Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769632 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1940 en: 24 de Noviembre de 2009, 21:44:28 pm »

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1941 en: 26 de Noviembre de 2009, 11:39:01 am »
Archivan el caso contra un mando policial que se apropió de dos entradas de la F-1

I. R. T. VALENCIA Jueves , 26-11-09

El Juzgado de Instrucción número 1 de Valencia ha archivado la causa por un presunto delito de hurto abierta a un inspector de la Policía Local que se apropió de dos entradas de la Fórmula 1: el mando policial, José Vicente N., admitió ante la Policía Nacional que encontró las entradas en una bolsa situada junto al asiento que él ocupaba en uno de los palcos VIP, que pensó que eran de cortesía y que por eso las cogió y se las regaló a unos amigos. La denunciante echó también de menos una cámara de fotos. Dice la juez Asunción Soriano que ?no existe prueba alguna de que el denunciado hubiera sustraído la cámara? y a?ade que lo de las entradas ?fue un malentendido?, que el citado agente estaba convencido ?de que no tenían propietario?. Los hechos ocurrieron el día de la carrera oficial, el 23 de agosto. La propietaria de las entradas denunció. Las personas que ocupaban los asientos fueron interrogadas por la Policía Nacional e identificaron al mando de la Local que se las había regalado.

No es hasta el 4 de septiembre cuando la Policía Nacional le detiene, le toma declaración y le deja en libertad. La fiscal solicitó el sobreseimiento libre, figura jurídica de uso excepcional porque impide reabrir el caso si aparecen nuevas pruebas.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1942 en: 28 de Noviembre de 2009, 11:25:50 am »
Allanamiento con agravante de parentesco

Piden dos a?os de cárcel para un joven por agujerear los preservativos de su ex novia

El fiscal solicita una pena de dos a?os de cárcel para un joven al que acusa de haber entrado repetidas veces en el domicilio de su ex pareja, sin consentimiento de ésta, de haberle revuelto fotos y objetos y de haberle agujereado varios preservativos, aunque el acusado lo niega todo.

El juicio por este caso todavía no tiene fecha se?alada, aunque previsiblemente se verá en la Audiencia de Girona a principios del a?o que viene, según han apuntado hoy fuentes judiciales.

Los hechos se remontan a 2004, cuando David y Eva iniciaron una relación sentimental y, aunque nunca compartieron vivienda, el chico consiguió una copia de las llaves del piso donde la joven vivía en Vidreres (Girona), junto a su madre.

La relación no duró mucho, ya que las desavenencias entre la pareja hicieron que a mediados del 2005 cortaran su relación.

Según las calificaciones del ministerio fiscal, en las que no se concreta exactamente las fechas en las que el denunciado habría entrado sin permiso en la vivienda, hay pruebas que indican que estas entradas se produjeron entre el mes de septiembre y el 8 de octubre del 2005.

La Fiscalía sostiene que el acusado actuó con la intención de "menoscabar la paz y tranquilidad familiar" de la que había sido su pareja durante un a?o y medio y que "penetró en diversas ocasiones" en el piso de la chica, aprovechando que no había nadie dentro para actuar con total impunidad.

Según el fiscal, una vez dentro del piso se dedicaba a revolver objetos y descolocar fotografías, e incluso habría llegado a agujerearle los preservativos.

Al sospechar que en su casa estaba pasando algo raro, la joven decidió cambiar la cerradura de la puerta, pero esto tampoco frenó las intenciones del acusado ya que, según la acusación, consiguió volver a entrar en el piso a través de una ventana entreabierta.

Ante esta situación, la chica finalmente decidió denunciar los hechos y presentó una denuncia ante los Mossos d'Esquadra.

El acusado se enfrenta a una pena de dos a?os y medio de prisión por un delito de allanamiento de morada continuado, con el agravante de parentesco por la relación sentimental que mantuvo con la víctima.

El fiscal recoge en su escrito que el procedimiento se inició en octubre de 2005, pero admite que se ha alargado de forma desmesurada sin que el acusado haya tenido culpa de ello, por lo que le ha aplicado una circunstancia atenuante de dilaciones indebidas y rebaja la petición de pena de dos a?os y medio a dos a?os.

Por su parte, el acusado ha negado totalmente los hechos de que le acusa el fiscal y mantiene que nunca entró en casa de su ex novia.

El abogado del denunciado, Oscar Ballester, ha apuntado que "lo único que hay es la declaración de uno contra otro", y ha asegurado que no hay huellas dactilares que demuestren que el joven hubiera entrado en la casa ni que agujereara los preservativos.

El letrado también ha explicado que en un primer momento la causa se archivó, pero que un mes después se reabrió porque la mujer aportó nuevos testigos.

Según la versión del acusado, su ex pareja le ha llevado ante los tribunales porque tras la ruptura la relación entre ambos ha sido complicada.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1943 en: 28 de Noviembre de 2009, 11:26:46 am »
Allanamiento con agravante de parentesco

Piden dos a?os de cárcel para un joven por agujerear los preservativos de su ex novia


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1944 en: 28 de Noviembre de 2009, 14:40:07 pm »
Un policía en el banquillo de los acusados

La Fiscalía solicita 11 a?os de prisión para un policía local de Ceutí

EFE El fiscal ha pedido 11 a?os de prisión para un policía local de Ceutí que será juzgado el próximo enero por un jurado popular en la Audiencia Provincial de Murcia, acusado de un delito de homicidio por la muerte de un disparo de un hombre que se le enfrentó.

La acusación estatal afirma en sus conclusiones provisionales, a las que ha tenido acceso Efe, que los hechos ocurrieron el 1 de julio de 2007, cuando los agentes de la Policía Local fueron requeridos con motivo del altercado que se produjo en un bar de la localidad.

El acusado, F.J.C., y un compa?ero se presentaron en el establecimiento y fueron informados de que Visvaldas F., de nacionalidad lituana, había mantenido una discusión con varios clientes y con su compa?era sentimental, A.A.F.

Los agentes, junto con un amigo de Visvaldas F., consiguieron convencer a éste de que abandonara la casa que compartía con su compa?era sentimental y le instaron a que retirara de la misma sus efectos personales.

En una primera ocasión, el ciudadano lituano volvió al bar y no se dirigió a la casa, como se había acordado, por lo que los policías locales fueron en su búsqueda, a?ade el fiscal.

Al llegar finalmente a la vivienda, siempre según las conclusiones provisionales, Visvaldas F. volvió a discutir con su novia, tras lo cual se subió a un palet que estaba en unas obras vecinas y del que cogió un objeto.

Al acercársele a F.J.C., éste sacó su arma reglamentaria "y le conminó a que permaneciera quieto y no se le acercara más, requerimiento que no fue atendido por Visvaldas, que continuó aproximándose al agente, procediendo éste a efectuar un disparo que dirigió hacia el suelo".

A?ade el fiscal que "tras este primer disparo, Visvaldas se dirigió al acusado diciéndole: "?Quieres matarme...? Pégame un tiro", efectuando a continuación el acusado un segundo disparo, que, en esta ocasión, dirigió hacia el cuerpo de la víctima, cuando se encontraba a una distancia aproximada de metro y medio".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1945 en: 28 de Noviembre de 2009, 19:51:35 pm »
La Fiscalía solicita 11 a?os de prisión para un policía local de Ceutí

EFE El fiscal ha pedido 11 a?os de prisión para un policía local de Ceutí que será juzgado el próximo enero por un jurado popular en la Audiencia Provincial de Murcia, acusado de un delito de homicidio por la muerte de un disparo de un hombre que se le enfrentó.
Lo dicho: aunque salga absuelto por legítima defensa y/o cumplimiento de obligación: NI EL HUEVO... ;cosc;
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1946 en: 30 de Noviembre de 2009, 11:06:00 am »
TRIBUNALES | Indicios de que la madre se inventó la acusación contra el padre

La Audiencia de Sevilla prima la denuncia de una violación a una hija aunque sea falsa

* La Sala no ve prueba terminante de que la madre actuara con un interés espurio
* Considera que en la colisión del honor y la tutela de los hijos, prima ésta
* Admite la sospecha de que la actuación de la madre fue 'torticera'

Efe | Sevilla

Actualizado sábado 28/11/2009 13:10 horas

La Audiencia de Sevilla ha rechazado la demanda de un hombre que fue acusado por su ex compa?era de abusar sexualmente de la hija común, pues aunque hay "indicios" de que todo fue un "invento y manipulación" de la madre, es superior su obligación de tutelar a la menor de cualquier ataque.

La Sección Octava de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, rechaza la demanda de protección al honor presentada por D.C.C., quien reclamó ser indemnizado por su ex pareja E.G.S. como responsable de una denuncia de abuso sexual de su hija, entonces de 5 a?os, que presentó en el marco de su conflicto familiar de separación.

Dice la sentencia que ha quedado totalmente descartada la existencia de abusos, pero en cambio no hay "prueba terminante" de que la madre de la menor denunciara el caso a sabiendas de su falsedad y "con un interés espurio".

Existen "indicios" de que E.G.S. pudo actuar de una manera "torticera" y de que todo fuese "un invento y manipulación de la menor" por su parte, pero ante la duda los jueces consideran que es superior "el derecho y deber de protección" que tienen los padres de defender a los menores ante sospechas de ataques sexuales de sus propios progenitores.

La mujer llevó a su hija al hospital con la sospecha de abusos sexuales, lo que hizo que los médicos pusieran en marcha el mecanismo de la Justicia, aunque posteriormente la causa quedó archivada por falta de pruebas.

Entre los indicios contra la mujer, dicen los jueces que ocultó deliberadamente su denuncia previa contra su anterior pareja y padre de su hija mayor y que existen sospechas de que pudo presentar la denuncia "para obstaculizar las visitas del denunciado a su hija".

El padre ha dicho a Efe que la denuncia surtió efecto pues lleva nueve meses sin ver a su hija, ahora de 6 a?os, aunque lo hace por propia iniciativa por su temor a ser denunciado de nuevo, ya que el juez nunca llegó a adoptar ninguna medida contra él.

El afectado ha manifestado que se propone denunciar a su ex pareja por un delito de denuncia falsa, como le sugiere la Audiencia.

En su sentencia, los jueces reconocen que una acusación de abusar de la propia hija es vista en la sociedad actual como un hecho "repugnante", una "actuación horrenda y merecedora del mayor reproche" que deja a quien es denunciado "estigmatizado para siempre".

"Imputar este tipo de conductas a sabiendas de que son falsas sin el menor escrúpulo atenta claramente contra el honor, la propia estima y la consideración debida por los demás", dice la sentencia, aunque a?ade que cuando el derecho al honor colisiona jurídicamente con el deber de proteger al menor, prima la obligación de tutelar a los hijos.

No obstante, en el caso de D.C.C., la Audiencia considera que los indicios de falsedad de la denuncia y las dudas sobre la actuación de la madre "deben tener la consecuencia", al menos, de que el interesado no pague las costas del juicio, tanto en primera instancia como ahora en la apelación ante la Audiencia, que por lo tanto la sentencia deja sin efecto.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1947 en: 30 de Noviembre de 2009, 11:24:28 am »
 :ojones
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1948 en: 01 de Diciembre de 2009, 11:44:05 am »
Que cosas...

Tribunales

Tres cazadores se enfrentan a siete a?os por intentar matar a un policía

Los hechos ocurrieron el día de San Juan de 2003 cuando el agente se llevó el galgo que creyó perdido y que soltaron para cazar una liebre cuando estaban en un camino de Alcázar

La Fiscalía pide siete a?os de cárcel para cada uno de los tres cazadores acusados de un delito de homicidio en grado de tentativa en la persona de un policía local de Alcázar en junio de 2003. El juicio comenzará ma?ana y está previsto que se celebre en dos sesiones. Según el relato de hecho del fiscal del caso basado en pruebas y testimonios, sobre las 21.25 horas del 24 de junio de 2003, los tres cazadores se encontraban en un camino rural entre Arenales de San Gregorio y Cinco Casas y, al ver una liebre, soltaron los perros galgo que llevaban.

Uno de estos animales llegó donde estaba el policía local, quien, al no ver a ninguna persona cerca y creer que el perro estaba perdido, lo subió a su coche, lo que provocó ?la ira de los acusados?, que se acercaron al lugar. Dos de ellos sujetaron al agente y el tercero le pegó un pu?etazo en la cara tirándole las gafas al suelo.

Siempre según el escrito de la Fiscalía, a continuación uno de los imputados le agarró del chaleco, dejando a la vista la pistola que portaba el policía. En ese momento, se identificó como agente de la autoridad y cogió el arma sin esgrimirla. Fue entonces cuando dejaron de agredirle y se mantuvieron a una distancia prudencial recriminándole que se hubiera llevado el perro. Mientras tanto, uno de los acusados abrió el coche y cogió el animal. En ese instante, otro de los encausados se dirigió a su furgoneta y comenzó a buscar algún objeto detrás del asiento del conductor, momento en el que el agente aprovechó para rociar con un aerosol de defensa a los otros dos y posteriormente al tercero, dirigiéndose a una tienda de la estación de servicio para pedir auxilio

Al salir del recinto fue agredido por uno de los acusados, que le tiró al suelo arrebatándole la pistola. A continuación empu?ó el arma y, con ánimo de matar, apretó el gatillo, mientras el policía local huía entre los surtidores.

Los tres hombres intentaron hacerse con un segundo cargador que portaba el agente, sin conseguirlo, al tiempo que éste intentaba convencerles para que cesaran en su actitud, algo que, en última instancia logró en colaboración con los empleados de la gasolinera, acabándose el incidente.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1949 en: 01 de Diciembre de 2009, 11:50:27 am »

Definitivamente............. se ha perdido "el norte".
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1950 en: 01 de Diciembre de 2009, 12:42:00 pm »
No estaba currando?.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1951 en: 01 de Diciembre de 2009, 12:43:29 pm »
Si nos atenemos al texto.. no.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1952 en: 01 de Diciembre de 2009, 12:44:14 pm »
Por eso lo digo.........y llevaba dos cargadores?. :pen:
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1953 en: 01 de Diciembre de 2009, 12:45:45 pm »
Por eso lo digo.........y llevaba dos cargadores?. :pen:

Hombre prevenido...

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1954 en: 01 de Diciembre de 2009, 12:46:15 pm »
Por eso lo digo.........y llevaba dos cargadores?. :pen:

Hombre prevenido...

No me lo creo.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1955 en: 01 de Diciembre de 2009, 16:49:34 pm »
Por lo menos no se esta juzgando por un atentadillo de 30 euros.

Saludos y paz.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1956 en: 01 de Diciembre de 2009, 20:37:37 pm »
Esto es la Espa?a negra y profunda.....parece sacado de una pelicula de Berlanga.
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1957 en: 01 de Diciembre de 2009, 21:16:21 pm »
Puf, qué suceso más raro, toda esa historia del galgo y el policía local fuera de servicio... :pen:

Y lo de la Audiencia de Sevilla, ya es de traca. Que no nos pase ná... :caput
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1958 en: 02 de Diciembre de 2009, 10:39:27 am »
TRIBUNALES | Fue condenado a prisión por la Audiencia de Cádiz

Rebajan a una multa la condena a un guardia civil por la muerte de un inmigrante

* Sólo tendrá que pagar una multa de 240 euros por una falta por imprudencia
* Su pistola se disparó durante un forcejeo con el inmigrante fallecido
* Los hechos ocurrieron tras el desembarco de una patera en Tarifa

Efe | Cádiz

Actualizado martes 01/12/2009 19:21 horas

El Tribunal Supremo ha rebajado de seis meses de cárcel a una multa de 240 euros la condena a un guardia civil que, en un forcejeo, mató a un inmigrante que acababa de desembarcar de una patera en Tarifa.

El Supremo anula en una sentencia la condena por un delito de homicidio por imprudencia impuesta por la Audiencia de Cádiz y la rebaja a una falta, y además suprime la obligación de pagar las costas de la Asociación pro Derechos Humanos (APDH), que ejerció la acusación particular.

Según el TS, al estar ya personado el Consulado de Marruecos como acción popular en nombre de la familia del fallecido, la intervención procesal de la APDH fue "totalmente inútil" en un caso en el que además se requería una "mínima colaboración activa".

Los hechos ocurrieron sobre la 1.54 horas del 3 de diciembre de 2000, cuando la Guardia Civil recibió el aviso del desembarco de una patera en la zona conocida como 'El Tolmo' de la localidad gaditana de Tarifa y el agente procesado comenzó a perseguir a uno de los inmigrantes que se dispersaron por tierra.

Una vez que le dio alcance se produjo un forcejeo y el guardia civil S.A.N., en un momento en que el inmigrante se dio la vuelta, perdió el equilibrio a causa de lo resbaladizo del terreno y su arma reglamentaria se disparó y alcanzó a A.L. en el costado.

Se impone el razonamiento de la defensa
El Supremo ha atendido el razonamiento del abogado defensor, Javier Gimeno Puche, y entiende que al perseguir al inmigrante con el seguro de su arma quitado, el procesado no cometió un delito de imprudencia profesional pues eran las dos de la madrugada, veinte personas acababan de desembarcar y no podía descartarse una "reacción agresiva del fugado".

El funcionario "ignoraba en ese momento si la persona fugada iba armada y tampoco conocía la reacción que iba a tener en el instante de proceder a su identificación", por lo que "las circunstancias de riesgo real y posible aconsejaban actuar con el arma preparada y lista para el disparo ante una posible reacción violenta por parte del fugado", según el fallo.

A ello se une que el arma del procesado, según un peritaje, presentaba una "anomalía", ya que estando el martillo en posición intermedia se podría producir un disparo con una presión superior a la normal sobre el disparador.

Por ello, el TS entiende que los hechos constituyen solo una falta de imprudencia, con lo que anula los seis meses de cárcel impuestos por la Audiencia gaditana y deja la condena reducida a un mes de multa, con cuota diaria de ocho euros.

El agente pagará, en consecuencia, las costas de un juicio de faltas y solo las correspondientes a la acción popular que ejerció Marruecos.

En ese aspecto, los jueces critican el hecho "llamativo" de que, nueve a?os después de la muerte del inmigrante, Marruecos aún no haya identificado a los familiares del fallecido, pese a que era la única parte que tenía posibilidades de hacerlo, lo que impide fijar en sentencia la cuantía de la indemnización.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #1959 en: 02 de Diciembre de 2009, 12:09:45 pm »
La Audiencia concluye que mandos policiales da?aron un coche

Absuelve a los policías locales David Iria y Carlos Fernández de los perjuicios porque la falta ya está prescrita ? Condena al concejal Manuel Aguilera por una falta de amenazas y lo libera de coacciones

D. L. / Algeciras | Actualizado 02.12.2009 - 11:10

 "El tiempo ha demostrado que este caso era un cuento y un montaje"

Las acusaciones particular y popular no descartan recurrir

La sección algecire?a de la Audiencia Provincial ha admitido que los mandos de la Policía Local David Iria y Carlos Fernández fueron los autores de los da?os que sufrió un Volkswagen Golf en el depósito judicial de La Línea en diciembre de 2000. No obstante, los absuelve al considerar que es una falta que ya está prescrita. Además los absuelve de falsedad en documento público y al concejal Manuel Aguilera de los delitos de obstrucción a la justicia y de coacciones. Sí que condena al último a una falta de amenazas.

Considera como hechos probados que la Policía Local estableció el 3 de diciembre de 2000 un dispositivo de búsqueda de un vehículo Volkswagen Golf después de que sus ocupantes fueran denunciados por un policía local por unas lesiones. Fue hallado y llevado al depósito y allí Carlos Fernández, en presencia de David Iria, rompió con su defensa el cristal trasero derecho del automóvil y ocasionó otros da?os en los faros delanteros, en el faro antiniebla izquierdo, en la rejilla del capó, en el paragolpes, en la moldura de la puerta derecha delantera, en el limpiaparabrisas trasero y en la quinta luz del freno. La reparación ha sido valorada en 300 euros. Los acusados declararon tras el incidente que el coche estaba estacionado sobre el acerado y que ya presentaba da?os en una luna trasera derecha,en el frontal y en los faros delanteros.

Fue el 7 de noviembre de 2001 cuando José Carrión denunció el incidente, que también lo trasladó al juzgado. La resolución relata que los trabajadores del servicio de grúas M. S. y A. L. se reunieron con el concejal Manuel Aguilera antes de declarar en el juzgado. Allí el edil les dijo que iba a conseguir que su empresa los despidiera y que iba a hacer lo mismo con la mujer de A. L., trabajadora del Ayuntamiento, "si bien los dos siguen prestando los mismos servicios, no habiendo sufrido ningún tipo de represalia laboral ni ellos ni la mujer de A. L.".

La sentencia descarta que exista un delito de prevaricación, aunque admite que el operativo montado por la Policía Local fue desproporcionado y que no se ajustó a las normas legales y "a los protocolos escritos o no que deben regir las relaciones entre la Policía Local y Nacional". A?ade que lo más lógico hubiera sido llevar el vehículo, encartado por la Policía Nacional, no al depósito, sino a las dependencias de la propia Policía Nacional.

Parte de la premisa probada de que el turismo cuando fue recogido de la calle por la grúa no presentaba da?o alguno. "La autoría directa e inmediata de tales hechos corresponde a Carlos Fernández. Fue éste el que causó con su defensa y obviamente de manera voluntaria e intencionada los da?os ya descritos". Considera que David Iria fue coautor. "Esos da?os no se habrían producido si le hubiera ordenado como superior jerárquico que se abstuviera de golpear el vehículo. Permaneció impasible y se trata de una asunción completa de responsabilidad penal".

La sala no lo considera delito porque los da?os no superan la cuantía de 400 euros y los absuelve de falta porque ya ha prescrito al haber transcurrido más de seis meses entre la producción de los da?os (3 de diciembre de 2000) y la denuncia judicial (12 de noviembre de 2001).

Estima como inadecuado que Manuel Aguilera llamara a los gruístas para decirles que los iba a despedir y concluye que el encuentro se celebró antes de que declararan A. L. y M. S. El tribunal lo condena a una falta de amenazas (7 días de multa con una cuota diaria de 12 euros), "ya que el decirle a alguien que va a ser despedido constituye una mención intimidante porque tendría potestades para instar los despidos con grandes posibilidades de éxito habida cuenta de su posición en el Ayuntamiento". El fallo incluye la agravante de carácter público y la atenuante de dilaciones indebidas.