el inspector y Pamies que se produjo a las 11.23 horas, de entre las 1.932 que se produjeron a la hora del soplo y las 63 que se investigaron por tener más de 4 minutos; y la presencia del primero en el entorno del domicilio de Elosua, tal y como registró una antena de telefonía móvil.

De igual modo, considera "debilitada, por no decir poco creíble", la explicación ofrecida por Pamies para justificar la presencia de Ballesteros en el 'Faisán', en referencia a la preparación de una cita que iba a mantener con un confidente etarra llamado "El Romano". Sin embargo, esta versión no fue ratificada en el juicio por el oficial de enlace entre la Unidad Central de Inteligencia (UCI) y la Gendarmería francesa ni por el comisario francés Cristian Pommes.

En relación con las redes de telefonía francesas, que no fueron investigadas, la sentencia señala que este aspecto "no tiene mayor significación", al tiempo que apunta que la llamada del soplo no pudo realizarse con un teléfono satélite porque habría sido necesario que el usuario estuviera cerca de una ventana y desplegara una antena de gran tamaño.



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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #202 en: 16 de Octubre de 2013, 14:15:02 pm »
No se porqué me da que se han comido el marrón de las disputas políticas.

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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #203 en: 16 de Octubre de 2013, 14:19:27 pm »
No se porqué me da que se han comido el marrón de las disputas políticas.
No tengas ninguna duda.
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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #204 en: 16 de Octubre de 2013, 14:52:34 pm »
Que se Jodan.
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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #205 en: 16 de Octubre de 2013, 15:01:47 pm »
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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #206 en: 16 de Octubre de 2013, 15:17:13 pm »
Que se Jodan.
;::)

Pues a mi modo de ver la condena no entra en lo verdaderamente importante ya que les absuelve del delito de mayor gravedad, el de colaboración con banda armada.

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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #207 en: 16 de Octubre de 2013, 15:18:14 pm »
Que se Jodan.
;::)

Pues a mi modo de ver la condena no entra en lo verdaderamente importante ya que les absuelve del delito de mayor gravedad, el de colaboración con banda armada.
Lo verdaderamente importante es que los políticos esconden las orejas cuando vienen mal dadas.

Nadie se cree que estos señores decidieron lo que hacer de motu propio.
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pacodeasis

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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #208 en: 16 de Octubre de 2013, 15:19:19 pm »
No se porqué me da que se han comido el marrón de las disputas políticas.

Disputa política, ninguna, un partido, un gobierno, el psoe quería apuntarse el tanto del fin de Eta y negoció y ordenó a policías que avisaran a terroristas que iban a ser detenidos para que pudieran escapar, lo que se viene en llamar "el chivatazo", estos policías juzgados no han dicho quien les dio esa orden de salvaguardar a los asesinos de sus compañeros, tienen una condena que no les supone ingreso en prisión y una inhabilitación que supongo lo que todos suponemos.

 Y esto no ha sido por disputas políticas, esto ha sido por la ilegalidad cometida un gobierno del psoe, como paso con los Gal, con los mismos responsables, y que al parecer como los actuales de gobierno son unos sinvergüenzas con mayúsculas, es la única opción que nos podemos plantear como voto, o sea el psoe, del Gal, de Faisan etc, si nos planteamos que, no queremos ni a unos ni a otros, somos unos ilusos por querer cambiar, ¿Qué es entonces el que sigue votando, los Aznares, Rajoys Gallardones, Rubalcabas, Zapateros, Pajines?

 No, no están pagando disputas políticas, están pagando y barato el seguir los tejemanejes de un partido político, posiblemente por sus intereses personales, que hace cualquier cosa por estar en el poder.

Un saludo

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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #209 en: 16 de Octubre de 2013, 15:53:22 pm »
No se porqué me da que se han comido el marrón de las disputas políticas.
No tengas ninguna duda.


Por estas calladitos seguro que les colocan enun buen sitio...............

Desconectado elcalandracas

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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #210 en: 16 de Octubre de 2013, 16:11:00 pm »
No se porqué me da que se han comido el marrón de las disputas políticas.

Disputa política, ninguna, un partido, un gobierno, el psoe quería apuntarse el tanto del fin de Eta y negoció y ordenó a policías que avisaran a terroristas que iban a ser detenidos para que pudieran escapar, lo que se viene en llamar "el chivatazo", estos policías juzgados no han dicho quien les dio esa orden de salvaguardar a los asesinos de sus compañeros, tienen una condena que no les supone ingreso en prisión y una inhabilitación que supongo lo que todos suponemos.

 Y esto no ha sido por disputas políticas, esto ha sido por la ilegalidad cometida un gobierno del psoe, como paso con los Gal, con los mismos responsables, y que al parecer como los actuales de gobierno son unos sinvergüenzas con mayúsculas, es la única opción que nos podemos plantear como voto, o sea el psoe, del Gal, de Faisan etc, si nos planteamos que, no queremos ni a unos ni a otros, somos unos ilusos por querer cambiar, ¿Qué es entonces el que sigue votando, los Aznares, Rajoys Gallardones, Rubalcabas, Zapateros, Pajines?

 No, no están pagando disputas políticas, están pagando y barato el seguir los tejemanejes de un partido político, posiblemente por sus intereses personales, que hace cualquier cosa por estar en el poder.

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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #211 en: 16 de Octubre de 2013, 16:13:01 pm »
No se porqué me da que se han comido el marrón de las disputas políticas.

Disputa política, ninguna, un partido, un gobierno, el psoe quería apuntarse el tanto del fin de Eta y negoció y ordenó a policías que avisaran a terroristas que iban a ser detenidos para que pudieran escapar, lo que se viene en llamar "el chivatazo", estos policías juzgados no han dicho quien les dio esa orden de salvaguardar a los asesinos de sus compañeros, tienen una condena que no les supone ingreso en prisión y una inhabilitación que supongo lo que todos suponemos.

 Y esto no ha sido por disputas políticas, esto ha sido por la ilegalidad cometida un gobierno del psoe, como paso con los Gal, con los mismos responsables, y que al parecer como los actuales de gobierno son unos sinvergüenzas con mayúsculas, es la única opción que nos podemos plantear como voto, o sea el psoe, del Gal, de Faisan etc, si nos planteamos que, no queremos ni a unos ni a otros, somos unos ilusos por querer cambiar, ¿Qué es entonces el que sigue votando, los Aznares, Rajoys Gallardones, Rubalcabas, Zapateros, Pajines?

 No, no están pagando disputas políticas, están pagando y barato el seguir los tejemanejes de un partido político, posiblemente por sus intereses personales, que hace cualquier cosa por estar en el poder.

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Una polla, lo que faltaba ya, que me quite el título el inadapatado éste.
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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #212 en: 16 de Octubre de 2013, 16:13:22 pm »
"Inadapatado" :manocara
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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #213 en: 16 de Octubre de 2013, 16:14:14 pm »
No se porqué me da que se han comido el marrón de las disputas políticas.

Disputa política, ninguna, un partido, un gobierno, el psoe quería apuntarse el tanto del fin de Eta y negoció y ordenó a policías que avisaran a terroristas que iban a ser detenidos para que pudieran escapar, lo que se viene en llamar "el chivatazo", estos policías juzgados no han dicho quien les dio esa orden de salvaguardar a los asesinos de sus compañeros, tienen una condena que no les supone ingreso en prisión y una inhabilitación que supongo lo que todos suponemos.

 Y esto no ha sido por disputas políticas, esto ha sido por la ilegalidad cometida un gobierno del psoe, como paso con los Gal, con los mismos responsables, y que al parecer como los actuales de gobierno son unos sinvergüenzas con mayúsculas, es la única opción que nos podemos plantear como voto, o sea el psoe, del Gal, de Faisan etc, si nos planteamos que, no queremos ni a unos ni a otros, somos unos ilusos por querer cambiar, ¿Qué es entonces el que sigue votando, los Aznares, Rajoys Gallardones, Rubalcabas, Zapateros, Pajines?

 No, no están pagando disputas políticas, están pagando y barato el seguir los tejemanejes de un partido político, posiblemente por sus intereses personales, que hace cualquier cosa por estar en el poder.

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Una polla, lo que faltaba ya, que me quite el título el inadapatado éste.
Indapandancia para Qatarunya.

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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #214 en: 16 de Octubre de 2013, 17:29:02 pm »
Que se Jodan.
;::)

Pues a mi modo de ver la condena no entra en lo verdaderamente importante ya que les absuelve del delito de mayor gravedad, el de colaboración con banda armada.
Lo verdaderamente importante es que los políticos esconden las orejas cuando vienen mal dadas.

Nadie se cree que estos señores decidieron lo que hacer de motu propio.

Pues que no se hubiesen prestado al juego.......lo que pasa es que es duro decirle que no al amo.
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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #215 en: 16 de Octubre de 2013, 17:53:46 pm »



"CUANDO SE AGOTEN LOS RECURSOS, ACTUAREMOS"

Interior no impondrá sanciones a los policías hasta que no haya sentencia firme

16/10/2013

El Ministerio del Interior no va a tomar ninguna medida contra los dos policías condenados por revelación de secretos en el caso Faisán hasta que no haya sentencia firme, y se hayan agotado todos los recursos que puedan interponer los agentes.

El titular de Interior, Jorge Fernández Díaz, lo ha señalado en declaraciones a los periodistas tras asistir a la inauguración de un centro de coordinación de vigilancia marítima de la Guardia Civil, con presencia del Príncipe de Asturias.

"Cuando sea firme esa sentencia porque hayan agotado todos los recursos a los que eventualmente tengan derecho los interesados y los ejerzan, y se nos haya notificado, evidentemente se cumplirá", ha remarcado Fernández Díaz. "Hasta tanto no llegue ese momento no vamos a tomar ninguna decisión en el Ministerio del Interior".

La Audiencia Nacional ha condenado al ex jefe superior de Policía en el País Vasco Enrique Pamies y al inspector de Policía José María Ballesteros a un año y medio de cárcel y cuatro años de inhabilitación por el "chivatazo" a ETA en el llamado caso Faisán.

El ministro considera que a su Departamento no le corresponde adoptar decisión alguna con los dos agentes hasta que no disponga notificación de la sentencia firme, algo que podrá demorarse, toda vez que los condenados han anunciado su intención de recurrir al Tribunal Supremo.

No ha querido pronunciarse respecto al fallo de la Audiencia Nacional, que entiende que el chivatazo no fue una "acción directa de los acusados para favorecer una actuación puntual" de la banda, sino que su intención era "no entorpecer el proceso que estaba en marcha para lograr el cese de la actividad de ETA". "Como ministro del Interior, no hago juicios sobre decisiones judiciales", ha aseverado Jorge Fernández Díaz antes de insistir que su Departamento cumplirá la sentencia "cuando proceda y como proceda", una vez agotados los recursos.

Y bajo el argumento de que él no habla "en nombre del PP" tampoco ha querido comentar si el fallo confirma en su opinión las críticas del grupo popular lanzadas reiteradamente en el Parlamento en la pasada legislatura contra el anterior ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, por el caso Faisán.

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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #216 en: 10 de Diciembre de 2013, 22:30:30 pm »

Entiende que Pamies y Ballesteros eran conscientes de que favorecían a la banda terrorista al ofrecer información imposible de obtener sin su ayuda

La AVT pide al Supremo que condene a los dos policías por prestar una colaboración "idónea y potencial" a ETA en el caso "faisán"
 
La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) ha pedido al Tribunal Supremo que condene por un delito de colaboración con organización terrorista al exjefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamies y al inspector José María Ballesteros por el chivatazo a ETA que se produjo en el bar Faisán de Irún (Guipúzcoa) el 4 de mayo de 2006. 
 
   En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, la AVT defiende que los dos mandos policiales prestaron una colaboración "idónea y potencial" a las actividades de la banda terrorista, poniendo en su conocimiento "datos concretos" sobre la operación desplegada contra su aparato de extorsión.   

 A su entender, estas informaciones constituyeron una "ayuda evidente" al impedir la incautación del dinero procedente del "impuesto revolucionario". "Ha resultado acreditado que los acusados pusieron a disposición de la banda informaciones que a la organización le hubiera resultado imposible obtener si dicha ayuda externa", añade.

 EL DELITO NO EXIGE AFINIDAD IDEOLÓGICA

   La acusación popular, que pidió en el juicio penas de ocho años y medio para Pamies y ocho para Ballesteros, invoca la jurisprudencia del Supremo para destacar que el delito de colaboración con banda armada no exige de "afinidad ideológica" ya que los acusados debieron ser conscientes de que "estaban favoreciendo a ETA". 

   Además, cree que la Audiencia Nacional no razonó suficientemente los motivos por los que les absolvía de dicho ilícito. El tribunal esgrimió que su intención era "no entorpecer la situación política abierta al diálogo, para acabar con la actividad de ETA".

   La sentencia, que condenó a ambos a año y medio de cárcel y a cuatro de inhabilitación para ejercer su cargo, enmarcó el soplo en el proceso de negociación que el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero abrió con la banda terrorista, cuando el Congreso de los Diputados aprobó, con los votos del PSOE, CiU, ERC, PNV, IU-ICV, CC y el Grupo Mixto y el rechazo del PP, una iniciativa para que el Ejecutivo "dialogara con ETA" siempre que ésta dejara "plenamente las armas".

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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #217 en: 13 de Enero de 2014, 12:05:22 pm »
'Los policías del Faisán obedecían a las más altas instancias políticas'

El PP pide al TS condenas por colaborar con ETA y pregunta si 'el fin justifica los medios' 


El ex jefe superior de Policía Enrique Pamies y el ex inspector José María Ballesteros, saliendo de la Audiencia Nacional. JAVIER BARBANCHO
FERNANDO LÁZARO Actualizado: 13/01/2014 04:49 

Ni el tribunal pudo condenar a nadie más, ni la investigación pudo poner nombres y apellidos. Pero la convicción de las acusaciones es que los dos condenados por el caso del chivatazo a ETA no actuaron motu proprio, sino que siguieron instrucciones y una clara actuación ideológica y política. Y así queda constatado en el escrito de recurso presentado por el Partido Popular -que está personado en el procedimiento del caso Faisán- ante el Tribunal Supremo.

Al igual que las asociaciones de víctimas (Dignidad y Justicia y la Asociación de Víctimas del Terrorismo), el PP entiende que lo que se produjo aquel 4 de mayo de 2006 en el bar Faisán fue un evidente caso de colaboración con ETA. Aquel día, como recoge la sentencia de la Audiencia Nacional, dos mandos policiales -el que fue jefe superior de Policía del País Vasco, el comisario Enrique Pamies, y el inspector de Policía destinado en Vitoria a la lucha contra el terrorismo islamista José María Ballesteros- facilitaron información a Joseba Elosua, dueño del bar Faisán, sobre la inminente operación contra el entramado de extorsión etarra en el que estaba implicado. La operación se denominaba Urogallo y, entre otros, tenía como objetivo detener a un alto dirigente del PNV.

Cita en su recurso varias sentencias del Supremo para defender su petición
La Audiencia Nacional, tras constatar que ambos fueron los autores de la delación, condenó a estos dos mandos únicamente por revelación de secretos, atendiendo a uno de los dos criterios expuestos por el Ministerio Fiscal.

El Partido Popular, como las asociaciones de víctimas, acusaban de colaboración con banda armada. Y por ese motivo han elevado un recurso al Supremo.

El escrito de los populares cita hasta seis sentencias del Alto Tribunal que avalan que no es necesario compartir objetivos con la banda terrorista para llevar a cabo un delito de colaboración con ella.

Un plan político y policial
Primero y principal, el PP deja constancia en su recurso que no están condenados todos los que están implicados. «Creemos y sostenemos que el motivo que realmente determinó su conducta fue salvaguardar la finalidad política» del mal llamado proceso de paz. Pero va más lejos: «Obedecían órdenes de las más altas instancias policiales y políticas».

Es decir, el PP, como apunta también en su recurso Dignidad y Justicia, está convencido de que los mandos policiales no actuaron por su cuenta y riesgo, sino que seguían un plan específico para boicotear la operación policial diseñado por las altas esferas policiales y políticas. En aquellas fechas, el Ministerio del Interior estaba regentado por el actual líder del PSOE, Alfredo Pérez Rubalcaba, y su mano derecha era Antonio Camacho.

En una de sus citas, el PP apunta que el Supremo declaró que «se integran en el delito de colaboración todos los supuestos de facilitación de informaciones que coadyuvan a las actividades de la organización terrorista, incluso si dicha información constituye una aportación eficaz al funcionamiento de la organización terrorista (favorece la obtención de medios económicos, transportes, entrenamiento...) en cuestiones distintas a las acciones armadas propiamente dichas». «Y ello prescindiendo de fines, pues no se sanciona la adhesión ideológica ni la prosecución de determinados objetivos políticos o ideológicos, sino el poner a disposición de una organización terrorista determinadas aportaciones».

El recurso
Critica que quede sin sanción colaborar con la banda si hay un «fin legítimo»
El recurso del PP indica: «Sostiene la sentencia que por intentar coadyuvar al móvil político de que ETA desaparezca y prevalezca la 'paz social', los acusados, con su conducta, auxilian y colaboran con ésta de forma voluntaria y deliberada, conociendo que la información que revelan es de gran utilidad para ETA y que el sujeto destinatario de la misma es militante o colaborador de ETA. '¿Es que acaso el fin justifica los medios?', nos preguntamos. Porque lo que nos dice realmente la sentencia es que si para obtener un fin legítimo se comete un delito de colaboración con banda armada, éste no merece sanción penal».

«¿Pero es que acaso corresponde a los acusados decidir cómo, cuándo y dónde preservar la paz social cometiendo un delito y frustrando una operación planificada durante años por sus propios compañeros del Cuerpo Nacional de Policía y por jueces y magistrados españoles y franceses? ¿Pueden vulnerar impunemente la ley y ayudar a una organización terrorista? ¿Les corresponde tomar la decisión de seguir un cauce distinto al legal y al marcado por la vía judicial? La jurisprudencia es clara y veta esta insólita posibilidad», indica el recurso.

«No creemos que sea necesario citar más jurisprudencia del Tribunal Supremo que la aquí invocada. La misma es unánime y de significación inequívoca y, desde luego, plenamente aceptable a la conducta desplegada por los acusados, los cuales, sin compartir los fines ideológicos de la banda terrorista ETA, consciente, voluntaria y deliberadamente revelan a un integrante de la organización la puesta en marcha de un operativo policial y judicial contra su aparato de extorsión, revelación consistente en facilitar información sobre las condiciones esenciales de dicho operativo, lo que determinará la frustración de la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con ello se impedirá la detención de miembros y colaboradores de ETA, la incautación de dinero procedente de la extorsión y de relevante información y documentación de la organización terrorista», finaliza el escrito.


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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #218 en: 20 de Enero de 2014, 16:04:26 pm »
Muere Joseba Elosua, el dueño del bar Faisán


Joseba Elosua, propietario del bar Faisán, saliendo de la Audiencia tras declarar como testigo. Javier Barbancho


JAIME BESCÓS Bilbao 
Actualizado: 19/01/2014

El propietario del bar Faisán, Joseba Elosua, ha fallecido hoy a los 78 años por causas naturales, según informa la cadena SER. El establecimiento de Elosua fue el escenario de la trama principal del conocido 'Caso Faisán' en el que se produjo el chivatazo que frustró una operación contra el entramado de extorsión de ETA.

Según la emisora de PRISA, el fallecimiento no tiene por qué tener repercusión en la causa que sigue abierta en el Tribunal Supremo. El receptor del chivatazo aseguró en la Audiencia Nacional que pensó que la persona que le alertó de la existencia de una operación contra ETA era "policía" porque le dijo que iban a "retener y cachear" en la frontera al presunto enlace de la banda, José Antonio Cau Aldanur.

La Audiencia Nacional condenó el pasado octubre al ex jefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamiés y al inspector jefe José María Ballesteros a un año y medio de prisión y cuatro años de inhabilitación por revelación de secretos por este "chivatazo".

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Re:EL CASO FAISÁN
« Respuesta #219 en: 01 de Mayo de 2014, 17:00:53 pm »
El chivatazo a ETA entra en campaña: el 13 de mayo el Supremo revisa la sentencia
 abr 29th, 2014 | By Seguridad y Tribunales

El caso del chivatazo a ETA cuando Alfredo Pérez Rubalcaba era ministro del Interior se cuela de nuevo en la campaña electoral. El 13 de mayo, apenas dos semanas antes de las elecciones al Parlamento Europeo, el Tribunal Supremo celebrará la vista pública que tendrá el objetivo de estudiar los recursos contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a los dos mandos policiales a penas inferiores a los dos años de cárcel, lo que evitó su ingreso en prisión.

La sentencia únicamente convenció al fiscal del caso, Carlos Bautista, que consiguió que la Audiencia condenara a Enrique Pamíes y José María Ballesteros a uno año y medio de cárcel por un delito de revelación de secretos y no por otro de colaboración con organización terrorista, tal y como pedían las acusaciones. Tanto el Partido Popular como las asociaciones Dignidad y Justicia y Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) recurrieron el fallo ante el alto tribunal, que ahora tendrá que revisar si mantiene la condena fijada por al Audiencia Nacional, aumenta la pena al entender que los dos altos mandos sí colaboraron con ETA al alertar a uno de sus miembros de que iba a ser detenido, o les absuelve, como reclaman las defensas, que también han recurrido.

El tribunal que juzgó a los dos policías acordó lo que Bautista solicitaba –una condena únicamente por revelación de secretos–, a pesar de que el superior de este último, el fiscal general del Estado, Eduardo Torres Dulce, había ordenado acusar también por colaboración con ETA. En el juicio, el representante del Ministerio Público presentó las dos opciones, pero en su informe definitivo –expresado verbalmente– defendió únicamente la comisión por parte de Pamiés y Ballesteros del delito de revelación de secretos.

El Supremo deberá establecer, tras la vista del 13 de mayo, si a los agentes se les puede condenar finalmente por haber colaborado con una banda terrorista. No tendría en cuenta en ese caso el alto tribunal, como sí hizo la Audiencia Nacional, que cuando los hechos ocurrieron, en mayo de 2006, el Gobierno estaba en plenas negociaciones con la banda terrorista y que, por tanto, el fin justificaría los medios, tal y como recoge la sentencia.

Según el fallo, el inspector Ballesteros acudió en mayo de 2006 al bar Faisán de Irún por orden del entonces jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamies, para alertar al dueño del local, Joseba Elosúa, de que iba a ser detenido en una operación contra la red de extorsión de ETA dirigida por el juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska en colaboración con las autoridades francesas. En esa época, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero estaba en plenas conversaciones con la banda, hecho que la propia sentencia resalta en incluso utiliza para justificar que el chivatazo buscaba que el proceso de paz no se rompiera.

La Sección Tercera de lo Penal justificó que el soplo no fue una “acción directa de los acusados para favorecer una actuación puntual” de la banda, sino que la intención era “no entorpecer el proceso que estaba en marcha para lograr el cese de la actividad de ETA”. Según la sentencia, en este caso no hubo “una voluntad de realizar la conducta típica prevista para el delito de colaboración con banda terrorista, que es la de favorecer la actividad de la organización, cualquiera que sea el móvil”, sino que su intención era no obstaculizar el diálogo entre el Gobierno y ETA aprobado por el Congreso en 2005.

El PP quiere cárcel

El PP, que como acusación pedía ocho años y medio de cárcel para cada acusado, recurrió la resolución de la Audiencia Nacional por entender que “no es ajustada a derecho”. Según su escrito, a la luz del artículo 849 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y “dados los hechos que se declaran probados”, que ambos condenados dieron un chivatazo a ETA para alertar de una operación policial contra su red de extorsión en 2006, la sentencia infringe “normas penales de carácter sustantivo en la apreciación” de esos hechos. Cuando se descubrió la delación, el PP, entonces en la oposición, utilizó este asunto como arma política contra el Gobierno en la práctica totalidad de las sesiones de control que se celebraban en el Congreso. Sin embargo, una vez que cambió el color del Ejecutivo, el soplo no volvió a aparecer en los debates parlamentarios.

Por su parte, los acusados consideran que se ha vulnerado su derecho a una resolución congruente y motivada, a un proceso con todas las garantías y a un juez imparcial, y se quejan de que el tribunal valoró las pruebas “de una forma sesgada y parcial”, lo que provocó su indefensión. Ambas defensas reclaman, por lo tanto, la absolución.