Lo que vendría a ser una aplicación del Reglamento a una persona que en su tiempo libre ha solicitado autorización para vestir el uniforme reglamentario, pasando a constituirse, desde que se viste y representa a la Institución, en una falta encuadrable.
En el momento en que un funcionario "desvela" su identidad profesional es un funcionario público, ya sea mediante exhibicón de uniforme placa o de forma verbal, y todo lo que haga a partir de entonces tendrá esa consideración, en unos casos se le aplicará el Reglamento y en otros el CÓdigo Penal con toda su dureza por su condición de funcionario.
Y por esa misma razón, el uniforme identifica y representa a la Institución, convirtiéndonos desde que decidimos su porte en funcionarios pertenecientes a esa Institución...no hay más vueltas.