Autor Tema: De actuaciones y sentencias judiciales  (Leído 769332 veces)

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3720 en: 26 de Septiembre de 2012, 08:52:58 am »
La jueza manda a prisión al policía acusado de matar a su abogada

La titular de instrucción 3 de Granada le tomó declaración ayer a las 16 horas, aunque el detenido se negó a hablar · Entra en la cárcel sin establecerse fianza

R. G./ Granada | Actualizado 26.09.2012 - 01:00
 
La jueza del Juzgado de Instrucción número 3 de Granada que instruye la causa del asesinato de la abogada Rosa Cobo, decretó ayer la prisión comunicada y sin fianza para el policía local que fue detenido el pasado viernes como presunto autor de los hechos. El juzgado le tomó declaración ayer al detenido sobre las 16:00 horas, aunque éste se negó a hablar.

El Juzgado de Guardia había prorrogado la detención del policía local dado que aún permanecía ingresado en el Hospital Virgen de las Nieves, donde evolucionaba favorablemente de la sobredosis de barbitúricos por la que estaba siendo tratado. Esta decisión se produjo después de que este lunes se cumplieran las 72 horas legales con las que contaba la Policía para ponerlo a disposición judicial.

El hombre, Miguel F.O., de 37 años, fue cliente de la víctima en un caso relacionado con la separación de su mujer y el régimen de visitas de los hijos, del que no quedó satisfecho. Comenzó entonces a acosar a la letrada, que manifestó su preocupación al propio Colegio de Abogados de Granada y que llegó a instalar dos cámaras en el edificio en el que vivía, en la puerta de su casa y en el garaje, donde presuntamente fue asesinada e introducida en el maletero de su coche.

El vehículo, al que el presunto asesino prendió fuego, fue encontrado en las cercanías de su vivienda, en el Camino de las Vacas de Granada capital, en la noche del pasado jueves. El cuerpo sin vida de la mujer, de 51 años y con dos hijas, presentaba signos de violencia.

El policía local fue arrestado al día siguiente, a primeras horas de la tarde, en el interior de su vehículo en el municipio granadino de Purullena, donde fue localizado por la Guardia Civil. Los agentes tuvieron que trasladarlo al Hospital de Guadix por el estado en el que se encontraba ya que, al parecer, había ingerido gran cantidad de barbitúricos.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3721 en: 26 de Septiembre de 2012, 08:54:03 am »
Absueltos los policías denunciados por agredir a un dirigente sindical

El magistrado Antonio Moreno no cree que los agentes fueran "más allá del fragor de la discusión" que mantuvieron con el secretario del SI-PAN en la Huerta del Rasillo

Y. Huertas / Granada | Actualizado 26.09.2012 - 01:00
 
 El juez Antonio Moreno, titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Granada, ha absuelto a dos policías locales, afiliados al SIPLG (Sindicato Independiente de la Policía Local de Granada), que fueron denunciados por un dirigente de otro sindicato, el SI-PAN (Sindicato Independiente de Policía de Andalucía), por una presunta agresión ocurrida en los pasillos de la sede policial de la Huerta del Rasillo.

El magistrado cree que el incidente, ocurrido el pasado 10 de septiembre, no fue "más allá del fragor de la discusión" que los tres agentes mantuvieron a raíz de lanzar uno de los denunciados al otro la siguiente frase: "¿Qué has comido hoy, con pan o 'sin pan'?".

La sentencia considera probado que el secretario del SI-PAN, Sebastián Aguado, que estaba "a pocos metros" de ambos, colocando información en el tablón de anuncios, se dio "por aludido" al escuchar aquella pregunta. Pensó "que le estaban ofendiendo" y se acercó a ellos para pedirles explicaciones, momento en que comenzó la "fuerte" discusión entre los tres.

"A efectos penales -añade el magistrado- no puede considerarse probado que Miguel García Rubiño -ex secretario del SIPLG y uno de los denunciados- agrediera a Sebastián Aguado causándole lesiones". Tampoco cree el juez que ambos amenazaran o insultaran al denunciante "con intención de menoscabar el honor o amedrentar".

De este modo, la resolución, a la que ha tenido acceso este diario y que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Granada, establece que "no ha quedado desvirtuada" la presunción de inocencia de los dos denunciados, que se enfrentaban al pago de una multa de 135 euros por una posible falta de injurias.

El juzgador resalta que "constan versiones contradictorias de ambas partes", así como que "no se puede, por tanto, otorgar mayor credibilidad a una más que a otra, teniendo en cuenta además la relación que mediaba entre ambas partes, con problemas de índole sindical previos".

Así las cosas, la declaración del denunciante, que aportó un parte médico en el que se le diagnosticaba una "cervicalgia", no ha sido base suficiente para condenar a sus dos compañeros. "La cervicalgia la padecen la mayoría de los trabajadores", recuerda el juez, que descarta, por tanto, que el dolor referido en el cuello por Aguado lo padeciera a raíz de la supuesta agresión.

Durante la vista, celebrada la semana pasada en la Caleta, la defensa de los dos policías denunciados puso en tela de juicio la veracidad del testimonio de un testigo, miembro del SI-PAN, propuesto por la parte denunciante y que dijo haber visto la supuesta agresión de una forma fugaz . Incluso los agentes que el día del incidente estaban en el control de entrada de la jefatura afirmaron en la sala no haber visto entrar ese día al testigo. Sobre este punto, el magistrado considera que éste "pudo entrar en la jefatura" y "no percatarse los agentes del control de entrada", si bien no otorga plena credibilidad a su relato.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3722 en: 27 de Septiembre de 2012, 10:55:54 am »
ALGETE

Piden ocho años para el jefe de la Policía Local.


Jueves 27 de Septiembre de 2012 08:41  Terra Noticias  / EFE
 
Apoyan al jefe de la Policía Local de Algete que es juzgado en la Audiencia

La Asociación Profesional de Mandos y Directivos de Policía Local (Apropol) ha expresado su apoyo al jefe de la Policía Local de Algete, Gabriel Trejo, que hoy será juzgado en la Audiencia Provincial de Madrid por la presunta detención ilegal de dos hermanos en las fiestas patronales de 2009.


En un comunicado, este colectivo muestra su respaldo a Gabriel Trejo, del que aseguran que ha dado muestras suficientes de 'un respeto absoluto al marco jurídico legal' durante más de treinta años de servicio ininterrumpido.

Con relación a los hechos, objeto de procedimiento judicial, la actuación policial consistió en trasladar hasta sus domicilios a dos jóvenes, que estaban inmersos en una riña multitudinaria, para que no fueran linchados por una multitud, señala Apropol.

Esta actuación no puede ser considerada una detención ilegal, sino el cumplimiento del deber de auxilio a personas en situación de grave alteración de la seguridad ciudadana, que es lo que hizo el jefe de la Policía Local de Algete, según la Asociación.

El fiscal pide para Gabriel Trejo una pena de ocho años de cárcel y diez de inhabilitación por la supuesta detención ilegal de los hermanos Juan Carlos y Manuel Antonio M.V., vecinos de la localidad de Paracuellos de Jarama.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3723 en: 27 de Septiembre de 2012, 11:15:37 am »
La fiscal le pedía 15 años de prisión

El policía que falsificó dos DNI para lucrarse acepta más de 6 años de cárcel
trabajaba en pamplona y recibió 4.000 ¤ para expedir el pasaporte y CARNÉ de un EXTRANJEro

El acusado adquirió con documentos falsos dos coches que no pensaba pagar

enrique conde - Jueves, 27 de Septiembre de 2012 -

 La fiscal le pedía 15 años de prisión después de que se aprovechara de su desempeño como agente del Cuerpo Nacional de Policía para lucrarse por falsificar el DNI español y el pasaporte de un hombre extranjero que se encontraba en situación irregular y para configurarse otro documento nacional de identidad para sí mismo, que acompañado de otros certificados también falsificados, le sirvieron para adquirir dos vehículos por más de 47.000 euros que no tenía intención de pagar.

pamplona. Finalmente, ayer reconoció estos hechos que se le imputaban, se le aplicaron las atenuantes de drogadicción (su defensa aportó informes médicos que confirmaban su toxicomanía) y de reparación del daño (devolvió los vehículos que había comprado fraudulentamente) y fue condenado a seis años y dos meses de prisión y recibió tres multas que suman 3.240 euros. Se le condenó por los delitos de falsedad en documento oficial tanto en su cargo como funcionario público (3 años) como por particular (8 meses), por un delito de cohecho (2 años) y por malversación de fondos (6 meses).

El agente Alberto G.G. llevaba un año en prisión provisional y seguirá encarcelado. El otro imputado, Alberto Mario H.C., de nacionalidad argentina y que pagó 4.000 euros para que el policía le confeccionara el DNI y pasaporte español, fue también condenado a dos años de cárcel y a una multa de 1.800 euros. Este procesado no cuenta con residencia legal en España.

El policía condenado trabajaba desde septiembre de 2010 en Pamplona en el Grupo de Atención al Ciudadano y desde enero de 2011 empleaba algunas tardes en la oficina del Documento Nacional de Identidad, en la calle Bergamín de la capital navarra. Aprovechando su puesto, narra la fiscal, sobre las 19.39 horas del 8 de febrero de 2011, expidió un DNI a nombre del otro acusado, "con quien se había puesto previamente de acuerdo". El otro imputado le había abonado 4.000 euros para que le confeccionara y le entregara la documentación española, tanto el DNI como el pasaporte, a pesar de conocer que por su nacionalidad argentina no podía obtenerlo".

múltiples documentos falsos No acabaron ahí sus falsificaciones, ya que luego el agente también se hizo un encargo para sí mismo. El 30 de marzo de 2011 expidió un DNI a nombre de Antonio y en el que conservaba sus apellidos. En este nuevo documento colocó su propia fotografía, imprimió su huella digital y firmó. Con ese mismo carné falsificado acudió en junio del año pasado a un concesionario de Ejea de los Caballeros (Zaragoza) y se dispuso a adquirir un Opel Insignia, valorado en 33.674,81 euros. Para obtener la pertinente financiación con la que afrontar la compra del vehículo, el policía también manipuló tres nóminas (poniéndolas a nombre de Antonio G.G., como su falso carné), la copia de la declaración de IRPF de 2010 además de un certificado de empadronamiento de la localidad de Miramar, que obtuvo tras presentar en el ayuntamiento de este municipio un contrato de alquiler falso. Con todos esos papeles fraudulentos el acusado adquirió el turismo mencionado sin abonar cantidad alguna. Sin embargo, un mes después de formalizar la adquisición del vehículo, regresó al mismo concesionario para comprar un Opel Astra por 24.020 euros. Ambos vehículos se encontraban intervenidos y en depósito. Ahora, una vez que la sentencia sea firme, se devolverán al concesionario y el acusado pudo de esta manera rebajar la pena que le solicitaban por reparar el daño.

Por último, el policía también fue condenado por malversación, al haber tenido acceso a las tarjetas destinadas a repostar combustible en los vehículos oficiales. Con dicha tarjeta pagó cuatro repostajes en su vehículo particular y otros dos que fueron destinados a otro. El total de lo defraudado al echar gasolina asciende a 353,27 euros, cantidad con la que deberá indemnizar a la Jefatura Superior en concepto de responsabilidad civil.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3724 en: 28 de Septiembre de 2012, 15:47:45 pm »
Condenan a 2 policías locales por lesionar a un hombre y denunciarlo en falso .


 Viernes, 28 de Septiembre de 2012 13:55 , Pablo Lima

Ambos pagarán 3.900 euros por dos faltas e indemnizarán en 12.000 euros a la víctima, que a punto estuvo de ir dos años a prisión por la falsa denuncia de los agentes Dos agentes de la Policía Local mostraron ayer conformidad en la sala de la Audiencia Provincial de Cádiz en su Sección Sexta de Ceuta con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal y por tanto fueron condenados por incurrir en una falta de lesiones y otra de denuncia falsa.

De tal modo concluye un episodio que ha supuesto una pesadilla para el denunciante, un ciudadano de Ceuta que, pese a ser inocente, estuvo a punto de terminar entre rejas por un período de dos años en base a un delito de atentado y resistencia a la autoridad que no cometió y por el que en un principio fue condenado con pena de prisión.

Pero no era él el culpable y sí ambos agentes, quienes, al aceptar ayer la pena solicitada por el Ministerio Fiscal, reconocen por ende que mintieron y además no se limitaron a cumplir con sus funciones, como también ha podido demostrar el Tribunal.

Por ello, los citados F.J.G.R. y P.L.E.R., fueron condenados ayer por la falta de lesiones a una multa de diez euros al día durante un mes, lo que supone un total de 300 euros, y por la falta de falsa denuncia deberán afrontar cada uno de ellos el pago de 3.600 euros, cantidad que es consencuencia de una multa de diez euros al día durante doce meses.
Asimismo, a los 3.900 euros de multa por ambas faltas, entre ambos deberán pagar 12.000 euros en concepto de indemnización por los daños físicos y morales ocasionados a la víctima.

Todo ello es la consecuencia de un hecho insólito, en el que el mundo parece estar del revés y que se remonta al 16 de abril de 2007, en concreto a las 12:30 horas del mediodía.

En ese momento, en los aledaños de las Torres de La Marina, un joven, el denunciante, y una señora, ambos al volante de sus vehículos emprendieron una acalorada discusión siendo el detonante de la misma el único hueco que en la acera había para estacionar el coche.

Argumentando que había llegado antes al lugar, el hombre aparcó su coche, circunstancia ésta que no fue en absoluto del agrado de la señora, quien tuvo que buscar otras alternativas y cuando hubo subsanado este problema, algo que ocurrió al momento, echó mano del bolsillo, tomó el móvil y telefoneó a su hijo, agente de la Policía Local.
A los pocos minutos, el hijo acudió junto a su pareja profesional, ambos en acto de servicio, y actuaron, tal y como han reconocido ante la Justicia, fuera de la Ley, con una actuación no veraz y agresiva.

Porque, toda vez que ya estaban en La Marina, cerca por ende del lugar donde había aparcado el joven, localizaron de inmediato al mismo, que caminaba unos metros más allá, trayecto que se frenó en seco ante la acometida de ambos agentes de la Policía Local quienes obraron de tal manera, extralimitándose en sus funciones y empleando la violencia, argumentándole, a sabiendas de que defendían una tesis falsa, que había actuado de mala manera ante la madre del agente de la Policía Local.

Llevado al calabozo, el hombre se vio en poco tiempo condenado por la Justicia por un delito de atentado y resistencia a la autoridad, sentencia dictada en tales términos en un primer momento entre otros aspectos porque en el escrito referido por la Policía Local acerca de lo que había acontencido aquel día, escrito a las pocas horas del suceso, redactado y firmado por los agentes que actuaron, se indicaba que el joven se había mostrado reacio a colaborar con la Policía Local, empleando incluso medios de ataque físicos contra los agentes.

Conocida la sentencia, mediante la cual el joven estaba en vías de ingresar en prisión por un período de dos años, en un plazo inferior a diez días, los reglamentarios que estima la Ley para apelar, la Defensa elevó un recurso de apelación porque consideraba que no había quedado aclarado ni demostrado que su cliente hubiera actuado al margen de la Ley y que sólo se trataba de la palabra de los agentes contra la suya sin que mediara pruebas contundentes de por medio que afianzaran con rotundidad la tesis de la Acusación Particular y negaran la del hombre.

Abiertas la diligencias de nuevo, el tribunal de la Audiencia Provincial, tras estudiar en profundidad el asunto, vio 'algo raro' y dedujo testimonio: la tesis, antes firme e inquebrantable de los agentes de la Policía Local F.J.G.R. y P.L.E.R. empezaba a tambalearse. Tanto que, en efecto, y tras tirar de un hilo fino, la Justicia pudo 'arrinconar' a los policías hasta un punto que no tenía retorno y cuya única salida era la que se ha producido y que ayer quedó firmada en la Audiencia Provincial: el reconocimiento de los agentes de que actuaron fuera de la Ley, de que mintieron, de que el joven en realidad no les había agredido ni mostrado resistencia alguna y que habían interpuesto denuncia falsa.

Por último, cabe destacar también un aspecto que ha resultado clave y es el hecho de que la memoria del hombre grabó el número de la matrícula del coche que conducía la señora, gracias a lo cual se pudo conocer la identidad de la misma, titular del coche, porque en el informe escrito por los agentes, se había obviado nombres y apellidos de ella, todo sea por 'ayudar' a una madre.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3725 en: 28 de Septiembre de 2012, 16:36:12 pm »
Las "cosas" de mamá....

uidfaro

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3726 en: 28 de Septiembre de 2012, 16:46:59 pm »
a los leones con ellos, como se puede jugar con la vida de una persona de esa forma.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3727 en: 29 de Septiembre de 2012, 11:12:44 am »
Rebajan a 3 años la petición para un guardia juzgado por detención ilegal en Tineo

El juicio quedó ayer visto para sentencia en la Audiencia Provincial
Oviedo, M. J. I.

 ;fum;

Bajan la condena a un guardia civil que detuvo a un bombero de 3 años a multa

El Supremo ha dejado en una multa de 810 euros la condena a 3 años de cárcel impuesta a un guardia civil que detuvo a un bombero con el que discutió, al apreciar que se debió aplicar el tipo atenuado del delito de detención ilegal porque "la privación de libertad" se hizo para presentarlo "inmediatamente a la autoridad". 

Así lo ha acordado la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) al estimar parcialmente el recurso del guardia civil -Luis Manuel P.G.-, con destino en el Puesto de Tineo (Asturias), contra la sentencia que por estos hechos dictó la Audiencia Provincial de Oviedo, que también le condenó a 8 años de inhabilitación y a indemnizar al bombero -José R.G.- con 1.400 euros.

El TS considera excesiva la pena de cárcel y la anula porque entiende que debió ser condenado por el artículo 163.4 del Código Penal, 'el supuesto referido a la privación de libertad para presentarlo inmediatamente a la autoridad', tipo atenuado de la responsabilidad penal que, según jurisprudencia del Alto Tribunal, puede aplicarse a los funcionarios públicos.
La resolución del Supremo sostiene que el agente 'se limitó a conducir a la víctima a las dependencias policiales', tras lo que fue puesto en libertad 'por los funcionarios que prestaban servicio en esas dependencias', lo que se ajusta a lo previsto en el citado artículo del Código Penal.

Por ello cree suficiente una multa de cuatro meses y medio con cuota diaria de 6 euros, manteniéndole los 8 años de inhabilitación absoluta y el pago de la indemnización fijada.

Según relata la sentencia de la Audiencia de Oviedo, el 3 de mayo de 2009 el guardia acudió con un compañero a la feria anual de muestras de Tineo y allí se encontró con el bombero que durante una conversación le reprochó al agente haberle denunciado por llevar una navaja en su coche.

En el transcurso de la discusión, el guardia exigió al bombero que se identificara y éste, que vestía su uniforme, le explicó que no tenía encima la documentación, pero que podía acercarse al parque de Bomberos a por ella o ser identificado por su jefe, que también se encontraba en la feria.

'Luis Manuel, en estado de excitación advirtió a José que lo iba a detener y a colocarle los grilletes', a pesar de las advertencias del otro guardia que le acompañaba y que veía 'lo irregular y anormal de su comportamiento'.

Antes de llevar al bombero al coche patrulla, los dos, en un forcejeo, llegaron a caer al suelo y una vez en el vehículo oficial, camino del puesto de la Guardia Civil, el sargento comandante les interceptó cuando acudió a la feria alertado por el compañero del agente.

En ese momento, 'el sargento ordenó la liberación de José y procedió a la incoación de las diligencias pertinentes', que derivaron en el juicio por el que el guardia civil fue condenado a tres años de cárcel y ocho de inhabilitación, mientras que el bombero fue absuelto del delito de atentado contra la autoridad y de una falta de lesiones.


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3728 en: 29 de Septiembre de 2012, 11:31:47 am »
El jefe de policía de Algete dice que quiso evitar una agresión
 27-09-2012 - MDO/EFE -

El jefe de la Policía Local de Algete, Gabriel Trejo, ha negado este jueves en la Audiencia madrileña haber detenido ilegalmente a dos hermanos en las fiestas patronales de 2009 y ha asegurado que trasladó a los dos jóvenes esposados a la comisaría para evitar que sufrieran "una agresión brutal" tras una pelea.

La Fiscalía pide ocho años de cárcel y diez años de inhabilitación para el policía al considerarle autor de dos delitos de detención ilegal de los hermanos Juan Carlos y Manuel Antonio M.V., vecinos de la localidad de Paracuellos de Jarama y que intervinieron en una reyerta.

Los hechos ocurrieron el 13 de septiembre de 2009 cuando cuatro agentes locales de Algete que estaban de servicio en la plaza de la Constitución de este municipio intentaron separar a los implicados en una pelea, entre los que se encontraban los dos hermanos.

En el juicio, el procesado ha dicho que los dos jóvenes fueron trasladados a la comisaría "esposados" para proceder a su identificación con el fin de preservar la integridad física de los dos chicos y evitar "una alteración del orden público de consecuencias nefastas".

Si la situación se prolonga, los hermanos "corrían un serio peligro" y podían "sufrir una agresión brutal" por parte de la gente de las peñas de Algete, ha señalado.

Los hermanos, que se encontraban "sumamente agitados" y "bajo los efectos del alcohol", fueron engrilletados porque el vehículo policial no estaba equipado con una mampara de separación para evitar que se autolesionaran o lesionaran a los agentes, ha apuntado Trejo.

En la comisaría, ha precisado, permanecieron esposados en el vestíbulo y, con posterioridad, pasaron a un despacho donde contaron lo sucedido, antes de ser conducidos por los agentes hasta Paracuellos.

Por su parte, los dos hermanos han explicado que, después de una pelea, los empujaron contra un vehículo policial, los esposaron y los trasladaron a las dependencias de la Policía Local de Algete.

Manuel Antonio ha asegurado que tenía "miedo" de ser agredido por la "multitud" de Algete y que la presencia de la policía le dio "seguridad".

Tras reconocer que estaban "bebidos", Juan Carlos ha manifestado que los agentes de la Policía "tardaron en aparecer" por la plaza de la Constitución, pero "no se portaron mal" porque los acercaron hasta Paracuellos.

Al ser preguntado por la sala si fue engrilletado e introducido en el vehículo policial en contra de su voluntad, Juan Carlos ha declarado: "Yo lo acepté".


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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3729 en: 29 de Septiembre de 2012, 11:41:58 am »
Absolución segura, como debe ser.
Old school Hollywood baseball...

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3730 en: 29 de Septiembre de 2012, 13:24:33 pm »
Vaya mierda, ahora para trabajar hay que cogersela a los choros con papel de fumar,  :Plasplas :Plasplas, me alegro de la absolucion de los compis pero.... que tanta explicacion y buenismo, o es que el Fiscal da miedo, estamos apañados si nuestro trabajo tiene que ser de cara a contentar a al Fiscal.-   _Fumón_2 _Fumón_2 _Fumón_2

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3731 en: 29 de Septiembre de 2012, 13:39:38 pm »
La jueza manda a prisión al policía acusado de matar a su abogada

La titular de instrucción 3 de Granada le tomó declaración ayer a las 16 horas, aunque el detenido se negó a hablar · Entra en la cárcel sin establecerse fianza

R. G./ Granada | Actualizado 26.09.2012 - 01:00
 


La Policía Nacional, dispuesta a estudiar casos particulares de abogados amenazados

Tras la muerte de Rosa Cobo
Sábado, 29/09/12 11:26
E.P.

El jefe superior de la Policía Nacional en Andalucía Oriental, Francisco Arrebola, ha afirmado que la institución está dispuesta a analizar casos especiales de abogados amenazados o víctimas de acoso después de que el Colegio de Abogados granadino haya planteado la posibilidad de solicitar medidas de protección, tras el reciente asesinato de Rosa Cobo, y la muerte, en similares circunstancias, de otro letrado en Málaga en marzo de 2012.
 
En declaraciones a Europa Press, Arrebola ha señalado sin embargo que hay que dejar claro que estos dos casos, “de muertes muy lamentables y desgraciadas”, son hechos “fortuitos” y ha indicado que, aunque no se puede establecer “un servicio de protección fijo”, porque sería costoso y además no hay medios para ello, sí que pueden estudiarse situaciones “muy específicas”, para evitar problemas.

Prisión para el policía local detenido por la muerte de la abogada granadina
Evoluciona favorablemente el policía local detenido por la muerte de una abogada
El Juzgado prorroga la detención del policía arrestado por la muerte de una abogada

 
El jefe superior, que además es abogado, ha querido trasladar el pésame a la familia de Rosa Cobo y a la abogacía granadina, y entiende que este colectivo se sienta ahora “desprotegido”. Sin embargo, ha querido lanzar un mensaje de “calma y tranquilidad”, ya que, pese a que estas dos muertes se han producido en “escenarios geográficos pequeños” y próximos entre sí, han sido acontecimientos “puntuales”.
 
Arrebola ha destacado además la respuesta “eficaz y efectiva” de la Policía en estos dos casos para detener al presunto responsable, ha lamentado estas “muertes gratuitas” y “sin sentido” y ha confiado en que no vuelvan a repetirse.
 
El Juzgado de Instrucción número tres de Granada ordenó el pasado martes por la tarde el ingreso en prisión, comunicada y sin fianza, del agente de la Policía Local detenido por la muerte de Cobo, cuyo cuerpo sin vida fue encontrado en el interior del maletero de su vehículo el jueves 20 de septiembre en el Camino de las Vacas, en Granada capital.
 
El agente, presunto autor de los hechos, estaba ingresado en el Hospital Virgen de las Nieves por una sobredosis de barbitúricos, pero pasadas las 16,00 horas del 25 de septiembre la juez de la citada instancia ordenó tomarle declaración y resolvió su ingreso en prisión después de que el policía se acogiese a su derecho a no declarar.
 
El hombre, Miguel F.O., de 37 años, fue cliente de la víctima en un caso relacionado con la separación de su mujer y el régimen de visitas de los hijos, del que no quedó satisfecho. Comenzó entonces a acosar a la letrada, que manifestó su preocupación al propio Colegio de Abogados de Granada y que llegó a instalar dos cámaras en el edificio en el que vivía, en la puerta de su casa y en el garaje, donde presuntamente fue asesinada e introducida en el maletero de su coche.
 
El vehículo, al que el presunto asesino prendió fuego, fue encontrado en las cercanías de su vivienda, en el Camino de las Vacas de Granada capital, en la noche del pasado jueves día 20. El cuerpo sin vida de la mujer, de 51 años y con dos hijas, presentaba signos de violencia.
 
El policía local fue arrestado al día siguiente, a primeras horas de la tarde, en el interior de su vehículo en el municipio granadino de Purullena, donde fue localizado por la Guardia Civil. Los agentes tuvieron que trasladarlo al Hospital de Guadix por el estado en el que se encontraba ya que, al parecer, había ingerido gran cantidad de barbitúricos.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3732 en: 01 de Octubre de 2012, 13:59:56 pm »
Asesinó a tres personas en la clínica Jiménez Díaz
 
La doctora De Mingo se beneficiará de una 'salida terapéutica' de un mes
 

Aparte de asesinar a tres personas, hirió a otras siete
 Fue condenada en 2006 a 25 años de internamiento
 La doctora padecía de esquizofrenia tipo paranoide con delirios de persecución
 El Defensor del Paciente considera la medida una 'auténtica barbaridad'
 

Agencias | Madrid
 
Actualizado lunes 01/10/2012 12:57 horas
 
El juez de Vigilancia Penitenciaria ha aprobado una "salida terapéutica" de 30 días para la doctora Noelia de Mingo, condenada en 2006 a 25 años de internamiento en un centro psiquiátrico por matar a tres personas y herir a siete en la Fundación Jiménez Díaz de Madrid en 2003.
 
Así lo informa en un comunicado la asociación "El Defensor del Paciente", que ejerció la acusación popular y particular en el caso, en representación de las víctimas, y que califica de "auténtica barbaridad" la decisión del juez.
 
En un auto remitido a la Audiencia Provincial de Madrid, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Alicante aprueba la propuesta de salida terapéutica por un tiempo de 30 días de Noelia de Mingo, quedando bajo control familiar, pernoctando fuera del establecimiento y efectuando sola el desplazamiento.

Igualmente, el juez ha propuesto el mantenimiento de la medida de internamiento respecto a De Mingo, lo que, según la asociación "El Defensor del Paciente", significa que considera que "De Mingo continúa suponiendo un riesgo para la sociedad y para las personas" porque de lo contrario levantaría dicha medida.
 
"¿Cómo es posible que habiendo riesgo, porque el juez mantiene la medida de internamiento, se permita a De Mingo disfrutar de estas 'vacaciones' sin ninguna medida de seguridad y sólo bajo el 'control familiar, control que ya se demostró que no fue efectivo porque fue justamente con ese control cuando asesinó a Leilah, Jacinta y Félix?, se pregunta la asociación en el comunicado.

 

La doctora De Mingo, cuando se celebró el juicio contra ella en 2006. | Efe
 
En 2006, la Audiencia Provincial de Madrid condenó a 25 años de internamiento psiquiátrico a Noelia de Mingo, aunque la absolvió penalmente al admitir la eximente completa de "enajenación mental".
 
La sentencia declaró probado que el 3 de abril de 2003 De Mingo, "que padecía de esquizofrenia tipo paranoide con delirios de persecución y alucinaciones", apuñaló y mató a tres personas e hirió a otras siete cuando estaba en el control de enfermería de la Unidad 33 de la Fundación Jiménez Díaz.
 
Críticas a la medida
 
"Es alguien que ha asesinado a tres personas a sangre fría, por la espalda y de forma sorpresiva, que intentó asesinar a otras cinco personas, que fue sentenciada en junio de 2006 a un internamiento de hasta 25 años por enajenación mental, consideramos que es una auténtica barbaridad y un peligro real para la integridad y la vida de todos los ciudadanos que se encuentren a su alcance", aseguran desde la asociación Defensor del Paciente.
 
A su vez, la asociación cree que el control familiar no es suficiente ya que "meses antes de los asesinatos su familia conocía perfectamente los delirios y el estado trastornado de Noelia De Mingo".
 
La ex doctora "padece una esquizofrenia paranoide, enfermedad para la que hoy por hoy no existe una cura definitiva, tan sólo medidas de control. Dado que el juez considera que sigue siendo necesaria la medida de internamiento, es un completo despropósito que se permita a De Mingo desplazarse a su libre albedrío en tren, autobús y metro, o que se pasee sin ningún tipo de control policial o medida de seguridad por la localidad donde vive su familia, El Molar", han añadido desde la asociación, que subraya que los vecinos de este municipio "tienen derecho a estar protegidos".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3733 en: 02 de Octubre de 2012, 11:20:17 am »
Asesinó a tres personas en la clínica Jiménez Díaz
 
La doctora De Mingo se beneficiará de una 'salida terapéutica' de un mes
 

Aparte de asesinar a tres personas, hirió a otras siete
 Fue condenada en 2006 a 25 años de internamiento
 La doctora padecía de esquizofrenia tipo paranoide con delirios de persecución
 El Defensor del Paciente considera la medida una 'auténtica barbaridad'
 

Agencias | Madrid
 
Actualizado lunes 01/10/2012 12:57 horas
 
El juez de Vigilancia Penitenciaria ha aprobado una "salida terapéutica" de 30 días para la doctora Noelia de Mingo, condenada en 2006 a 25 años de internamiento en un centro psiquiátrico por matar a tres personas y herir a siete en la Fundación Jiménez Díaz de Madrid en 2003.
 
Así lo informa en un comunicado la asociación "El Defensor del Paciente", que ejerció la acusación popular y particular en el caso, en representación de las víctimas, y que califica de "auténtica barbaridad" la decisión del juez.
 
En un auto remitido a la Audiencia Provincial de Madrid, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Alicante aprueba la propuesta de salida terapéutica por un tiempo de 30 días de Noelia de Mingo, quedando bajo control familiar, pernoctando fuera del establecimiento y efectuando sola el desplazamiento.

Igualmente, el juez ha propuesto el mantenimiento de la medida de internamiento respecto a De Mingo, lo que, según la asociación "El Defensor del Paciente", significa que considera que "De Mingo continúa suponiendo un riesgo para la sociedad y para las personas" porque de lo contrario levantaría dicha medida.
 
"¿Cómo es posible que habiendo riesgo, porque el juez mantiene la medida de internamiento, se permita a De Mingo disfrutar de estas 'vacaciones' sin ninguna medida de seguridad y sólo bajo el 'control familiar, control que ya se demostró que no fue efectivo porque fue justamente con ese control cuando asesinó a Leilah, Jacinta y Félix?, se pregunta la asociación en el comunicado.

 

La doctora De Mingo, cuando se celebró el juicio contra ella en 2006. | Efe
 
En 2006, la Audiencia Provincial de Madrid condenó a 25 años de internamiento psiquiátrico a Noelia de Mingo, aunque la absolvió penalmente al admitir la eximente completa de "enajenación mental".
 
La sentencia declaró probado que el 3 de abril de 2003 De Mingo, "que padecía de esquizofrenia tipo paranoide con delirios de persecución y alucinaciones", apuñaló y mató a tres personas e hirió a otras siete cuando estaba en el control de enfermería de la Unidad 33 de la Fundación Jiménez Díaz.
 
Críticas a la medida
 
"Es alguien que ha asesinado a tres personas a sangre fría, por la espalda y de forma sorpresiva, que intentó asesinar a otras cinco personas, que fue sentenciada en junio de 2006 a un internamiento de hasta 25 años por enajenación mental, consideramos que es una auténtica barbaridad y un peligro real para la integridad y la vida de todos los ciudadanos que se encuentren a su alcance", aseguran desde la asociación Defensor del Paciente.
 
A su vez, la asociación cree que el control familiar no es suficiente ya que "meses antes de los asesinatos su familia conocía perfectamente los delirios y el estado trastornado de Noelia De Mingo".
 
La ex doctora "padece una esquizofrenia paranoide, enfermedad para la que hoy por hoy no existe una cura definitiva, tan sólo medidas de control. Dado que el juez considera que sigue siendo necesaria la medida de internamiento, es un completo despropósito que se permita a De Mingo desplazarse a su libre albedrío en tren, autobús y metro, o que se pasee sin ningún tipo de control policial o medida de seguridad por la localidad donde vive su familia, El Molar", han añadido desde la asociación, que subraya que los vecinos de este municipio "tienen derecho a estar protegidos".
Que buena medida. Seguro que asi se reinserta y reeduca.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3734 en: 02 de Octubre de 2012, 18:34:19 pm »

Condenados el policía imputado y cinco de los 17 procesados por la operación antidroga de Linares

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a seis de los 17 imputados en la operación antidroga protagonizada por la Policía Nacional de Linares (Jaén) en mayo del pasado año, si bien, entre los condenados se encuentra el agente de la Policía que informó de dicha operación a los traficantes también condenados, J.A.G., según han informado a Europa Press fuentes del caso.

 2 de octubre de 2012.
 JAÉN, 2 (EUROPA PRESS)

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a seis de los 17 imputados en la operación antidroga protagonizada por la Policía Nacional de Linares (Jaén) en mayo del pasado año, si bien, entre los condenados se encuentra el agente de la Policía que informó de dicha operación a los traficantes también condenados, J.A.G., según han informado a Europa Press fuentes del caso.

 Las fuentes han indicado que el policía ha sido condenado a un año, cinco meses y 15 días de prisión por "complicidad" en un delito contra la salud pública, tal y como solicitó la Fiscalía. De su lado, el cabeza de la trama, E.G.P., ha sido condenado a un año y ocho meses de prisión, mientras que el Tribunal ha impuesto un año y medio de cárcel para la mujer de éste y los hermanos de ella, J.M.C. y D.C., así como para E.M.S.


 Así las cosas, J.A.G. presentará recurso de casación ante el Tribunal Supremo, toda vez que "las escuchas presentadas como prueba en la vista oral de la Audiencia no han sido tenidas en cuenta en el fallo, sino otros elementos con los que no está conforme".


 De esta forma, la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional aseguraba en el juicio que el policía procesado por el caso facilitó información acerca del operativo antidroga que se estaba llevando a cabo por parte de la Policía Judicial de Linares.


 El responsable de la operación interna de la Policía manifestaba que realizó labores de vigilancia y escuchas a J.A.G. a través de dos teléfonos móviles, uno que utilizaba él y el otro su mujer, cuyos números el propio acusado había facilitado a la Comisaría donde prestaba sus servicios para ser localizado cuando fuese requerido.


 Además, ha señalado que el policía procesado había "preguntado a compañeros si le podían facilitar datos, en el ámbito de lo que parecía una conversación entre amigos", acerca del operativo antidroga que perseguía desmantelar un posible punto de venta de estupefacientes --cocaína-- que se correspondía, al parecer, con el domicilio de E.G.P. Así, a este procesado "le avisó, por ejemplo, de que en Semana Santa del pasado año no iba a haber operación policial".

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3735 en: 03 de Octubre de 2012, 13:50:02 pm »
Ocurrió en 2006
 
Ordenan el ingreso en prisión de cuatro mossos condenados por torturas
 
Germán González | Barcelona
 
Actualizado martes 02/10/2012 11:31 horas
 
45 días. Es el plazo que la Audiencia de Barcelona ha dado a cuatro agentes de los Mossos d’Esquadra, condenados por agredir y torturar a un presunto delincuente y a su novia embarazada, para que entren en prisión. Los policías fueron condenados a casi cinco años de prisión, y ratificada luego por el Supremo, aunque a principios de año el Consejo de Ministros les concedió un indulto parcial de dos años de cárcel.
 
Pese a que la legislación permite a los condenados sin antecedentes no cumplir prisión cuando no llega a los dos años, la Audiencia de Barcelona consideró que "existen razones de prevención general y especial, de peligrosidad criminal, de repulsa y alarma social que justifican el ingreso en prisión, para cumplir la pena impuesta, aunque la misma no exceda de los dos años".
 
Los agentes recurrieron esta decisión y ahora ha llegado la última decisión del tribunal que les da un plazo de 45 días para ingresar en prisión. Además, los magistrados consideran que deberán esperar en la cárcel el resultado de los recursos que los condenados han planteado al Tribunal Constitucional y de nuevo al Supremo, reclamando el indulto.
 
El caso comenzó en el 2006, cuando los agentes detuvieron por error a un ciudadano rumano llamado Lucian P., al que confundieron con un presunto ladrón, y tras detenerlo a él y a su pareja a la salida de su casa, le agredieron y se lo llevaron a la comisaría, donde continuaron los golpes y las vejaciones, según la sentencia. La Audiencia condenó a tres agentes a cuatro años y nueve meses de cárcel, a otro más a dos años y tres meses, y a un quinto mosso a seis meses de prisión, aunque el Supremo ya le rebajó la condena.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3736 en: 03 de Octubre de 2012, 15:00:08 pm »
Admitida la querella contra un mosso por romper la muñeca a un detenido el 1 de Mayo

Durante su traslado
 BARCELONA, 2 (EUROPA PRESS)
 
La titular del Juzgado de Instrucción 15 de Barcelona ha admitido a trámite este martes una querella contra un agente de los Mossos d'Esquadra por romperle la muñeca a un detenido en el traslado a la comisaría barcelonesa de Les Corts durante el 1 de Mayo, han confirmado fuentes judiciales a Europa Press.
 
La querella, a la que ha tenido acceso Europa Press, fue presentada el pasado 11 de septiembre en los juzgados de la Ciudad de la Justicia de Barcelona, según ha avanzado el semanario La Directa, y solicita a la Consejería de Interior que se identifique al miembro de la unidad Drago 601 que custodió al arrestado y que le trasladó en la furgoneta policial.

Según el escrito, el joven, militante de la Intersindical-CSC, fue detenido a las 17.50 horas en el número 571 de la Gran Via y le condujeron hasta la zona donde estaban aparcadas las furgonetas policiales cuando, supuestamente, el agente querellado apretó su cuerpo contra el vehículo.

Mientras le retorcía la mano --estaba esposado-- le decía 'Ahora vas a cantar quien eres tú, tus amigos y tu familia, ¿Te duele, cerdo?', por lo que el hombre se quejó y el agente continuó girándole la muñeca hasta que varios agentes le avisaron de que había cámaras en los alrededores, detalla la querella.

A continuación, le obligaron a entrar en la furgoneta mirando hacia el suelo y le amenazaron con golpearle si la levantaba; posteriormente fue cambiado a un coche patrulla y trasladado a Les Corts.
 
Tras permanecer unas cuatro horas en comisaría sin ser atendido por sanitarios pese a solicitarlo, fue puesto en libertad hacia las 23.00 horas, cuando acudió inmediatamente al Hospital Clínic de Barcelona que le diagnosticó "una fractura de estiloides radial carpo izquierdo".

La querella considera que los hechos vulneran bienes jurídicos por "la humillación y dolor padecidos" que tenían como objetivo causar temor al arrestado, además de afectar su integridad física y psíquica, lo que tiene especial gravedad por la condición de funcionario público del presunto autor, que iba con el rostro cubierto y sin mostrar su número de identificación.

 :pen:

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3737 en: 04 de Octubre de 2012, 10:34:30 am »
El PSN condena "sin paliativos" la agresión a la Policía Municipal de Zizur

"La Guardia Civil evitó que lincharan a todos los policías "

AGENCIAS. Pamplona Martes, 11 de enero de 2011 -


dos años de cárcel
Indemnizará con 60.000 euros al policía de Zizur al que le rompió la pierna
recibe también dos años de cárcel al DAR UNA PATADA POr detrás AL AGENTE tras el hatortxu rock de 2011

e.c. - Jueves, 4 de Octubre de 2012 -
 Un joven de 27 años, José Luis A.B., fue condenado hace dos semanas en el Juzgado de lo Penal 4 de Pamplona a dos años de prisión por un delito de atentado tras haber reconocido ser el autor de una agresión a un policía municipal de Zizur Mayor al que dejó cojo.

pamplona. No ingresará en la cárcel. Además, el procesado deberá indemnizar con 60.000 euros al agente, que tiene reconocida una incapacidad parcial después de que el acusado, que había asistido a un festival de rock celebrado en Zizur en enero de 2011, interceptara su carrera con una patada que acabó con el policía por los suelos y le rompió el peroné y los ligamentos del tobillo derecho.

Según la sentencia, acordada de conformidad por las partes, sobre las 7.15 horas del 9 de enero de 2011, después de la finalización de los conciertos del Hatortxu Rock, se recibió una alarma en la Policía Municipal para identificar a un individuo que portaba un pañuelo palestino y que había insultado presuntamente a los agentes. Les llamó hijos de puta y peleles. Dos agentes salieron en persecución de tal individuo y le dieron alcance en la urbanización Ardoi, cerca del anillo que corona la A-12 en Zizur. En un momento de la huida, un grupo de diez personas, reza el fallo, trató de impedir la persecución policial al rodear al agente, que tras avanzar unos metros, "fue alcanzado por detrás y sorpresivamente" por una patada al tobillo de la víctima, que provocó su caída. Las lesiones tardaron en curar un año y el agente ha perdido un 54% de movilidad en el tobillo, lo que le limitan parciamente su trabajo habitual.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3738 en: 05 de Octubre de 2012, 15:46:20 pm »
02/07/2012

TS reduce la pena a un policía local de Lepe que falsificó una multa de aparcamiento para evitar una de trafico

El Tribunal Supremo (TS) ha reducido a tres años de cárcel la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Huelva a un agente de la Policía Local de Lepe que falsificó la documentación de una multa de aparcamiento para eludir otra que le fue impuesta por la Guardia Civil por adelantamiento indebido. El policía municipal trató de demostrar que su vehículo había sido retirado por la grúa y estaba en el depósito, por lo que era un error que el coche estuviera circulando por la carretera.
 Europa Press
 
El alto tribunal ha confirmado el delito de falsedad documental cometido por el funcionario público pero no aprecia una continuidad delictiva, como sí sentenció la Audiencia Provincial, por lo que reduce a tres años de cárcel la pena de cuatro y medio que le fue impuesta inicialmente. Asimismo, deja en tres años la inhabilitación para el empleo público --frente a los cuatro que le impuso el tribunal onubense-- y le reduce la multa, de quince euros diarios durante quince meses, a ocho euros al día durante seis meses.
 
La Audiencia Provincial consideró probado que el policía simuló que el 25 de febrero de 2009 había sido denunciado por los agentes municipales por aparcamiento indebido de su coche en la calle César Barrios de Lepe y rellenó los impresos oportunos de esa denuncia, los de que el automóvil había sido retirado por grúa municipal y llevado al depósito, así como la carta de pago al Ayuntamiento por la multa, el servicio de grúa y dos días de estancia en dicho depósito.
 
Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en alguno de esos documentos incluso simuló la firma de los agentes de la Policía Local supuestamente actuantes y usó el sello de la Jefatura de la Policía de Lepe.
 
El condenado usó esos documentos para alegar contra la sanción que le fue impuesta por la Guardia Civil de Tráfico el día 25 de febrero por un adelantamiento indebido en la carretera N-431 y que conllevaba la privación de varios puntos del carnet de conducir. Con ellos, intentó demostrar que si su coche estaba en el depósito era imposible que estuviera circulando por esa carretera en el momento en el que fue sancionado.
 
El Tribunal Supremo considera que no hubo una continuidad delictiva porque pese a que los documentos que confeccionó el acusado se hicieron con 'un único objetivo', 'engañar a la Jefatura Provincial de Tráfico', ve 'factible y probable' que se rellenaran 'en un solo momento' debido a la 'inmediatez' que requeriría el acto.
 
Sin embargo, el alto tribunal no atiende a otros de los motivos del recurso del policía, entre ellos, el atenuante de la confesión pese a que aquel señalara que cuando fue citado a declarar ante la Guardia Civil reconoció cada uno de los hechos que se le imputaban y aclaró todas las circunstancias que le fueron requeridas, 'evitando así que se tuviera que practicar una investigación compleja sobre las falsedades cometidas y su autoría'.


Hay que ser rematadamente tonto...y no por que sea de Lepe.


El Policía Local acusado de falsificar una multa de tráfico no irá a prisión

Efe
 05/10/2012

 La Audiencia Provincial de Huelva ha concedido la suspensión de la ejecución de una pena de tres años de prisión para un agente de la Policía Local de Lepe condenado por falsificar documentos de una multa, a la vez que ha iniciado el proceso para solicitar el indulto.
 
El alcalde de la localidad, Manuel Andrés González (PP), ha confirmado que el agente ha solicitado el indulto de la pena a la que fue condenado el pasado mes de julio, y que cuenta con varios informes favorables para poder elevar al Gobierno la petición formal para no cumplir la condena.
 
Así, ha concretado que el agente cuenta ya con informes favorables tanto de la Fiscalía de Huelva como de la Audiencia Provincial, de modo que "hasta que no haya un pronunciamiento, está la pena en suspenso y no tendría que entrar en prisión".
 
El Tribunal Supremo dictó el pasado julio la sentencia por falsificar varios documentos para evitar una multa de tráfico, aunque tuvo en cuenta el arrepentimiento del agente y su confesión para reducirle la pena inicial.
 
La sentencia admitió parcialmente el recurso de casación interpuesto por el agente contra la dictada por la Audiencia Provincial de Huelva, que le condenó como autor responsable de un delito continuado de falsedad en documento oficial a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, una multa de 6.750 euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público por cuatro años.
 
Todo ello después de que aprovechase que, por razón de su profesión, disponía de formularios de los usados en el ejercicio de sus funciones y entre marzo y abril de 2009 simuló haber sido denunciado por compañeros por aparcamiento indebido, rellenando para ello el impreso, así como el de retirada del vehículo por parte de la grúa, el de su recogida, y la carta de pago al Ayuntamiento por valor de 157 euros en concepto de multa, grúa y dos días de estancia en el depósito municipal.

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Re: De actuaciones y sentencias judiciales
« Respuesta #3739 en: 06 de Octubre de 2012, 09:23:28 am »
02/07/2012

TS reduce la pena a un policía local de Lepe que falsificó una multa de aparcamiento para evitar una de trafico

El Tribunal Supremo (TS) ha reducido a tres años de cárcel la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Huelva a un agente de la Policía Local de Lepe que falsificó la documentación de una multa de aparcamiento para eludir otra que le fue impuesta por la Guardia Civil por adelantamiento indebido. El policía municipal trató de demostrar que su vehículo había sido retirado por la grúa y estaba en el depósito, por lo que era un error que el coche estuviera circulando por la carretera.
 Europa Press
 
El alto tribunal ha confirmado el delito de falsedad documental cometido por el funcionario público pero no aprecia una continuidad delictiva, como sí sentenció la Audiencia Provincial, por lo que reduce a tres años de cárcel la pena de cuatro y medio que le fue impuesta inicialmente. Asimismo, deja en tres años la inhabilitación para el empleo público --frente a los cuatro que le impuso el tribunal onubense-- y le reduce la multa, de quince euros diarios durante quince meses, a ocho euros al día durante seis meses.
 
La Audiencia Provincial consideró probado que el policía simuló que el 25 de febrero de 2009 había sido denunciado por los agentes municipales por aparcamiento indebido de su coche en la calle César Barrios de Lepe y rellenó los impresos oportunos de esa denuncia, los de que el automóvil había sido retirado por grúa municipal y llevado al depósito, así como la carta de pago al Ayuntamiento por la multa, el servicio de grúa y dos días de estancia en dicho depósito.
 
Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en alguno de esos documentos incluso simuló la firma de los agentes de la Policía Local supuestamente actuantes y usó el sello de la Jefatura de la Policía de Lepe.
 
El condenado usó esos documentos para alegar contra la sanción que le fue impuesta por la Guardia Civil de Tráfico el día 25 de febrero por un adelantamiento indebido en la carretera N-431 y que conllevaba la privación de varios puntos del carnet de conducir. Con ellos, intentó demostrar que si su coche estaba en el depósito era imposible que estuviera circulando por esa carretera en el momento en el que fue sancionado.
 
El Tribunal Supremo considera que no hubo una continuidad delictiva porque pese a que los documentos que confeccionó el acusado se hicieron con 'un único objetivo', 'engañar a la Jefatura Provincial de Tráfico', ve 'factible y probable' que se rellenaran 'en un solo momento' debido a la 'inmediatez' que requeriría el acto.
 
Sin embargo, el alto tribunal no atiende a otros de los motivos del recurso del policía, entre ellos, el atenuante de la confesión pese a que aquel señalara que cuando fue citado a declarar ante la Guardia Civil reconoció cada uno de los hechos que se le imputaban y aclaró todas las circunstancias que le fueron requeridas, 'evitando así que se tuviera que practicar una investigación compleja sobre las falsedades cometidas y su autoría'.


Hay que ser rematadamente tonto...y no por que sea de Lepe.


El Policía Local acusado de falsificar una multa de tráfico no irá a prisión

Efe
 05/10/2012

 La Audiencia Provincial de Huelva ha concedido la suspensión de la ejecución de una pena de tres años de prisión para un agente de la Policía Local de Lepe condenado por falsificar documentos de una multa, a la vez que ha iniciado el proceso para solicitar el indulto.
 
El alcalde de la localidad, Manuel Andrés González (PP), ha confirmado que el agente ha solicitado el indulto de la pena a la que fue condenado el pasado mes de julio, y que cuenta con varios informes favorables para poder elevar al Gobierno la petición formal para no cumplir la condena.
 
Así, ha concretado que el agente cuenta ya con informes favorables tanto de la Fiscalía de Huelva como de la Audiencia Provincial, de modo que "hasta que no haya un pronunciamiento, está la pena en suspenso y no tendría que entrar en prisión".
 
El Tribunal Supremo dictó el pasado julio la sentencia por falsificar varios documentos para evitar una multa de tráfico, aunque tuvo en cuenta el arrepentimiento del agente y su confesión para reducirle la pena inicial.
 
La sentencia admitió parcialmente el recurso de casación interpuesto por el agente contra la dictada por la Audiencia Provincial de Huelva, que le condenó como autor responsable de un delito continuado de falsedad en documento oficial a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, una multa de 6.750 euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público por cuatro años.
 
Todo ello después de que aprovechase que, por razón de su profesión, disponía de formularios de los usados en el ejercicio de sus funciones y entre marzo y abril de 2009 simuló haber sido denunciado por compañeros por aparcamiento indebido, rellenando para ello el impreso, así como el de retirada del vehículo por parte de la grúa, el de su recogida, y la carta de pago al Ayuntamiento por valor de 157 euros en concepto de multa, grúa y dos días de estancia en el depósito municipal.
Como era eso de que a la M se le trataba peor en los tribunales que a la E, loboferoz?

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