Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769476 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5220 en: 09 de Marzo de 2020, 07:33:07 am »

Un policía local de Mallén afronta dos años por agredir a una conductora tras una multa
La denunciante dice que le cuestionó una multa y él le pegó
 
L. M. G.
06/03/2020

Un policía de Mallén se sentará próximamente en el banquillo de los acusados, después de que una mujer le denunciara por una agresión enmarcada en una discusión por una infracción de tráfico. Afronta 2 años de prisión.

Todo ocurrió el 28 de abril del 2019, sobre las 13.30 horas. La mujer se encontraba en una cafetería de la plaza España de la localidad de Mallén cuando vio llegar una patrulla de la Policía Local. Ella tenía su vehículo mal estacionado por lo que acudió rápidamente para retirarlo.

Entonces, según la acusación, «le preguntó a los agentes si había sido denunciada por estacionar de forma incorrecta su vehículo, respondiendo el acusado que sí, solicitándole de malos modos la documentación personal, así como la del vehículo».

Cuando ella estaba dentro del coche para darle los papeles, este hombre, identificado como S. C. E. introdujo su cuerpo por el hueco de la puerta del coche, aplastándola, mientras le gritaba que saliera.

Ante esta situación, la denunciante empujó al agente para poder salir del vehículo y tomar aire, momento en el cual el agente, presuntamente, le retorció la muñeca izquierda. Una vez fuera del vehículo la habría empujado contra el mismo, al tiempo que le gritaba.

Una vez finalizado el incidente, acudió al centro de salud Buñuel donde le apreciaron un edema en el área dorsal interna del antebrazo izquierdo. El 3 de mayo de ese año, acudió nuevamente a las urgencias del hospital Reina Sofía de Tudela, donde le diagnosticaron una tendinitis cubital anterior en la muñeca izquierda.

El agente municipal también se enfrenta al pago de 20.835,97 euros que solicita esta mujer por los días impeditivos para trabajar, el perjuicio estético y porque tuvo que someterse a una artoscopia.



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5221 en: 13 de Marzo de 2020, 07:28:50 am »

El TSJ de Madrid tramita más de 400 peticiones de suspensión de actividades judiciales

    La crisis inédita provocada por la propagación del coronavirus pone contra las cuerdas a una justicia que ya antes de la epidemia se veía con frecuencia sobrepasada
    Todos los operadores jurídicos, desde las asociaciones de jueces al Consejo General de la Abogacía, reclaman un plan que no supedite al criterio de cada magistrado la decisión sobre qué se suspende o no

Alicia Gutiérrez
agutierrez@infolibre.es @aliciaguti
Publicada el 12/03/2020 a las 19:00 Actualizada el 12/03/2020 a las 22:14


La crisis inédita provocada por la propagación del coronavirus ha puesto contra las cuerdas a una justicia que ya antes de la epidemia se veía con frecuencia sobrepasada. Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TJM) confirmaron este jueves a infoLibre que las solicitudes de suspensiones de actividades judiciales ya computadas ronda el medio millar. Aunque en un primer momento las fuentes consultadas hablaron de más de 500 peticiones, la cifra final difundida por el TSJM redujo a 430 las tramitadas a lo largo del día.

El alud de peticiones en Madrid, la comunidad más afectada por lo que la OMS califica ya de pandemia, afecta a declaraciones judiciales, a la celebración de juicios y a distintos tipos de trámites relacionados con los procedimientos judiciales. La cifra se conoce poco después de que la Audiencia Nacional decidiera a primera hora de la tarde aplazar por al menos un mes las sesiones del juicio por los delitos atribuidos a la trama Gürtel en relación a la visita del papa a Valencia en julio de 2006.

El paso dado por el tribunal que juzga a los 23 acusados se erige así en paradigma de una situación inédita que ya este miércoles abrió una brecha entre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y las cuatro asociaciones de jueces.

Tanto la mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura (APM) como la moderada Francisco de Vitoria, la progresista Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) y el Foro Judicial Independiente consideran “irresponsable” que sea el juez quien deba decidir sobre la suspensión de los juicios. Ese sistema, alertaron el miércoles a través de un comunicado conjunto, podría provocar una “previsible e indeseable disparidad de criterios en una misma sede judicial”.

También las asociaciones de fiscales han hecho patente su malestar ante el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Las tres presentes en el sector (la mayoritaria y conservadora Asociación de Fiscales, la Unión Progresista de Fiscales y la Asociación Profesional Independiente de Fiscales) coinciden en que debe haber criterios "claros y razonados".

Igualmente, el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha exhibido este jueves su absoluta discrepancia con la línea marcada por el CGPJ. El órgano que representa a los letrados reclama una serie de actuaciones inmediatas entre las que se incluyen la suspensión de cualquier acto judicial colectivo en las zonas de riesgo.

A lo largo del día, y a través de un comunicado difundido pasadas las ocho y media de la tarde, el TSJM tramitó este ueves las peticiones de suspensión de actuaciones judiciales para las próximas semanas, entre vistas, declaraciones y otro tipo de diligencias, como medida preventiva de contención para hacer frente al Covid-19, de 430 de los 540 juzgados y tribunales que configuran el mapa judicial de la Comunidad de Madrid.

Del total de peticiones, la presidencia del TSJ de Madrid ha autorizado las de 203 órganos judiciales, en el marco de actuación determinado por el Consejo General del Poder Judicial.

Las solicitudes han sido ordenadas para su tratamiento de acuerdo con un criterio cronológico y de urgencia, referido a la fecha de las diligencias y actuaciones cuya autorización de suspensión se interesaba. El contenido de las solicitudes, básicamente, comprende vistas orales y diligencias presenciales, asegurando en todo caso la realización de aquellas actuaciones y prestación de los servicios especificados en el apartado 1, punto tercero, del contenido de la Instrucción del CGPJ correspondiente al escenario 2 en el que se incluye la Comunidad de Madrid.

El periodo al que se extiende la solicitud de suspensión de las actuaciones judiciales comprende las dos próximas semanas, sin perjuicio de la ampliación de tal solicitud (y correspondientes acuerdos) a fechas posteriores en función de la evaluación de la situación.

La plantilla del Juzgado de Instrucción nº 32 y del Juzgado de Primera Instancia nº 77, en cuarentena

Por otro lado, en el día de hoy se ha puesto en cuarentena a los funcionarios, letrado de la administración de justicia y magistrado del Juzgado de Instrucción nº 32 y del Juzgado de Primera Instancia nº 77, después de que un integrante de cada órgano haya dado positivo en el test de detección del coronavirus. Esta medida se prolongará catorce días, tal y como establecen los protocolos médicos. Ambos juzgados han sido exentos de reparto mientras dure la medida de contención.




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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5222 en: 25 de Marzo de 2020, 16:58:54 pm »

Un juez de Las Palmas multa a una empresa con 1.000 euros por cada día que no dé mascarillas a sus empleados


ADMITE LA PETICIÓN DE UGT PARA QUE LA EMPRESA DE AYUDA A DOMICILIO QUE TRABAJA PARA EL AYUNTAMIENTO DOTE DE PROTECCIÓN A TODA SU PLANTILLA


INICIOTRIBUNALES
Rosalina Moreno | 25 marzo, 2020
El Juzgado de lo Social número 8 de Las Palmas de Gran Canaria ha multado a la empresa Clece, subcontratada por el Ayuntamiento que asiste a domicilio a personas dependientes, con 1.000 euros por cada día que no facilite mascarillas, gel desinfectante, guantes y batas desechables a sus empleados.

El magistrado-juez Gumersindo Pedro Manso Abizanda dictó el pasado lunes, 23 de marzo, un auto en el que requiere a la empresa para que cumpla de inmediato con un auto anterior del mismo juzgado, del 19 de marzo, en el que se admitió la petición de medidas cautelarísimas solicitadas por UGT para que en el plazo de 48 horas se entregaran a los empleados que acuden a los domicilios a asistir a personas dependientes equipos de protección individual.

La resolución del día 19, la firma Carmelo Batista Machín, magistrado-juez en funciones de sustitución por turno de guardia del Juzgado.

El juez Manso ha constatado que la empresa de asistencia domiciliaria no había cumplido “con la totalidad” de las medidas cautelares acordadas en el auto anterior.

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Por ello, ha requerido a Clece para que “en el plazo de un día” cumpla con las restantes medidas no tomadas, “con apercibimiento de multa de 1.000 euros por cada día de demora en el cumplimiento de lo acordado”.

Se trata de una decisión opuesta a la del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 de Santa Cruz de Tenerife sobre la misma empresa en aquella ciudad, donde la magistrada titular Elena Gutiérrez Martínez, desestimó la demanda de UGT y admitió que para Clece y para el Ayuntamiento santacrucero era “imposible” en el momento actual dictar de equipos de protección a todos los empleados de la empresa.

UGT había pedido dos medidas cautelarísimas UGT para que el Ayuntamiento santacrucero y Clece asegurara el aprovisionamiento a todos los trabajadores del material y Epis (equipos de protección individual) “mínimamente necesarios e imprescindibles para asegurar la salud” frente al posible contagio por Covid-19.

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El sindicato solicitaba que, en el caso de que no fuera posible asegurar este abastecimiento, la autoridad judicial ordenara la “suspensión de la relación o la exoneración de prestación de servicios”, con el mantenimiento del deber empresarial de cotizar y abonar los salarios”.

Gutiérrez entiende que no se puede obligar a la empresa ni al Ayuntamiento “a cumplir una orden que resulta materialmente imposible según las leyes de la lógica y la realidad”.

La resolución del Juzgado de lo Social número 8 de Las Palmas es susceptible de recurso de reposición, al igual que la del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 8 de Santa Cruz de Tenerife, dictada también el pasado lunes.

Llegado el caso, correspondería a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias la unificación de criterios.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5223 en: 26 de Marzo de 2020, 06:58:10 am »

Una juez da 24 horas a Madrid para que entregue material de protección a los sanitarios

La región registra 2.245 casos y 1.825 muertos en un día y acumula 1.150 pacientes en UCI

Isabel Valdés
25 mar 2020 - 15:19 CET


Las denuncias por la falta de recursos materiales para proteger a los sanitarios madrileños contra el coronavirus ya han comenzado. El sindicato de médicos y titulados superiores de Madrid (Amyts) presentó este martes un escrito contra la Consejería de Sanidad en el que reclamaba la adopción de medidas cautelarísimas para que se diera protección a los sanitarios en 24 horas. Este miércoles, el Juzgado de lo Social número 31 de Madrid ha admitido esas medidas: “Para que en el término de 24 horas provea [la Consejería de Sanidad] a todos los centros de la red del Servicio Madrileño de Salud, hospitalarios, asistenciales de atención primaria, Summa 112, SAR, centros con pacientes institucionalizados, así como todos los demás centros asistenciales de la Comunidad de Madrid, ya sean públicos o privados, y cualesquiera otras dependencias habilitadas para uso sanitario, de batas impermeables, mascarillas FPP2, FPP3, gafas de protección y contenedores de grandes residuos”. En cambio el Tribunal Supremo ha rechazado este mismo miércoles obligar al Ministerio de Sanidad a hacer lo mismo, porque entiende que el departamento está haciendo lo que están en su mano para conseguirlo.

Desde que comenzó la crisis, el sindicato ha emitido varios comunicados recogiendo las quejas de profesionales de centros de toda la Comunidad y haciéndose siempre la misma pregunta: “¿Si no se protege a los sanitarios, cómo van a proteger ellos a los pacientes?”. Un facultativo de uno de los grandes hospitales madrileños explicaba este martes cómo tiene que hacer “técnicas invasivas” pertrechado de una bolsa de basura para protegerse, “a modo de bata”. Y en el hospital de Getafe, diversos profesionales han hecho públicos vídeos y fotografías sobre cómo se las ingenian para fabricarse protecciones con material que encuentran en casa o en el centro.

Por situaciones como estas es por lo que denuncian las organizaciones, como también lo ha hecho el Sindicato Asambleario de Sanidad en Madrid [la Coordinadora Antiprivatización de Sanidad, CAS], que interpuso hace unos días una denuncia por falta de equipos individuales de protección del personal del Sermas. Este martes, la Inspección de Trabajo de la Comunidad dio respuesta: “Se requiere a la dirección general de recursos humanos y relaciones laborales del Sermas para que, de forma inmediata, se adopten las medidas procedentes, que puedan garantizar el derecho a la salud de todos los profesionales que presten servicios en los diferentes centros de atención primaria de la Comunidad de Madrid. Señalando en dicho requerimiento que deberá emitirse informe relativo a las medidas adoptadas o en curso de adopción, con calendario de implantación efectiva urgente”.
En vídeo, declaraciones de la presidenta madrileña sobre la adquisición de material. VÍDEO: ATLAS

La de Amyts y la de CAS no son las únicas, —la gran mayoría de sindicatos y organizaciones repiten de forma continua esta escasez de equipos de protección que pone en riesgo a profesionales y pacientes—. El sindicato de enfermería Satse en Madrid ha denunciado este miércoles ante la Inspección de Trabajo al Sermas por la “inacción” frente a la desprotección de los profesionales a los que representan; y la Central Sindical Independiente y de Funcionarios ha comunicado que está “estudiando acciones jurídicas y centenares de denuncias ante la Inspección de Trabajo o incluso a la Fiscalía, para que tomen cartas en el asunto ante la situación de desprotección a la que se ve expuesto el personal de residencias de mayores y de la Sanidad en muchos hospitales”. Sobre todo en Madrid, la Comunidad donde ha golpeado más fuerte la pandemia.
Investigación por la autorización del 8M

Es el comienzo de la judicialización de la respuesta política ante esta crisis sanitaria. Además, una juez investiga si hubo delito en permitir la marcha del 8-M pese a la existencia de un informe del Centro Europeo para el Control y Prevención de Enfermedades (ECDC) que ya llamaba, a principios de marzo, a “evitar” este tipo de concentraciones. La magistrada ha abiertor diligencias contra el delegado del Gobierno en la Comunidad, José Manuel Franco.

En las últimas 24 horas, la región ya acumula 1.150 pacientes en las UCI, un número por encima de la cifra de camas que hace solo unos días se daba como oficial en estas unidades de cuidados intensivos, donde se ingresa a los enfermos más graves: 1.074. La reconversión de quirófanos, unidades de reanimación (REA) y de recuperación tras la anestesia, el uso de UCI pediátricas, además de la inclusión de las camas de la privada y sus correspondientes ampliaciones explican este margen. Sin embargo, los profesionales y las unidades están desbordadas. “Al límite”, dice un enfermero de críticos al salir de su guardia nocturna esta misma mañana.

En las últimas 24 horas, Madrid cuenta con 2.245 nuevos casos, 100 críticos y 290 fallecimientos, uno cada cinco minutos. El porcentaje respecto al total nacional sigue descendiendo: este miércoles tiene 14.597 de los 47.610 en todo el territorio nacional, el 30,6%. Pero continúa siendo la región con mayor estrés en las unidades de críticos, con 1.150 pacientes en esas camas (el 36,3% de todos los ingresados en España, 3.166) y también registra el mayor número de fallecimientos: 1.825 de los que se registran hasta ahora, 3.434 (53,1%); y la mayor parte de los curados, 3.031 de los 5.637 (el 56,5%).

    Madrid suma en las últimas 24 horas 2.245 nuevos casos, 100 críticos y 290 fallecimientos

Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, ha apuntado en la comparecencia de este miércoles por la crisis de la Covid-19 que en Madrid ha habido una bajada en el porcentaje de hospitalizaciones e ingresos en UCI. Sin embargo, la situación de los centros sanitarios ya viene acumulando una carga asistencial y una falta de recursos que están provocando colapsos intermitentes en urgencias, denuncias de sindicatos, estrés de los profesionales y la seguridad de que de no reforzarse los recursos humanos y materiales, llegará un momento en el que tanto los centros como los sanitarios no den más de sí.

Las bajas entre los profesionales son una de las preocupaciones de los centros hospitalarios, tanto por positivos como por aislamiento preventivo —según los datos que Simón dio este martes son 5.400—, debido, en parte, a esa falta de equipos de protección (EPIS) con los que han estado trabajando las plantillas. A pesar de que se prometió hace días que llegarían EPIS a los hospitales, no terminan de hacerlo, y los facultativos buscan soluciones para hacer frente a esa escasez. En este sentido, Simón ha explicado hoy que “los recursos de protección no son fáciles de conseguir” y que hay “una lucha internacional muy importante por conseguir los recursos existentes”; y ha reconocido que ha habido “puntos concretos” donde ha habido un acceso “realmente muy límite a estos productos”, con el consiguiente “malestar”




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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5224 en: 26 de Marzo de 2020, 07:00:32 am »

El Tribunal Supremo rechaza que el Gobierno tenga que proporcionar en 24 horas material sanitario a los médicos

    ÁNGELA MARTIALAY
    @AngelaMartialay
    Madrid

Actualizado Miércoles, 25 marzo 2020 - 18:06


Desestima la medida solicitada por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos para que se instara al Ministerio de Sanidad a proveer ya a todos los centros sanitarios nacionales

El Tribunal Supremo ha denegado este miércoles la medida cautelarísima solicitada por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) para que se instara al Ministerio de Sanidad a proveer en el plazo de 24 horas a todos los centros sanitarios nacionales públicos y privados de una serie de medidas de protección para el personal médico frente al coronavirus.

En un auto, la Sala Tercera destaca que la CESM no precisa en su escrito contra qué actuación de la Administración se dirige y frente a la cual considera que sería imprescindible estimar la medida cautelarísima que reclama. Además, subraya que el sindicato médico invoca preceptos de la Ley reguladora del proceso laboral y las medidas que piden se refieren al Ministerio de Sanidad, lo que normalmente obligaría a pedir al recurrente una subsanación de su escrito antes de estudiar su petición. Sin embargo los magistrados, ante las circunstancias excepcionales actuales, acceden a analizar la medida cautelarísima reclamada y concluye que "no se dan los presupuestos necesarios para acordar la medida positiva, esto es, previa al proceso y sin audiencia de la Administración frente a la que se solicita".

El auto, ponencia del magistrado Pablo Lucas, indica que "la Sala es consciente de la emergencia en que nos encontramos y también de la labor decisiva que para afrontarla están realizando especialmente los profesionales sanitarios. Tampoco desconoce que deben contar con todos los medios necesarios para que la debida atención a los pacientes que están prestando de forma abnegada no ponga en riesgo su propia salud, ni la de las personas con las que mantengan contacto. Y coincide en que se han de hacer cuantos esfuerzos sean posibles para que cuenten con ellos".

"Sucede, sin embargo --agrega el auto--, que no consta ninguna actuación contraria a esa exigencia evidente y sí son notorias las manifestaciones de los responsables públicos insistiendo en que se están desplegando toda suerte de iniciativas para satisfacerla. En estas circunstancias, como hemos dicho, no hay fundamento que justifique la adopción de las medidas provisionalísimas indicadas. Es decir, no se han traído a las actuaciones elementos judicialmente asequibles, los únicos que cabe considerar en el proceso, en cuya virtud deban acordarse sin oír a la Administración".

Procede en consecuencia, denegar la solicitud y acordar que, previa la interposición del correspondiente recurso contencioso-administrativo por parte de CESM, se tramite la pieza ordinaria de medidas cautelares conforme a los artículos 129 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción (en la que sí se pide informe a la Administración que sea demandada) en cuyo seno la Sala considera que podrá pronunciarse ya con conocimiento de todos los extremos precisos.

Tal y como informó EL MUNDO, la demanda de los médicos recogía que se está violando lo dictado por la Organización Mundial de la Salud en cuanto a la protección de médicos y sanitarios en su conjunto. Por eso, la confederación de sindicatos médicos solicitaba al Supremo que, de forma inmediata, inste al Ministerio de Sanidad a entregar ese material necesario para que los profesionales puedan trabajar con garantías. Aseguran que se está poniendo en grave riesgo la salud de los trabajadores de la Sanidad y de los propios ciudadanos que acuden a los centros asistenciales del territorio nacional al exponerlos a combatir la enfermedad sin tener el material adecuado àra hacerlo.

De forma simultánea a la decisión del Alto Tribunal, una juez de lo Social de Madrid ha obligado este miércoles a la Comunidad de Madrid a proveer de material sanitario a los médicos de dicha autonomía en un plazo de 24 horas.



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5225 en: 27 de Marzo de 2020, 07:11:59 am »


José 'El Paletas' de fiesta con dos mujeres después de haber recuperado la libertad.

'El Paletas', el 'asesino' murciano que se libra del juicio y lo celebra con una fiesta en plena confinación
En enero quedó en libertad por un error judicial y este lunes se libró de ser juzgado por la muerte de un ciudadano rumano debido al estado de alarma.
27 marzo, 2020 02:45

Jorge García Badía Murcia

En enero de este año un error judicial dejó en libertad a El Paletas para el que la Fiscalía solicitaba 23 años y medio de prisión por los presuntos delitos de asesinato, tenencia ilícita de armas y daños. Nada más salir de prisión y a la espera de ser juzgado: José, alias El Paletas, se disculpó públicamente por matar de un disparo al rumano Valerica Giurgiuveanu, casado y padre de dos hijos. Pero el arrepentimiento le ha durado bien poco: dos meses después ha sido detenido por la Guardia Civil por desorden público, desobediencia a agentes de la autoridad y daños en el transcurso de una fiesta en Alguazas en la que participaba junto a treinta personas en pleno estado de alarma por el coronavirus.

La celebración se saltó a la torera el confinamiento decretado por las autoridades sanitarias para evitar nuevos contagios entre la población y no tardó en generar alarma entre los vecinos del Barrio del Carmen, en Alguazas. Los residentes llamaron cinco veces a la Policía Local, entre las 22.30 horas del viernes y la una de la madrugada del sábado, para denunciar que en un piso de la calle San Fulgencio había una fiesta clandestina: la música estaba a todo trapo y algunos de los asistentes salían al balcón a proferir gritos y lanzar objetos a la vía pública, incluso contra los coches estacionados.

Entre los invitados al botellón había dos tipos cuyo currículum delictivo es de los que hace tragar saliva. Uno era El Paletas y el otro su amigo de aventuras: El Buli. En pleno estado de alarma, esa noche solo había un policía local de servicio en Alguazas para atender a casi 10.000 habitantes, debido a que los otros dos agentes del turno estaban de baja. De forma que para atajar la fiesta siete patrullas de Policía Local y Guardia Civil de Las Torres de Cotillas, Ceuti y Lorquí se tuvieron que desplazar al Barrio del Carmen de este municipio murciano de la Comarca de la Vega Media.

“Desde la ventana de un tercer piso tiraron por la ventana garrafas y una puerta”, detalla a EL ESPAÑOL uno de los agentes que intervino la madrugada del sábado. Y no exagera porque en las diligencias a las que ha accedido este periódico se hace constar la “forma extremadamente agresiva” con la que fueron recibidos los agentes. Prueba de ello es que tras lanzar objetos y dedicar todo tipo de insultos a la Policía Local y a la Guardia Civil un grupo de asistentes a la fiesta -liderados presuntamente por El Paletas y El Buli- bajaron a la calle con botellas en la mano para plantar cara al despliegue policial.

"Os voy a matar"

“Una persona conocida por la fuerza actuante, como El Buli, se arranca la camiseta y encarándose a los agentes comienza a decir: ‘¡Sois unos mierdas! Nosotros también llevamos pistolas, si no os vais de aquí vais a tener problemas’”. La tensión fue a más cuando El Paletas, pese a estar pendiente de un juicio por asesinato, no dudó en proferir presuntas amenazas de muerte al retén policial: “Os voy a matar, no sabéis quién soy yo, os juro por mis hijas que os tengo que matar y me tengo que comer vuestro corazón”.

La situación era tan tensa que el mencionado agente la resume de forma gráfica: “Iban locos perdidos, a El Paletas lo tuvieron que agarrar varios amigos porque empezó a abollar un coche a puñetazos y patadas y El Buli se arrancó la camiseta como si fuera el increíble Hulk”. Los policías locales y guardias civiles desplegados no cargaron contra los asistentes a la fiesta ante la posibilidad de que en plena pandemia la situación derivase en un tumulto que pondría en riesgo la salud pública y la seguridad ciudadana incumpliendo el estado de alarma. “No sabíamos si llevaban armas de fuego”.
Despliegue policial en la madrugada de este sábado para frenar la fiesta clandestina que se estaba celebrando en Alguazas en plena pandemia.

Despliegue policial en la madrugada de este sábado para frenar la fiesta clandestina que se estaba celebrando en Alguazas en plena pandemia.

Ante el posible peligro, optaron por negociar con ellos con la ayuda de un familiar para convencerles de que debían finiquitar la juerga. José, El Paletas, y su amigo Ismael, alias El Buli, fueron identificados por los policías para ser citados posteriormente a dependencias de la Guardia Civil para declarar por supuestos delitos de desorden público y desobediencia grave a agentes de la autoridad. Otro de los efectivos que actuó aquella noche confirma que El Buli esta semana no acudió al cuartel de Molina de Segura y se encuentra en paradero desconocido: “Está huido porque tiene pendiente otra causa por el robo de vehículos en un concesionario y con lo ocurrido en esa fiesta iba a ingresar en prisión”.

El presunto asesino acudió este martes a declarar al puesto de la Benemérita y un juzgado de Molina de Segura lo dejó en libertad con cargos y sin aplicar medidas cautelares. Tal situación indignó a varios policías locales y guardia civiles que actuaron ese sábado arriesgando su salud al exponerse a ser contagiados por coronavirus por haber entrado en contacto físico con personas que se saltaron la cuarentena en un botellón. “Esperábamos que por estos hechos acabaría en prisión: causa malestar que después de habernos chuleado saliera a la calle”, reflexiona un agente.

Error judicial

“Esto es de risa: en cuanto ha salido de prisión se ha vuelto a comportar como siempre”, añade otro agente. El Paletas había recuperado la libertad por un error judicial después de ingresar en la cárcel en enero de 2018, de manera preventiva, por matar supuestamente de un disparo en la cabeza al rumano Valerica Giurgiuveanu tras haber discutido con su hijo. La discusión que acabó teñida de sangre en Alguzas se produjo en la madrugada de Año Nuevo y José ‘El Paletas’ volvió a estar en la calle por un error en la Judicatura que puso de manifiesto la descoordinación de varias instancias.

Al juzgado de Molina, a la Audiencia Provincial de Murcia, a la Fiscalía y a la acusación particular que ejerce la familia del rumano fallecido se les pasó el plazo para haber decidido la prórroga de la medida de prisión provisional por otros dos años más para el acusado. El abogado defensor, Jorge Novella,  se percató de ese lapsus logrando la libertad de su cliente acogiéndose a la figura jurídica del habeas corpus: un procedimiento que tiene como fin remediar rápidamente la detención ilegal de un ciudadano.

Este lunes 23 de marzo estaba prevista la primera vista oral del juicio donde El Paletas se iba a enfrentar a un jurado popular y a la petición de la Fiscalía de 23 años y medio de prisión por el asesinato de Valerica. Sin embargo, la suerte volvió a jugar a su favor y el estado de alarma fijado por el Gobierno obligó a suspender el inicio del proceso. El motivo era obvio: movilizar al jurado, testigos, peritos y forenses en las sesiones previstas hasta el 3 de abril suponía incumplir el confinamiento domiciliario establecido por las autoridades sanitarias.

La suspension de la vista oral se convirtió en una prórroga de la libertad de El Paletas, pero en vez de aprovechar el tiempo para pasarlo con su familia y cumplir el confinamiento domiciliario del estado de alarma, se fue de juerga acrecentando su historial delictivo. A pesar de todo, el martes  le dejaron en libertad sin nuevas medidas cautelares tras participar en la citada celebración y tal fue el malestar entre las Fuerzas de Seguridad, que se produjo un hecho insólito: horas después la Audiencia Provincial de Murcia convocó por fax a todas las partes a una nueva comparecencia el miércoles.
Si sale de casa: a la cárcel

Una vez más,su abogado defensor Jorge Novella obró el milagro. Todo apuntaba a que su cliente volvería a pasar una temporada a la sombra hasta la celebración del juicio por la muerte del ciudadano rumano, sin embargo, el letrado logró que El Paletas regresara a su casa. Novella argumentó que la fiesta clandestina de Alguazas no quebrantó la orden de alejamiento que tiene impuesta con la familia de Valerica. También expuso que las amenazas que realizó a los policías locales y guardias civiles no tenían nada que ver con el asesinato por el que será juzgado el 30 de junio.

Tales argumentos lograron que la Audiencia Provincial emitiese un auto este miércoles imponiendo a José ‘El Paletas’ la expresa prohibición de abandonar el domicilio de sus padres en Las Torres de Cotillas. En caso de saltarse el confinamiento domiciliario y ser sorprendido por las Fuerzas de Seguridad irá directo a la cárcel: "De incumplirlo, se procederá su ingreso en prisión, si así se solicita", expone la Sala. Además, este joven, de 29 años, tendrá que acudir a diario a los juzgados de Murcia.

El auto también prevé que si el estado de alarma se levanta antes de que se celebre el juicio por asesinato, previsto el 30 de junio, el presunto asesino seguirá teniendo prohibido acudir al municipio vecino de Alguazas y tendrá que seguir confinado dentro del termino municipal de Las Torres de Cotillas.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5226 en: 29 de Marzo de 2020, 15:56:47 pm »
Me encanta este auto de admisión...tal y como esta el.sistema sanitario y viendo que solo en Madrid se gastan 300000 mascarillas al día y que solo se han recibido 1,2 millones...ahora veremos que hace JUPOL con lo que ordena el juez.


El TSJ de Madrid obliga a dar EPIS al sindicato Jupol para entregar a los agentes


Por EFE
28 mar 2020 13:10

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha aceptado una reclamación del sindicato policial Jupol para que la Secretaría de Estado de Seguridad proporcione a este colectivo equipamientos de protección individual (EPI) para entregar a los policías y evitar el contagio por coronavirus.


En un auto difundido este sábado por el sindicato y fechado ayer viernes, la Sección 5ª de lo Social del TSJM acepta las medidas cautelarísimas reclamadas por Jupol a la Secretaría de Estado de Seguridad.


Fuentes del sindicato policial han explicado a Efe que cuando tengan los recursos se repartirán por las comisarías sin tener en cuenta la afiliación sindical de los agentes.

En el auto el tribunal requiere al Gobierno que proporcione a este sindicato "todas las medidas de protección necesarias para desarrollar sus funciones en condiciones de seguridad, en el mismo instante que reciba los citados EPIs y demás medios de protección".


Además, reconoce la "urgencia" de la situación que sufren los agentes de la Policía Nacional ante la falta de material de protección.

Estima el tribunal que los efectivos policiales puedan acudir a su puesto de trabajo con los medios de protección que dispongan, aunque los hayan adquirido de manera personal.

Y demanda a las autoridades la "aplicación minuciosa" de los procesos de descontaminación y eliminación de residuos por medio de la limpieza y desinfección de las dependencias y vehículos.


En la resolución también se reconoce la necesidad de elaborar de una orden de servicio con instrucciones y medidas preventivas claras y concisas para "reducir al máximo posible el contagio a nivel nacional".

El sindicato recuerda, en una nota de prensa, que ya ha manifestado en reiteradas ocasiones la "falta de medidas de protección entre los funcionarios de la Policía Nacional", lo que ha supuesto el contagio de "una importante cantidad de efectivos".



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5227 en: 31 de Marzo de 2020, 15:17:12 pm »
RECHAZA LAS CAUTELARES QUE PEDÍA EL SUP


El rapapolvo de un juez a policías y otros colectivos que reclaman equipos de protección contra el coronavirus


El titular del Juzgado de lo Social número 34 carga contra quienes piden imponer medidas para no contagiarse: «En la guerra, los que desmoralizan son condenados por traición»


Isabel Vega

MADRID
Actualizado:31/03/2020 14:58h


El titular del Juzgado de lo Social número 34 de Madrid, Antonio Seoane, ha dictado un duro auto en el que además de negar al Sindicato Unificado de Policía (SUP) la imposición de medidas cautelares que obliguen al Ministerio del Interior a equiparles con protección frente al coronavirus, carga contra todos los colectivos profesionales que han emprendido con mayor o menor éxito, iniciativas jurídicas en el mismo sentido.

Para el juez, «resulta sorprendente el goteo de solicitudes de medidas cautelarísimas que se está produciendo y que parecen carecer de cualquier objeto o mejor dicho, que piden algo aparentemente razonable como es la disminución del riesgo de exposición al virus que padecen todos los colectivos que prestan servicios esenciales a la colectividad».

«Sorprende igualmente que no sean los Sindicatos de clase mayoritarios del país (CCOO, UGT,CGT,CSIF…), los más representativos y aquéllos que posiblemente representen a más trabajadores en esta deficiente situación los que planteen tales medidas sino sindicatos, legítimos, 'de franja' defensores de los intereses corporativos, alguno de ellos con unas cuotas de representación minoritaria en sus respectivos cuerpos funcionariales, otros con opciones ideológicas, igualmente legítimas, en clara oposición al color del Gobierno quienes están tras estas iniciativas jurídicas», añade.


En su opinión, «parece que ahora se desata una guerra sindical por hacer lo mismo que han hecho otros» ya que »si ya se han adoptado medidas cautelarísimas para un colectivo, resulta de difícil explicación que Sindicatos del mismo Sector o franja pidan lo mismo para el mismo espectro corporativo» aunque en materia de cautelares no rija el principio de cosa juzgada.

Por eso, sospecha que se pudieran estar «dispendiando servicios esenciales» en atender lo que califica como «solicitudes apodícticas, imposibles e inútiles para que determinados Sindicatos den satisfacción a su electorado real o posible, para utilizarlos como arma propagandística o incluso para servir a intereses políticos de desgastar al Gobierno en tan crítica situación» y que se hace, «pasando por alto que en estas situaciones calamitosas es necesaria la unidad de dirección».

«Tras el que dirige hemos de situarnos todos sin reservas ni conjunciones adversativas (mas, pero, empero, sino, aunque…) o locuciones adversativas (como sin embargo, no obstante, antes bien, etc.) En ello radica el auténtico patriotismo. Unicamente recordar que en situación de guerra, en la que afortunadamente no estamos, los "quintacolumnistas", los desinformadores, los que desmoralizan y desmotivan a la población civil son condenados por traición a las más graves penas por connivencia con el enemigo», expone en su resolución.

«Nada tienen que decir los juzgados»

El juez, tras descartar que concurra la urgencia necesaria para adoptar la medida cautelarísima que se le insta y apuntar asimismo que la competencia sería en todo caso de la Audiencia Nacional, añade que si de lo que se trata es de una petición de tutela del derecho, necesariamente habría que argumentar «cosas de las que no hablan esas solicitudes», como sobre «la utilidad de las medidas que se piden en orden a la satisfacción del derecho». «No es función de los Tribunales de Justicia tejer cuadros de macramé para su exhibición en los salones de las casas de los ciudadanos», apostilla.

Dice que siguiendo ese argumentario, habría de concluirse que «en una situación de escasez de equipos de protección individual pese a los esfuerzos que incuestionablemente realizan las autoridades competentes no es posible reconocer el derecho a todos los integrantes de todos los cuerpos o trabajadores que prestan servicios esenciales«.

«Y entonces habrá que recurrir establecer sectores y puestos preferentes, que es función que desborda lo jurisdiccional. Que todos los grupos soliciten el reconocimiento del derecho conduciría a un reconocimiento universal que nunca se podría satisfacer si persistiera la escasez relativa de equipos. En esa situación cabría preguntarse qué utilidad tendría el pronunciamiento judicial. Y la respuesta es obvia: ninguna», zanja Seoane.


A su parecer, «esa es la inhumanidad de los corporativismos, creer que el cuerpo al que uno pertenece merece más que los demás».

Opina además que tampoco es una medida útil, «porque si no hay equipos o no hay suficientes, el requerimiento judicial no los va a proporcionar, ni los funcionarios judiciales se van a poner a elaborarlos domésticamente».

«Y si se van adquiriendo más, como es deseable y creemos que ya está sucediendo, corresponderá en todo caso a la dirección única de la crisis la determinación de cuál sea el destino de los mismos. Nada tienen que decir los Juzgados que carecemos de la precisa especialidad para gestionar una crisis sanitaria», concluye.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5228 en: 31 de Marzo de 2020, 15:22:59 pm »
Era más que evidente...tenía que llegar una resolución de ese tenor literal.

Y no puedo por menos que quitarme el sombrero...el.juez lo ha visto claro, nítido...y yo también.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5229 en: 31 de Marzo de 2020, 15:53:56 pm »
Zaska!!!! . . . se ha oído en toda la galaxia . . .

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5230 en: 01 de Abril de 2020, 07:42:37 am »



Un juez censura que un sindicato policial exija 'kits' protectores en plena carencia: "Creen merecer más que los demás"

https://www.eldiario.es/politica/responde-sindicato-Gobierno-proteccion-Creen_0_1011749742.html



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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5231 en: 01 de Abril de 2020, 20:31:01 pm »
Bien por ese Alcalde...no compra material como ha hecho el de Pamplona, hoy le escucho pidiendo que se modifique la consideración de baja a alta para POLICÍA después de 27 días y....hoy muestra  "gratitud eterna" para el Samur.

https://youtu.be/Xas-zeZ_AFg

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5232 en: 01 de Abril de 2020, 21:01:16 pm »



Un juez censura que un sindicato policial exija 'kits' protectores en plena carencia: "Creen merecer más que los demás"

https://www.eldiario.es/politica/responde-sindicato-Gobierno-proteccion-Creen_0_1011749742.html




Desde su chalé se ve de puta madre

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5233 en: 02 de Abril de 2020, 00:51:37 am »



Un juez censura que un sindicato policial exija 'kits' protectores en plena carencia: "Creen merecer más que los demás"

https://www.eldiario.es/politica/responde-sindicato-Gobierno-proteccion-Creen_0_1011749742.html




Desde su chalé se ve de puta madre


Así es, hablar sin estar en la calle es muy fácil.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5234 en: 02 de Abril de 2020, 07:34:46 am »
La justicia no se aclara con las mascarillas

    La dificultad de obligar a las Administraciones Públicas a facilitar al personal sanitario y otros funcionarios equipos de protección (EPI) ni siquiera disponibles abre una brecha entre tribunales
    La mayoría de los autos esgrimen la ley de prevención de riesgos y dan 24 horas para garantizar la protección pero la escasez de medios se impone

Alicia Gutiérrez
Publicada el 02/04/2020 a las 06:00 Actualizada el 01/04/2020 a las 23:03

La dificultad de obligar a las Administraciones Públicas a facilitar al personal sanitario y otros funcionarios equipos de protección individual (EPI) ni siquiera disponibles ha abierto una brecha en los tribunales. El Supremo ya ha tumbado en dos ocasiones y en menos de una semana las medidas de emergencia que pedía la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM). Pero la mayoría de los autos judiciales localizados por infoLibre ha dado 24 horas de plazo para que, en cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), los empleadores –el Ministerio de Sanidad y las distintas Consejerías del área– aporten en forma de mascarillas, guantes y otros adminículos un escudo de defensa a quienes trabajan enfrentados al coronavirus.

Ahora bien, juristas relacionados con esta batalla en los tribunales creen que por primera vez la brutal escasez de mascarillas y otras piezas del equipamiento protector dentro y fuera de las fronteras del país, escasez que a tenor de los datos oficiales empieza ya a solucionarse, está rompiendo el molde jurídico que conocíamos. Y creen que, en cuestión de semanas, esa escasez ha aparcado la posibilidad real de duras represalias legales contra quienes incumplan órdenes judiciales de prevención de riesgos. "¿Cómo vamos a obligar a la Administración a que nos dé algo que no posee?", resume en alusión directa a los equipos de protección una fuente sanitaria que pide el anonimato y vinculada directamente a la presentación de una de las 11 solicitudes de medidas cautelarísimas que han obtenido respaldo judicial.

Por "medidas cautelarísimas inaudita parte" se entienden aquellas cuya adopción dicta un juez antes de pronunciarse sobre el fondo de la demanda planteada porque esperar entrañaría un daño muy grave e irreversible. Y ordenar su adopción en plazo vertiginoso, normalmente el mismo día en que alguien las ha pedido, implica no dar audiencia previa (de ahí el "inaudita parte") a los demandados. Proporcionar equipos básicos de protección que limiten de manera drástica el contagio figura en esa categoría. "Con la ley en la mano –opina un letrado que, como el resto, pide que no se le identifique– los jueces no pueden denegar las medidas cautelarísimas pero... esperemos que en estos días vayan llegando las mascarillas".

La brecha separa Tenerife de Las Palmas

De esas 12 resoluciones que ordenan la entrega inmediata de elementos de protección, en su mayoría producto de solicitudes del Sindicato Médico, cuatro han sido emitidas por juzgados de Castilla-La Mancha; otras tantas por magistrados de Castilla y León, otra se localiza en Las Palmas y las tres restantes llevan el sello de jueces de Madrid. Las cinco contrarias son las dos ya citadas del Tribunal Supremo, una de Santa Cruz de Tenerife, una de Valladolid y otra más de Madrid. Traducido al lenguaje común, la mayoría de las que deniegan las medidas cautelarísimas coincide en que si quienes deben facilitar algo a sus trabajadores no lo tienen ni pueden materialmente conseguirlo no cabe exigírselo.

Los autos de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas evidencian la brecha abierta entre distintos juzgados: porque ambas resoluciones son radicalmente opuestas pese a que ambas surgen en respuesta a la petición del sindicato UGT para que la empresa Clece facilitase mascarillas a sus empleados. Contratada por el Ayuntamiento de la capital grancanaria y por el tinerfeño, Clece presta en ambas ciudades servicios de ayuda a domicilio.

Las resoluciones favorables a las medidas cautelarísimas se mueven en torno a un nexo común que actúa como eje: la ya mencionada Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El auto dictado por un juzgado de Segovia condensa lo que los otros 10 autos exponen con mayor o menor amplitud. "El empleador -recuerda el juez de lo social de la ciudad castellana- deberá garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con su trabajo". La resolución menciona el artículo clave de esa norma, el 17, según el cual "corresponde al empresario adoptar las medidas necesarias para que los equipos de trabajo sean adecuados al trabajo que deba realizarse de forma que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores al utilizarlos".

A preguntas de este periódico sobre si tales autos han tenido efecto práctico, los portavoces del Gobierno de Castilla-La Mancha aseguraron que carecen ya de sentido porque el Ejecutivo regional ha comprado por su cuenta cinco millones de mascarillas y distintos elementos de protección que ya se están distribuyendo. Los portavoces de la Junta de Castilla y León se remitieron en cambio a un comunicado oficial que "lamenta la utilización judicial de la crisis del Covid-19", anuncia recursos judiciales y asegura que esa comunidad se cuenta entre "las primeras" que han logrado "material sanitario proveniente vía aérea de las principales industrias productoras, que están en China".

De las cuatro sentencias enumeradas entre las contrarias a la exigencia de medidas cautelares, la última ha sido dictada por el juzgado de lo social número 34 de la capital en contra de las medidas requeridas por el sindicato policial SUP. Paradójicamete y junto con otra que va en sentido opuesto, su redacción ilustra el callejón sin salida en que la crisis sanitaria ha metido tanto a la legislación sobre riesgos laborales como a las consecuencias de incumplir los mandatos de la justicia en el terreno de la salud laboral: porque ambos vienen a sostener que no hay garantías de que las medidas cautelarísimas se materialicen.

Una orden para cumplir... "si fuera posible"

Hasta ahora, y eso también queda en el limbo por la pandemia, las consecuencias de no aplicar esas medidas implicaban siempre –aseguran los consultados– el pago de forzosas multas diarias e incluso un eventual procesamiento por desobediencia. ¿Pero es factible multar a una administración por no facilitar mascarillas a medicos, enfermeros, auxiliares, limpiadores si el incumplimiento no responde a un eventual ánimo ofensivo o a una negligencia sino a que tales mascarillas no existen aún? Esa es la pregunta. Y en sus dos autos contrarios a las peticiones del Sindicato Médico –uno del 25 de marzo y otro, del 31– el Supremo responde así: "No consta ninguna actuación contraria a esa exigencia evidente [de elementos de protección] y sí son notorias las manifestaciones de los responsables públicos insistiendo en que se están desplegando toda suerte de iniciativas para satisfacerla".

En cambio, el juez de Las Palmas que el día 25 aceptó la petición de UGT para aplicar medidas cautelarísimas en Clece para proteger a su plantilla de ayuda a domicilio, acordó en ese mismo auto multar a la empresa con 1.000 euros por cada jornada en que siguiera sin facilitar mascarillas.

El primero de los dos autos madrileños que unidos por la paradoja reflejan la complejidad de la situación actual es el que tambien el  30 de abril denegó las medidas cautelarísimas que reclamaba el sindicato policial SUP. Su autor, el titular del juzgado de lo social 34 de la capital, las rechazó con un argumento que de inmediato saltó a los titulares: que las medidas cautelarísimas "no tienen como fin el salvamento de la Humanidad y el Universo, ya nos gustaría", sino "el mucho más modesto de asegurar anticipadamente lo resuelto en un procedimiento judicial". Y hacerlo "desde el punto de vista de la utilidad concreta". Pero ese objetivo, aduce el magistrado Antonio Seoane, carece de sentido en las presentes circunstancias. Invocar hoy la Ley de Prevención de Riesgos, viene a sostener el juez, carece de sentido por cuanto "no es de aplicación al supuesto que nos ocupa de emergencia sanitaria bajo un estado de alarma declarado por el Gobierno y respaldado por las Cortes".

Y la resolución que, pese a que ordena justamente lo contrario –aplicar medidas cautelarísimas–, apunta al mismo problema que la del párrafo anterior procede de otro juzgado madrileño, el 13 de lo Social. En ella la jueza María Sánchez estima la solicitud formulada por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (Apif). Y ordena requerir a la Administración y órganos demandados "a fin de que se provea de forma inmediata" de mascarillas, guantes, gel desinfectante, y gafas a la plantilla de fiscales y de funcionarios "que deban realizar funciones presenciales durante la vigencia de la pandemia del Covid-19". Pero las tres palabras finales del párrafo pulverizan la orden: todo eso debe hacerse en el término de 24 horas "si fuera posible".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5235 en: 02 de Abril de 2020, 07:36:32 am »
Legal, por supuesto, ético y estético, en absoluto, se ha pretendido forzar a los jueces a imponer un material que no había para quienes más lo precisan...y vuelvo a repetir, si el sistema sanitario cae...caemos todos.


Los datos de Madrid sobre las UCI indican que están al borde de su capacidad: el 85% están ocupadas por enfermos de COVID-19


https://www.eldiario.es/madrid/Madrid-UCI-capacidad-ocupadas-COVID-19_0_1012099799.html

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5236 en: 03 de Abril de 2020, 05:46:47 am »

Choque de criterios en la judicatura por la petición de mascarillas de policías y mossos

El Sindicato Unificado de Policía y la Unión Sindical de la Policía Autonómica de Cataluña han reclamado la entrega de material de protección frente al coronavirus; el primero ha recibido la negativa de un Juzgado de Madrid mientras que el segundo ha conseguido que el tribunal catalán ordene la distribución de equipos

Liliana Ochoa

PublicadoHace 29 minutos

Dos sindicatos policiales han acudido a los tribunales para reclamar a las autoridades la entrega urgente de material sanitario de protección para hacer frente al coronavirus. Ambos han recibido respuesta esta misma semana. El Juzgado de lo Social número 34 de Madrid ha desestimado la demanda del Sindicato Unificado de Policía (SUP). Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, por su parte, ha aceptado la petición de la Unión Sindical de la Policía Autonómica de Cataluña (USPAC) y ha ordenado que se distribuyan insumos a los Mossos d'Esquadra.

Este choque de criterios en la judicatura tiene lugar en medio de una pandemia sin precedentes históricos ni jurisprudenciales. Cada magistrado intenta dar respuesta a las peticiones que día a día llegan a los tribunales por parte de diferentes gremios que reclaman mascarillas, guantes y demás medidas de protección frente a la Covid-19. El caso de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se suma, entre otros, a la de los colectivos médicos y a la de los funcionarios de la administración de Justicia.

La negativa al Sindicato Unificado de Policía responde al análisis que hace el juez Antonio Seoane de la función propia de las medidas cautelares. Según explica el magistrado, éstas "no tienen como finalidad el salvamento de la Humanidad o el Universo (...) sino el mucho más modesto de asegurar anticipadamente lo resuelto en un procedimiento judicial". A su juicio, "se está recurriendo a las medidas cautelarísimas como atajo para obtener pronunciamientos meramente declarativos sin un claro objeto o finalidad".

Los jueces que han aceptado la petición de la Unión Sindical de la Policía Autonómica de Cataluña parecen no coincidir con el argumento del Juzgado madrileño. Según han alegado en su auto, no solo consideran pertinente que se adopten medidas cautelarísimas, sino que estiman que las que se han acordado "resultan idóneas". En el escrito han explicado que las medidas son "aptas para evitar exposición de riesgo biológico" y han insistido en la necesidad de garantizar el derecho de los agentes a trabajar en condiciones que respeten su salud, su seguridad y su dignidad.

Diferencias sobre riesgos laborales

Aunque ambos sindicatos han amparado sus respectivas demandas en la Ley de Riesgos Laborales, no les ha funcionado por igual. Los Mossos se han encontrado con un tribunal que ha concluido que "el estado de alarma no ha suspendido los derechos fundamentales a la salud, a la vida y a la integridad física, ni tampoco el derecho a la prevención de los riesgos laborales respecto del colectivo policial".

El Juzgado de lo Social número 34 de Madrid ha considerado que "esta normativa no es de aplicación al supuesto que nos ocupa de emergencia sanitaria bajo un estado de alarma declarado por el Gobierno de la Nación y respaldado por las Cortes españolas". El magistrado ha desestimado la demanda, en parte, porque "se habla del riesgo de los Policías en abstracto como si todos los policías realizaran las mismas funciones y sufrieran la misma exposición". Los jueces de Cataluña, sin embargo, han considerado que "por el solo hecho de asistir al trabajo, en situación de confinamiento generalizado, incurre ya en un riesgo, con independencia de que preste sus servicios en oficinas o en la vía pública".

Mientras el juez de Madrid ha insistido en que "no es posible reconocer el derecho a todos los integrantes de todos los cuerpos o trabajadores que prestan servicios esenciales", desde Cataluña han asegurado que no es competencia de la sala "resolver sobre la prioridad que las autoridades gubernativas han de dar a la distribución de equipos de protección".


Resoluciones a favor y en contra

El TSJ catalán no es el único que ha estimado medidas cautelares para el reparto de materiales en plena pandemia; el Juzgado de lo Social número 34 de Madrid tampoco es el único que las ha rechazado. Ante el goteo de demandas, el juez Seoane ha lamentado las decisiones adoptadas por los magistrados que sí se han aceptado las peticiones de los sindicatos y que "ahora se ven en el contrasentido de tener que ejecutar por vía de requerimiento". Los jueces de Barcelona, por su parte, han sacado pecho en su auto de esos casos y ha destacado al menos otras ocho resoluciones en las que se acuerda la entrega urgente de suministros a colectivos.

En el caso de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, se han admitido otras dos demandas: una en la Sala de lo Social del TSJ de Madrid presentada por el sindicato Justicia Policial (JUPOL), y otra en el Juzgado de lo Social número 1 de Vitoria de Euskal Polizien Ikartasuna (EUSPEL). Otros gremios, como el de los secretarios judiciales, también ha obtenido respuestas positivas a sus reclamaciones.

Hasta el momento, los 'no' más sonados los ha entonado el Tribunal Supremo, que ha rechazado en dos ocasiones las peticiones de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) de exigir al Gobierno la provisión a todos los hospitales de medios de protección para hacer frente al coronavirus. Pese a esta negativa, los magistrados, han acordado estudiar las alegaciones de la Abogacía del Estado para que "la Sala pueda pronunciarse ya con conocimiento de todos los extremos precisos y, en particular, de la gestión efectuada al respecto por la Administración". En los diferentes casos existentes, aún queda pendiente que se estudie el fondo de la demanda.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5237 en: 03 de Abril de 2020, 05:47:58 am »
Penoso tener que forzar decisiones judiciales en unos momentos de escasez de medios para quienes verdaderamente lo necesitan...PENOSO.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5238 en: 03 de Abril de 2020, 14:44:13 pm »
Penoso tener que forzar decisiones judiciales en unos momentos de escasez de medios para quienes verdaderamente lo necesitan...PENOSO.


MIENTE, no se fuerza a nadie, los jueces dictaminan lo que creen oportuno, no MANIPULE. Otra cosa es que a usted no le guste y le joda que haya más jueces que dictaminen lo que no le gusta a usted.

Usted cómo está en casita lo ve de otra forma.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #5239 en: 03 de Abril de 2020, 14:49:30 pm »
Penoso tener que forzar decisiones judiciales en unos momentos de escasez de medios para quienes verdaderamente lo necesitan...PENOSO.


MIENTE, no se fuerza a nadie, los jueces dictaminan lo que creen oportuno, no MANIPULE. Otra cosa es que a usted no le guste y le joda que haya más jueces que dictaminen lo que no le gusta a usted.

Usted cómo está en casita lo ve de otra forma.

Se fuerza y se procuran criterios dispares en una situación de crisis, cuando además el Supremo ya ha resuelto...si fuera posible.