Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769199 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5920 en: 13 de Mayo de 2024, 09:49:49 am »

Rebajan a tres años de cárcel la condena a un traficante que agredió a tres policías en Zaragoza


El joven huyó al llevar 285 gramos de hachís, tiró a un agente por las escaleras de una urbanización y agredió a otros dos en el bar en el que se escondió
Seis años de cárcel por agredir a tres agentes que le incautaron 285 gramos de hachís en Zaragoza
A. T. B.
Zaragoza | 11·05·24 | 07:01 | Actualizado a las 09:47


La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha rebajado de seis a tres años la condena que pesa sobre Kendy Alexander de León Villegas (República Dominicana, 1998) por agredir a tres agentes del Cuerpo Nacional de Policía que, en noviembre de 2022, le incautaron 285 gramos de hachís en el entorno de la plaza Roma de Zaragoza. La estimación parcial del recurso de apelación formulado contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Zaragoza incluye la reducción de la pena de prisión de tres a un año por el delito de atentado a agente de la autoridad y de dos a uno por el delito de tráfico de drogas. El tribunal provincial, presidido por el magistrado José Ruiz Ramo, mantiene asimismo el año de cárcel por el delito de lesiones debido a las heridas que infringió a los agentes.



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5921 en: 14 de Mayo de 2024, 07:15:27 am »

Suspendido el juicio a un guardia Civil de Almadén al no alcanzar el mínimo de candidatos para el jurado


La vista estaba prevista para este viernes en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real
— Piden 15 años y medio para un guardia civil de Almadén por hacer favores a cambio de regalos
Archivo - Audiencia Provincial de Ciudad Real. Palacio de Justicia.
Archivo - Audiencia Provincial de Ciudad Real. Palacio de Justicia. EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press

10 de mayo de 2024 11:48 h
0

El juicio contra un guardia civil de Almadén acusado de hacer favores a cambio de regalos, ha sido suspendido tras no haberse alcanzado el mínimo de candidatos para elegir el Tribunal del Jurado. La vista se habría celebrado este viernes en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real.

El guardia, J.L.G.L., está acusado, junto a su cuñado y otras cuatro personas, de delitos de cohecho, revelación de secretos y falsedad documental, aunque solo J.L.G.L. irá a juicio.

Los acusados fueron detenidos en noviembre de 2021, en el marco de la operación 'Cinabrio', junto a otras once personas, seis de ellas guardias civiles del puesto de Almadén.

Según se desprende del escrito de acusación al que ha tenido acceso Europa Press, el guardia civil acusado recibía regalos a cambio de favores relacionados con su puesto de trabajo.

Entre estos favores, se encuentra el acceso al Sistema Integrado de Gestión Operativa, Análisis y Seguridad Ciudadana (SIGO) de la Guardia Civil para comprobar los datos de una matrícula de un vehículo. A cambio, el guardia fue invitado a una montería de jabalíes.

También se le acusa de hacer un pliego de descargo en una denuncia por conducción temeraria al conductor de un quad, además de haber accedido al Sistema SIGO para decirle al propietario de un establecimiento hostelero que el camarero que tenía pensado contratar carecía de antecedentes penales.

Favores por los que recibió un jamón y fue invitado a comer un “guarrillo”, según las conversaciones telefónicas que el acusado tuvo y que habían sido interceptadas por agentes de asuntos internos de la Guardia Civil.

Por estos hechos, el Ministerio Fiscal pide para el guardia civil acusado una pena de seis años de prisión por un delito continuado de cohecho; cinco años por un delito continuado de descubrimiento y revelación de secretos, y cuatro años y seis meses más por un delito de falsedad documental.

La Fiscalía pide para el cuñado del guardia seis años y medio de prisión por un delito de cohecho y por otro de inducción al delito de descubrimiento y revelación de secretos. Al resto de acusados se les imputan delitos de cohecho y de falsedad documental.



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5922 en: 15 de Mayo de 2024, 22:09:35 pm »
Bien por la jueza  :Plasplas

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Un hombre de 54 años sin antecedentes entrará en prisión tras no devolver un Citroën que alquiló en Oviedo
Asturias
Nel Oliveira
NEL OLIVEIRA
Redacción

El condenado incumplió el pago de la multa que se le impuso por apropiación indebida y ahora tendrá que ir a la cárcel
15 May 2024. Actualizado a las 17:14 h.

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Un leonés de 54 años entrará en prisión tras no devolver un Citroën C1 que alquiló en Oviedo. La magistrada del juzgado de lo penal n.º 3 de Oviedo ha revocado el beneficio de suspensión de la condena que se le había impuesto al varón, que fue condenado a seis meses de cárcel y al pago de una multa de 629 euros más IVA por un delito de apropiación indebida. El impago de esta multa, que pudo fraccionar en hasta ocho mensualidades, ha sido el motivo por el que ahora este leonés tendrá que cumplir dentro de prisión la condena que se le impuso.

Todo comenzó el 3 de febrero de 2022 cuando el condenado, que no tenia antecedentes penales, acudió a las oficinas que la empresa de alquiler de coches Europcar tiene en la estación de Oviedo. Ese día el condenado alquiló un Citroën C1 de color azul, cuyo valor ascendía a los 12.336 euros, hasta el 19 de marzo. Un vehículo del que la empresa no volvió a tener constancia hasta el 31 de marzo, 12 días después de la fecha acordada para la devolución.


Declaran improcedente el despido de una trabajadora que quedó de baja por covid y fue fotografiada «incumpliendo la cuarentena»
E. G. B.


Recoge la sentencia que llegada la fecha de entrega del vehículo el hombre no lo devolvió tal y como se había acordado en el momento que lo alquiló. Todos los intentos de la empresa por ponerse en contacto con el condenado fueron infructuosos: desde varias llamadas de teléfono hasta un burofax que nunca tuvo respuesta. Ante esta negativa, el 28 de marzo la compañía procedió a denunciar la sustracción del vehículo ante la Policía Nacional de Málaga. Días más tarde el coche fue localizado por la Guardia Civil en la localidad ovetense de San Andrés de Trubia.

El coche, que carecía de seguro desde el día en el que se debió entregar de nuevo en las oficinas que la empresa tiene en Oviedo, fue localizado sin daños, aunque estaba sucio y sin gasolina en el depósito. Los gastos que alegó Europcar por todos los días de demora ascendían hasta 629 euros. La misma multa a la que fue condenado y que pudo haber pagado hasta en ocho mensualidades.

El hombre accedió voluntariamente al pago de esa cantidad en beneficio de librarse de los seis meses de prisión. Sin embargo, nunca la abonó. «El penado carece de voluntad seria de compensar, al menos en lo económico, a la víctima», recoge el auto en el que se ordena su entrada en prisión y en el que también se refleja que no puede compensarse el pago por trabajos en beneficio de la comunidad.

 

Archivado en:Alquiler Oviedo Asturias Málaga Guardia Civil Morosidad
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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5923 en: 16 de Mayo de 2024, 07:41:53 am »

Un exjefe de Explosivos de Guardia Civil se enfrenta a 2 años de cárcel por almacenar material pirotécnico sin seguridad


Un exjefe de Explosivos de Guardia Civil se enfrenta a 2 años de cárcel por almacenar material pirotécnico sin seguridad
Archivo - Ciudad de la Justicia de València
- EUROPA PRESS - ARCHIVO
Europa Press C. Valenciana
@epcvalenciana
El juicio, previsto para este miércoles, se ha tenido que suspender por un problema con las citaciones de los acusadosVALÈNCIA, 15 May. (EUROPA PRESS) -
Un hombre, Teniente Coronel en la reserva que había sido responsable de la Intervención de Armas y Explosivos en la Guardia Civil, y su hijo, se enfrentan a dos años de cárcel por almacenar material pirotécnico en un local situado en los bajos de un edificio sin las correspondientes medidas de seguridad necesarias para su conservación y manipulación.

El juicio contra ambos debía haberse celebrado este miércoles en la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia pero se ha suspendido por un problema relacionado con la citación de los acusados, que habían cambiado de domicilio. Se da la circunstancia de que esta vista ya se suspendió el pasado mes de noviembre por un problema de salud de uno de los acusados.

Tanto el padre como el hijo, este último experto en manejo de artefactos pirotécnicos, se enfrentan a dos años de cárcel, tal y como reclama provisionalmente el ministerio fiscal, por un delito de riesgo por materiales que puedan causar estragos. Además, se les reclama el pago de una multa.

Thank you for watching

Tal y como se desprende de la calificación fiscal, los acusados, puestos de común acuerdo, efectuaban en una pirotecnia las mezclas de materias primas y, una vez realizadas, trasladaban la sustancia elaborada en bidones metálicos hasta un local de Paiporta, en el bajo de un bloque de viviendas en pleno casco urbano sin medidas y condiciones de seguridad.

En ese bajo ambos manipulaban y almacenaban la sustancia elaborada y, posteriormente, fabricaban los productos calificados como artefactos pirotécnicos tipo P2. En concreto, confeccionaban las cargas expansores de gasas compuestas de tubos de cartón o PVC, según calibre, tapones de plásticos, inflamadores eléctricos, estopín enfundado y carga explosiva.

El local se hallaba ubicado en una calle rodeada de viviendas por todos sus francos, en la parte superior y en sus laterales, frente a un parque público, en una transitada arteria de la localidad de Paiporta.

La entrada y registro practicado en el local el 3 de diciembre de 2020 por parte de los agentes encargados de esta investigación permitió la intervención de gran cantidad de producto elaborado y de material confeccionado para cargas.

Los productos, usados en obra civil para el rompimiento de roca, hormigón o materiales similares, estaban almacenados sin las medidas de seguridad adecuadas para su peligrosidad.

Según la Fiscalía, en el suelo del local se encontró esparcida gran cantidad de mezcla explosiva, mucha humedad y polvo en suspensión, lo que, en caso de chispa, llama o fricción, podría haber provocado la explosión del producto con graves consecuencias para las personas.

En concreto, tal y como detalla el ministerio público en su escrito, existía un riesgo "potencial" de explosión como consecuencia de posibles incendios en el local en el que se almacenaba, ya que fueron incautadas numerosas cajas de cartón que contenían gran número de cápsulas del producto terminado, algunas de ellas de gran tamaño, así como varios recipientes con la sustancia a granel, "máxime si se tiene en cuenta que se hallaban almacenados junto a una gran cantidad de material combustible, como plásticos y embalajes de cartón para montar".

Y apostilla el fiscal: "Existía riesgo derivado de manipulación y almacenamiento de sustancia extremadamente volátiles como el magnesio. Cuando partículas de este tipo de sustancias se combinan con el aire, se puede llegar a formar atmósferas explosivas, altamente inflamables, que pueden iniciarse por la simple acción de una chispa o fuente de calor, produciéndose una explosión".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5924 en: 18 de Mayo de 2024, 09:24:18 am »

La Guardia Civil gripa el BMW de un traficante y se lo va a tener que pagar


El delincuente fue detenido en 2019 tras una persecución a bordo del BMW, en el que se encontraron hasta 380 gramos de cocaína
Iván Mingo
Iván Mingo
18/05/2024 Actualizada 04:30

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No es raro que durante las operaciones policiales además de dinero se incauten otro tipo de bienes como coches de lujo, motocicletas o embarcaciones.

Hace ya años que a petición de las fuerzas de seguridad, los jueces encargados de la instrucción pueden decidir que esos vehículos pases a ser propiedad de las mismas, para que los agentes puedan disponer de ellos como consideren en sus labores diarias.
Coches rápidos y potentes
Es una forma rápida y sencilla de que los agentes dispongan de vehículos potentes o todoterrenos para llevar a cabo operativos en los que son necesarios para persecuciones o para circular por la playa o la montaña.

Hasta aquí nada fuera de lo habitual, lo que no sabíamos es que los delincuentes tuvieran la posibilidad de recuperar sus bienes a través de un abogado. Este es el caso de la historia que nos ocupa destapada por el Diario de Mediterráneo de Castellón.
BMW Serie 6, un espectacular Coupé
BMW Serie 6, un espectacular Coupé

Recurso de detenido
El origen de la misma se remonta a 2018 cuando la Guardia Civil se incautaba de un BMW Serie 6 valorado en algo menos de 100.000 euros. En este caso un año después los tribunales otorgaban a las fuerzas de seguridad el uso del mismo para persecuciones y operativos de seguimiento.

Tras meses en funcionamiento sin el menor mantenimiento ni cambio de aceite, pese a que el automóvil así lo requería a través el ordenador, el vehículo rompía tanto el motor (gripado) como el cambio de marchas, una avería muy importante que en la mayor parte de los casos supone mandar el coche al desguace.
Daños en la carrocería y en el interior del BMW
Daños en la carrocería y en el interior del BMW

Simultáneamente el recurso del propietario detenido prosperaba y el coche volvía a manos del mismo, pero en un estado lamentable, pues a los daños mecánicos había que sumar rayones en la carrocería y en el interior.
Finalmente los tribunales condenaron al Estado a indemnizar al supuesto delincuente, que fue detenido por posesión de 379 gramos de cocaína tras una persecución en Castellón, que recibirá más de 18.100 euros en concepto de daños, con los que tendrá que reparar el vehículo de lujo una vez que vuelva a sus manos.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5925 en: 21 de Mayo de 2024, 09:22:09 am »


El Supremo dice que acusar de genocidio a Israel no es “antisemitismo” y archiva las denuncias contra Ione Belarra


Los jueces rechazan varias acciones penales presentadas contra la secretaria general de Podemos y explican que sus acusaciones de “apartheid” contra Israel no incitan al odio contra la comunidad judía
Archivo — El PP acusa de “antisemitismo” a Belarra y pide su cese por criticar la reacción de Israel a los ataques de Hamás





La secretaria general de Podemos, Ione Belarra
La secretaria general de Podemos, Ione Belarra Eduardo Manzana - Europa Press
Alberto Pozas

20 de mayo de 2024 15:40h
Actualizado el 20/05/2024 18:37h
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Criticar a Israel por la ocupación de territorios o por los ataques a la población de Palestina no es ni antisemitismo ni un delito de odio. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo al rechazar varias denuncias y querellas interpuestas conta Ione Belarra, líder de Podemos, por acusar a Israel de ejercer “políticas de apartheid” frente a Palestina. Los jueces explican que estas opiniones “no pueden ser calificadas de antisemitas”, como en algunas ocasiones también ha acusado el PP, ni tampoco de delito de odio: “Las críticas a la acción militar no pueden ser calificadas de antisemitas o como discursos de odio simplemente porque tengan como destinatario al gobierno de Israel”, dice el Supremo.

Una de las denuncias acusaba a la diputada de un delito de odio y fue presentada por el presidente de Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM), la misma que se querelló contra Ada Colau por suspender el hermanamiento entre Barcelona y Tel Aviv. La querella que también se ha rechazado fue presentada por Jaime Arturo del Burgo Azpiroz, excuñado de la reina Letizia Ortiz.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5926 en: 21 de Mayo de 2024, 17:56:02 pm »
Con estos jueces de ultraizquierda, no se dónde vamos a llegar.
PARTIDO SANCHISTA OBRERO ESPAÑOL. EL MAS MENTIROSO DE LA HISTORIA.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5927 en: 22 de Mayo de 2024, 08:20:46 am »

A juicio un guardia civil jubilado por falsificar más de 60 recetas médicas del ISFAS


El Ministerio Fiscal solicita para el procesado dos años y cuatro meses de cárcel y una multa de 540 euros
A juicio un guardia civil jubilado por falsificar más de 60 recetas médicas del ISFAS
El procesado, según la Fiscalía, las presentó entre diciembre de 2019 y julio de 2020 en diversas farmacias. | Pixabay

Juan P. Martínez | Palma | 22/05/24 00:30
   
Un agente de la Guardia Civil jubilado se enfrenta a dos años y cuatro meses de prisión y a una multa de 540 euros acusado de falsificar más de 60 recetas médicas del ISFAS (Instituto Social de las Fuerzas Armadas) que utilizó entre diciembre de 2019 a julio de 2020. La vista por estos hechos tendrá lugar en un juzgado de lo Penal de Palma.


Tal y como detalla la Fiscalía en su escrito de acusación, el procesado, de 74 años, rellenó un total de 62 recetas del talonario que tenía a su nombre que contaba como prescritas por un doctor. Para ello las completó con los datos del médico imitando su firma. 51 de ellas las utilizó en distintas farmacias de la la Isla para obtener benzodiazepinas y el resto para Paracetamol y antihipertensivos entre finales de 2019 a julio de 2020.

El varón, según la acusación pública, obtenía los medicamentos con un descuento importante respecto de su valor de venta al público ya que una parte sustancial fue abonada por el ISFAS. Dicha cantidad ascendió a 139,64 euros. Tras destaparse el asunto, el procesado quedó imputado por un delito continuado de falsedad en documento oficial en concurso medial con continuado de leve de estafa.

EL APUNTE
¿Qué es el ISFAS?
El Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Defensa, que posee personalidad jurídica pública diferenciada y tiene a su cargo la gestión del Régimen Especial de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, la Guardia Civil, el personal del CNI y el personal civil de cuerpos adscritos al Ministerio de Defensa.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5928 en: 25 de Mayo de 2024, 07:16:33 am »

Condenado en Palma  el guardia civil jubilado que falsificó más de 60 recetas médicas del ISFAS


El acusado reconoció los hechos ante la jueza y aceptó un año y un día de prisión
Condenado en Palma el guardia civil jubilado que falsificó más de 60 recetas médicas del ISFAS
Imagen de recurso de varias recetas médicas. | R.S.

Juan P. Martínez | Palma | 23/05/24 00:30 | Actualizado a las 08:50
   
Un juzgado de lo Penal de Palma ha condenado a un año y un día de prisión y al pago de una multa de 540 euros al guardia civil jubilado que robó más de 60 recetas médicas el ISFAS (Instituto Social de las Fuerzas Armadas) y que utilizó entre diciembre de 2019 a julio de 2020. La magistrada le apreció el atenuante de reparación del daño, ya que antes de la vista abonó la responsabilidad civil, que ascendía a 139,64 euros.


La defensa del acusado, ejercida por la abogada Martina Bauzá Mora, solicitó la suspensión de la pena de cárcel y la Fiscalía no se opuso. Para eludir entrar en la prisión el hombre, de 74 años, no podrá volver a delinquir durante los tres próximos años.

El enjuiciado reconoció ante la jueza que rellenó un total de 62 recetas del talonario que tenía a su nombre y que contaba como prescritas por un doctor. Para ello las completó con los datos del médico imitando su firma. 51 de ellas las utilizó en distintas farmacias de la la Isla para obtener benzodiazepinas y el resto para Paracetamol y antihipertensivos entre finales de 2019 a julio de 2020. El varón obtenía los medicamentos con un descuento importante respecto de su valor de venta al público ya que una parte sustancial fue abonada por el ISFAS. Dicha cantidad ascendió a 139,64 euros.

Dada la conformidad alcanzada entre las partes antes de iniciarse la vista, la jueza dictó sentencia 'in voce' en el mismo acto.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5930 en: 27 de Mayo de 2024, 12:01:07 pm »
Veremos....



Irene Montero e Iglesias confían en que su "acosador" procesado no quede en "la impunidad"


27 MAYO 2024 11:08H MADRID
SERVIMEDIA

La secretaria política de Podemos y exministra de Igualdad, Irene Montero, y su pareja el exvicepresidente del Gobierno y ex secretario general de Podemos Pablo Iglesias, afirmaron este lunes antes del inicio del juicio a Miguel Frontera, uno de los supuestos promotores del acoso domiciliario que sufrieron durante meses, que esperan que éste no quede "en la impunidad".

La secretaria política de Podemos y exministra de Igualdad, Irene Montero, y su pareja el exvicepresidente del Gobierno y ex secretario general de Podemos Pablo Iglesias, afirmaron este lunes antes del inicio del juicio a Miguel Frontera, uno de los supuestos promotores del acoso domiciliario que sufrieron durante meses, que esperan que éste no quede "en la impunidad".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5931 en: 28 de Mayo de 2024, 01:09:58 am »
Yo no confío en que haya condena, si en vez de Pablo Iglesias la acosada fuera Ayuso otro gallo cantaría

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5932 en: 28 de Mayo de 2024, 16:23:10 pm »
Si hubieran seguido viviendo en la Colonia de los Taxistas en Puente de Vallecas. . . ten por seguro que nada de esto les hubiera pasado. . .  pero en el casoplón de Galapagar. . . les dejaron el balón botando. . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5933 en: 29 de Mayo de 2024, 20:34:51 pm »

Quitarse el preservativo en medio de la relación sexual es delito, declara el Supremo


El Tribunal vota por unanimidad que esta práctica atenta contra la libertad sexual, y será penada como una penetración sin consentimiento
El preservativo es el principal método anticonceptivo usado por las españolas
 El preservativo es el principal método anticonceptivo usado por las españolas larazon
A. ABIZANDA
Creada: 29.05.2024 19:12
Última actualización: 29.05.2024 19:12
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Quitarse el condón sin comunicárselo a la pareja mientras se mantienen relaciones sexuales o no usarlo si se ha pactado previamente es delito, según lo ha declarado este miércoles el Tribunal Supremo. El alto tribunal ha considerado por unanimidad que el "stealthing" (sigilo, en español) atenta contra la libertad sexual, según ha informado en un comunicado. Por este motivo cualquiera de estas prácticas estará considerada a partir de este momento como otra forma de agresión sexual.

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Sobre la pena a imponer, cinco magistrados han considerado que debe fijarse la misma que se aplica a una penetración sin consentimiento. Del resto de los integrantes no ha trascendido su postura.

La sentencia, que será publicada y notificada en las próximas semanas, servirá para arrojar luz sobre una modalidad delictiva con escasa jurisprudencia en España, como advirtieron unos jueces que impusieron una reciente condena basada en esta figura.


El embarazo no deseado, enfermedades de transmisión sexual y secuelas psicológicas son algunas de las consecuencias de las víctimas del "stealthing".

El pasado mes de enero el Tribunal Supremo empezó a estudiar este asunto a raíz de un caso procedente de la Audiencia Provincial de Sevilla, donde el acusado fue condenado a 4 años de cárcel por un delito de abuso sexual y a 6 meses de prisión por otro de lesiones, informa Ep.

Inicialmente eran cinco magistrados de la Sección Segunda los que se dispusieron a abordar la deliberación y fallo del recurso presentado por el hombre contra esta condena, que fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía. Sin embargo, finalmente decidieron elevarlo a Pleno al entender que planteaba una cuestión novedosa que el Supremo no había abordado hasta ahora.

Hace unos meses, la Audiencia Provincial de Madrid condenó a dos años de cárcel por un delito contra la libertad sexual a un hombre que mantuvo relaciones sexuales sin preservativo con una mujer a pesar de que había pactado usarlo ante el temor de ella a quedarse embarazada o contraer enfermedades de transmisión sexual.


La audiencia madrileña le condenó por un delito de abuso sexual, a consecuenciadel cual la mujer contrajo una enfermedad de transmisión sexual, y detalló que se trataba de un caso de "stealthing", consistente en "la retirada subrepticia, en prescindir o no usar con el mismo sigilo el preservativo durante todo o parte de una relación sexual, pese a haber sido pactado o impuesto por la pareja como condición para prestar el consentimiento".


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5934 en: 01 de Junio de 2024, 06:15:48 am »
El acusado de matar al jefe de la UEI de la G.Civil y a un vecino se declara culpable


Historia de Agencia EFE • 9 h • 3 minutos de lectura


Valladolid, 31 may (EFE).- Pablo Antonio S.H., apodado Chiqui, a quien se juzga desde hoy en Valladolid acusado de matar con un fusil al jefe de la Unidad Especial de Intervención de la Guardia Civil y a un vecino en julio de 2022 se ha reconocido autor de los hechos y ha expresado su arrepentimiento.

"Soy culpable de haber matado a esas personas", ha declarado el procesado, quien ha añadido que la situación se le "fue de las manos", y ha sostenido que el día en el que ocurrieron los hechos estaba borracho, drogado y empastillado.

Según su versión, disparó al guardia civil que resultó muerto "para asustar" y a un vecino que también falleció porque pensó que iba armado.

La vista oral ha comenzado este viernes tras la elección de un jurado popular compuesto por siete hombres y dos mujeres en la Audiencia Provincial de Valladolid, donde la Fiscalía, las cuatro acusaciones particulares y la acción popular, además de la defensa, han expuesto sus alegaciones previas.
El acusado ha declarado por la tarde y solo ha contestado a preguntas de la fiscal, que reclama penas que suman 58 años de prisión, y a su letrado.

Concretamente, la Fiscalía considera los hechos un delito de asesinato por el que pide veinte años, otro de tentativa de asesinato por el que reclama ocho años de prisión, un delito de secuestro, por el que pide cuatro años, y otro delito de asesinato en concurso ideal con un delito de atentado, por el que solicita 24 años de cárcel. Por tenencia ilícita de armas, la fiscal demanda dos años de prisión.

Disparó a su vecino tras una discusión

Los hechos ocurrieron la madrugada del 1 de julio de 2022 en Santovenia de Pisuerga (Valladolid), una horas después de una disputa previa entre Chiqui y su vecino Dionisio, que según el acusado siempre se habían llevado muy bien y eran amigos desde la infancia.

No obstante, en la tarde de ese 30 de junio, tras la pelea, se quedó con el novio de su hijastra en su vivienda, situada en un piso bajo, para guardar la casa porque les habían amenazado con quemarla y con que los iban a matar a todos.

"Tenía miedo" y "tenía que conservar lo poco que tenía", ha justificado el acusado quien ha asegurado que Dionisio fue hasta allí y empezó a dar patadas a al puerta de entrada.

"Yo estaba confuso por los golpes que estaba dando", ha sostenido el procesado, tras lo que ha subrayado que su vecino les amenazaba desde el descansillo diciendo "abrid la puerta, ladrones".

"Abrí la puerta y disparé a Dionisio", ha resumido Pablo Antonio S.H., quien utilizó un fusil que, según ha dicho, encontró en un descampado con su munición hace unos quince años.

El acusado, quien ha expuesto que el novio de su hijastra se quedó con él porque quiso -las acusaciones sostienen que el procesado le mantuvo como rehén-, ha negado que después de disparar a su vecino le golpease con la culata del arma y ha rechazado también que quisiera usar el rifle contra un hijo del hombre que resultó muerto.

A tiros contra la Guardia Civil

Ante la situación generada, acudió al lugar del suceso la Unidad Especial de Intervención (UEI) de la Guardia Civil desde Madrid.

El procesado ha manifestado que sintió que los agentes estaban al otro lado de su puerta y reclamó que se marcharan porque pensaba que iban a entrar en el domicilio.

Primero disparó el arma dentro de casa y después a través de la puerta de entrada, a unos 90 centímetros del suelo, "para asustarles", ha narrado el acusado.

El disparo dio en el casco del teniente coronel de la UEI Pedro Alfonso Casado, quien falleció dos días después.





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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
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La «falta de claridad» judicial absuelve en dos ocasiones ante el TS a un policía al que relacionaban con el narcotráfico



El Supremo anula así por segunda vez la sentencia dictada contra el policía local desde la Audiencia Provincial de Málaga. Foto: EP
La «falta de claridad» judicial absuelve en dos ocasiones ante el TS a un policía al que relacionaban con el narcotráfico
Portada / Tribunales
Barbara Hermida
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02/6/2024 06:30
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Actualizado: 02/6/2024 00:59
Un robo de hachís organizado por unos trabajadores a su jefe narcotraficante ha llegado hasta el Supremo. Un caso en el que el alto tribunal ha acabado absolviendo hasta en dos ocasiones a uno de los involucrados, un policía local de Málaga.

Un narcotraficante adquirió “un importante alijo de hachís” de 1.100 kilogramos. Una adquisición tras la que el hombre, desconocido, decidió contratar “a varias personas para que realizaran el cargamento, transporte y almacenaje de la droga”, tal y como relata ahora la sentencia del Tribunal Supremo.


Sin embargo, estas contrataciones no acabaron siendo una buena inversión del traficante. Y es que los contratados, lejos de cumplir con su cometido, decidieron urdir una trama para convertirse en los nuevos propietarios del alijo.

Algo para lo que contaron con la participación de un policía local de Málaga al que, presuntamente, involucraron en la trama.

Así pues, los trabajadores del narcotraficante simularon, junto al policía, una redada policial en la que era «confiscada» la droga en cuestión. El policía malagueño, “para dar mayor veracidad a la situación y hacer creer al traficante que había perdido el alijo por la intervención policial, confeccionó un atestado falso. El cual exhibieron al propietario de la droga”.

Un engaño que no funcionó, habiendo seguido el traficante su alijo durante todo el trayecto. Algo tras lo que, al haber sido «robado» por sus propios trabajadores, decidió acudir a la policía. En concreto, fue el abogado del narcotraficante “que tenía una copia del atestado, se presentó en el cuartel de la Guardia Civil».

Atestado que fue detectado como falso por los agentes. Y que, tras una investigación, llevó a los hombres, junto al policía local, ante los tribunales. En concreto, ante la Audiencia Provincial de Málaga.  Eso sí, sin que se encontrase rastro alguno de la droga supuestamente confiscada.

Sin embargo, el tribunal absolvía a todos los implicados en el proceso de narcotráfico. Así pues, entendía que, sin el alijo de hachís, “no han resultado probados los hechos objeto de acusación”. Fallo que llegaba hasta el Tribunal Supremo en forma de recurso de casación presentado por la Fiscalía.

 Y es que entendía el Ministerio Fiscal que la Audiencia Provincial habría vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, “en su modalidad de derecho a una resolución coherentemente razonada”. Así pues, la decisión del tribunal parecía pobremente razonada en la sentencia dictada por la Audiencia Provincial.

EL SUPREMO FALLA EN DOS OCASIONES FRENTE A LAS SENTENCIAS HACIA EL POLICÍA
Un primer recurso aceptado por el alto tribunal que, en su sentencia de 18 de marzo de 2021, anulaba el fallo de la Audiencia Provincial. Y, con ello, instaba al mismo tribunal a dictar “nueva sentencia adaptada a las exigencias del derecho a la tutela efectiva”. Fallo en el que el Supremo, igualmente, determinaba el mantenimiento “del resto de los pronunciamientos”.

Mandato que cumplía la Audiencia Provincial. Pero que, sin embargo, acababa llegando nuevamente ante el Tribunal Supremo,

Y es que, lejos de limitarse a solventar estos aparentes fallos de forma, la Audiencia Provincial de Málaga cambió el resto de pronunciamientos. Y con ello, su anterior sentencia. Algo que contradecía el mandato del Tribunal Supremo.

“De forma sorprendente, donde antes se absolvía al policía local de todos los delitos por los que venía siendo acusado, ahora se le condena como autor de un delito de falsedad documental”, critica la Fiscalía, en este segundo proceso ante el Tribunal Supremo. Una condena que supone 1 año y 7 meses de prisión, así como 4 meses de multa, a razón de 10 euros diarios.

Una posición de la Fiscalía que comparte el alto tribunal en su sentencia 336/2024. “La petición se concretaba en que se dictara una nueva sentencia en la que se subsanen los defectos de motivación”, destaca. “Sin embargo, tal y como señala el Fiscal en su recurso, la Audiencia Provincial, extralimitándose, ha decretado de oficio la nulidad de la deliberación y votación del fallo. Incurre en arbitrariedad”.

Afirmación ante la que el Supremo estima el recurso presentado por el Ministerio Fiscal. Y, con ello, “anula la parte del fallo referido a la condena como autor de un delito de falsedad documental (al policía), restableciendo la absolución acordada” previamente.

Así lo acuerda y firma la Sala de lo Penal compuesta por los magistrados Manuel Marchena (presidente), Juan Ramón Berdugo (ponente), Ana María Ferrer, Susana Polo y Eduardo de Porres.