Autor Tema: La otra cara del deporte  (Leído 401941 veces)

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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3640 en: 22 de Febrero de 2024, 10:28:38 am »
De 5 a 7 años no se los quita nadie.

Si son 5, al tener doble nacionalidad, puede acogerse a la expulsión del territorio nacional sin tener que cumplir condena.




Dani Alves, condenado a cuatro años y medio años de cárcel por la violación a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona



 :mus;

https://www.ruizleonabogados.es/blog/expulsion-extranjeros-cuando-cometen-delitos.html#:~:text=Como%20norma%20general%2C%20las%20penas,acordar%C3%A1%20su%20expulsi%C3%B3n%20de%20Espa%C3%B1a


Penas de prisión de 1 a 5 años
Como norma general, las penas de prisión de más de un año impuestas a un ciudadano extranjero serán sustituidas por la expulsión del territorio español. Por tanto, en los casos de penas superiores a un año y como se verá luego inferiores a cinco, el condenado no cumplirá condena y se acordará su expulsión de España.

Excepcionalmente si resulta procedente por motivos de orden jurídico puede acordarse el cumplimiento de una parte de la condena, que no podrá superar los 2/3, y el resto de la pena que reste por cumplir será sustituida por la expulsión del ciudadano extranjero

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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3641 en: 22 de Febrero de 2024, 13:29:42 pm »
Pues eso, hombre, famoso y rico pena de perfil bajo y a correr

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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3642 en: 22 de Febrero de 2024, 16:34:16 pm »
Pues eso, hombre, famoso y rico pena de perfil bajo y a correr


...y con posibilidad de ser sustituida por expulsión.

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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3643 en: 23 de Febrero de 2024, 11:19:17 am »
Dani Alves o cuando el violador pasa menos años en la cárcel por tener dinero


Los expertos destacan las "contradicciones" de la sentencia: reconoce que 150.000 euros es una "cantidad pequeña en relación con el patrimonio" del condenado, pero lo valora como atenuante
 "En este tipo de delitos el concepto de reparación de daño no debería ser contemplado", observa Pino De la Nuez, presidenta de Themis Mujeres Juristas

bela Rodríguez Álvarez

22 de febrero de 2024 17:44h
Actualizado el 22/02/2024 18:20h
@SabelaRulinha
Cuatro años y seis meses de prisión. Es la pena fijada por la Sección 21 de la Audiencia Provincial de Barcelona contra el futbolista Dani Alves, condenado por un delito de agresión sexual. La sentencia dictada por tres magistrados este jueves concede total credibilidad al relato de la víctima y condena, sin ambages, al jugador por un delito de agresión sexual. Una condena que sin embargo queda atravesada por una atenuante: la reparación económica del daño. Son 150.000 euros los abonados por Dani Alves en concepto de indemnización, una cantidad "pequeña en comparación con su patrimonio" que además no "supone demasiado esfuerzo reparador". Y sin embargo, es la clave para que el condenado haya visto rebajada su pena.

Los magistrados valoran la reparación del daño como circunstancia capaz de modificar la pena, a petición de la defensa y después de que el acusado ingresara 150.000 euros para que "fueran entregados a la víctima sin ningún tipo de condicionante". Es importante destacar que el auto de procedimiento ya establecía la obligación de abonar una fianza de ese mismo importe, si bien es cierto, observan los jueces, que la defensa solicitó que esta cantidad le fuera "entregada a la víctima con independencia del resultado del juicio". Así que para los magistrados no hay duda: la entrega de esta cuantía, sin condicionantes, supone un acto de generosidad que expresa la "voluntad reparadora" del acusado. Por tanto, sí: "Tiene que ser contemplada como una atenuante".

Partiendo de esa base, lo que pasan a valorar los jueces es el grado de la atenuante: si debe ser "muy cualificada", lo que tendría un mayor impacto en la reducción de la pena, o "simple". Para decidirlo, el tribunal escarba en la jurisprudencia. Según sentencias previas, las conclusiones deben ir ligadas a las "circunstancias personales del autor y el contexto para valorar en qué medida le ha supuesto un esfuerzo reparar el daño causado". De no hacerlo, "los millonarios tendrían siempre asegurada una atenuación privilegiada" de la que no podrían beneficiarse quienes "no disponen de tanta capacidad económica".

¿Cómo aplica esta premisa en el caso de Dani Alves? Los propios jueces concluyen que los 150.000 euros abonados son "una cantidad pequeña en relación con su patrimonio" y que además "tampoco supone demasiado esfuerzo reparador". Y hay más: los jueces incluso subrayan que "los delitos sexuales no son reparables económicamente". Estas conclusiones no sirven para descartar la atenuante por reparación, sino para calificarla como "simple" en lugar de "muy cualificada".

Sentencia "contradictoria"
Una decisión que los juristas consultados califican de contradictoria. "La sentencia es contradictoria en ese sentido: viene a decir que los 150.000 euros son calderilla para el condenado", pero opta por tener en cuenta la atenuante, expresa en entrevista con este diario Isaac Guijarro, socio fundador de Olympe Abogados. Además, reflexiona el letrado, el tribunal "pone por encima la reparación económica sobre su reparación moral", claramente inexistente teniendo en cuenta "las entrevistas concedidas" por el futbolista a lo largo del último año y en base a la difusión de datos personales de la víctima, por parte de la madre del condenado.

"Volvemos a una justicia patriarcal y capitalista que superpone el dinero sobre la no revictimización de la víctima", añade Guijarro, quien estima la necesidad de repensar este tipo de atenuantes, especialmente en los casos de violencia sexual, porque "benefician a quien tiene dinero".

Al mismo extremo llega Pino De la Nuez, presidenta de Themis Mujeres Juristas. "Es una contradicción", dice a preguntas de este diario. Estamos ante una "sentencia muy bien argumentada" que además cuestiona lo que puede "entenderse como reparar el daño en los delitos sexuales" y que en cambio contempla esta circunstancia modificativa, critica la jurista. El dictamen de los jueces no tiene finalmente en cuenta que las víctimas de violencia sexual sufren un "daño irreparable", critica.

La jueza incide en que no ha existido perdón ni arrepentimiento por parte del agresor, ni ninguna otra circunstancia que sí podría ser contemplada como expresión de una voluntad reparadora. "En este tipo de delitos, el concepto de reparación económica del daño no debería ser contemplado", zanja.

El debate está presente no sólo a raíz del actual caso, sino que se trata de una cuestión que sobrevuela las conversaciones de las juristas feministas desde hace años. "Llevamos tiempo poniendo en cuestión no la atenuante en sí, sino la utilización de reparación como una mera entrega de dinero, máxime cuando no supone un esfuerzo económico o patrimonial para el acusado". Toma la palabra Vicky Rosell, jueza y exdelegada del Gobierno contra la Violencia de Género. La jueza coincide en que, en este caso concreto, el condenado "ha colaborado al descrédito de la víctima, fomentado incluso en los medios y por parte de gente de su entorno". Es, por tanto, "contradictorio considerar el daño reparado".

Durante su informe final en el juicio, la fiscal se opuso a cualquier atenuante y en concreto se pronunció sobre la reparación del daño. Destacó que, estando en prisión provisional, el futbolista concedió una entrevista en la que dijo sobre la víctima: "No sé si duerme bien, yo la perdono". La Fiscalía ya ha anunciado que estudiará un posible recurso.

Finalmente, la atenuante ha posibilitado que la condena se imponga en su mitad inferior. Es decir, ya no son entre cuatro y doce años, sino entre cuatro y ocho. Los magistrados han decidido aplicar el mínimo de la horquilla y condenar a Dani Alves a cuatro años y seis meses de prisión. Ahí también pone el acento Isaac Guijarro: "Incluso sin la atenuante, nada garantiza que los jueces hubieran decidido aplicar una pena mayor". Es lo que la exministra de Igualdad, Irene Montero, ha denominado en redes sociales el "automatismo de la pena mínima, uno de los grandes problemas del tratamiento judicial (y social) de las violencias sexuales".

El consentimiento en el centro
Pero la sentencia cuenta con elementos ampliamente celebrados por los juristas. La propia ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha señalado este jueves que la resolución da cuenta del buen funcionamiento de la ley del sólo sí es sí y demuestra que "el consentimiento está en el centro".

Efectivamente, el tribunal hace girar sus conclusiones en torno al consentimiento de la víctima. Y para ello, se enfrenta a dinámicas arraigadas en los tribunales. Una de ellas es la de poner la lupa sobre el comportamiento previo de la víctima. Los jueces lo dejan muy claro: "Ni que la denunciante haya bailado de manera insinuante, ni que haya acercado sus nalgas al acusado, o que incluso haya podido abrazarse al acusado, puede hacernos suponer que prestaba su consentimiento a todo lo que posteriormente pudiera ocurrir".

Estas actitudes, ni tampoco "la existencia de insinuaciones", pueden ser entendidas como una "carta blanca a cualquier abuso o agresión". Al contrario, completan los magistrados, el consentimiento "en las relaciones sexuales debe prestarse siempre antes e incluso durante la práctica del sexo". Es más, añaden, debe ser "prestado para cada una de las variedades de relaciones sexuales dentro de un encuentro sexual".

"Es muy pedagógico que frente a los prejuicios, los jueces confirmen que nada justifica una agresión", celebra Victoria Rosell. "Es todo un acierto". Y además, completa Isaac Guijarro, "no es lo habitual". Para el abogado, todo el debate generado a raíz de la ley del sólo sí es sí ha servido para consagrar la idea de que "el consentimiento es lo importante" y que, por tanto, no se debe "poner el foco en la víctima". Se trata, en definitiva, de desterrar definitivamente el "¿cerró bien las piernas?" y el "jolgorio" de las resoluciones judiciales.

Desmontando estereotipos
La sentencia no sólo desmonta el estereotipo del libre acceso al cuerpo de las mujeres en base a su actitud previa, sino que impugna otra serie de mitos ampliamente asentados en base a la cultura de la violación. Uno de ellos tiene que ver con la existencia de lesiones como principal demostración de veracidad. "Para la existencia de una agresión sexual no es preciso que se produzcan lesiones físicas, ni que conste una heroica oposición de la víctima a mantener relaciones sexuales", describen los jueces.

Una cuestión que todavía genera debate en los tribunales, asiente Guijarro. "Es importante dejar claro que para que exista violencia sexual, no tiene que haber heridas" y que con la existencia de "intimidación ambiental es suficiente". En el contexto de la violencia sexual, añade De la Nuez, la víctima "puede defenderse o no, puede quedarse quieta o entrar en un estado de pánico" que la paralice.

Precisamente sobre la reacción de la víctima evitan los magistrados hacer juicios paralelos cuando, en su análisis, quitan hierro a las incoherencias en su relato. Lo cierto es que existe una parte de la declaración pronunciada por la víctima que no se corresponde a "lo observado en las cámaras de seguridad", por lo que los jueces se preguntan si esto afecta a su credibilidad. La conclusión es que "este desajuste no afecta al núcleo esencial" de la agresión sexual que se atribuye al acusado, por lo que "no permite privar de credibilidad al relato de los hechos".

Finalmente, la sala también carga contra el mito que busca construir un perfil concreto de agresor sexual. Una de las tesis que deslizó insistentemente la defensa durante el procedimiento judicial, fue la de situar a Dani Alves como una suerte de hombre ejemplar. "No soy ese tipo de hombre", afirmó el acusado. Su madre, añadió: "Es la clase de hombre que abre la puerta del coche a las mujeres". Y un informe pericial psicológico aportado por la defensa concluía que el sujeto presentaba un "bajo riesgo psicosocial".

En este punto, los jueces recalcan lo siguiente: "Cualquier delito, también el de agresión sexual, puede ser cometido por personas que no tengan un perfil criminal determinado".

"Es otro prejuicio que la sentencia combate: la existencia de un perfil de agresor, cuando lo único común entre ellos es el machismo", celebra Rosell.

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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3644 en: 23 de Febrero de 2024, 17:54:07 pm »
Con la anterior ley, le hubieran caído dos años mas, dicho por juristas.
Y todavía sale en X, la Irenita festejando la condena. No se puede ser mas patética, que ridículo de persona.
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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3645 en: 24 de Febrero de 2024, 06:43:06 am »
El Gobierno de Brasil estalla contra Neymar por pagar la indemnización de Alves: "Es absurdo"
16 h

El primer gran juicio de la ley del 'solo sí es sí' ya tiene sentencia. La Sección 21 de la Audiencia de Barcelona ha condenado al futbolista Dani Alves a cuatro años y seis meses de prisión por agredir sexualmente a una joven de 23 años en los lavabos de la zona VIP de la discoteca Sutton de Barcelona, la madrugada del 30 al 31 de diciembre de 2022.

La resolución ha llegado dos semanas después de la celebración del juicio, por el que Alves está encarcelado desde el 20 de enero de 2023, en su declaración sostuvo que fue "sexo consentido" y que esa noche había bebido mucho.

Aún así la condena de Alves ha sido inferior a la esperada, la Fiscalía solicitaba 9 años de prisión para el jugador y la acusación pedía 12 años, la pena máxima para los delitos de agresión sexual. El pago de los 150.000 euros, en concepto de responsabilidad civil para la víctima, ha sido determinante para que el futbolista recibiera una reducción de la pena.

El fallo del tribunal generó una gran cantidad de reacciones por parte de rostros conocido en la política nacional como Irene Montero, Yolanda Díaz o Ione Bellara entre muchos más: “Espero que sirva de medida ejemplarizante. En este país se acabó, basta ya de machismo, de agresiones sexuales”, defendía la vicepresidenta segunda del Gobierno y líder de Sumar.

Brasil se encara contra Neymar

Entre las reacciones por la sentencia, una de las más destacadas ha sido la del Gobierno de Brasil, país de origen del jugador, que ha mostrado públicamente su indignación contra la condena emitida por la Audiencia de Barcelona.

Cida Gonçalves, ministra de la mujer ha calificado la sentencia como "blanda", después de la "semejante atrocidad" que cometió Dani Alves.

Sabemos que es una sentencia blanda ante semejante atrocidad en la vida de una mujer”. Aun así, espera que este suceso “sirva de ejemplo” al mundo. “La palabra de una mujer tiene valor y no es no”. Gonçalves ha revelado que el Gobierno de Luiz Inácio Lula da Silva prepara una medida para que “todas las mujeres tengan el derecho de divertirse de forma segura en bares y discotecas”.

Además, Gleisi Hoffmann, presidenta del oficialista Partido de los Trabajadores e integrante del Gobierno de Brasil, ha mostrado su enfado contra Neymar por haber prestado a su excompañero de equipo los 150.000 euros en concepto de “atenuante del daño causado”.

Dani Alves utilizó el dinero para pagar la indemnización antes de la celebración del juicio. El hecho de haber abonado esta cantidad de dinero antes de conocer la sentencia “expresa una voluntad reparadora que tiene que ser contemplada como una atenuante”.

“La condena al violador Daniel Alves es pedagógica y ejemplar, demuestra que la sociedad ya no tolera comportamientos sexistas y misóginos. Lo absurdo fue que pidió dinero prestado a Neymar, pagó la indemnización y redujo la pena, algo que no soluciona nada a la víctima, no borra su sufrimiento”, sentenció la diputada.

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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3646 en: 24 de Febrero de 2024, 13:33:40 pm »
Qué ASCO

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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3647 en: 24 de Febrero de 2024, 17:10:31 pm »
Qué ASCO
...de ley de Podemos y la Irenita.
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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3648 en: 24 de Febrero de 2024, 19:51:15 pm »
Asco que le preste el dinero para la indemnización



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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3651 en: 01 de Marzo de 2024, 08:12:00 am »

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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3652 en: 01 de Marzo de 2024, 19:40:08 pm »

Un aficionado del Linares lanzó una bengala contra un policía y antiviolencia le sanciona con 4.000 euros


29/02/2024


La Comisión Antiviolencia ha acordado una propuesta de sanción de 4.000 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de 12 meses a un aficionado identificado, seguidor del equipo local que, con motivo del partido Linares Deportivo SAD – Córdoba CF SAD, a la llegada del autobús del equipo local al recinto deportivo, activó una bengala que posteriormente lanzó contra los agentes de la Policía Nacional que formaban parte del dispositivo de seguridad que además impactó en un agente policial.

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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3653 en: 02 de Marzo de 2024, 05:33:54 am »
Pues bien sancionado está. . . para el próximo partido seguro que se lo piensa dos veces antes de volver a lanzarle una bengala a un policía. . .

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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3655 en: 04 de Marzo de 2024, 10:30:58 am »

La Fiscalía recurre la sentencia contra Dani Alves para que aumente su condena por violación


El Ministerio Público discrepa de que haya reparado el daño a la víctima con el pago de 150.000 euros

En esta imagen de archivo, el futbolista brasileño Dani Alves en el ju
En esta imagen de archivo, el futbolista brasileño Dani Alves en el juicio D.Zorrakino
La vía de Dani Alves para salir de la cárcel tras la condena
La ley del 'sí es sí' beneficia a Dani Alves y le ahorra un mínimo de un año y medio de cárcel en su condena por violación
CRISTINA RUBIO | BARCELONA
01/03/2024 17:44
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La Fiscalía recurrirá la sentencia que condenó al futbolista Dani Alves a cuatro años y medio de prisión por violar a una joven de 23 años en los baños de la discoteca Sutton de Barcelona la noche del 30 de diciembre de 2022.

En concreto, el Ministerio Público pedirá al tribunal que retire la atenuante de reparación del daño a la víctima contemplado en la sentencia después de que el acusado depositara 150.000 euros de indemnización antes del juicio. La pena de 4 años y medio para Alves es la mínima interpuesta por violación.

Fuentes de la Fiscalía han explicado este viernes que aún estudia los argumentos concretos del recurso que presentará, aunque el aspecto básico del escrito será esgrimir que ese depósito de 150.000 euros no debe considerarse como reparación del daño y computar como atenuante.

Es decir, el Ministerio Público considera que no procede la aplicación de la atenuante de reparación del daño con el pago de estos 150.000 euros -dinero proveniente del padre de Neymar, ya que Alves tiene las cuentas bloqueadas en Brasil por un litigio con su ex mujer- y que contribuyeron a rebajar la pena final al futbolista.

El tribunal que condenó al brasileño considera probado que "el acusado cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y evitando que pudiera moverse la penetró vaginalmente, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir". Y entiende que "con ello se cumple el tipo de ausencia de consentimiento, con uso de la violencia, y con acceso carnal".

En una sentencia conocida la semana pasada, el tribunal le impuso una pena de 4 años y medio de prisión, una condena mínima influida por dos factores determinantes: primero, que se aplicó el primer redactado de la ley del solo sí es sí que rebajaba a 4 años el mínimo por agresión sexual (ahora son 6); y segundo, por la atenuante de reparación del daño con el pago de 150.000 euros, determinante para fijar la horquilla más baja de la pena.

La Fiscalía había reclamado una condena de 9 años de cárcel para Alves -el doble que la impuesta- y la acusación particular, que ejerce la denunciante, elevó la petición a 12, el máximo que contempla la ley.

En cambio, la defensa del ex futbolista había reclamado que esta fianza computara como atenuante muy cualificada, lo que habría rebajado el abanico de penas que se le podían imputar a entre 2 y 4 años, una opción que el tribunal descartó.

En su impugnación, la defensa de Alves volverá a apostar por esta vía. En este sentido, en un recurso de aclaración a la sentencia también pidió añadir a los hechos probados que el jugador estaba ebrio, lo que podría suponer otro atenuante. Un aspecto que el tribunal rechazó.

Por su parte, aún está por ver si la víctima recurrirá el fallo. Preguntada por ello cuando trascendió la sentencia, la abogada Ester García indicó que debe valorarlo con su clienta, pero cree que "desde un punto de vista jurídico debería recurrirse".

Sí criticó la atenuante por reparación del daño que ha aplicado la sentencia por la consigna de 150.000 euros que hizo Alves a modo de indemnización antes del juicio, que cree que no debería aplicarse: "Nos preocupa un poco que se transmita a la sociedad el hecho de que las personas que puedan tener una capacidad económica importante puedan ver reducida su pena si pueden consignar una cantidad importante".

"Para mí es una pena baja, en este despacho profesional se llevan muchísimos casos de violencia sexual y es la pena más baja que hemos tenido en más de 20 años", zanjó.


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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3656 en: 04 de Marzo de 2024, 18:27:51 pm »
Tiene todas las papeletas para que le aumenten la condena. . .

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« Última modificación: 05 de Marzo de 2024, 06:47:17 am por 47ronin »

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Re: La otra cara del deporte
« Respuesta #3658 en: 05 de Marzo de 2024, 06:54:05 am »
Tres atletas abusan de una esgrimista de 17 años durante un entrenamiento en Italia

Historia de Euronews • 9 h

Los abusos habrían tenido lugar la noche del 4 al 5 de agosto del año pasado: la víctima, menor de edad, era una esgrimista de 17 años de la Federación de Uzbekistán que se entrenaba en Italia, en Chianciano Terme.

Los acusados son tres atletas del equipo junior italiano: dos de ellos están siendo investigados, un tercero está siendo investigado por la Fiscalía de Menores.

El relato de la chica

Según el relato de la joven atleta, estaba en la Toscana para un retiro de esgrima previo al verano, una mañana la joven se encontró en una habitación que no era la suya. Era incapaz de moverse debido a los fuertes dolores que sufría en todo el cuerpo, pero pudo oír a unos chicos burlándose y riéndose de ella. Cuando la esgrimista consiguió volver a su habitación, le contó a su compañero de equipo que fue violada. Los jóvenes investigados rechazan todas las acusaciones.
"Se declaran inocentes, ya que nunca han ejercido violencia contra nadie: estamos a la espera de las determinaciones de las autoridades judiciales", afirma en un comunicado el abogado Enrico De Martino, en nombre del equipo de defensa de los at****letas.

Según el relato del mujer, sus recuerdos se detienen en una fiesta en un bar que tuvo lugar la noche anterior a los presuntos actos violentos. Sólo fue consciente de lo ocurrido cuando se despertó. La chica llamó a su madre, que corrió a Chianciano Terme y decidió llevar a su hija a urgencias: fue allí donde la joven de 17 años denunció la agresión sexual. Durante la investigación se comprobó que el atleta tenía restos de alcohol y drogas en la sangre.

La denuncia contra la Federscherma: ninguna medida contra los investigados

Entre las quejas del abogado de la esgrimista, Luciano Guidarelli, figura la "inercia de la Fiscalía, que ni siquiera activó el código rojo, y de la Federscherma (la Federación Italiana de Esgrima), que no tomó ninguna medida contra los atletas investigados".

En respuesta, la Federación Italiana de Esgrima subrayó que "se puso rápidamente, y en varias ocasiones, en contacto directo con la justicia para conocer la situación y la evolución de las investigaciones".

A la espera de conocer más detalles de la investigación, el alcalde de Chianciano Terme, Andrea Marchetti, también anunció que el municipio interpondría una demanda civil contra los acusados "una vez que hayan sido identificados", y expresó "su pleno apoyo y solidaridad con la víctima y su familia".

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