ORDENAN LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA QUE ANULA PLAZAS ILEGALES DE POLICÍAS LOCALES DE TORRE PACHECO
30/01/2009
(Daniel Madrid conocía las colocaciones a dedo)
Chema Gil.
El pleito sobre la contratación, mediante unas oposiciones convocadas de forma irregular por el Ayuntamiento de Torre Pacheco, llega a su fin, asunto que fue destapado por Televisión Murciana y el Diario Nueva Línea. El juzgado de lo Contencioso Administrativo número Uno de Cartagena en un auto hecho público hace dos días ordena que ?la Administración debe dar cumplido efecto al fallo de la sentencia y dejar sin efecto las bases reguladoras de la convocatoria para la provisión de cuatro plazas de agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Torre Pacheco mediante concurso específico de movilidad interadministrativa e iniciar el procedimiento para su aprobación de la forma adecuada tal y como lo solicita la parte actora. Esto y no otra cosa es lo que puede entenderse del fallo de la sentencia firme. Procede por lo tanto estimar la pretensión de la parte ejecutante?.
Este nuevo varapalo judicial, es la confirmación de una sentencia emitida hace más de un a?o por el mismo juzgado, en el sentido de anular unas plazas de policías locales convocadas al margen de la Ley y que fueron ocupadas por dos guardias civiles y un policía nacional por parte del Ayuntamiento de Torre Pacheco. La sentencia puso al descubierto una serie de irregularidades en la citada contratación para ocupar sendas plazas de agentes de la policía local, plazas que ahora deberán se convocadas de nuevo tras el auto por el que se ordena la ejecución de la sentencia, que además fue confirmada en todos sus extremos por el tribunal Superior de Justicia hace unos meses.
El fallo, confirmado por el TSJ y del que ahora se ordena su ejecución sin otras interpretaciones posibles que las que contenía el mismo, al contrario de lo que pretendían el Ayuntamiento y quienes ocuparon tales plazas, estableció que el alcalde ?Daniel García Madrid- hizo un decreto el 13 de junio del a?o 2006 en el que se aprobaba las bases reguladoras de la convocatoria para la provisión de cuatro plazas de agente de la policía local mediante concurso de movilidad interadministrativa. Tal decreto fue impugnado. También se impugnó el acuerdo del Pleno de Torre Pacheco por el que se aprobó la modificación del catálogo de puestos de trabajo del citado ayuntamiento, creando una unidad especial de seguridad ciudadana. Las impugnaciones fueron presentadas por el sindicato UGT por considerar que tales actuaciones no se ajustaban al hecho y que inflingían la ley 9/1987 que obliga a negociar tales asuntos con los representantes sindicales. El decreto de la convocatoria de las plazas también fue recurrido por un policía local de Lorca por entender que el Ayuntamiento de Torre Pacheco vulneraba la ley de Coordinación de policías locales de la Región que establece, expresamente, que las plazas de movilidad para policías locales sólo podrán ser cubiertas por agentes que estén trabajando en municipios de la Región de Murcia y en este caso el Ayuntamiento de Torre Pacheco contrató a dos guardias civiles y un policía nacional.
Todo este asunto generó una protesta en las policías locales de la Región. Más de un millar de agentes criticaron lo ocurrido por escrito, la práctica totalidad de los jefes de policía firmaron un escrito contra la actuación municipal de Torre Pacheco, incluso hubo una manifestación de funcionarios a las puertas del Ayuntamiento. Pese a todo, el alcalde de Torre Pacheco, aunque había sido advertido por los representantes sindicales de los perjuicios que, con su actuación, podía generar a los guardias civiles y a la policía nacional, en caso de que, como ha ocurrido, se produjese un fallo judicial que declarara la nulidad de las actuaciones. De forma incomprensible, el primer edil decidió no tener en cuenta tales argumentos y nombró funcionarios municipales a los referidos miembros de las fuerzas de seguridad del estado.
El juzgado de lo contencioso evidenció en su primer fallo que el Ayuntamiento vulneró la ley, ya que no negoció la creación de la Unidad Especial de Seguridad Ciudadana -en la que se integraron estos nuevos policías- ni las bases de la convocatoria de sus plazas. Más, atendiendo a la demanda planteada por el policía de Lorca, la sentencia, en su segundo fundamento de derecho declara que al anularse los actos de la alcaldía de Torre Pacheco, las plazas que fueron cubiertas de forma irregular, ahora ?tendrán que proveerse mediante las modalidades previstas en la ley 4/1998, de 22 de julio, de Coordinación de policías locales de la Región de Murcia?. Y tal como se ha se?alado anteriormente, esta ley de la Comunidad Autónoma reserva las plazas de movilidad para agentes de la policía local de municipios murcianos en exclusividad.
La sentencia, del magistrado Eduardo Sansano ?recientemente fallecido- del juzgado de Lo Contencioso fue recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia, desde donde confirmaron la sentencia en todos sus extremos y fundamentos jurídicos. Por lo que los recurrentes solicitaron del Ayuntamiento la ejecución de la sentencia. El Consistorio y los funcionarios afectados por las irregularidades, apoyados en unos informes pagados por el Consistorio, pretendieron validar los actos sin llegar a la ejecución pretendida por el fallo realizando una interpretación del mismo que ahora no ha sido admitida por la Justicia que expresamente se?ala que el Ayuntamiento tiene que ?dejar sin efecto las bases reguladoras de la convocatoria e iniciar el procedimiento establecido para su aprobación? y da la razón a los ?ejecutantes? en el sentido de que todo debe volver a empezar y por lo tanto las plazas deben ser anuladas, lo que conlleva que tanto los guardias civiles como el policía nacional, abandonen los puestos que actualmente desempe?an.
Ante los resultados judiciales previos, el policía nacional, hace ya meses que se reincorporó al Cuerpo Nacional de Policía, mientras que los dos guardias civiles siguen prestando servicio en la Policía Local de Torre Pacheco.
Si el Ayuntamiento de Torre Pacheco no da ejecución al auto del Juzgado de Cartagena, las fuentes consultadas indican que denunciarán a las autoridades municipales por actuar en contra de lo determinado por los tribunales para que se inicien las acciones penales que en derecho correspondan.
El Ayuntamiento ahora pretende convocar plazas de cabos, sacándolas a oposición libre, cuando la Ley de Coordinación de Policías Locales establece que en la situación de plantillas como las de Torre Pacheco se proveerán en primer lugar mediante promoción interna. De aprobarse las bases tal como se pretende por parte de la Administración Local de nuevo serán impugnadas ante los tribunales de Justicia. El TSJ ya ha emitido varias sentencias en relación con la aplicación de la Ley de Coordinación murciana, en el sentido de que los Ayuntamientos han de cumplir lo que en ella se establece.