Autor Tema: Vacaciones, EBEP y sentencias  (Leído 187653 veces)

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1600 en: 16 de Abril de 2016, 09:25:05 am »
Mucho se está hablando en foros y redes sobre la jornada y sus cuadrantes en algo que presumo se alargará hasta junio dado que dependemos de la mesa general para luego establecer el sistema de compensaciones a aplicar....pero de este asunto, el de la instrucción anual de las vacaciones parece que nuevamente se quiere apurar al máximo su resolución...esperemos que en esta semana que entra la Dirección tenga a bien hacernos saber su directriz.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1601 en: 16 de Abril de 2016, 17:55:26 pm »
Nosotros ya hemos tenido que pedir las vacaciones.


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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1602 en: 20 de Abril de 2016, 17:40:25 pm »

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1603 en: 24 de Abril de 2016, 21:21:53 pm »
Ya va llegando...
.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1604 en: 25 de Abril de 2016, 18:29:33 pm »
La misma mierda que el año pasado :Enfadado_1

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1605 en: 25 de Abril de 2016, 18:35:20 pm »
La misma mierda que el año pasado :Enfadado_1

Esperaba algo "revolucionario"?

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1606 en: 25 de Abril de 2016, 23:13:55 pm »
La misma mierda que el año pasado :Enfadado_1

Esperaba algo "revolucionario"?
desde luego se esperaba algo mejor, despues de más de 26 años de gobierno de derechas, recordemos que fúe Sahagún en el 89, el que verdadermente nos dio algo, además de aumentar la plantilla considerablemente, y después la derecha en su papel de caritativo nos da derechos, nos los quita, nos da bufandas, no las quita, nos da dias no los quita, nos da pagas, no las quita, estos hasta ahora nada de nada, esperemos que se asienten y empiecen a dar algo

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1607 en: 26 de Abril de 2016, 05:38:20 am »
La misma mierda que el año pasado :Enfadado_1

Esperaba algo "revolucionario"?
desde luego se esperaba algo mejor, despues de más de 26 años de gobierno de derechas, recordemos que fúe Sahagún en el 89, el que verdadermente nos dio algo, además de aumentar la plantilla considerablemente, y después la derecha en su papel de caritativo nos da derechos, nos los quita, nos da bufandas, no las quita, nos da dias no los quita, nos da pagas, no las quita, estos hasta ahora nada de nada, esperemos que se asienten y empiecen a dar algo

No veo ninguna relación entre quien gobierne y una instrucción de vacaciones más allá que esta, la de 2016, va a ser la primera en 11 años que no acabe en los tribunales por que no contiene nada que pueda suponer un perjuicio a los derechos laborales de algunos trabajadores como ya introdujesen en el pasado, unas con sentencias positivas y otras negativas, pero ya sabemos lo que es un contencioso...una lotería.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1608 en: 01 de Mayo de 2016, 01:35:09 am »
Lo de este cuerpo es acojonante, hay compañeros que pedirán las vacaciones los últimos durante 20 años por el tema de la antigüedad.
Esto no se hace ni en bomberos, Samur, etc... La antigüedad la pagan en los trienios y la compensan con días libres, se deberia elegir de forma rotatoria, pero esto es Madrid.......
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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1609 en: 01 de Mayo de 2016, 07:34:01 am »
Lo de este cuerpo es acojonante, hay compañeros que pedirán las vacaciones los últimos durante 20 años por el tema de la antigüedad.
Esto no se hace ni en bomberos, Samur, etc... La antigüedad la pagan en los trienios y la compensan con días libres, se deberia elegir de forma rotatoria, pero esto es Madrid.......

Esa cuestión ya fue resuelta por el anterior Director de Seguridad al establecer que la rotación no es encajable en la PM y que a tenor del Reglamento es la antigüedad la que debe tenerse en cuenta...lo que ocurre es que la separación de puestos, cuadrantes y numero en reparto puede causar, y de hecho lo provoca, que unos menos antiguos puedan optar a vacaciones en fechas que otros con más antiguedad no puedan...e incliuso imagínese que el reparto es entre únicamente dos, entonces el de menor antigüedad nunca podrá acceder a lo que vedaderamente quiera hasta que el tiempo pase y se convierta en el de más antigüedad de esos dos.


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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1610 en: 01 de Mayo de 2016, 10:28:31 am »
Lo de este cuerpo es acojonante, hay compañeros que pedirán las vacaciones los últimos durante 20 años por el tema de la antigüedad.
Esto no se hace ni en bomberos, Samur, etc... La antigüedad la pagan en los trienios y la compensan con días libres, se deberia elegir de forma rotatoria, pero esto es Madrid.......

Esa cuestión ya fue resuelta por el anterior Director de Seguridad al establecer que la rotación no es encajable en la PM y que a tenor del Reglamento es la antigüedad la que debe tenerse en cuenta...lo que ocurre es que la separación de puestos, cuadrantes y numero en reparto puede causar, y de hecho lo provoca, que unos menos antiguos puedan optar a vacaciones en fechas que otros con más antiguedad no puedan...e incliuso imagínese que el reparto es entre únicamente dos, entonces el de menor antigüedad nunca podrá acceder a lo que vedaderamente quiera hasta que el tiempo pase y se convierta en el de más antigüedad de esos dos.



Pues en muchos sitios no se utiliza este sistema, entre ellos bomberos del Ayuntamiento de Madrid, samur etc.
Este sistema no es justo ya que dependiendo del turno y unidad te puedes tirar 20 años eligiendo las vacaciones el último, además que a los más antiguos ya les compensan con trienios y días por antigüedad, así que están compensados doblemente.
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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1611 en: 01 de Mayo de 2016, 11:15:57 am »

Escudero, dixit...el reglamento del Cuerpo establece el criterio de la antigüedad a la hora de solicitar las vacaciones sin que pueda introducirse la rotacion en años sucesivos.


Y aquí sería aplicable el refranero popular sabio, que dice: cuando seas padre comerás huevos....algo que es una realidad a tenor de lo dispuesto en la resolución.que le menciono del.anterior Director de Seguridad tras plantearse este asunto de la rotación para años sucesivos.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1612 en: 01 de Mayo de 2016, 12:46:17 pm »
Si seguimos así habrá unidades con una media de edad de 60 años,  a ver si eligen las vacaciones a garrotazos.......
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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1613 en: 01 de Mayo de 2016, 13:15:55 pm »
Si seguimos así habrá unidades con una media de edad de 60 años,  a ver si eligen las vacaciones a garrotazos.......

No lo descarte.

 ;ris;

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1614 en: 02 de Mayo de 2016, 08:41:23 am »
hay una controversia sobre si son adiciobales a los 22 días de vacaciones aquellos que por razón de antigüedad se suman a los mismos en función de los 15, 20 , 25 y 30 años de servicio, toda vez que para unos está implícita la posibioidad de adición y para otros, al no venir contenidos expresamente, no.

SON ADICIONABLES?

SON ADICIONABLES A LA FUERZA?

SON ADICIOBABLES A PERIODO DE MÁS DE CINCO DÍAS?

SE PUEDEN COGER COMO DÍAS SUELTOS COMO EL AÑO PASADO?


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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1615 en: 04 de Mayo de 2016, 03:35:56 am »
La misma mierda que el año pasado :Enfadado_1

Esperaba algo "revolucionario"?
desde luego se esperaba algo mejor, despues de más de 26 años de gobierno de derechas, recordemos que fúe Sahagún en el 89, el que verdadermente nos dio algo, además de aumentar la plantilla considerablemente, y después la derecha en su papel de caritativo nos da derechos, nos los quita, nos da bufandas, no las quita, nos da dias no los quita, nos da pagas, no las quita, estos hasta ahora nada de nada, esperemos que se asienten y empiecen a dar algo

No veo ninguna relación entre quien gobierne y una instrucción de vacaciones más allá que esta, la de 2016, va a ser la primera en 11 años que no acabe en los tribunales por que no contiene nada que pueda suponer un perjuicio a los derechos laborales de algunos trabajadores como ya introdujesen en el pasado, unas con sentencias positivas y otras negativas, pero ya sabemos lo que es un contencioso...una lotería.

Pues contiene " algo" que, creo recordar, en su momento se le ap!icó una suspensión cautelar: la antigüedad en el turno de trabajo coincidente en fin de semana y NO la antigüedad en el Cuerpo.
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1616 en: 04 de Mayo de 2016, 06:51:28 am »


Pues contiene " algo" que, creo recordar, en su momento se le ap!icó una suspensión cautelar: la antigüedad en el turno de trabajo coincidente en fin de semana y NO la antigüedad en el Cuerpo.

No termino de entenderle.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1617 en: 06 de Mayo de 2016, 14:12:38 pm »


Pues contiene " algo" que, creo recordar, en su momento se le ap!icó una suspensión cautelar: la antigüedad en el turno de trabajo coincidente en fin de semana y NO la antigüedad en el Cuerpo.

No termino de entenderle.


Que se hace por cuadrante y no por el total de la unidad !!!

Por cuadrante de turno.
:Quemado_1
:Quemado_1 nbspnbsp  nbspnbsp nbspnbsp ¡ ETHAN ! nbspnbsp nbspnbsp  nbspnbsp  nbspnbsp :Quemado_1 nbspnbsp
:Quemado_1

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1618 en: 06 de Mayo de 2016, 14:16:38 pm »


Pues contiene " algo" que, creo recordar, en su momento se le ap!icó una suspensión cautelar: la antigüedad en el turno de trabajo coincidente en fin de semana y NO la antigüedad en el Cuerpo.

No termino de entenderle.


Que se hace por cuadrante y no por el total de la unidad !!!

Por cuadrante de turno.

Pero eso ya fue asi el año pasado...la sentencia del TSJM revocando otra declaró su procedencia.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1619 en: 17 de Junio de 2016, 10:06:56 am »
Nueva jurisprudencia
El Tribunal Supremo 'sube' el sueldo de las vacaciones

Acuerda que se incluyan conceptos como productividad o disponibilidad que sí se pagan en el resto de mensualidades

El Alto Tribunal cambia su doctrina para ajustarse a lo resuelto por el Tribunal de la UE

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MANUEL MARRACO   Madrid
marraco_elmundo
16/06/2016 15:59
El Tribunal Supremo ha decidido que el sueldo correspondiente a las vacaciones deberá incluir conceptos que hasta ahora se dejaban fuera.


La Sala de lo Social, que por la relevancia del asunto se ha reunido en Pleno, ha dictado dos sentencias en las que abandona sus tesis restrictivas de la retribución aplicable al descanso anual y pasa a adaptarse a las más generosas resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El punto de partida del Supremo es que la retribución correspondiente a las vacaciones debe atender a su finalidad legal de "descanso efectivo", por lo que no puede disuadir o desincentivar su disfrute. Para ello, es necesario que, durante el periodo de descanso, el trabajador mantenga su retribución habitual, lo que supone incluir en la mensualidad los pagos que se perciban con regularidad el resto del año.

El Tribunal menciona varios aspectos concretos que los convenios colectivos ya no podrán dejar fuera del cálculo del salario de vacaciones: lo que se cobre habitualmente por antigüedad, titulación, idiomas, nocturnidad, peligrosidad, incentivos por ventas o plena disponibilidad, entre otros. Sí quedan fuera, por ejemplo, las horas extraordinarias o nocturnidades esporádicas.

Los magistrados de la Sala presidida por Jesús Gullón han resuelto simultáneamente dos recursos interpuestos por empresas contra sentencias de la Audiencia Nacional. En el primero, sobre una empresa de telemárketing, concluye que un concepto como el de comisiones y/o incentivos a la producción variables y percibido con cierta habitualidad por los trabajadores del sector debe ser incluido en la retribución normal o media a percibir durante sus vacaciones.

En el segundo recurso, referido a Telefónica Móviles, la Sala se pronuncia sobre tres conceptos controvertidos. Respecto al bonus de devengo anual en función de objetivos, considera que es un concepto extraordinario y retribuye todo el año, por lo que no cabe que incremente el importe cobrado durante el período vacacional.

Por el contrario, cree que el complemento de carrera comercial es un concepto fijo que se viene cobrando mensualmente y debe incluirse en la retribución de vacaciones. Lo mismo sucede con el complemento de disponibilidad, obligatorio para una parte del personal.

Conforme a la nueva jurisprudencia, a partir de ahora los convenios deberán incluir en la retribución de vacaciones todos los conceptos que aparezcan habitualmente en el resto de mensualidades.
« Última modificación: 17 de Junio de 2016, 10:18:56 am por 47ronin »