Autor Tema: Vacaciones, EBEP y sentencias  (Leído 187681 veces)

Desconectado tixe

  • Moderador
  • Mentor
  • ***
  • Mensajes: 13373
  • Cuando el dinero habla, la verdad calla.
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1340 en: 02 de Octubre de 2013, 19:59:12 pm »
No cabe el delito dentro de la interpretación administrativa.



¿como? ¿así que puedo efectuar cuantas acciones administrativas injustas a sabiendas de que lo son y no prevarico? aaahh vamos vamos


Desconectado PeInG

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 12214
  • To serve me and protect me.
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1341 en: 02 de Octubre de 2013, 20:14:07 pm »
No cabe el delito dentro de la interpretación administrativa.


No jodas :manocara
Old school Hollywood baseball...

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1342 en: 27 de Diciembre de 2013, 15:56:23 pm »

A Mariña

La Policía Local de Viveiro podrá volver a coger vacaciones en verano

El Concello recuerda que están prohibidos los perros sueltos por la calle

 MA5R G. BALSEIRO

VIVEIRO / LA VOZ     27 de diciembre de 2013 

La Policía Local de Viveiro podrá volver a coger vacaciones en verano. Eso sí, solo podrán estar dos agentes de vacaciones por quincena, y si prefieren disfrutar de sus períodos vacacionales en otro mes del año, se les compensará con seis días libres, tres por mes, para asuntos propios.

Este fue el acuerdo al que llegaron la ahora ya alcaldesa, María Loureiro y el concejal de Seguridade, Carlos Gueimunde, con los agentes hace unos días. El acuerdo alcanzado lima asperezas tras el decreto que emitió el 20 de diciembre del 2012 el entonces alcalde, Melchor Roel, que restringían las vacaciones en los meses de julio y agosto. Entonces, la resolución de la alcaldía, que contaba con informes jurídicos favorables elaborados por los técnicos de la Diputación, argumentaba razones económicas y de afluencia de gente, así como el gran número de eventos durante la época estival. El decreto había sido impugnado por el CSIF, que lo consideró un castigo vinculado a la existencia de veinte sentencias por impago. El acuerdo alcanzado ahora no elimina el contencioso-administrativo. «Sigue mientras no lo retiren ellos», dijo Gueimunde.



Prohibido pegar carteles

Ayer la Policía Local tuvo que contactar con una empresa que estaba pegando carteles en las farolas de Viveiro para que fueran retiradas. Gueimunde recordó que hay una ordenanza en vigor en el Concello que prohíbe este tipo de acciones, que llevan además aparejadas multas de diferente grado.

Gueimunde también explicó que después de Navidad pretenden planificar una campaña, «en principio de sensibilización», sobre el uso de bicicletas y los perros sueltos por los espacios públicos del municipio. «Nos han llegado bastantes quejas, y en el paseo marítimo ya hubo un par de accidentes por perros sueltos», dijo el edil viveirense.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1343 en: 17 de Febrero de 2014, 16:53:14 pm »

Cálculo de la retribución de los días de vacaciones a empleado laboral del Ayuntamiento cuando se disfruta de reducción de jornada

Fecha de la consulta: 14/2/2014
 
Planteamiento

Un trabajador viene disfrutando desde agosto de una reducción de jornada por guarda legal. Disfrutó de sus vacaciones en septiembre y en dicho mes cobró sus retribuciones conforme a la reducción de jornada que venía disfrutando desde el mes anterior.

Ahora reclama que se le abone en nómina la parte proporcional a los meses que trabajó en jornada completa. ¿Tiene derecho a ello? Si así fuera, ¿se le puede compensar con días libres?

Respuesta

Al personal laboral de la Administración local le será de aplicación en cuanto a jornada, permisos y vacaciones lo establecido en el EBEP y en la legislación laboral correspondiente, conforme determina el art. 51 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público -EBEP-. No obstante, puesto que el art. 50 está dedicado exclusivamente a los funcionarios públicos, entendemos que en materia de vacaciones rige la normativa laboral, esto es, el art. 38 del Estatuto de los Trabajadores -ET-, aprobado por RDLeg. 1/1995, de 24 de marzo, en cuyo apartado 1º señala que "1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales".

Se trata de una cuestión que no está regulada pacíficamente, razón por la cual existen convenios de empresa que, para evitar este tipo de situaciones abstractas, optan por computar tanto el devengo como el disfrute de las vacaciones por horas.

A nuestro juicio, puesto que las vacaciones se devengan por meses, a razón de 2,5 días por mes trabajado, correspondería calcular la retribución de los días de vacaciones en proporción a la jornada que se haya tenido durante los meses del año que hayan generado el derecho al disfrute de las mismas, por lo que entendemos que correspondería abonar al trabajador la diferencia.

Consideramos de interés al respecto, aun cuando la sentencia se refiere a contratos a tiempo parcial y tiempo completo, la explicación de la Sentencia del TSJ Canarias de 23 de diciembre de 2005,

 que señala lo siguiente:

"...el artículo 12 párrafo 4° letra d) del Estatuto de los Trabajadores impone un criterio de identidad de derechos entre los trabajadores a tiempo parcial y los trabajadores a tiempo completo , criterio que se convierte en el de proporcionalidad en aquellos derechos que dependan del tiempo trabajado (dentro de los cuales se encuentra, por excelencia, toda la materia retributiva). El concepto de la "proporcionalidad" se encuadra dentro del campo de la lógica matemática y es de tipo absoluto, es decir, o existe una relación proporcional entre dos magnitudes o no existe, pero no existen medias proporcionalidades. De tal forma, para que las retribuciones de un trabajador a tiempo parcial sean auténticamente proporcionales a las de un trabajador a tiempo completo hemos de aplicar la regla proporcional pura, es decir, una simple regla de tres...".

Por otra parte, a la cuestión de si puede compensarse la retribución que debió percibir el trabajador durante su mes de vacaciones por días libres, entendemos que no procede en ningún caso.

http://www.derecholocal.es/novedades_consultas_ampliada.php?id=CATSUYZE:7DE019F2

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1344 en: 24 de Abril de 2014, 17:47:58 pm »

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1345 en: 24 de Abril de 2014, 18:07:54 pm »
Cualquier sentencia que restituya un derecho lesionado es bienvenida, y hemos de entender que la que se publicita no va a ser recurrida y es ya firme.
« Última modificación: 24 de Abril de 2014, 19:28:20 pm por 47ronin »

Desconectado baneadopermanente

  • Profesional
  • Master Honorario
  • **
  • Mensajes: 1871
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1346 en: 24 de Abril de 2014, 19:34:17 pm »
Ahora mismo se aplica la instrucción mientras que ordene lo contrario.
El que se sienta agravado que denuncie si quiere.
No entiendo el cartel en ese aspecto ya que yo voy a aplicar la instruccion. Si el ayuntamiento debe cambiarlo que lo cambie ya pero habra que ver la sentencia
LA VIDA.ES BELLA

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1347 en: 24 de Abril de 2014, 19:55:48 pm »
Ahora mismo se aplica la instrucción mientras que ordene lo contrario.
El que se sienta agraviado que denuncie si quiere.
No entiendo el cartel en ese aspecto ya que yo voy a aplicar la instruccion. Si el ayuntamiento debe cambiarlo que lo cambie ya pero habra que ver la sentencia

Hay un procedimiento reconocido desde hace años y que nadie ha puesto en práctica que es la rotación vacacional, una cosa es la antigüedad, que opera según reglamento y otra es la rotación, que entra cuando hay conflicto entre los trabajadores, se solicita y resuelve mediante rotación para años sucesivos este perjuicio.

Este procedimiento viene reconocido en el 14.5 del Acuerdo General y en el 5 del sectorial de policía.

Asi que no hay que esperar a sentencias que ordenen la distribución según una bolsa común, la bolsa común para el primer año queda sujeta a la antigüedad pero a los siguientes, en caso de conflicto y coincidencia de peticiones, queda supeditada a la rotación.



Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1348 en: 24 de Abril de 2014, 19:59:47 pm »
Del Acuerdo General

Artículo 14.5. En caso de desacuerdo entre los empleados sobre las fechas de disfrute de las vacaciones, se establece un riguroso orden de rotación con prioridad de elección por antigüedad en el servicio y turno, con rotación para años sucesivos, con la única excepción de los trasladados forzosos a los que, a estos efectos, se les valorará la antigüedad en la Administración Municipal.

Del Acuerdo sectorial de Policía

5.- Vacaciones:

Se estará a lo establecido en el artículo 14 del Acuerdo de la Mesa General de los empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el período 2012-2015, en la redacción dada por el Acuerdo de 13 de septiembre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

Anualmente, y en virtud de lo establecido en el Reglamento del Cuerpo de Policía
Municipal, se establecerán los períodos y los porcentajes de la plantilla para su
disfrute.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1349 en: 25 de Abril de 2014, 09:38:03 am »

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1350 en: 25 de Abril de 2014, 09:56:13 am »
Llama poderosamente la atención la celeridad en desistir de las demandas cuando no conocemos si la de UPM es firme, recordemos que está fechada el 8 de abril y que si fue notificada ese día el plazo para recurrirla finalizó el 23 de abril, quiere decirse que para conocer este extremo, del que no se ha informado, alguien debería haberlo constatado ayer en el juzgado.

Dicho lo anterior, la sentencia viene a casi globalizar en un todo las peticiones, y digo casi por que el cartel de CPPM que dice: "esta sentencia considera la antigüedad como criterio único en la asignación de las vacaciones, obviando cuadrantes, puestos concretos etc...", no es asi, dado que este sindicato vuelve a olvidar, y es curioso que lo haga cuando entre sus filas tiene una buena parte de afiliación mayor, que en el pasado la Administración dividió la PM en dos "categorías", de una parte operativos y de otra, como ahora se denominan, no operativos, quiere decirse que la afirmación de que la sentencia incide en la antigüedad más allá de "puestos concretos" no es cierta y con esa afirmación se vuelve a olvidar a los mayores que teniendo más antigüedad que los "menores" entran en otra bolsa distinta donde sus posibilidades quedan tan mermadas que nada tienen que ver con la bolsa general, 20 a 1 quizás sería la proporción en muchos casos.

Y finalmente, y como ya dije en otro mensaje, la antigüedad no es ni mucho menos un derecho permanente, el vigente Reglamento del Cuerpo en su artículo 74 la señala, pero también nos señala en uno anterior, en el 73, que "las vacaciones se regularán mediante la legislación vigente y los Acuerdos que se alcancen entre Sindicatos y Ayuntamiento, y termina diciendo que la aplicación de las normas de esa sección, es decir, las que regulan las vacaciones, tendrán un carácter supletorio respecto de las anteriores".

Queda por lo tanto claro que la antigüedad, reflejada en nuestro reglamento, tiene un carácter supletorio, y que ante conflicto entre trabajadores, más allá de la sentencia, de la bolsa común y todo lo demás, se puede solicitar la rotación para años sucesivos, esto se introdujo hace unos diez años en los textos reguladores y es el eje fundamental más allá de lo que el cartel refiere como "criterio único". para la asignación.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1351 en: 25 de Abril de 2014, 10:52:59 am »
Puesto que de ser como dicen los dos sindicatos profesionales y esas reclamaciones administrativas a las que pretenden conducir a los afectados, los mayores no operativos, excuidos "sin razón", podrían argumentar lo mismo, que el reglamento del cuerpo otorga a la antigüedad el criterio único a la hora de la asignación dentro de su TURNO, sin que el mismo reglamento haga mención al tipo de "puesto concreto", y eso, ninguno de los dos sindicatos profesionales, sobretodo CPPM que es quien tiene más afiliados mayores dentro de sus filas, lo están informando...dado que puestos a reclamar antigüedad quienes más antiguos que los no operativos?

Venga, se abre la...




Del Acuerdo General

Artículo 14.5. En caso de desacuerdo entre los empleados sobre las fechas de disfrute de las vacaciones, se establece un riguroso orden de rotación con prioridad de elección por antigüedad en el servicio y turno, con rotación para años sucesivos, con la única excepción de los trasladados forzosos a los que, a estos efectos, se les valorará la antigüedad en la Administración Municipal.

Del Acuerdo sectorial de Policía

5.- Vacaciones:

Se estará a lo establecido en el artículo 14 del Acuerdo de la Mesa General de los empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el período 2012-2015, en la redacción dada por el Acuerdo de 13 de septiembre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

Anualmente, y en virtud de lo establecido en el Reglamento del Cuerpo de Policía
Municipal, se establecerán los períodos y los porcentajes de la plantilla para su
disfrute.
« Última modificación: 25 de Abril de 2014, 11:08:07 am por 47ronin »

Desconectado mu2

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4876
  • "Son mis principios; si no le gustan, tengo otros"
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1352 en: 25 de Abril de 2014, 11:11:38 am »
Es que la antigüedad para determinar las vacaciones es injusto a toda luces, o ¿es justo que una persona este condenada a coger unas determinadas vacaciones hasta su jubilación por una situación coyuntural? pues para mi NO.
La antigüedad ya se cobra en nomina.
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot

pacodeasis

  • Visitante
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1353 en: 25 de Abril de 2014, 11:12:15 am »
Huyy, aquí huele a que alguién :mus; no tiene antigüedad en su actual puesto  ;ris;.



Un saludo

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1354 en: 25 de Abril de 2014, 11:14:18 am »
Dice la sentencia:


“De lo expuesto se desprende que en el Reglamento, que parte del carácter polivalente de todo Policía Municipal (art. 39), organiza los turnos de vacaciones, según los períodos y porcentajes que fije la Jefatura del Cuerpo, por dependencias y otorgando preferencia por antigüedad en el empleo. Frente a ello, la Instrucción impugnada atiende, en su apartado cuarto, a los criterios de Unidad, turnos, por lo que la adjudicación de las vacaciones “se llevará a cabo de forma independiente por cuadrantes de fin de semana dentro de cada uno de los turnos”, a la vez que separa radicalmente entre el personal de unidades, OAC y agentes tutores, del personal destinado en secciones y equipos permanentes.

Comparando, pues, ambos sistemas se llega a la conclusión que el sistema previsto en la Instrucción es más restrictivo y prima la organización en función de los cuadrantes, cuando, atendiendo a los criterios del Reglamento, más bien debería ser lo contrario, organizar los cuadrantes en atención a las vacaciones del personal. De la misma forma que la Instrucción separa ciertas unidades sin atender al carácter polivalente de todo Policía Municipal”. 


Y vuelvo a...


Desconectado mu2

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 4876
  • "Son mis principios; si no le gustan, tengo otros"
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1355 en: 25 de Abril de 2014, 11:23:27 am »
Si yo, pero llevo en el cuerpo 32 años y de los 32 me ha sucedido esto mismo por cuestiones coyunturales en por lo menos 28 años, y por contra hay otros que desde que entraron siempre han tenido las vacaciones deseadas.
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1356 en: 25 de Abril de 2014, 11:29:20 am »
Es que la antigüedad para determinar las vacaciones es injusto a toda luces, o ¿es justo que una persona este condenada a coger unas determinadas vacaciones hasta su jubilación por una situación coyuntural? pues para mi NO.
La antigüedad ya se cobra en nomina.

Al margen de la malintencionalidad de algunas personas, algo por otra parte que se acredita día a día, el asunto, como usted bien sabe y conoce, es que se vuelve a relegar al mayor al que se le conduce una y otra vez hacia los toriles cual "desecho de tienta", dado que esa sentencia, de la que ya dije que bienvenida fuere todo aquello que restituye un derecho, olvida en sus fudamentos de derecho a los "no operativos", y los olvida por que cuanto cuando se recurrió se limitarón a hacerlo en el apartado de la subdivision de cuadrantes que introducía y "nadie se acordó", nuevamente, que la referida instrucción volvía a realizar una separación no contemplada en el Reglamento, por qué si la sentencia hace referencia a la antigüedad citada en nuestro Reglamento como criterio para la concesión y viene a decir que prima antes el carácter polivalente de todo PM frente a la organización que pretenden estas Instrucciones, dígame en que parte del Reglamento se separa a unas personas que tienen más antigüedad que otras y que por razón de su "puesto concreto" son discriminadas...ya le contesto, en ninguna, sin embargo, a la hora de recurrir se les vuelve a relegar y en la sentencia dictada ni se les recoge expresamente, eso si, y vuelvo a decirlo, como reseña lo que reseña los "no operativos" deberían reclamar entrar en la misma bolsa, algo que como ve en los dos carteles de los sindicatos profesionales nadie informa y se vuelve a obviar a ese número de personas mayores que por razon de edad o de salud son consideradas "a parte".


pacodeasis

  • Visitante
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1357 en: 25 de Abril de 2014, 11:31:22 am »
Si yo, pero llevo en el cuerpo 32 años y de los 32 me ha sucedido esto mismo por cuestiones coyunturales en por lo menos 28 años, y por contra hay otros que desde que entraron siempre han tenido las vacaciones deseadas.


NO SOLO TÚ, MU2, el THOR, también, ya sabes ¿Qué hay de lo mío? y yo te voy a decir una cosa, ahora mismo sabes que tengo antigüedad para elegir lo que quiera, cosa que no siempre ha pasado, pero aún así tienes razón, lo justo que las vacaciones se eligieran rotativamente aunque a mí no me convenga, si bien esto en la práctica lo veo muy complicado.

Un saludo

pacodeasis

  • Visitante
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1358 en: 25 de Abril de 2014, 11:34:25 am »
Ya sale de nuevo la malintencionalidad, está vd, muy rayado ¿oiga ya que insiste tanto? lo de malintencionado ¿se podría considerar un insulto?, porque entonces me temo que iría contra las reglas del foro.

Un saludo

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223936
Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1359 en: 25 de Abril de 2014, 11:37:16 am »
Y es curioso también este cartel rescatado del pasadoy de hace un año, a destacar el párrafo final del "buen rollito", cuando la Instrucción de las vacaciones desde el año 2007 han terminado todas antes los tribunales...y claro está que de ese "diálogo y entendimiento" se desprende que dieron por buena la Instrucción que hace separaciones no contempladas en nuestro Reglamento.